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El juicio por el accidente del metro de València ya tiene fecha y se alargará más de medio año

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La Audiencia de Valencia reabre la causa del accidente de metro

València, 15 nov.- El juicio por el accidente del metro de València de 2006 tendrá lugar el próximo mes de enero de 2020, según han pactado este viernes las acusaciones y las defensas en una reunión convocada por el Juzgado de lo Penal número 6 de València. El día del inicio aún está por concretar, aunque todo parece indicar que la vista empezará a mediados de enero.

El Juzgado de lo Penal número 6 será el encargado de enjuiciar a los ocho exdirectivos de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) procesados por el siniestro, tal y como han adelantado Levante-EMV y Las Provincias.

El juicio llegará en el cumplimiento del 14 aniversario del accidente en el que dos trenes de Metrovalencia descarrilaran en la curva del trayecto que comunica las estaciones de Plaza de España y Jesús. En el accidente fallecieron 43 personas, incluyendo el maquinista y la interventora del tren, y otras 47 resultaron heridas.

El proceso judicial se prolongará entre seis y siete meses. El juzgado ha fijado en un principio un calendario provisional de sesiones que se extendería hasta mediados de julio. Todo parece indicar que el plazo podría alargarse con cualquier cuestión procesal que se produzca.

EL CALENDARIO JUDICIAL
El juzgado ha fijado para la primera semana del proceso las cuestiones previas, donde las partes pueden pedir la nulidad de determinadas acciones. Además, durante la primera semana se podrán llevar a cabo otras actuaciones o posibles aplazamientos de las sesiones por cuestiones extrajudiciales.

En la segunda semana, se procedería a escuchar la declaración de los ocho procesados: la exgerente Marisa Gracia; el ex jefe de Talleres, Luis Miguel Domingo; el exdirector de Operaciones, Manuel Sansano; el que fuera responsable de la auditoría para la seguridad y circulación, Juan José Gimeno; el exjefe de la Línea 1, Sebastián Argente; Francisco García y Vicente Contreras, respectivamente director técnico y adjunto de Explotación; y Francisco Orts, que encabezaba la dirección de Estudios y Proyectos.

Finalmente, les tocaría el turno a casi medio centenar de testigos y pertios: 53 sesiones en las que las partes interrogarán a aquellas personas que comparezcan. El proceso se cerraría con otras dos semanas para presentar posibles las distintas pruebas documentales y el lanzamiento de conclusiones e informes finales por parte de la fiscalía, defensas y acusaciones particulares.

LA REACCIÓN DE LAS VÍCTIMAS
La Asociación de Víctimas del metro 3 de julio han reaccionado al conocer la noticia de la fijación de fecha para el juicio. Por ello, han transmitido su «satisfacción por este paso que nos acerca un poco más a averiguar toda la verdad sobre el accidente, y a que se señalen los verdaderos responsables de la muerte de 43 personas, entre ellas dos trabajadores de FGV, y de las lesiones de otros 47″.

Las familias de las víctimas mortales y de los heridos en el accidente de la estación de Jesús se han mostrado»convencidas que el juicio finalizará con la condena de los 8 acusados por su presunta falta de diligencia en la gestión de la empresa».

Asimismo, han añadido que «debido a sus cargos, los acusados eran conocedores del riesgo que suponía para la circulación dejar toda la responsabilidad en manos del conductor, y aun teniendo la capacidad de actuar, no hicieron nada para evitarlo, por lo que cabe sostener que existen indicios de la criminalidad respecto a las personas investigadas».

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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