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El Ayuntamiento de València quiere tomar el control sobre los apartamentos turísticos

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En estos momentos, el único requisito que se exige a cualquier alojamiento turístico para poder operar y ser publicado en las plataformas colaborativas es presentar una declaración de responsabilidad ante el Registro de Viviendas Turísticas de la Generalitat. “Eso supone que muchas de las viviendas que se inscriben están al margen de las propias normas que se determinan desde la Delegación de Urbanismo del Ayuntamiento para establecer qué viviendas pueden ser o no apartamentos turísticos”, ha explicado Gómez.

El Ayuntamiento quiere que, para poder inscribirse en dicho Registro, los apartamentos pidan un informe preceptivo y obligatorio a Urbanismo, que establezca la aceptación de la compatbilidad de uso. “Es decir, que sólo podrán inscribirse aquellas a los que el Ayuntamiento dé su posición favorable”, ha explicado la concejala. A día de hoy, el Plan General de Ordenación Urbana, PGOU, señala que sólo se admiten viviendas turisticas en plantas que se situen por debajo de los usos residenciales (en la mayoría de los casos, plantas bajas o primeras). Por ello, ha adelantado Sandra Gómez, si la medida es finalmente aceptada, afectará alrededor de un 70% de las viviendas que hay actualmente en la ciudad en este uso.

Además, la medida permitirá también al Ayuntamiento establecer límites específicos según de qué zona de la ciudad se trate, sus características y sus necesidades. “Por ejemplo –ha expuesto Gómez- actualmente se está redactando el Plan Especial de Protección de Ciutat Vella, en el que se estableció la moratoria para que ningún edificio residencial se convierta en uso hotelero o de apartamentos turísticos. Si lo estimáramos conveniente, en el futuro podríamos limitar el número de apartamentos y viviendas incluso en planta baja o primera en este barrio. Y lo mismo en el Plan del Cabanyal, ahora en redacción, donde la gran mayoría de las viviendas son de planta baja y primer piso, que también tendrán que tener una limitación y regulación”. “Todo ello nos permitirá tener la flexibilidad de poner más o menos límites según el barrio, la zona del barrio o las necesidades de cada momento”, ha explicado la delegada de Turismo.

MESA DE DIÁLOGO
Hay que tener en cuenta, ha añadido la concejala, que esto implica a toda la ciudad de manera transversal: al precio de la vivienda, al de los alquileres, genera competencia desleal en algunos casos con los hoteles… De hecho, esta misma mañana, Gómez ha mantenido una reunión con la presidenta de la Federación de Asociaciones de Vecinos de València, María José Broseta, y con el presidente de la Asociación de Hoteleros de la Provincia de Valencia, Ximo Solà, para constituir una mesa de trabajo en la que están también invitadas las asociaciones que representan este tipo de alojamientos. “Queremos que haya una mesa formal que haga el seguimiento de este problema que va evolucionando con el tiempo”, en palabras de la delegada.

La concejala ha concluido su presentación asegurando que “necesitamos un modelo de destino sostenible, que genere unos alojamientos de calidad, que estén dentro de la regulación que establezca la norma local, y que garanticen la convivencia con los residentes”

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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