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Freno al botellón en la Comunitat: Será infracción grave y se multará con hasta 30.000 euros

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València, 9 jul (EFE).- El Consell ha aprobado la modificación del Régimen sancionador de las medidas de prevención de la covid para añadir como infracción grave el consumo de alcohol en la vía pública por grupos de más de 4 personas -en lugar de 10 como hasta ahora- en la franja horaria que determine la autoridad sanitaria.

Se modifica el régimen de infracciones para convertir en falta grave la participación en reuniones, fiestas o actos similares cuando se constate que no se pueden mantener las medidas de prevención y distancia, y se reserva la falta muy grave para la organización y celebración de estos eventos, por la mayor responsabilidad que conlleva.

El Consell también ha aprobado la modificación de la Ley de Salud de 2014 para prohibir la venta de alcohol a partir de las 20 horas cuando no sea para consumo en el interior del local, según ha informado este viernes la vicepresidenta del Gobierno valenciano, Mónica Oltra.

Además, se califica como infracción grave la participación y, como muy grave, la organización de reuniones, fiestas o cualquier otro tipo de acto equivalente, de carácter privado o público, que impliquen una aglomeración o agrupación de personas, cuando se constate por la autoridad inspectora que las circunstancias de la celebración impidan o dificulten la adopción de las medidas sanitarias de prevención o del mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal.

En el caso de las infracciones muy graves, para los organizadores se estipulan sanciones de entre 30.001 y 60.000 euros, que pueden alcanzar los 600.000 si son acumulativas.

El decreto ley que modifica el Régimen sancionador incorpora la modificación de la ley de Salud Pública que permitirá avanzar la prohibición de vender bebidas alcohólicas en supermercados y tiendas al por menor a las 20:00 horas.

Aunque en un principio la vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, había explicado que la modificación de las sanciones se refería a un grupo de 4 personas consumiendo alcohol en la vía pública -en lugar de 10- fuera del horario permitido, la Conselleria de Justicia ha precisado que ambas medidas (infracciones graves y prohibición de venta de alcohol) se aplican a todo el territorio de la Comunitat Valenciana independientemente de si hay o no toque de queda en los municipios de mayor incidencia de la covid-19.

Oltra, que ha informado tras el pleno del Consell de este viernes de la aprobación del decreto ley a propuesta de las Consellerias de Justicia y de Sanidad, ha manifestado que cada vez son más las personas vacunadas pero todavía faltan colectivos por recibir la vacuna, por lo que «la mejor vacuna sigue siendo el cumplimiento de las medidas, la mascarilla, la higiene de manos, la distancia social y la ventilación».

También este viernes se ha celebrado una reunión de coordinación de seguridad de medidas COVID-19, que ha sido presidida por el president de la Generalitat, Ximo Puig con la asistencia de la consellera de Justicia, Gabriela Bravo, la delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Gloria Calero, responsables policiales y representantes de los ayuntamientos.

En el encuentro, se han establecido líneas de coordinación y se ha solicitado la máxima colaboración con las Fuerzas de Seguridad del Estado y los municipios para que refuerce el control y la vigilancia de las medidas de prevención frente a la covid, en especial, las aglomeraciones y prácticas como el botellón.

Según Bravo, en este tipo de fiestas y de reuniones es donde se produce el mayor índice de contagios, y ha recordado a los jóvenes que el virus ataca a todos y que el 10 por ciento de los jóvenes que se contagian tiene secuelas muy importantes.

Por su parte, la delegada del Gobierno ha anunciado el despliegue de los efectivos necesarios para garantizar el cumplimiento de las medidas sanitarias y contener la propagación del virus, y ha pedido a los municipios presentes en la reunión que incrementen los agentes de la Policía local para la vigilancia nocturna.

En el mes de junio, la Policía Nacional interpuso en la Comunitat Valenciana un total de 450 sanciones por excesos grupales, botellones o la celebración de fiestas ilegales, frente a las 979 interpuestas en el mes de mayo, un 45 % menos.

Además, registró 927 sanciones por no respetar las restricciones a la movilidad nocturna, frente a las 6.453 interpuestas en el pasado mes de mayo. A partir del 7 de junio desaparecieron las restricciones a la movilidad nocturna.

Las multas al botellón en la Comunitat Valenciana entran en vigor este sábado

Las multas al botellón en la Comunitat Valenciana entrarán en vigor este sábado, un día después de que el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) haya publicado el decreto ley del Consell que modifica el Régimen sancionador específico contra los incumplimientos de las medidas de prevención de la covid-19.

Con este decreto, el botellón se incorpora como infracción grave y el consumo de alcohol en la vía pública se multará con sanciones que van desde 601 a 30.000 euros.

El DOGV ha publicado una edición bis este viernes que recoge el decreto ley 11/2021, de 9 de julio, del Consell por el que se modifica el Decreto-ley 11/2020, de 24 de julio, del Consell, de régimen sancionador específico contra los incumplimientos de las disposiciones reguladoras de les medidas de prevención ante la covid-19, que entra en vigor al día siguiente.

