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Educación marca el 7 de febrero como fecha límite para que los colegios soliciten la jornada escolar continua

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La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte ha publicado en el ‘Diari Oficial de la Generalitat Valenciana’ la modificación de la Orden 25/2016, de 13 de junio, por la que se establece el procedimiento para solicitar la votación al cambio o no de la jornada escolar en los centros educativos.

Se ha fijado el 7 de febrero como fecha límite para solicitar el cambio de jornada escolar en los centros. Hasta esta fecha los centros educativos podrán presentar su propuesta de cambio, previa aprobación del Consejo escolar de centro, para posteriormente pasar a la votación del cambio de horario por parte de las familias en la fecha que la Administración fije antes del período de admisión para el curso 208-2019.

Hay que recordar que la tramitación de los cambios de jornada escolar se impulsó desde el curso 2016-2017. Desde entonces, en diferentes centros educativos de Infantil y Primaria del territorio valenciano se ha tramitado el cambio de jornada escolar, que finaliza con la votación por parte de las familias de manera favorable o desfavorable.

Este curso hay 815 centros educativos de Infantil y Primaria con jornada escolar partida. 127 corresponden en las comarcas de Alicante, 136 a las comarcas de Castellón y 552 a las comarcas de València.

Por lo que respecta a la jornada continuada, en total la siguen 522 escuelas en todo el territorio. En las comarcas de Alicante son el 60 % del total de la provincia, 341 escuelas; en las de Castellón el 20 % de la provincia, 44 escuelas, y en las de València el 15 % de la provincia, 137 escuelas.

Novedades en la normativa de solicitud de cambio de jornada escolar a contínua
Para el próximo curso se han hecho algunas modificaciones en la normativa de solicitud de tramitación de cambio de jornada, que tienen como objetivo optimizarla después de su aplicación durante dos cursos.

De esta manera se ajusta a las diferentes experiencias con respecto a las votaciones de las familias recogidas por los centros y a las demandas de los representantes de las madres y los padres con respecto a las actividades extraescolares.

De las modificaciones que se han realizado en la normativa hay que destacar dos aspectos. Uno hace referencia a los resultados de las votaciones de las familias. Tanto si la decisión tomada en votación es favorables al cambio de jornada como si no, el resultado tendrá una validez para tres cursos académicos. Por tanto, en un centro educativo no se solicitará la repetición del procedimiento por lo menos hasta pasados tres cursos escolares.

Otro aspecto reseñable es que se contemplen las actividades extraescolares de pago no lucrativas en la jornada continuada, una reivindicación hecha por las AMPA. En este sentido, y por norma general, las actividades extraescolares son gratuitas, no obstante si la comunidad educativa de una escuela prefiere introducir alguna actividad extraescolar no lucrativa lo podrá hacer.

La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte fijará, en breve, instrucciones concretas al respecto para garantizar que ningún alumno o alumna se quede excluido por motivos económicos en caso de que se ofrezcan actividades extraescolares de pago y la familia quiera que su hijo o hija asista a estas, evitando así la desigualdad por razón económica.

En esta línea, la nueva normativa apunta a generalizar esta medida en todas las escuelas, independientemente de la jornada que tenga establecida, también en aquellas escuelas que ofrezcan actividades extraescolares en jornada partida dentro del horario lectivo.

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Mouliaá rectifica y seguirá “hasta el final” contra Errejón tras la petición de la Fiscalía: “Me han tocado los ovarios”

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Elisa Mouliaá

La actriz critica el giro del Ministerio Público, que pasa de acusar a pedir la absolución del exlíder de Sumar, y tacha la decisión de “incongruente”

La actriz Elisa Mouliaá ha decidido continuar con el procedimiento judicial contra Íñigo Errejón por agresión sexual, pese a haber iniciado días atrás los trámites para retirar su denuncia. El cambio de decisión llega tras conocerse que la Fiscalía ha solicitado la absolución del exlíder de Sumar, una postura que la intérprete considera injustificable y que, según ha expresado públicamente, “no puede quedar impune”.

Según ha confirmado su abogado, Alfredo Arrién, Mouliaá no validará el escrito remitido al Decanato la semana pasada para abandonar el caso. De este modo, el proceso seguirá adelante con la actriz como acusación particular, junto a la Asociación ADIVE como acusación popular.

Críticas al cambio de postura de la Fiscalía

A través de sus redes sociales, Elisa Mouliaá ha mostrado su indignación por lo que considera un giro radical del Ministerio Público. Para la actriz resulta “realmente incongruente” que la Fiscalía haya pasado de acusar a Errejón a, en sus palabras, “defenderle”, especialmente después de que el juez haya acordado sentarlo en el banquillo.

“Una fiscalía que acusa y ahora misteriosamente defiende tras su procesamiento levanta sospechas”, escribió en una publicación en la que también anunció que irá “hasta el final”. “Ahora sí que me han tocado los ovarios”, añadió.

El primer escrito de acusación de la Fiscalía

En un vídeo difundido en sus redes, Mouliaá recordó los cinco puntos clave del primer escrito de acusación de la Fiscalía, que definió como “bastante cruel” y cuya argumentación contrasta, a su juicio, con la actual petición de absolución.

En ese documento inicial, el Ministerio Público sostenía que no existió consentimiento válido, al considerar que la voluntad de la denunciante no fue libre, sino condicionada por presión, invasión corporal y bloqueo, subrayando que el consentimiento no puede presumirse ni por el contexto previo ni por la ausencia de resistencia física.

También se describía una conducta activa e invasiva, con avances sexuales persistentes, no recíprocos y desatendiendo señales verbales y no verbales de incomodidad, además de un posible aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad.

El escrito avalaba igualmente la veracidad del testimonio de la actriz, calificándolo de coherente, persistente y verosímil, sin contradicciones sustanciales y con elementos de corroboración periférica. Entre ellos, se citaban mensajes contemporáneos a los hechos, manifestaciones a terceros poco después de lo ocurrido e informes psicológicos que descartaban fabulación y sí detectaban impacto emocional compatible con lo denunciado.

Finalmente, la Fiscalía concluía entonces que los hechos encajaban penalmente como un delito contra la libertad sexual, al no concurrir un consentimiento expreso ni implícito válido.

La versión actual de la Fiscalía

En su último escrito, sin embargo, la Fiscalía solicita la absolución de Íñigo Errejón, al considerar que los hechos denunciados no constituyen un delito de agresión sexual. El Ministerio Público sostiene que ambos mantuvieron un encuentro en el que “flirtearon” y que el primer beso se produjo sin oposición expresa por parte de la actriz.

Según esta versión, Errejón habría cesado el contacto físico en el momento en que Mouliaá pidió detenerlo, tanto durante el primer encuentro como posteriormente en la vivienda del político. Para la Fiscalía, no existieron violencia ni intimidación, por lo que no aprecia relevancia penal en los hechos.

“No puede quedar así”

Para Elisa Mouliaá, este cambio resulta “inexplicable”, especialmente en el contexto del debate político actual y de la vigencia de la ley del ‘solo sí es sí’. Convencida de que el procedimiento debe resolverse en sede judicial, la actriz ha reafirmado su decisión de continuar como acusación y llevar el caso hasta sus últimas consecuencias.


 

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