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Detenidas 3 personas en Murcia en menos de 72 horas por otros tantos casos de violencia de género o doméstica

Publicado

en

Ana Cánovas

La Policía Local de Murcia ha detenido entre el pasado sábado y este lunes, en menos de 72 horas, a tres personas por protagonizar otros tantos casos de violencia de género o doméstica, según fuentes del citado Cuerpo.

La primera actuación tuvo lugar este sábado por la mañana, en la pedanía de El Esparragal, donde una mujer, de nacionalidad española y 56 años de edad, fue detenida por efectivos de la Unidad de Descentralización, por agredir a su hijo discapacitado, que presentaba lesiones recientes en espalda, cuello y codo.

Según indicaron su esposo e hija, esta situación se venía repitiendo los fines de semana, cuando el chico pasaba más tiempo en casa dado que no acudía al centro especializado que lo atendía los días laborables.

Por otra parte, el segundo suceso tuvo lugar a mediodía de ayer en la pedanía de Los Dolores, donde un hombre de 48 años y nacionalidad española fue detenido acusado por su esposa e hijo, menor de edad, de amenazarles gravemente y agredir a su mujer en diversas ocasiones.

No obstante, desde que el menor se interpuso, enfrentándose a su padre para que dejara de agredir a su madre, el menor también mantenía hacia él una actitud agresiva. En esta ocasión, el menor tuvo que salir corriendo de la casa para evitar que le pegara, antes de solicitar el auxilio de la policía. En presencia de los agentes adscritos al Grupo de Seguridad Ciudadana, el individuo llegó a amenazar de muerte a su esposa.

Finalmente, el tercer suceso tuvo lugar a la misma hora que la anterior, en la pedanía de Algezares y, en esta ocasión, agentes pertenecientes a la Unidad de Descentralización procedieron a la detención de un varón, de nacionalidad colombiana, por amenazar a su esposa con hacer daño a sus hijos que viven en Colombia.

Incluso los agentes fueron testigos a su llegada de cómo el detenido intimidaba gravemente a su mujer en la terraza del edificio, acorralándola mientras discutía con ella acaloradamente.

Finalmente, la víctima fue trasladada por una de las patrullas policiales a un centro médico puesto que indicó haber recibido la noche anterior una fuerte patada, y añadió que el individuo ya fue detenido en Madrid hace un tiempo por otra agresión.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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PIXABAY

La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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