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Consumo

El ICAV presenta el primer Observatorio de Igualdad de los Colegios de la Abogacía de España

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El principio de igualdad real y efectiva y la no discriminación en la Abogacía, tanto dentro como fuera del ámbito colegial, son dos de los objetivos que hoy persigue el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia. Con el fin de canalizar este trabajo nace el Observatorio de Igualdad del ICAV, el primero de todos los Colegios de la Abogacía de España.

El nuevo Observatorio está compuesto por dos comisiones: la Comisión de Igualdad de Género y la Comisión de Sociodiversidad. Ambas centradas en evitar cualquier tipo de discriminación en el ámbito profesional de la abogacía, por el motivo que sea. Actualmente, el Observatorio de Igualdad del ICAV ya trabaja en dos asuntos prioritarios: la elaboración de un Protocolo de Acoso para la Abogacía y la redacción de una propuesta marco para la suspensión de las actuaciones procesales que vayan más allá del puro acto de la vista en caso de maternidad o paternidad del profesional. Este último, un problema al que se enfrentan muchas compañeras y compañeros.

Otras cuestiones en las que todavía se detecta una falta de igualdad hacia o entre los profesionales son los estereotipos de género o la falta de accesibilidad en las sedes judiciales para aquellos compañeros o compañeras que padecen algún tipo de diversidad funcional.

A través del estudio de datos, la reflexión y propuesta de acciones a la Junta de Gobierno, el Observatorio de Igualdad del ICAV pretende avanzar en la desaparición de estas desigualdades dentro del colectivo profesional.

Los colegiados y colegiadas del ICAV que quieran transmitir algún tipo de inquietud, en relación a cualquier clase de discriminación durante el desarrollo de su labor profesional, pueden trasladarla al Observatorio, enviando un correo electrónico a la dirección observatorioigualdad@icav.es, o bien dirigiéndose a la Oficina de Atención al Colegiado y al Ciudadano del ICAV (OACC) a través del correo oacc@icav.es. Asimismo, se puede consultar toda la información sobre el Observatorio en el apartado dedicado al nuevo órgano dentro de la página web del ICAV.

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Consumo

Ley de desperdicio alimentario 2026: Descuentos obligatorios en supermercados desde abril

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Los 5 'superalimentos' de moda

La nueva ley contra el desperdicio alimentario entra en vigor este mes de abril y trae importantes cambios que afectan tanto a consumidores como a la hostelería, supermercados y tiendas de alimentación. Entre las medidas destacan los descuentos obligatorios en productos próximos a caducar o con apariencia imperfecta, así como nuevas obligaciones para bares y restaurantes sobre la comida sobrante.


Descuentos en productos “feos” y próximos a caducar

A partir de abril, las grandes superficies (superiores a 1.300 m²) estarán obligadas a dedicar espacios a frutas y verduras imperfectas o “feas”, que presentan formas o tamaños irregulares, ofreciendo precios hasta un 30% más bajos.

Además, los supermercados podrán ampliar los productos en oferta que se acerquen a su fecha de consumo, incentivando a los compradores a aprovechar alimentos cercanos a caducar y reducir el desperdicio. Esto supone un ahorro significativo para los consumidores y fomenta hábitos de compra más sostenibles.


Obligaciones para la hostelería: el derecho al tupper

Los bares y restaurantes deberán permitir que los clientes se lleven la comida sobrante en un envase reutilizable o reciclable, sin coste adicional. Los establecimientos tendrán que informar explícitamente sobre este derecho.

Excepciones:

  • Formatos de bufé libre o similares, donde la comida no tiene límite de disponibilidad, quedan exentos según el artículo 8 de la ley.

Donaciones de excedentes y sanciones

La ley también obliga a los establecimientos a promover acuerdos de donación de alimentos sobrantes a organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos.

  • Las microempresas quedan exentas de esta obligación.
  • El incumplimiento conllevará sanciones.

Educación del consumidor y optimización de etiquetas

La normativa incluye medidas de sensibilización para que los consumidores comprendan las diferencias entre fecha de caducidad y consumo preferente, permitiéndoles planificar sus compras y aprovechar mejor los productos.

Se revisarán las etiquetas para optimizar la información y aumentar el número de alimentos en oferta, reduciendo el desperdicio y fomentando un consumo más responsable.


Entrada en vigor

Según el BOE, la ley entrará en vigor el 2 de abril de 2026, marcando un antes y un después en la lucha contra el desperdicio alimentario en España.

Con estas medidas, los consumidores podrán ahorrar en la compra diaria, disfrutar de descuentos en supermercados, y contribuir a un sistema alimentario más sostenible y consciente.

Desde este jueves 1 de abril de 2026, todo el sector hostelero en España deberá aplicar medidas obligatorias para evitar el desperdicio de comida. La normativa, impulsada por el Gobierno y enmarcada en la ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, se extiende ahora a todos los bares, restaurantes y servicios de catering.

Qué cambia desde hoy para la hostelería

La ley, que ya afectaba a pequeños establecimientos desde hace un año, se amplía ahora a todo el sector. Esto implica que cualquier negocio de restauración deberá:

  • Adoptar medidas para reducir el desperdicio de alimentos
  • Facilitar al cliente llevarse la comida no consumida
  • Mejorar la gestión de compras y almacenamiento
  • Priorizar la donación de excedentes aptos para el consumo

Esta normativa afecta tanto a grandes cadenas como a negocios locales en ciudades como Valencia.

Objetivo: reducir el desperdicio de comida

El objetivo principal de esta ley es reducir el volumen de alimentos que se tiran cada año, un problema con impacto:

  • Económico
  • Social
  • Medioambiental

España genera miles de toneladas de residuos alimentarios anuales, y una parte importante procede del sector hostelero.

Medidas obligatorias en bares y restaurantes

Entre las principales obligaciones destacan:

1. Ofrecer envases para llevar

Los establecimientos deberán permitir que los clientes se lleven la comida sobrante, fomentando prácticas como el “doggy bag”.

2. Planes de prevención

Los negocios tendrán que implantar estrategias internas para optimizar:

  • Compras
  • Conservación
  • Uso de ingredientes

3. Donación de excedentes

Siempre que sea posible, los alimentos no vendidos deberán destinarse a:

  • Bancos de alimentos
  • Entidades sociales

También afecta al catering

La normativa no solo impacta en bares y restaurantes, sino también en:

  • Empresas de catering
  • Eventos y celebraciones
  • Servicios de comida colectiva

Esto supone un cambio importante en la organización de grandes eventos.

Posibles sanciones por incumplimiento

El incumplimiento de la ley puede conllevar sanciones económicas, lo que obliga al sector a adaptarse rápidamente a las nuevas exigencias.

Un cambio hacia un consumo más responsable

La ampliación de esta normativa marca un paso más hacia un modelo de consumo sostenible. El sector hostelero, clave en la economía española, deberá ahora equilibrar rentabilidad y responsabilidad ambiental.

Con esta medida, España se alinea con las políticas europeas de reducción del desperdicio alimentario y refuerza su compromiso con la sostenibilidad.

 

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