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Valencia

Detenido un padre en València por obligar a su hija a un matrimonio concertado

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(EFE/OP).- La Policía Nacional ha detenido en Valencia a un hombre de 56 años, de origen paquistaní, como presunto autor de un delito de trata de seres humanos con fines de matrimonio forzado. El detenido está acusado de retener a su hija, a la que prohibía salir sola al exterior y comunicarse con terceras personas, con el fin de obligarla a contraer matrimonio con un joven de su misma nacionalidad, que él había elegido y que ella no conocía.

Tras una llamada recibida en el 091, los policías acudieron a un domicilio familiar donde encontraron a una joven extranjera retenida por su padre desde hacía más de un mes, han informado fuentes de la Jefatura Superior.

La chica, que presentaba un estado de gran nerviosismo, pidió ayuda a la patrulla policial para abandonar del domicilio, ya que su padre no la dejaba salir sola si no era acompañada por algún familiar y le había prohibido quedar con un chico con el que había empezado una relación de amistad.

Los agentes se hicieron cargo de la joven y la escoltaron de forma de segura fuera del domicilio familiar, al tiempo que trasladaron los hechos a la Brigada de Extranjería y Fronteras de Valencia, que iniciaron una investigación para esclarecer los hechos.

Una vez garantizada la seguridad tanto física como emocional de la víctima, la joven relató que su progenitor la había amenazado con mandarla a vivir a Pakistán con un familiar si no se casaba con la persona que él había elegido.

Al parecer, las coacciones y amenazas comenzaron hace un año, aunque últimamente la situación se había convertido en insostenible al enterarse el padre que la chica tenía un novio de una nacionalidad diferente a la suya, relación que no aprobaba su progenitor.

Al negarse a someterse a su petición, el progenitor le quitó el teléfono móvil para evitar que tuviese contacto con terceras personas. Asimismo, le prohibía que saliese a la calle, que solo podía hacer si iba acompañada por algún miembro de la familia.

La joven aprovechó un momento en que se quedó sola y avisó a un conocido para que diera parte a la Policía Nacional. Los agentes ofrecieron protección a la víctima y la acompañaron a otro alojamiento, y procedieron a la detención del padre, que ya se encuentra a disposición judicial.

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Valencia

El Supremo impide que Ábalos comparezca en la comisión del ‘caso Koldo’ en el Senado

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José Luis Ábalos
El exministro de transporte José Luis Ábalos llega al Tribunal Supremo para declarar como investigado. - Eduardo Parra - Europa Press

El Tribunal Supremo rechaza la solicitud del PP para que el exministro José Luis Ábalos declare este jueves en la investigación sobre la compra de mascarillas durante la pandemia.

El Tribunal Supremo (TS) ha denegado la comparecencia del exministro de Transportes José Luis Ábalos, actualmente en prisión provisional desde el 27 de noviembre de 2025, ante la comisión de investigación del Senado sobre el denominado ‘caso Koldo’, donde estaba citado por el Partido Popular (PP).

Según el auto del magistrado instructor, Leopoldo Puente, la solicitud de la Cámara Alta no podía ser atendida debido a la “singular premura” con la que se presentó, lo que imposibilita realizar la audiencia previa de las partes, un requisito legal imprescindible. No obstante, el TS indica que el Senado podría volver a solicitar la comparecencia siempre que lo haga con suficiente antelación.

Contexto de la comisión del ‘caso Koldo’

El PP había fijado la comparecencia de Ábalos para el 8 de enero, con el objetivo de esclarecer presuntas irregularidades en la compra de mascarillas durante la pandemia de COVID-19, junto a su exasesor Koldo García. La comisión busca investigar la gestión de contratos públicos durante la crisis sanitaria, en un caso que ha generado gran expectación política y mediática.

Ábalos y Koldo no serán juzgados por jurado popular

Además, el TS ha rechazado la petición de Ábalos y García de que su juicio se realice mediante jurado popular, formado por ciudadanos. El magistrado instructor, Leopoldo Puente, explica que la ley del jurado excluye este mecanismo cuando los delitos corresponden a la Audiencia Nacional. Aunque el aforamiento de Ábalos hace que la causa sea instruida por el Supremo, el procedimiento legal no se modifica, por lo que el juicio seguirá en la vía ordinaria.

Ábalos había solicitado también la nulidad de los autos de procedimiento abreviado y la apertura de juicio oral, de cara a enfrentarse a peticiones de hasta 30 años de cárcel por los delitos que se le imputan. El TS mantiene su criterio y confirma que el procedimiento se ajusta a la ley vigente, reforzando así la competencia del Supremo para instruir y enjuiciar el caso.

Qué implica la decisión del Supremo

La decisión del TS supone que Ábalos no podrá declarar ante el Senado de manera inmediata, retrasando las investigaciones políticas que pretendía impulsar el PP. Al mismo tiempo, reafirma que el juicio seguirá su curso en la vía judicial ordinaria, sin intervención de jurado popular, lo que marca un paso clave en la tramitación del ‘caso Koldo’.

 

 


Ábalos y Koldo señalan a Begoña Gómez mientras Sánchez niega chantajes y amenaza con decreto ley

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