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El Supremo confirma 9 años de cárcel para la exconsellera Milagrosa Martínez por Fitur
Publicado
hace 8 añosen
La Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado íntegramente la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia que condenó a penas de entre 3 y 13 años de cárcel a 11 acusados de amañar contratos entre la Generalitat valenciana y la trama Gürtel para la feria de turismo FITUR en las cinco ediciones que van desde 2005 a 2009. Entre las condenas destacan los 13 años y 3 meses de prisión para Pablo Crespo; 13 años para Francisco Correa; y 12 años y 3 meses para Álvaro Pérez, los tres considerados ‘cabecillas’ del entramado Gürtel, así como los 9 años de prisión impuestos a la exconsejera valenciana de Turismo Milagrosa Martínez.
Es la primera causa relacionada con la trama Gürtel que tiene ya sentencia firme del Supremo. El alto tribunal, en sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, ha desestimado los recursos de las 11 personas condenadas, cuyas penas quedan así ratificadas.
Además de los cuatro acusados citados, son condenadas otras 7 personas: Isaac Vidal, funcionario de la Agencia Valenciana de Turismo, a 7 años de cárcel; Rafael Betoret, exjefe de Gabinete de la Consejería de Turismo, e Isabel Jordán, ex administradora de algunas sociedades de Gürtel, a 6 años de prisión cada uno; Cándido Herrero, exempleado de la empresa Orange Market, a 4 años y 4 meses; Jorge Guarro, exjefe de Promoción de la Agencia Valenciana de Turismo, a 4 años; y Mónica Magariños, exempleada de Orange Market, y Ana Grau, excoordinadora de Ferias de la Agencia Valenciana de Turismo, a 3 años cada una.
El Supremo confirma que Francisco Correa, Álvaro Pérez y Pablo Crespo cometieron delitos de malversación de caudales públicos; cohecho activo; tráfico de influencias; y asociación ilícita; a los que se suma el de falsedad documental en el caso de Crespo. La exconsejera Milagrosa Martínez cometió, según la sentencia, delitos de malversación de caudales públicos, cohecho pasivo, y prevaricación administrativa.
Entre otras multas, Correa, Crespo y Pérez deberán abonar 3,9 millones de euros cada uno por el delito de tráfico de influencias. Además, la sentencia confirmada establece que los 3 citados más Isabel Jordán, Milagrosa Martínez, Betoret, Vidal y Guarro, indemnicen de forma solidaria a la Generalitat valenciana en la cantidad de 271.636 euros, con responsabilidad solidaria parcial también de Mónica Magariños y Cándido Herrero.
Los hechos probados de la sentencia del TSJ valenciano, dictada el 8 de febrero de 2017, relatan las irregularidades cometidas por directivos y empleados de empresas de la trama Gürtel, de un lado, y por la consejera de Turismo, y técnicos, políticos y funcionarios de ese departamento en Valencia, de otro, para adjudicar los contratos para la concurrencia en ferias de turismo en las anualidades de 2005,2006, 2007, 2008 y 2009. Así, constituyeron la empresa Orange Market, que se relacionaba directamente con la Consejería y con las otras sociedades del entramado, y a quien se hacían las adjudicaciones.
La sentencia expone que las relaciones del grupo de empresas con la administración eran tan fluidas, antes y durante la adjudicación de los contratos, que se produjo un “desembarco” y de hecho una ‘sustitución’ de la administración por las empresas de Gürtel, pues eran ellas las que confeccionaban y redactaban los contratos, siempre admitidos por la Administración, realizaban los planos, e incluso diseñaban los criterios de valoración de las propuestas.
Esa ‘toma’ por parte del grupo de empresas Gürtel de una unidad administrativa de la Consejería de Turismo de la Generalitat valenciana fue posible, explica la resolución, por las relaciones personales de amistad surgidas entre Correa, Pérez y Crespo, con Milagrosa Martínez y funcionarios del departamento, “por el conocimiento personal derivado de la participación del grupo en anteriores campañas con el partido político que sustentaba el gobierno de la Comunidad autónoma, y sostenida, posteriormente, con los regalos que se realizaban por las fiestas de Navidad”.
El alto tribunal resalta como lo característico de los delitos de corrupción es la obtención de puestos dentro del Estado, directamente o a través de influencias, “para delinquir, para obtener ventajas patrimoniales, para desmantelar al Estado, o para apropiarse del patrimonio del Estado”. “Desde esa ocupación, directa o indirecta, se utiliza el puesto estatal para extorsionar a personas, físicas o jurídicas, o para asegurarse la adjudicación de contratos, propiciando situarse en los dos lados de la contratación, como Estado y como adjudicatario de la concesión o del contrato, alterando las condiciones de la libre concurrencia”, señalan los magistrados.
La sentencia indica que la reacción de los códigos penales frente a esas conductas ha sido tipificar nuevas figuras penales, como el tráfico de influencias o el fraude a la administración, que se han unido a las clásicas de prevaricación, malversación o cohecho.
Todas ellas “dirigidas -según recalca el Supremo- a reprimir conductas antisociales en las que la lesión a la ciudadanía es mucho mayor que la que se deriva del coste patrimonial consecuente a un enriquecimiento ilícito, pues se ponen en cuestión aspectos básicos de la ordenación social como los principios de transparencia, de igualdad de oportunidades, de objetividad en el ejercicio de la función pública, y, por ende, el propio funcionamiento del sistema democrático que se cuestiona con los comportamientos en los que el sistema de poder es empleado para el enriquecimiento de unos pocos en detrimento de la ciudadanía”.
