ESPECIAL VALENCIA
Declaración de la Renta 2023: todas las novedades que debes saber
Publicado
hace 2 añosen
La campaña de la declaración de la renta 2023 comienza el 3 de abril y, desde entonces, el borrador podrá modificarse y presentarse hasta el 1 de julio, un periodo algo más largo si lo comparamos con otros años. En año al que se refiere la Campaña, en 2023, el Gobierno puso en marcha algunas medidas fiscales en los Presupuestos Generales del Estado, como el incremento en la reducción de las retenciones del IRPF a las rentas de hasta 21.000 euros, algo que afectará en esta campaña a los contribuyentes con estos ingresos anuales. Repasamos todas las novedades de la renta 2023.
Una de las novedades de la campaña de la renta 2023-2024 más relevantes es la subida del mínimo de ingresos que obligan a presentar la declaración. De este modo, estamos obligados a declarar a Hacienda si el año pasado ganamos más de 15.000 euros brutos anuales y tuvimos más de un pagador. Dicho límite antes estaba en 14.000 euros.
Quienes solo tienen un pagador (o varios, pero el segundo y siguientes suman menos de 1.500 euros) están obligados a declarar si ganan más de 22.000 euros, igual que en campañas anteriores.
Desde este año, además, los autónomos y los trabajadores del mar están obligados a presentar la declaración de la renta, independientemente de los ingresos obtenidos.
Para quienes trabajan por cuenta ajena, es decir, los autónomos, la campaña de la renta 2023-2024 guarda otro cambio: los gastos de difícil justificación podrán ser hasta el 7% del total declarado, cuando antes eran del 5%.
Otro requisito que se ha facilitado este año tiene que ver con la maternidad. Para acceder a la deducción de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años, bastaría con haber cotizado al menos 30 días en cualquier momento posterior al nacimiento o en los días previos.
Este cambio en las deducciones por maternidad, se suma a los 1.000 euros adicionales que las familias pueden deducirse por gastos de guardería hasta los tres años. Hasta ahora, solo era posible aplicarse si llevábamos a nuestros hijos a uno de los centros de educación infantil autorizados por la comunidad autónoma, pero a raíz de una sentencia del Tribunal Supremo, este año también es válido cualquier guardería que tenga licencia del ayuntamiento.
En la campaña de la renta 2023-2024, hay una reducción del cálculo de los rendimientos del trabajo para las rentas menores de 14.047,50 euros, y también entre dicha cantidad y 19.747,50 euros. “A efectos prácticos hace que paguen un poquito menos de impuestos”, explica a RTVE.es la responsable del área fiscal de Tax Down, Paula Urcera.
Para las rentas altas, en cambio, aumentan ligeramente los impuestos al añadir un nuevo tramo en el gravamen al ahorro. A partir de los 300.000 euros se aplicaría un tipo del 14% y a partir de 200.000 se aplicaría un 13,5% (antes un 13%).
El IRPF de los contribuyentes residentes en el extranjero y de los trabajadores desplazados a territorio español también suma un nuevo tramo a partir de los 300.000 euros, cuando se aplica un tipo del 28%. En el tramo anterior, de los 200.000 a los 300.000 euros, el tipo es ahora del 27%, un punto porcentual más que antes.
Pero también existen reducciones en el ámbito de las inversiones. Con la nueva ley de startups es posible deducirse un 50% de hasta 100.000 euros en acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación, cuando antes era de un 30% sobre 60.000 euros.
Se han reducido también las retenciones a obras literarias, artísticas o científicas, y en menor medida a cualquier rendimiento a los rendimientos procedentes de la propiedad intelectual. Finalmente, el tipo mínimo de retención se reduce al 2% para los artistas y al 0,8% por las rentas obtenidas en Ceuta, Melilla y, este año, también la isla de La Palma.
Como novedad también de este año, quienes se han comprado un vehículo eléctrico o han instalado en su casa un punto de recarga pueden deducirse parte de esos gastos. La deducción es del 15% del valor, que se aplica sobre una base máxima de 20.000 euros en el caso coches, motos, etc., y hasta 4.000 euros anuales en los puntos de recarga.
Para aplicarlo, podemos encontrar el apartado dentro de las «Deducciones generales» de la cuota y aparecerá como «deducción por la adquisición de vehículos eléctricos ‘enchufables’ y de pila de combustible y puntos de recarga».
El grueso de las novedades en la declaración de la renta viene de la mano de las deducciones autonómicas. Las aplicables al alquiler se encuentran entre las más habituales y desde TaxDown instan a revisar bien las de nuestro territorio, porque han podido introducirse nuevas o han podido cambiar los criterios. Estas, además, tendremos que introducirlas manualmente en las casillas correspondientes.
“Hay que mirarse bien los requisitos que exige cada comunidad y tener la documentación”, recuerda Urcera, que en materia de vivienda apunta también a posibles deducciones autonómicas por tener una vivienda hipotecada o por comprar o reformar una casa en zonas despobladas.
