Síguenos

Valencia

Divalterra ultima su liquidación, con la baja de 87 trabajadores

Publicado

en

València, 29 dic (EFE).- Un total de 87 personas se han acogido de manera voluntaria al expediente de regulación de empleo (ERE) por cuestiones organizativas negociado por la empresa encargada de la liquidación de la empresa pública Divalterra con todas las secciones sindicales.

Se trata del paso previo a la subrogación de la plantilla en el Consorcio Provincial de Bomberos y en la propia Diputación de Valencia, manteniendo todos sus derechos y condiciones laborales actuales en su nueva ubicación, según un comunicado de la Diputación de Valencia.

Así, tras la convocatoria de la mesa de negociación en el Consorcio de Bomberos, en las próximas semanas se efectuará el traspaso del personal de la entidad, para proceder durante este año a la extinción definitiva de la sociedad una vez que la totalidad de sus servicios se estén prestando a través del Consorcio o de la Diputación.

El ERE acordado establece para los mayores de 63 años que se han acogido una indemnización por despido consistente en la retribución salarial que restase por percibir hasta que cumpliesen la edad legal de jubilación.

Las personas de entre 54 y 63 años que se han acogido voluntariamente al ERE, además de una indemnización de 33 días de salario por año de servicio tendrán cubierto el pago de sus cotizaciones a la Seguridad Social hasta que cumplan la edad legal de jubilación.

De los 87 trabajadores que se han acogido al ERE, 81 son especialistas, capataces o conductores de Brigadas Forestales; 5 pertenecen a otras áreas este servicio y una persona trabaja en el servicio de limpieza.

El traspaso de trabajadores de Divalterra supone el último paso previo al «cierre ordenado y definitivo» de la empresa pública que anunció a finales de marzo el presidente de la Diputación, Toni Gaspar, quien se comprometió ante la Junta General de la entidad a «garantizar los puestos de trabajo de toda la plantilla, preservando sus derechos y condiciones laborales».

Menos de tres meses después, se aprobó la disolución de la sociedad mercantil y el nombramiento como liquidador de Afianza Asesores SL, cesando su Consejo de Administración.

Desde entonces, se ha trabajado para efectuar el traspaso ordenado de personal y competencias, con el doble objetivo de que los servicios de Divalterra continuaran ofreciéndose desde la Diputación y el Consorcio de Bomberos; y que los trabajadores y trabajadores mantuvieran sus puestos de trabajo en las mismas condiciones tras la subrogación de sus contratos.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

Publicado

en

Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo