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El Supremo confirma la pena de cárcel a Griñán y de inhabilitación a Chaves

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El Supremo confirma la pena de cárcel a Griñán y de inhabilitación a Chaves

El Tribunal Supremo ha confirmado la decisión de la Audiencia Provincial de Sevilla, emitida hace más de dos años. La resolución del Alto Tribunal supondrá la entrada en prisión de José Antonio Griñán, expresidente de la Junta de Andalucía de 76 años, para cumplir los seis de condena que le fueron impuestos. El otro expresidente andaluz del banquillo, Manuel Chaves, fue condenado por el mismo tribunal a nueve años de inhabilitación, que ya son firmes por decisión del Supremo.

Decisión tras las elecciones

El Tribunal ha esperado a que pasaran las elecciones andaluzas para no influir en el camino a las urnas. Un mes después de la cita electoral, se ha conocido el fallo definitivo, aunque la sentencia íntegra no será pública hasta después del verano. No es la única pieza de los ERE, toda una macrocausa, ni siquiera la central, pero es la de mayor significado político.

La Sala, presidida por el magistrado Juan Ramón Berdugo, ha decidido adelantar este martes el fallo de una sentencia donde también se confirma la condena por prevaricación del ex presidente andaluz Manuel Chaves, que conlleva inhabilitación para cargo público durante nueve años.

La sentencia, de unos 1800 folios, se dará a conocer en septiembre. En la misma, se confirman en líneas generales el fallo adoptado por la Audiencia Provincial de Sevilla sobre la red clientelar tejida por el PSOE andaluz durante años en torno a la trama de los ERE.

El punto más controvertido ha sido el del expresidente Griñán. El ex presidente andaluz puede solicitar ahora al Tribunal Constitucional que paralice la ejecución del fallo mientras se tramita su recurso de amparo pero es altamente improbable que el tribunal de garantías acceda a ello, puesto que la jurisprudencia del TC establece en los cinco años de prisión el umbral para paralizar el ingreso en prisión en estos supuestos.

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Nueva ayuda del SEPE hasta 570 €: Estos son los requisitos

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Estas son las ofertas de trabajo del SEPE

Requisitos, cuantía, plazos y cómo solicitar esta ayuda económica paso a paso

Desde abril de 2025, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha activado una nueva ayuda económica para personas desempleadas que han agotado el paro contributivo, tienen entre 30 y 55 años, y perciben menos de 810 € mensuales, es decir, el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Esta prestación busca dar respaldo económico a un colectivo vulnerable, simplificando el proceso administrativo: no es necesario declarar los ingresos familiares ni esperar un periodo determinado para poder solicitarla.


🧾 Requisitos para acceder al nuevo subsidio del SEPE en 2025

Para poder beneficiarse de esta ayuda, debes cumplir todos los siguientes requisitos:

  • ✅ Tener entre 30 y 55 años en el momento de la solicitud.

  • ✅ Haber agotado por completo la prestación contributiva por desempleo.

  • ✅ Contar con ingresos mensuales inferiores a 810 € (75 % del SMI).

  • ✅ Estar inscrito como demandante de empleo y haber firmado la Declaración de Búsqueda Activa de Empleo.

  • ✅ Haber cotizado al menos 15 años a la Seguridad Social, incluyendo 2 años en los últimos 15.

  • ✅ Presentar la solicitud dentro de los 6 meses posteriores a la finalización del paro.

⚠️ Importante: Si no cumples uno solo de estos puntos, el SEPE rechazará tu solicitud sin posibilidad de subsanación.


💰 ¿Cuánto se cobra con esta ayuda del SEPE?

La cuantía de la ayuda varía progresivamente para fomentar la reincorporación al empleo. Este es el desglose de pagos:

🗓️ Periodo 💶 Cuantía mensual
Meses 1 a 6 570 €
Meses 7 a 12 540 €
A partir del mes 13 480 €

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