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El juez archiva la causa por los contratos de la visita del papa a València

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València, 11 dic (EFE).- El Juzgado de Instrucción número 5 de Valencia ha dictado un auto de sobreseimiento provisional de la causa abierta contra el expresident de la Generalitat Francisco Camps y otros organizadores de la visita del papa a València en 2006 por supuestas irregularidades en la preparación de ese acontecimiento.

El juez considera en el auto, al que ha tenido acceso EFE, que «todas las aportaciones económicas del Consell a la Fundación V Encuentro de las Familias -organizadora de la visita- se adoptaron con los informes favorables de la Intervención y de la Abogacía de la Generalitat, y fueron fiscalizados por la Sindicatura de Cuentas con la debida publicidad y sin que se hubiera observado irregularidad alguna».

Añade asimismo que «de las diligencias practicadas durante la instrucción no se desprende elemento alguno que permita sostener que en los acuerdos adoptados por el Consell en los años 2005, 2009, 2010 y 2014 no se hubieran respetado las formas, o que los mismos se hubieran adoptado de forma arbitraria o que se hubieran realizado al margen de la normativa reguladora».

La causa, abierta en julio de 2016 por prevaricación, malversación y fraude funcionarial, tiene su origen en la pieza separada del caso Gürtel remitida a Valencia por el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, José de la Mata.

Este juez se inhibió en favor de los juzgados de Valencia en relación con una pieza que ampliaba la investigación sobre las contrataciones de la Fundación desde su constitución, en enero de 2005, hasta su extinción en marzo de 2014.

En ella se investigan si las adjudicaciones de la Fundación que organizó la visita del papa Benedicto XVI a Valencia en julio de 2006 se hicieron sin respetar las normas generales de contratación, sin concurso ni concurrencia pública.

Además de Camps, constaban como investigados en la misma el expresidente de Les Corts Valencianes y ex director general de la Policía, Juan Cotino -fallecido el pasado 13 de abril-, la que fue secretaria general de la Fundación V Encuentro Mundial de las Familias, Henar Molinero, el obispo auxiliar de Valencia Esteban Escudero y el secretario personal del cardenal Agustín García-Gasco, Antonio Corbí.

También lo estaban el exvicepresidente del Consell Víctor Campos, el ex director general del Instituto Valenciano de Finanzas y exmiembro del patronato de la citada fundación, Enrique Pérez Boada, y el representante legal de la Fundación, Francisco Javier Jiménez.

El fiscal sostenía que la Fundación V Encuentro Mundial de las Familias (FVEMF) debió haber respetado los principios de publicidad, concurrencia, objetividad y transparencia en sus contrataciones, atendiendo al hecho de que tres cuartas partes de los fondos que integraban la dotación fundacional (además de otras aportaciones del Consell) fueron públicos.

Sin embargo, el juez hace referencia en su escrito a que la naturaleza de la fundación, de acuerdo a su escritura, es privada y que «el solo hecho de que las tres cuartas partes de la dotación fundacional provinieran de organismos públicos no convertía esta Fundación en pública».

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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