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Valencia

El Supremo confirma que la Generalitat debe pagar la multa de 19 millones de la UE por manipular el déficit

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La Sala III del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de la Generalitat Valenciana contra el acuerdo del Consejo de Ministros, de 4 de marzo de 2016, de repercutir a dicha comunidad la responsabilidad exclusiva del pago de la multa de 18,93 millones de euros impuesta a España por el Consejo de la UE el 13 de julio de 2015 por manipulación de los datos del déficit en la Comunidad Valenciana.

El Supremo considera ajustado a derecho el Acuerdo del Consejo de Ministros impugnado, que determinó la responsabilidad exclusiva de la Comunidad Valenciana por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea y estableció la repercusión a dicha Comunidad del pago de la multa de 18.93 millones de euros, que España abonó en la cuenta habilitada por la Comisión Europea en fecha 28 de enero de 2016, añadiendo a dicho importe la cantidad de 57.567 euros en concepto de intereses compensatorios de los costes financieros que se han devengado desde el pago efectuado por España hasta el Acuerdo del Consejo de Ministros.

La Sala hace suyas las conclusiones del Informe de la Comisión Europea sobre el asunto, que pusieron de manifiesto el papel clave de la Intervención General de la Generalitat Valenciana en las graves irregularidades en la contabilidad, registro y notificación de los gastos de sanidad de la Comunidad Valenciana y en el consiguiente incumplimiento de la obligación de notificar a Eurostat los datos anuales de déficit y de deuda con observancia de las normas y procedimientos estadísticos europeos (Sistema Europeo de Cuentas, SEC), “sin que la actuación de otras entidades e instituciones haya sido relevante en la manipulación de las cuentas de la sanidad de la Generalitat Valenciana”.

Los resultados de la investigación se recogieron en ese minucioso y exhaustivo Informe de la Comisión, de fecha 7 de mayo de 2015, en el que se hacía una descripción detallada de las circunstancias en las que, en 2012, se hizo una corrección del déficit público en España de 1.900 millones de euros, en relación con el gasto público en la Comunidad Valenciana.

La Generalitat Valenciana, en su recurso, sostenía que el Gobierno de la nación era directamente responsable porque el problema del gasto sanitario en la Comunidad Valenciana era vox populi en España desde mucho tiempo atrás, y se hallaba documentado en informes y en datos públicos, pero pese a ello, las autoridades nacionales no pusieron remedio a esta situación, sin que la Administración del Estado, que remitió los datos a Eurostat, pudiera razonablemente desconocer la existencia del problema e ignorar que los datos comunicados en abril de 2012 eran incorrectos.

El informe de la Comisión, ahora asumido por el Supremo, llegó a la conclusión, sin embargo, de que la Intervención General de la Generalitat Valenciana “se mostró gravemente negligente en lo que concierte a la ausencia de registro de gastos en las cuentas nacionales”. La sentencia indica que dicha Intervención General está integrada en la Administración de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con el artículo 2 del Reglamento aprobado por el Decreto 72/2005, de 8 de abril, del Consell de la Generalitat Valenciana, que señala que la Intervención General “está adscrita orgánicamente a la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo”, y ejerce las funciones establecidas en la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat, y, en concreto, “el control de todos los actos de la administración de la Generalitat, sus entidades autónomas y empresas públicas, que den lugar al reconocimiento de derechos y obligaciones de contenido económico, así como de los ingresos y pagos que de ellos se deriven, y de la recaudación, inversión o aplicación en general de sus caudales, con el fin de asegurar que la administración de su hacienda se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso.”

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Valencia

Catalá garantiza el derecho al descanso tras la sentencia que obliga a cambiar eventos en la Ciudad de las Artes de València

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

La alcaldesa de María José Catalá ha asegurado que el Ayuntamiento “velará por el derecho al descanso” de los vecinos tras la sentencia judicial que obliga a adoptar medidas frente al ruido en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo judicial ordena al consistorio actuar para evitar que conciertos, festivales o discotecas en este entorno vulneren derechos fundamentales como la intimidad y la integridad moral, incluyendo la posible revocación de autorizaciones o la reubicación de eventos.


🧑‍⚖️ Una sentencia que cambia el escenario

La resolución, dictada por el Tribunal de Instancia de València, estima la demanda de vecinos de la zona y condena al Ayuntamiento a indemnizar con 3.000 euros a cada afectado por daños morales.

Aunque la sentencia aún puede recurrirse, el consistorio ya ha iniciado el análisis jurídico. Catalá ha subrayado que seguirán las recomendaciones de los servicios jurídicos, pero ha dejado clara la prioridad:

“El Ayuntamiento tiene que velar por los derechos fundamentales de los vecinos”.


🤝 Diálogo con la Generalitat y CACSA

Uno de los puntos clave del conflicto es que muchos de los eventos no dependen directamente del Ayuntamiento, sino de CACSA, empresa pública vinculada a la Generalitat Valenciana.

Por ello, el consistorio abrirá un proceso de diálogo con la administración autonómica para buscar soluciones como:

  • Reubicar festivales
  • Revisar autorizaciones
  • Adaptar la programación de eventos

Catalá ha insistido en que el Ayuntamiento no concede directamente las licencias, aunque sí tiene competencias en materia de contaminación acústica.


🔊 El ruido, en el centro del conflicto

La sentencia pone el foco en el impacto de grandes eventos y locales de ocio sobre los residentes del entorno. La alcaldesa ha reconocido que la resolución es clara y que el consistorio actuará para evitar que la situación continúe.

Entre las posibles medidas se contemplan:

  • Cambios en la ubicación de festivales
  • Nuevas limitaciones de ruido
  • Revisión de actividades nocturnas

📍 ¿Nuevas ubicaciones para los festivales?

Sobre alternativas como La Marina u otros espacios de la ciudad, Catalá ha evitado concretar, aunque ha señalado que se estudiarán todas las opciones junto a promotores y administraciones.

Eso sí, ha sido tajante en la prioridad:

“Los derechos fundamentales de los vecinos están por encima de cualquier otra casuística”.


🧭 Un debate abierto en València

Este caso reabre el debate sobre el equilibrio entre:

  • El ocio y la actividad cultural
  • El turismo y los grandes eventos
  • El descanso vecinal y la calidad de vida

La decisión judicial podría marcar un precedente en la organización de eventos en grandes recintos urbanos como la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

 

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