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Valencia

Detenido un padre en València por obligar a su hija a un matrimonio concertado

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(EFE/OP).- La Policía Nacional ha detenido en Valencia a un hombre de 56 años, de origen paquistaní, como presunto autor de un delito de trata de seres humanos con fines de matrimonio forzado. El detenido está acusado de retener a su hija, a la que prohibía salir sola al exterior y comunicarse con terceras personas, con el fin de obligarla a contraer matrimonio con un joven de su misma nacionalidad, que él había elegido y que ella no conocía.

Tras una llamada recibida en el 091, los policías acudieron a un domicilio familiar donde encontraron a una joven extranjera retenida por su padre desde hacía más de un mes, han informado fuentes de la Jefatura Superior.

La chica, que presentaba un estado de gran nerviosismo, pidió ayuda a la patrulla policial para abandonar del domicilio, ya que su padre no la dejaba salir sola si no era acompañada por algún familiar y le había prohibido quedar con un chico con el que había empezado una relación de amistad.

Los agentes se hicieron cargo de la joven y la escoltaron de forma de segura fuera del domicilio familiar, al tiempo que trasladaron los hechos a la Brigada de Extranjería y Fronteras de Valencia, que iniciaron una investigación para esclarecer los hechos.

Una vez garantizada la seguridad tanto física como emocional de la víctima, la joven relató que su progenitor la había amenazado con mandarla a vivir a Pakistán con un familiar si no se casaba con la persona que él había elegido.

Al parecer, las coacciones y amenazas comenzaron hace un año, aunque últimamente la situación se había convertido en insostenible al enterarse el padre que la chica tenía un novio de una nacionalidad diferente a la suya, relación que no aprobaba su progenitor.

Al negarse a someterse a su petición, el progenitor le quitó el teléfono móvil para evitar que tuviese contacto con terceras personas. Asimismo, le prohibía que saliese a la calle, que solo podía hacer si iba acompañada por algún miembro de la familia.

La joven aprovechó un momento en que se quedó sola y avisó a un conocido para que diera parte a la Policía Nacional. Los agentes ofrecieron protección a la víctima y la acompañaron a otro alojamiento, y procedieron a la detención del padre, que ya se encuentra a disposición judicial.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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