Pero las deducciones autonómicas no se limitan a la vivienda. Desde este año, por ejemplo, La Rioja y la Comunidad Valenciana permiten deducirse los gastos del gimnasio u otras actividades deportivas, con el objetivo de fomentar un modo de vida saludable. En Canarias y Cantabria existen deducciones por “gastos de enfermedad”, y en Asturias se han incluido las ayudas a los enfermos de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA).
En el ámbito educativo, la Comunidad de Madrid permite deducirse el pago de intereses de préstamos de estudios de grado, máster o doctorado, mientras Aragón o Asturias, entre otras, incluyen la adquisición de libros de texto y material escolar. Y en otro caso de deducciones muy específicas, Andalucía permite incluir los gastos de defensa jurídica por un conflicto laboral.
“Hay más de 200 deducciones autonómicas y es importante que estudiemos bien cuáles nos podemos aplicar”, insiste la experta fiscal de TaxDown, Marta Rayaces. “Hemos estimado que hay aproximadamente unos 400 euros de ahorro de los que nos podemos beneficiar si las aplicamos”.
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Publicado
hace 7 mesesen
19 abril, 2025
El Domingo de Resurrección pone fin a la Semana Santa Marinera de Valencia. Se trata de una jornada festiva con muchas celebraciones durante la mañana, en la que destaca el conocido desfile de Resurrección, una multitudinaria procesión diurna con música, flores y color.
La Semana Santa Marinera de València 2025 culmina este domingo con el esperado Desfile de Resurrección, un acto colectivo que simboliza la alegría de la Resurrección de Cristo. Frente al silencio y recogimiento de los días anteriores, este desfile inunda las calles del Marítimo de música, aplausos, color y emoción, en un ambiente festivo que contagia a vecinos, visitantes y cofradías.
A las 12:00 horas dará comienzo el acto principal, donde las hermandades y personajes bíblicos recorren las calles con paso ágil mientras el público responde con vítores, flores y piropos. Aunque este acto marca el final visible de las celebraciones, los cofrades de la Hermandad del Santo Sepulcro realizarán el simbólico “enroscarse y desenroscarse” en la plaza de la Cruz, representando el cierre oficial de la fiesta… y el inicio de la cuenta atrás para la siguiente edición.
Itinerario: Mercado del Cabañal, calle Mediterráneo, calle Escalante, calle Pintor Ferrandis, plaza Iglesia de los Ángeles, calle Pedro Maza, calle de la Reina, plaza Semana Santa Marinera, calle Doctor Juan José Dómine, avenida del Puerto, calle Cristo del Grao, calle Ernesto Anastasio, calle Francisco Cubells, calle del Rosario, finalizando en la plaza Iglesia del Rosario.
10:00 h Salida de la imagen de Jesús Resucitado hacia la dársena del puerto para la Oración por los Difuntos y ofrenda floral.
10:15 h Salida de la Virgen de los Dolores Coronada para participar en el Santo Encuentro de Gloria.
10:30 h Encuentro y posterior procesión: plaza Juan Antonio Benlliure, calle José Aguirre, Doctor J.J. Dómine, avenida del Puerto, plaza Tribunal de las Aguas, regreso a la Parroquia.
12:00 h Eucaristía de Resurrección.
09:30 h Procesión del Encuentro Glorioso entre Cristo Resucitado y la Virgen.
10:00 h Procesión del Comulgar de Impedidos con dos recorridos simultáneos:
Itinerario 1: calle del Rosario, Mariano Cuber, Barraca, Vicente Gallart, regreso.
Itinerario 2: Vicente Gallart, José Benlliure, Mariano Cuber, regreso.
12:15 h Acto tradicional de Recogida de Personajes Bíblicos en la calle José Benlliure, nº 59.
08:00 h Eucaristía.
08:45 h Diana al Santísimo Cristo del Salvador en calle Padre Luis Navarro, 341.
09:00 h Encuentro del Resucitado con la Virgen (calle Escalante, 231) y traslado posterior.
10:00 h Procesión del Comulgar de Enfermos e Impedidos con todas las hermandades de la Junta Parroquial.
09:00 h Eucaristía.
09:45 h Procesión del Comulgar de Enfermos e Impedidos. Si no hay impedidos, se celebrará la Procesión del Santísimo Sacramento.
Itinerario: Parroquia, calle de la Reina, Mediterráneo, Escalante, Cura Planelles, regreso a la Parroquia.
11:00 h (aprox.) Santo Encuentro ante la Parroquia entre el Resucitado (representado por un niño de la Corporación de Sayones del Cristo Yacente) y la Virgen Dolorosa, con participación de la Hermandad del Cristo del Salvador y del Amparo.
El Domingo de Resurrección en València es mucho más que el final de las procesiones: es una celebración de vida, esperanza y fe. La Semana Santa Marinera, única en España por su vínculo con el mar y su carácter participativo, se despide un año más dejando huella en cofrades y visitantes.
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