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Educación marca el 7 de febrero como fecha límite para que los colegios soliciten la jornada escolar continua

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La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte ha publicado en el ‘Diari Oficial de la Generalitat Valenciana’ la modificación de la Orden 25/2016, de 13 de junio, por la que se establece el procedimiento para solicitar la votación al cambio o no de la jornada escolar en los centros educativos.

Se ha fijado el 7 de febrero como fecha límite para solicitar el cambio de jornada escolar en los centros. Hasta esta fecha los centros educativos podrán presentar su propuesta de cambio, previa aprobación del Consejo escolar de centro, para posteriormente pasar a la votación del cambio de horario por parte de las familias en la fecha que la Administración fije antes del período de admisión para el curso 208-2019.

Hay que recordar que la tramitación de los cambios de jornada escolar se impulsó desde el curso 2016-2017. Desde entonces, en diferentes centros educativos de Infantil y Primaria del territorio valenciano se ha tramitado el cambio de jornada escolar, que finaliza con la votación por parte de las familias de manera favorable o desfavorable.

Este curso hay 815 centros educativos de Infantil y Primaria con jornada escolar partida. 127 corresponden en las comarcas de Alicante, 136 a las comarcas de Castellón y 552 a las comarcas de València.

Por lo que respecta a la jornada continuada, en total la siguen 522 escuelas en todo el territorio. En las comarcas de Alicante son el 60 % del total de la provincia, 341 escuelas; en las de Castellón el 20 % de la provincia, 44 escuelas, y en las de València el 15 % de la provincia, 137 escuelas.

Novedades en la normativa de solicitud de cambio de jornada escolar a contínua
Para el próximo curso se han hecho algunas modificaciones en la normativa de solicitud de tramitación de cambio de jornada, que tienen como objetivo optimizarla después de su aplicación durante dos cursos.

De esta manera se ajusta a las diferentes experiencias con respecto a las votaciones de las familias recogidas por los centros y a las demandas de los representantes de las madres y los padres con respecto a las actividades extraescolares.

De las modificaciones que se han realizado en la normativa hay que destacar dos aspectos. Uno hace referencia a los resultados de las votaciones de las familias. Tanto si la decisión tomada en votación es favorables al cambio de jornada como si no, el resultado tendrá una validez para tres cursos académicos. Por tanto, en un centro educativo no se solicitará la repetición del procedimiento por lo menos hasta pasados tres cursos escolares.

Otro aspecto reseñable es que se contemplen las actividades extraescolares de pago no lucrativas en la jornada continuada, una reivindicación hecha por las AMPA. En este sentido, y por norma general, las actividades extraescolares son gratuitas, no obstante si la comunidad educativa de una escuela prefiere introducir alguna actividad extraescolar no lucrativa lo podrá hacer.

La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte fijará, en breve, instrucciones concretas al respecto para garantizar que ningún alumno o alumna se quede excluido por motivos económicos en caso de que se ofrezcan actividades extraescolares de pago y la familia quiera que su hijo o hija asista a estas, evitando así la desigualdad por razón económica.

En esta línea, la nueva normativa apunta a generalizar esta medida en todas las escuelas, independientemente de la jornada que tenga establecida, también en aquellas escuelas que ofrezcan actividades extraescolares en jornada partida dentro del horario lectivo.

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Los cardiólogos advierten: las balizas V16 pueden interferir con marcapasos

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A partir del 1 de enero de 2026, los conductores en España deberán llevar obligatoriamente una baliza de emergencia V16 conectada, que sustituye a los tradicionales triángulos de señalización. Estas balizas emiten una luz visible en 360 grados y permiten la geolocalización del vehículo en caso de avería o accidente.

Sin embargo, cardiólogos han lanzado una advertencia importante: algunos modelos de balizas V16 pueden interferir temporalmente con marcapasos y desfibriladores implantables.

¿Dónde está el riesgo?

El posible problema no está en la luz ni en la conexión, sino en que muchas balizas incorporan un imán potente en su base, diseñado para fijarlas al techo del vehículo. Si ese imán se acerca demasiado al pecho de una persona que lleva un marcapasos, puede generar un campo magnético suficiente para activar el llamado “modo magnético” del dispositivo.

En ese modo, el marcapasos puede dejar de adaptarse al ritmo natural del corazón mientras dura la influencia del imán. Los especialistas subrayan que no se trata de un daño permanente, sino de un efecto reversible que desaparece al alejar la baliza.

Qué recomiendan los especialistas

Los cardiólogos explican que el riesgo es bajo y fácil de evitar si se toman precauciones básicas:

Mantener la baliza a más de 20–30 centímetros del pecho. Manipularla, si es posible, con el brazo contrario al lado donde está implantado el marcapasos. Evitar apoyar la baliza directamente sobre el torso, incluso de forma momentánea.

Este tipo de interferencia es comparable a la que pueden producir otros imanes o campos magnéticos de uso cotidiano cuando se colocan demasiado cerca del dispositivo implantado.

Mensaje de tranquilidad

Los expertos insisten en que las balizas V16 son seguras para la población general y también para las personas con marcapasos, siempre que se utilicen correctamente. La advertencia no busca generar alarma, sino informar para que quienes llevan estos dispositivos puedan usarlas con total seguridad.

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