El decreto está firmado por el president de la Generalitat, Ximo Puig, y las conselleras de Justicia, Gabriela Bravo, y Sanidad, Ana Barceló.

 

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Valencia

La celebración del Festival de les Arts y BigSound, en peligro por una sentencia judicial en València

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

El juez ordena medidas contra la contaminación acústica en la Ciudad de las Artes y reconoce indemnizaciones a vecinos

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia número 8 de València ha estimado la demanda presentada por vecinos de dos edificios y ha ordenado al Ayuntamiento de la capital adoptar medidas para evitar que el ruido de discotecas y conciertos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias vulnere derechos fundamentales.

La resolución judicial incluye la posibilidad de revocar autorizaciones o reubicar eventos y reconoce además el derecho de los vecinos a ser indemnizados por daño moral.

El Ayuntamiento vulneró derechos fundamentales, según la sentencia

Así lo señala el fallo, fechado el 24 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press. El magistrado declara que el Ayuntamiento de València ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad y a la integridad moral de los vecinos demandantes.

Los afectados residen en dos edificios de la avenida Profesor López Piñero, en las inmediaciones del recinto de CACSA, donde se celebran conciertos y eventos. El origen del proceso se remonta a una reclamación presentada en 2022.

Indemnización de 3.000 euros por daños morales

En la resolución, contra la que cabe recurso, el juez condena al consistorio a indemnizar con 3.000 euros a cada vecino demandante. Considera esta cantidad “proporcional” teniendo en cuenta el tiempo durante el que han sufrido las molestias.

El magistrado subraya que no es necesario aportar pruebas médicas para acreditar el daño moral, apoyándose en jurisprudencia consolidada:

  • La exposición continuada a ruido intenso genera daño moral
  • Provoca desasosiego, sufrimiento e incomodidad
  • Supone una merma en la calidad de vida

“El simple hecho de estar sometido de forma continuada a ruidos de ciertas características constituye un daño moral”, recoge la sentencia.

El control del ruido es competencia municipal

El fallo recuerda que corresponde al Ayuntamiento ejercer las inspecciones necesarias para garantizar que las actividades cumplen la normativa, en base a la Ley 7/2002 de la Generalitat sobre contaminación acústica.

Además, aclara que aunque ciertas actividades no requieran licencia previa, esto no elimina el control posterior:

  • El Ayuntamiento debe inspeccionar
  • Puede sancionar incumplimientos
  • Debe garantizar el respeto a la normativa acústica

“El hecho de que las actividades se desarrollen en ese entorno no implica que gocen de patente de corso en materia de contaminación acústica”, señala el magistrado.

“Ruidos insoportables” por conciertos y discotecas

Los vecinos denunciaron que los eventos celebrados en la Ciudad de las Artes y las Ciencias, como conciertos o la actividad de la terraza del Umbracle, generan niveles de ruido “insoportables”.

Según informes periciales:

  • Se registraron niveles de hasta 80 dBA
  • Se superaron los límites legales de 45 dBA nocturnos y 55 diurnos
  • Se detectaron molestias en festivales como Big Sound, Love the 90’s o Festival de les Arts

Estas mediciones evidencian, según los demandantes, una vulneración de los límites acústicos establecidos en la ordenanza municipal.

Falta de control municipal en la zona

El magistrado también critica la actuación del Ayuntamiento, señalando que los controles han sido “escasísimos”, deficientes e ineficaces.

Según recoge la sentencia:

  • No se han realizado mediciones adecuadas en viviendas
  • Se han ignorado numerosas quejas vecinales
  • La mayoría de actas se centran en el Umbracle, sin control sobre conciertos

Además, considera que el consistorio no ha demostrado haber adoptado medidas eficaces para proteger los derechos de los vecinos tras la reclamación.

Postura del Ayuntamiento y de la Generalitat

El Ayuntamiento defendió que no tenía competencia directa, alegando que la Generalitat declaró en 2006 de interés general la Ciudad de las Artes y las Ciencias, excluyendo ciertas actividades de licencia municipal.

También cuestionó los informes periciales al considerar que no medían el ruido de fondo sin actividad.

Por su parte, desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias se ha indicado que la resolución corresponde al Ayuntamiento, mientras que el fiscal se opuso inicialmente a la demanda al no apreciar inactividad municipal suficiente.

El Ayuntamiento estudiará la sentencia

Fuentes municipales han confirmado que los servicios jurídicos del consistorio analizarán el fallo, que no es firme y puede ser recurrido.

Además, recuerdan que los hechos denunciados se remontan a 2018 y que la demanda se presentó en mayo de 2023, antes de la llegada de la actual corporación municipal.

Desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias también han señalado que su departamento jurídico está valorando la sentencia.

Un fallo con impacto en el modelo de eventos en València

Esta sentencia puede tener consecuencias importantes en la celebración de conciertos, festivales y actividades en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo reabre el debate sobre:

  • La convivencia entre ocio y vecinos
  • El control del ruido en grandes eventos
  • El modelo de festivales urbanos en València

La posible reubicación o limitación de eventos marca un punto de inflexión en la gestión de la actividad cultural en la ciudad.

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