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Anuncio del Ministerio de Trabajo sobre despidos: Situaciones justificadas por la DANA y prohibiciones específicas

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Anuncio del Ministerio de Trabajo sobre despidos debido a la DANA

El Ministerio de Trabajo ha anunciado este lunes que se declarará nulo el despido de las personas que no hayan acudido a su puesto de trabajo debido a las consecuencias de la DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos), según ha informado en un comunicado difundido en Telegram.

Situaciones que justifican las ausencias

Trabajo ha señalado que se considerarán ausencias justificadas aquellas situaciones donde la seguridad o las condiciones derivadas de la DANA impidan a los empleados asistir al trabajo, lo que invalidará cualquier despido por este motivo.

Casos específicos de ausencia justificada

Las ausencias serán justificadas en los siguientes casos:

  • Peligro para la seguridad y salud: Cuando el desplazamiento al trabajo pueda poner en peligro la seguridad y la salud de las personas trabajadoras o interfiera con las labores de rescate y recuperación en las áreas afectadas, siempre y cuando no exista la opción de teletrabajar.
  • Atención a familiares desaparecidos: En situaciones donde las personas trabajadoras necesiten atender a familiares desaparecidos o hacerse cargo de los fallecidos.
  • Pérdida de vivienda o enseres: Cuando, como consecuencia de la pérdida de la vivienda o enseres personales, los empleados no estén en disposición de acudir al trabajo.
  • Cuidados de familiares: En caso de tener que atender a familiares que requieran cuidados debido al cierre de colegios, residencias u otros servicios públicos esenciales.

Prohibición de despidos y derechos de ausencia

El anuncio subraya que «se prohibirá el despido de las personas que no hayan acudido a trabajar por alguna de las situaciones indicadas» y añade que cualquier consecuencia negativa por ejercer este derecho de ausencia será considerada nula.

Trabajo a distancia como opción preferente

El Ministerio también ha reiterado que el trabajo a distancia será la opción preferente de organización laboral. Si no es posible el teletrabajo, se eximirá a los empleados de acudir físicamente a su puesto de trabajo.

VÍDEO| Testimonios de la dura vuelta al trabajo de los afectados por la DANA

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El aborto farmacológico llegará a los centros de salud: así será el nuevo método

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El Ministerio de Sanidad prepara un cambio en el acceso al aborto farmacológico en España para que las mujeres puedan realizar este procedimiento en los centros de salud de Atención Primaria cuando sea adecuado para su situación.

La ministra de Sanidad, Mónica García, ha anunciado este lunes que su departamento impulsará los cambios necesarios para incorporar el aborto farmacológico a la cartera común de servicios de Atención Primaria del Sistema Nacional de Salud. El objetivo es que las pacientes puedan recibir información, atención y seguimiento desde su centro de salud, sin que el proceso tenga que desarrollarse exclusivamente en un hospital.

La medida todavía no está en vigor. Para ponerla en marcha será necesario modificar la normativa que regula la autorización de los centros sanitarios y actualizar la cartera común de servicios del SNS. Sanidad también iniciará los trámites para modificar la ficha técnica de la mifepristona, uno de los medicamentos empleados en el aborto farmacológico, con el objetivo de permitir su utilización fuera del ámbito exclusivamente hospitalario.

¿En qué consiste el nuevo método de aborto?

El aborto farmacológico es una interrupción voluntaria del embarazo mediante medicamentos, sin necesidad de recurrir a una intervención quirúrgica.

La guía común del Sistema Nacional de Salud contempla actualmente diferentes métodos de interrupción voluntaria del embarazo, entre ellos el farmacológico, el instrumental y el quirúrgico. La elección depende de factores como la edad gestacional, las circunstancias sanitarias y las preferencias de la paciente.

La novedad anunciada este lunes no es, por tanto, la creación de una nueva píldora abortiva, sino un cambio en el lugar y la forma en que se presta este servicio sanitario.

La mifepristona, uno de los medicamentos utilizados

Uno de los cambios previstos afecta a la mifepristona, medicamento utilizado junto con otros fármacos en el aborto farmacológico.

Sanidad pretende iniciar los trámites para modificar su ficha técnica y eliminar la limitación que actualmente condiciona su utilización al ámbito hospitalario. De esta forma, el tratamiento podría integrarse en la atención sanitaria desde los centros de salud cuando esté indicado.

El Ministerio plantea que las mujeres puedan contar con profesionales sanitarios que les proporcionen información y acompañamiento antes, durante y después del proceso.

¿Cuándo se podrá hacer en el centro de salud?

Por el momento no existe una fecha concreta de entrada en funcionamiento.

El Ministerio debe modificar el real decreto que regula la autorización de los centros sanitarios, tramitar el cambio de la ficha técnica de la mifepristona y actualizar la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud.

Además, serán las comunidades autónomas las encargadas de organizar la prestación dentro de su red de Atención Primaria.

Sanidad quiere reducir las diferencias entre comunidades

El anuncio se produce en un contexto de diferencias importantes entre territorios en el acceso al aborto dentro de la sanidad pública.

Según el Ministerio de Sanidad, en 2024 casi ocho de cada diez interrupciones voluntarias del embarazo se realizaron en centros privados.

La intención del Gobierno es ampliar la participación de la red pública y facilitar que las mujeres puedan acceder al aborto farmacológico cerca de su lugar de residencia.

El Ministerio sostiene que llevar esta prestación a Atención Primaria permitirá reducir desplazamientos y facilitar el acompañamiento sanitario durante todo el proceso.

El aborto farmacológico ya está contemplado en el SNS

La medida anunciada no supone incorporar por primera vez el aborto farmacológico al sistema sanitario español. Este método ya forma parte de la cartera de servicios y está recogido en la guía común del Sistema Nacional de Salud.

El cambio planteado ahora consiste en extender su prestación a los centros de Atención Primaria, siempre que resulte adecuado para cada caso y una vez completada la correspondiente tramitación normativa.

Por tanto, la principal novedad anunciada este 28 de septiembre es el traslado de parte de la atención del aborto farmacológico desde el ámbito hospitalario hacia los centros de salud.

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