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El Consell ‘da carpetazo’ a RTVV cinco años después del cierre

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El Pleno del Consell ha declarado la extinción de la entidad de derecho público Radiotelevisión Valenciana (RTVV) después de aprobar la aceptación de la cesión e integración global de todo el activo y el pasivo del ente a favor de la Generalitat.

Además, el Consell, constituido en Junta General de Accionistas, ha aprobado el proyecto de cesión a favor de la Generalitat de los activos y pasivos de Radiotelevisión Valenciana SAU, así como la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORM).

Con la adopción de estos dos acuerdos, concluye un proceso que se inició primero con la aprobación en 2012 de la Ley 3/2012 -norma que modificó el modelo de la RTVV pública autonómica y dictaminó la disolución-liquidación de esta entidad para transformarla en una sociedad (SAU) que debía prestar este servicio de radiotelevisión-, y siguió después con el abrupto cierre de estos medios, que se consumó con la Ley 4/2013 y el cese de las emisiones de Canal 9 y Ràdio 9 el 29 de noviembre de 2013.

Durante este tiempo se ha tenido que hacer frente a una deuda de más de 1.200 millones de euros y a una herencia acumulada de numerosos conflictos laborales o judiciales con productoras, trabajadores, acreedores, Seguridad Social e incluso Agencia Tributaria, que han ido resolviéndose, en buena parte de los casos, con resultados razonables y evitando consecuencias más costosas para la Administración.

Al mismo tiempo, con las diversas actuaciones de la liquidación, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 12/2015, de 29 de diciembre, para la recuperación del servicio público de radiodifusión y televisión de ámbito autonómico, de titularidad de la Generalitat, y conforme se ha ido detallando también en los 16 informes que se han ido presentado a Les Corts (cada dos meses desde la aprobación de la citada Ley), se ha procurado rescatar, evitar el deterioro y reparar los activos, tanto del edificio de Burjassot como de la red de repetidores extendida por toda la Comunitat Valenciana, que permitían la prestación del servicio público de radio y televisión.

Cese de los liquidadores

El acuerdo adoptado por el Pleno del Gobierno valenciano para la extinción total del ente público RTVV, que conlleva el cese de los liquidadores, implica la subrogación de la Generalitat en todas las relaciones jurídicas de la entidad de derecho público Radiotelevisión Valenciana con sus acreedores, tanto de carácter principal como accesorios.

Además, por parte de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, se realizarán las operaciones contables, presupuestarias y patrimoniales de carácter preceptivo y necesarias para la incorporación de todo el activo y el pasivo del ente público en el patrimonio de la Generalitat.

Asimismo, la publicación del proyecto de cesión a favor de la Generalitat de los activos y pasivos de Radiotelevisión Valenciana SAU se realizará en el BORM y en prensa escrita, al objeto de que sea conocido y, si es el caso, puedan presentarse posibles impugnaciones por parte de acreedores.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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