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¿Cuándo se ampliará definitivamente la baja por paternidad?

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Esto es lo que le cuesta a los padres el primer año de vida de un bebé

VAÈNCIA, 7 Mar.- El Gobierno ha anunciado este jueves que la ampliación de la baja por paternidad queda pospuesta. Aunque el decreto ley en el que se regula esta medida entra en vigor este jueves tras su publicación en el BOE, la ley no estará operativa hasta el 8 de abril.

El Real Decreto-Ley aprobado el pasado 1 de marzo por el Consejo de Ministros amplia el permiso de paternidad a 8 semanas. Esta cifra irá incrementándose en los próximos dos años hasta equiparar la baja por maternidad. En 2020 el permiso se ampliará a 12 semanas y 16 en 2021. Estos serán ampliables en dos semanas por cada hijo en casos de partos múltiples.

Actualmente el permiso por paternidad es de cinco semanas y de carácter voluntario. En poco más de dos años los permisos de hombres y mujeres serán iguales, intrasferibles y  retribuidos de 16 semanas. El objetivo de este Decreto-Ley «garantizar la igualdad entre mujeres y hombre en el empleo».

¿Por qué un Decreto-Ley?

Tras el fracaso de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) la única opción para el Gobierno es aprobar aquellas medidas consideradas urgentes a través del decreto ley. Una vez aprobado, las medidas entrarán en vigor tras su publicación en el BOE; aunque el Congreso deba convalidar el texto posteriormente.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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