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El Consejo General de Enfermería aconseja mascarillas FFP2 para lugares cerrados

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EFE/LUIS TEJIDO

Madrid, 29 ene (EFE).- El Consejo General de Enfermería considera que es «primordial» el uso de mascarillas tipo FFP2 en lugares cerrados, poco ventilados y concurridos para evitar contagios de coronavirus y ha insistido en su petición de que sean asequibles para todos los ciudadanos.

En un comunicado, aconseja estas mascarillas en lugares como en el transporte público y en especial donde haya más posibilidad de coincidir con personas contagiadas como en centros sanitarios, farmacias o residencias, entre otros, y destaca que su uso «es una medida capital» para evitar la expansión de la covid.

El Consejo, como ya reclamó cuando se aprobó la bajada del IVA de las mascarillas quirúrgicas, reitera su petición de reducir los impuestos y fijar un precio máximo de venta al público para estas mascarillas, siempre que sea certificada su eficacia.

Sostienen los enfermeros que las FFP2 son «un bien de primera necesidad» para los ciudadanos y por tanto «es imprescindible protegerles de cualquier movimiento especulativo, priorizando en todo momento la salud frente al oportunismo de unos pocos».

Y es que el Consejo afirma que desde hace meses algunos comercios especializados, como las oficinas de farmacias, están «especulando» con este material sanitario.

El presidente del Consejo, Florentino Pérez Raya, mantiene que deberían ser gratuitas para los colectivos más vulnerables y que «lo ideal» sería incluirlas dentro del catálogo de medicamentos y productos financiados por el Sistema Nacional de Salud con el mismo criterio de acceso en función de la renta y las circunstancias socioeconómicas de cada ciudadano.

El Consejo destaca también que la prolongación del uso de las mascarillas es uno de los errores más frecuentes que comete la población, lo que genera «un problema de salud pública».

Según el Consejo, una familia de cuatro miembros puede gastar al año unos 1.500 euros en mascarillas.

La opinión del Consejo es compartida por la Sociedad Española de Medicina Preventiva, Salud Pública e Higiene (SEMPSPH), que destaca que fuera de espacios cerrados con poca ventilación, la mascarilla quirúrgica es suficiente para evitar la propagación del covid, siempre y cuando se use de manera adecuada.

LA SEMPSPH, que precisa que la mascarilla quirúrgica ofrece suficiente protección frente a contactos esporádicos con personas infectadas, insta a las autoridades sanitarias a garantizar el suministro tanto a los profesionales sanitarios como a otros con profesiones más expuestas, en caso de hacer obligatorio el uso de mascarillas FFP2.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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