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Educación marca el 7 de febrero como fecha límite para que los colegios soliciten la jornada escolar continua

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La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte ha publicado en el ‘Diari Oficial de la Generalitat Valenciana’ la modificación de la Orden 25/2016, de 13 de junio, por la que se establece el procedimiento para solicitar la votación al cambio o no de la jornada escolar en los centros educativos.

Se ha fijado el 7 de febrero como fecha límite para solicitar el cambio de jornada escolar en los centros. Hasta esta fecha los centros educativos podrán presentar su propuesta de cambio, previa aprobación del Consejo escolar de centro, para posteriormente pasar a la votación del cambio de horario por parte de las familias en la fecha que la Administración fije antes del período de admisión para el curso 208-2019.

Hay que recordar que la tramitación de los cambios de jornada escolar se impulsó desde el curso 2016-2017. Desde entonces, en diferentes centros educativos de Infantil y Primaria del territorio valenciano se ha tramitado el cambio de jornada escolar, que finaliza con la votación por parte de las familias de manera favorable o desfavorable.

Este curso hay 815 centros educativos de Infantil y Primaria con jornada escolar partida. 127 corresponden en las comarcas de Alicante, 136 a las comarcas de Castellón y 552 a las comarcas de València.

Por lo que respecta a la jornada continuada, en total la siguen 522 escuelas en todo el territorio. En las comarcas de Alicante son el 60 % del total de la provincia, 341 escuelas; en las de Castellón el 20 % de la provincia, 44 escuelas, y en las de València el 15 % de la provincia, 137 escuelas.

Novedades en la normativa de solicitud de cambio de jornada escolar a contínua
Para el próximo curso se han hecho algunas modificaciones en la normativa de solicitud de tramitación de cambio de jornada, que tienen como objetivo optimizarla después de su aplicación durante dos cursos.

De esta manera se ajusta a las diferentes experiencias con respecto a las votaciones de las familias recogidas por los centros y a las demandas de los representantes de las madres y los padres con respecto a las actividades extraescolares.

De las modificaciones que se han realizado en la normativa hay que destacar dos aspectos. Uno hace referencia a los resultados de las votaciones de las familias. Tanto si la decisión tomada en votación es favorables al cambio de jornada como si no, el resultado tendrá una validez para tres cursos académicos. Por tanto, en un centro educativo no se solicitará la repetición del procedimiento por lo menos hasta pasados tres cursos escolares.

Otro aspecto reseñable es que se contemplen las actividades extraescolares de pago no lucrativas en la jornada continuada, una reivindicación hecha por las AMPA. En este sentido, y por norma general, las actividades extraescolares son gratuitas, no obstante si la comunidad educativa de una escuela prefiere introducir alguna actividad extraescolar no lucrativa lo podrá hacer.

La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte fijará, en breve, instrucciones concretas al respecto para garantizar que ningún alumno o alumna se quede excluido por motivos económicos en caso de que se ofrezcan actividades extraescolares de pago y la familia quiera que su hijo o hija asista a estas, evitando así la desigualdad por razón económica.

En esta línea, la nueva normativa apunta a generalizar esta medida en todas las escuelas, independientemente de la jornada que tenga establecida, también en aquellas escuelas que ofrezcan actividades extraescolares en jornada partida dentro del horario lectivo.

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Hacienda aplaza a 2027 la entrada en vigor de Verifactu para pymes y autónomos

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Hacienda mayores 65 años

La Agencia Tributaria ha confirmado el aplazamiento de la obligación de usar Verifactu, el sistema de verificación de facturas para empresas, pymes y autónomos, hasta 2027. La medida afecta a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, cuya obligación comenzará en enero de 2027, y al resto de empresas y autónomos, que deberán cumplirla a partir de julio de 2027.

Qué es Verifactu y por qué se implementa

Verifactu es un software obligatorio de facturación que digitaliza y estandariza los procesos de emisión de facturas. Su objetivo es garantizar la autenticidad, integridad y trazabilidad de los pagos, facilitando además la vigilancia de Hacienda sobre las operaciones económicas. Las sanciones por incumplimiento pueden alcanzar hasta 50.000 euros.

Según datos del Observatorio TeamSystem, solo un 8% de las pymes y autónomos ha implementado Verifactu hasta mediados de noviembre, mientras que un 15% está en proceso de hacerlo.

Motivo del aplazamiento

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció en Rac1 que el aplazamiento forma parte de un real decreto ley para facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales y promover la digitalización de los procesos de facturación. La portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, explicó que la medida es especialmente relevante para pymes y autónomos, quienes habían solicitado más tiempo para adaptarse al sistema.

Reacciones del sector

El presidente de ATA y vicepresidente de CEOE, Lorenzo Amor, celebró la medida en la red social X: “Por fin llega el sentido común que reclamábamos. Se aplaza un año la entrada en vigor de Verifactu. Un alivio para los autónomos ante la marea de cargas y trámites que sufrimos”.

Expertos como Gonzalo de Luis recuerdan que Verifactu no altera la fiscalidad vigente, sino que permite a Hacienda conocer todos los ingresos de los profesionales, reducir la morosidad, acelerar cobros y profesionalizar la gestión de los negocios.

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