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El Ministerio de Educación irá a los tribunales si el Consell no rectifica el decreto del plurilingüismo

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El ministro de Educación, Cultura y Deporte, Iñigo Méndez de Vigo, ha asegurado que su departamento no aceptará «la diferencia de requisitos» ni la «discriminación» por lengua en la Comunidad Valenciana que el Consell pretende establecer con el decreto del plurilingüismo.

Así lo ha explicado Méndez de Vigo tras la pregunta formulada, por la portavoz de Educación de Ciudadanos, Marta Martín, durante la Sesión de Control al Gobierno en el Congreso. Martín ha acusado al ministro de inacción ante el nuevo modelo lingüístico que el actual Gobierno de la Generalitat quiere implantar el próximo curso.

A este sentido, Méndez de Vigo ha detallado que se ha enviado una carta a la conselleria de Educación para que se garantice el trilingüismo de los alumnos.

Cabe recordar que el citado decreto relaciona el nivel de inglés al estudio del valenciano en detrimento del castellano. Si un colegio opta por dar más materias en valenciano, el alumno recibe más horas de inglés y, por tanto, una titulación mayor en este idioma, que aquellos centros educativos que optan por dar mayor horas de castellano en sus asignaturas.

Durante su intervención, la diputada de la formación naranja ha criticado el papel de del PSOE en el Ejecutivo valenciano, así como que la única actuación del Ministerio de Educación haya sido enviar una carta a la Consejería. «Señor Ministro, si conseguimos frenar la discriminación Marzá los niños valencianos se lo van a agradecer», le replicaba Martín.

Ante ello, el Ministro ha detallado que el departamento que dirige ya actuó en cuanto se publicó el Real Decreto en febrero y que el pasado 10 de marzo remitió una «carta de colaboración»a la Conselleria de Educación porque es «la fórmula habitual» en la que les instaba a explicar el decreto y si se daban las diferencias que se critican.

«Ahora la conselleria tiene que rectificar y, si no lo hace en el plazo correspondiente se le enviará un requerimiento o iniciaremos un contencioso administrativo. Cumplimos la ley», ha manifestado Méndez de Vigo insistiendo en que el Gobierno «va a velar porque en España a nadie se le discrimine».

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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