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El juez archiva la causa por los contratos de la visita del papa a València

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València, 11 dic (EFE).- El Juzgado de Instrucción número 5 de Valencia ha dictado un auto de sobreseimiento provisional de la causa abierta contra el expresident de la Generalitat Francisco Camps y otros organizadores de la visita del papa a València en 2006 por supuestas irregularidades en la preparación de ese acontecimiento.

El juez considera en el auto, al que ha tenido acceso EFE, que «todas las aportaciones económicas del Consell a la Fundación V Encuentro de las Familias -organizadora de la visita- se adoptaron con los informes favorables de la Intervención y de la Abogacía de la Generalitat, y fueron fiscalizados por la Sindicatura de Cuentas con la debida publicidad y sin que se hubiera observado irregularidad alguna».

Añade asimismo que «de las diligencias practicadas durante la instrucción no se desprende elemento alguno que permita sostener que en los acuerdos adoptados por el Consell en los años 2005, 2009, 2010 y 2014 no se hubieran respetado las formas, o que los mismos se hubieran adoptado de forma arbitraria o que se hubieran realizado al margen de la normativa reguladora».

La causa, abierta en julio de 2016 por prevaricación, malversación y fraude funcionarial, tiene su origen en la pieza separada del caso Gürtel remitida a Valencia por el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, José de la Mata.

Este juez se inhibió en favor de los juzgados de Valencia en relación con una pieza que ampliaba la investigación sobre las contrataciones de la Fundación desde su constitución, en enero de 2005, hasta su extinción en marzo de 2014.

En ella se investigan si las adjudicaciones de la Fundación que organizó la visita del papa Benedicto XVI a Valencia en julio de 2006 se hicieron sin respetar las normas generales de contratación, sin concurso ni concurrencia pública.

Además de Camps, constaban como investigados en la misma el expresidente de Les Corts Valencianes y ex director general de la Policía, Juan Cotino -fallecido el pasado 13 de abril-, la que fue secretaria general de la Fundación V Encuentro Mundial de las Familias, Henar Molinero, el obispo auxiliar de Valencia Esteban Escudero y el secretario personal del cardenal Agustín García-Gasco, Antonio Corbí.

También lo estaban el exvicepresidente del Consell Víctor Campos, el ex director general del Instituto Valenciano de Finanzas y exmiembro del patronato de la citada fundación, Enrique Pérez Boada, y el representante legal de la Fundación, Francisco Javier Jiménez.

El fiscal sostenía que la Fundación V Encuentro Mundial de las Familias (FVEMF) debió haber respetado los principios de publicidad, concurrencia, objetividad y transparencia en sus contrataciones, atendiendo al hecho de que tres cuartas partes de los fondos que integraban la dotación fundacional (además de otras aportaciones del Consell) fueron públicos.

Sin embargo, el juez hace referencia en su escrito a que la naturaleza de la fundación, de acuerdo a su escritura, es privada y que «el solo hecho de que las tres cuartas partes de la dotación fundacional provinieran de organismos públicos no convertía esta Fundación en pública».

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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