Entre los delitos confirmados por el Supremo figura el de asociación ilícita, del que se considera responsables a Correa, Crespo, Pérez, Jordán, Magariños y Herrero, ya que el alto tribunal entiende que en el relato fáctico se describen los elementos del tipo penal: un “entramado de sociedades, estructurado y jerarquizado, para participar en licitaciones públicas con vulneración de la legislación administrativa y los principios de transparencia que deben guiar la acción administrativa”.
En cuanto a la nulidad de la causa reclamada por varias defensas por lo que consideraban vulneración de su derecho a la intimidad debido a la grabación realizada por el exconcejal de Majadahonda José Luis Peñas, que dio origen al proceso, la Sala analiza su propia doctrina y concluye que “ninguna lesión se produce cuando el inicio de las actuaciones resulta de las grabaciones que una persona aporta a la investigación y son objeto de la pesquisa judicial y policial, sujeta a los principios y garantías propios de un sistema procesal observante de los derechos fundamentales”.
Añade que se trata de una conversación grabada por un particular de los sucesivos encuentros que mantuvo con los acusados: “Si esos encuentros son libres y espontáneos entre dos particulares, y uno de los cuales decide grabarlas, no supone una afectación del derecho fundamental de la persona que interviene en la conversación, pues con independencia de su valoración ética y moral, lo prohibido es la indagación de la intimidad por parte de los órganos públicos de investigación sin observancia de las garantías legales y constitucionales”. Otra cuestión distinta, según el tribunal, es la relevancia que se deba dar en la prueba de los hechos a esas grabaciones, cuya valoración dependerá en cada supuesto de la corroboración de las testificales oídas en el juicio.
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Cuidado con los SMS sobre tus paquetes: así funcionan las estafas que se disparan en Navidad
Publicado
hace 19 horasen
26 diciembre, 2025
La Navidad es una de las épocas con mayor volumen de compras online y envíos de paquetería, y también uno de los momentos favoritos para los ciberdelincuentes. La Guardia Civil ha alertado del aumento de estafas por SMS que suplantan a empresas de mensajería aprovechando que millones de personas esperan paquetes en estas fechas.
Estos fraudes, conocidos como smishing, buscan engañar al usuario para robar datos personales y bancarios mediante mensajes aparentemente legítimos.
📱 Cómo son los SMS fraudulentos más comunes
Los estafadores envían mensajes de texto que simulan proceder de empresas de reparto conocidas. El contenido suele ser breve y directo, diseñado para generar urgencia y preocupación. Algunos ejemplos habituales son:
-
Avisos de una incidencia en la entrega del paquete.
-
Mensajes que informan de que el envío está retenido o suspendido.
-
Notificaciones de un supuesto paquete perdido.
-
SMS con enlaces para hacer el seguimiento del pedido.
En todos los casos, el mensaje incluye un enlace que invita a “solucionar el problema” de forma inmediata.
🕵️♂️ Qué ocurre si se pincha en el enlace
Al acceder al enlace, la víctima es redirigida a una página web falsa, diseñada para parecerse casi por completo a la web oficial de la empresa de mensajería. En ella se solicitan datos como:
-
Nombre y apellidos
-
Dirección
-
Número de teléfono
-
Datos bancarios o de tarjeta
Una vez introducida esta información, los delincuentes pueden robar dinero de forma inmediata o guardar los datos para cometer fraudes posteriores o venderlos a terceros.
⚠️ Por qué estas estafas aumentan en Navidad
Durante la campaña navideña se dan varios factores que facilitan el engaño:
-
Aumento masivo de compras online.
-
Muchas personas esperan varios paquetes a la vez.
-
Menor atención al detalle por las prisas y el estrés.
Los expertos en ciberseguridad explican que el objetivo es provocar una reacción rápida, evitando que la víctima se detenga a comprobar la veracidad del mensaje.
👮♀️ Advertencia de la Guardia Civil
La Guardia Civil ha advertido que este tipo de estafas se repite cada año con mayor intensidad en Navidad y recuerda que las empresas de mensajería no solicitan datos bancarios por SMS ni piden resolver incidencias a través de enlaces enviados por mensaje de texto.
🛡️ Consejos para evitar estafas de paquetes
Para protegerte frente a estos fraudes, los especialistas recomiendan:
-
❌ No pinchar nunca en enlaces recibidos por SMS o correo si no los esperas.
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🔍 Desconfiar de mensajes alarmistas o con faltas de ortografía.
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🌐 Consultar siempre el estado del pedido desde la web oficial o la plataforma donde se realizó la compra.
-
🏦 No facilitar datos bancarios ni personales desde enlaces sospechosos.
-
📞 Ante la duda, contactar directamente con la empresa de mensajería o el comercio.
🔐 Qué hacer si has caído en la estafa
Si has facilitado datos personales o bancarios:
-
Contacta de inmediato con tu banco.
-
Cambia contraseñas de cuentas afectadas.
-
Guarda el SMS como prueba.
-
Denuncia el caso ante las fuerzas de seguridad.
📦 Precaución extra en fechas clave
Las estafas por SMS sobre paquetes no solo se concentran en Navidad, pero sí se disparan durante estas fechas. Mantener una actitud crítica y comprobar siempre la información es la mejor defensa para evitar ser víctima de estos fraudes.
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