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El Juzgado archiva una denuncia de Luis Salom contra Fuset al no ver prevaricación

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VALÈNCIA, 23 Mar. (EUROPA PRESS) – El Juzgado de Instrucción número 17 de València ha archivado una denuncia contra el concejal de Cultura Festiva en el Ayuntamiento, Pere Fuset, por un presunto fraccionamiento de contratos relacionados con la instalación de un Buzón Real de los Reyes Magos en diciembre de 2017.

Así consta en una resolución, consultada por Europa Press, en la que el juez no ve ilícito penal alguno en los hechos denunciados por el asesor del PP municipal Luis Salom, quien denunció el fraccionamiento de dos contratos menores firmados en noviembre y en diciembre de 2017 y adjudicados al mismo proveedor. También aludía a un mismo objeto -instalación del Buzon Real–.

El juez, tras estudiar el escrito, lo rechaza al entender que Salom imputa a Fuset un delito de prevaricación «sin traer principio de prueba alguna ni indicio sólido y serio de que se trate de una resolución administrativa arbitraria dictada en un procedimiento administrativo».

Considera que el edil actuó dentro de su propio ámbito de competencia, «sin que exista indicio alguno de falsedad ni en los servicios y obras contratadas ni irregularidad alguna dentro del ámbito de las facultades de Fuset».

También advierte de que se trata de dos distintos servicios contratados pese a que se trate de un mismo proveedor. El primero, el suministro de una estructura móvil o carroza para el Buzón Real; y el segundo, con una duración más amplia, se centraba en el montaje de una estructura para el Buzón con una plataforma transportada e iluminada.

Fuentes municipales han indicado que el archivo de esta denuncia era una decisión «esperada» porque había «total convencimiento de haber realizado los contratos con todas las garantías legales, como es norma en cualquier gobierno honrado y transparente».

«El único objetivo de la persona denunciante, que está imputada al igual que nueve concejales de su grupo municipal -en el caso Taula– es hacer creer que todos son de su misma condición, algo que los propios tribunales rechazan de plano», han añadido.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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