Valencia
El Supremo confirma que la Generalitat debe pagar la multa de 19 millones de la UE por manipular el déficit
Publicado
hace 9 añosen
De
La Sala III del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de la Generalitat Valenciana contra el acuerdo del Consejo de Ministros, de 4 de marzo de 2016, de repercutir a dicha comunidad la responsabilidad exclusiva del pago de la multa de 18,93 millones de euros impuesta a España por el Consejo de la UE el 13 de julio de 2015 por manipulación de los datos del déficit en la Comunidad Valenciana.
El Supremo considera ajustado a derecho el Acuerdo del Consejo de Ministros impugnado, que determinó la responsabilidad exclusiva de la Comunidad Valenciana por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea y estableció la repercusión a dicha Comunidad del pago de la multa de 18.93 millones de euros, que España abonó en la cuenta habilitada por la Comisión Europea en fecha 28 de enero de 2016, añadiendo a dicho importe la cantidad de 57.567 euros en concepto de intereses compensatorios de los costes financieros que se han devengado desde el pago efectuado por España hasta el Acuerdo del Consejo de Ministros.
La Sala hace suyas las conclusiones del Informe de la Comisión Europea sobre el asunto, que pusieron de manifiesto el papel clave de la Intervención General de la Generalitat Valenciana en las graves irregularidades en la contabilidad, registro y notificación de los gastos de sanidad de la Comunidad Valenciana y en el consiguiente incumplimiento de la obligación de notificar a Eurostat los datos anuales de déficit y de deuda con observancia de las normas y procedimientos estadísticos europeos (Sistema Europeo de Cuentas, SEC), “sin que la actuación de otras entidades e instituciones haya sido relevante en la manipulación de las cuentas de la sanidad de la Generalitat Valenciana”.
Los resultados de la investigación se recogieron en ese minucioso y exhaustivo Informe de la Comisión, de fecha 7 de mayo de 2015, en el que se hacía una descripción detallada de las circunstancias en las que, en 2012, se hizo una corrección del déficit público en España de 1.900 millones de euros, en relación con el gasto público en la Comunidad Valenciana.
La Generalitat Valenciana, en su recurso, sostenía que el Gobierno de la nación era directamente responsable porque el problema del gasto sanitario en la Comunidad Valenciana era vox populi en España desde mucho tiempo atrás, y se hallaba documentado en informes y en datos públicos, pero pese a ello, las autoridades nacionales no pusieron remedio a esta situación, sin que la Administración del Estado, que remitió los datos a Eurostat, pudiera razonablemente desconocer la existencia del problema e ignorar que los datos comunicados en abril de 2012 eran incorrectos.
El informe de la Comisión, ahora asumido por el Supremo, llegó a la conclusión, sin embargo, de que la Intervención General de la Generalitat Valenciana “se mostró gravemente negligente en lo que concierte a la ausencia de registro de gastos en las cuentas nacionales”. La sentencia indica que dicha Intervención General está integrada en la Administración de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con el artículo 2 del Reglamento aprobado por el Decreto 72/2005, de 8 de abril, del Consell de la Generalitat Valenciana, que señala que la Intervención General “está adscrita orgánicamente a la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo”, y ejerce las funciones establecidas en la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat, y, en concreto, “el control de todos los actos de la administración de la Generalitat, sus entidades autónomas y empresas públicas, que den lugar al reconocimiento de derechos y obligaciones de contenido económico, así como de los ingresos y pagos que de ellos se deriven, y de la recaudación, inversión o aplicación en general de sus caudales, con el fin de asegurar que la administración de su hacienda se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso.”
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Valencia
El funcionario clave en la gestión de la DANA declara ante la jueza de Catarroja
Publicado
hace 37 minsen
4 diciembre, 2025
Sigue la última hora de la investigación de la justicia en la gestión de la DANA:
El subdirector general de Emergencias de la Generalitat Valenciana, Jorge Suárez, ha acudido a primera hora de la mañana a los juzgados de Catarroja para prestar declaración como testigo en la causa que investiga la gestión de la DANA del 29 de octubre de 2024. Su testimonio es considerado uno de los más relevantes para esclarecer las decisiones técnicas y operativas adoptadas durante aquella jornada, marcada por una devastadora emergencia que dejó 230 fallecidos.
Un testigo central en la investigación
La responsabilidad técnica bajo el foco
Jorge Suárez, junto al exinspector jefe del Consorcio de Bomberos, José Miguel Basset, aparece como uno de los dos perfiles técnicos sobre los que diversos responsables políticos han desplazado la carga de decisión durante la emergencia.
Señalamientos desde el ámbito político
Tanto la exconsellera de Interior Salomé Pradas, investigada en la causa, como el exsecretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso, han atribuido parte de la responsabilidad de la gestión al criterio y actuaciones de Suárez y Basset.
Entre los puntos críticos señalados se encuentra el retraso en la activación del Es Alert, que finalmente se emitió a las 20:11 horas. La magistrada instructora considera que el aviso llegó «tarde» y con deficiencias.
Otros testigos, como el presidente de la Diputación de Valencia, Vicent Mompó, o el asesor Marco Presa, han apuntado igualmente hacia la cadena técnica de Emergencias.
El papel del Cecopi: centro neurálgico del 29 de octubre
Una reunión clave
El Cecopi —Centro de Coordinación Operativa Integrada— se activó a las 17:00 h del día del temporal. Es en este espacio donde se tomaron o descartaron decisiones fundamentales relativas a evacuaciones, avisos preventivos, coordinación de cuerpos de seguridad y movilización de recursos.
La experiencia acumulada de Suárez
Con treinta años de trayectoria en emergencias de todo tipo —incendios forestales, la DANA de la Vega Baja de 2019 o la gestión de la pandemia—, Suárez es uno de los funcionarios de referencia en este ámbito en la Comunitat Valenciana.
Participó además en la implantación del sistema Es Alert durante la etapa de la exconsellera Gabriela Bravo.
Un episodio procesal llamativo
El intento fallido de personarse en la causa
En los primeros compases de la investigación centralizada en Catarroja, Suárez intentó personarse en el procedimiento y solicitó la suspensión de los plazos procesales hasta acceder al sumario completo.
Un escrito con errores y confusiones procesales
El escrito dirigido inicialmente al Juzgado de Instrucción 9 de València —sin vinculación con la causa— generó confusión, pues no especificaba por qué motivo el funcionario deseaba personarse en el procedimiento de la DANA ni en calidad de qué.
La magistrada de Catarroja llegó incluso a interpretar que Suárez podría ser familiar de una víctima, y pidió aclaraciones antes de resolver.
La petición de paralización del procedimiento no prosperó y la causa continuó su curso.
Señalamientos sindicales y posibles responsabilidades penales
Acusaciones particulares piden investigarlo
La Federación Estatal de Trabajadores de las Administraciones Públicas (FETAP-CGT), personada como acusación particular, solicitó a la jueza que Suárez fuera investigado.
El sindicato considera que determinadas actuaciones —o la falta de ellas— podrían derivar en responsabilidades penales, especialmente en relación con la gestión de la alerta pública.
Una comparecencia clave para aclarar la cadena de decisiones
La declaración de Suárez es considerada esencial para:
Determinar cómo se tomaron las decisiones
-
Qué información se manejaba en tiempo real.
-
Qué criterios técnicos se siguieron.
-
Quién autorizó o bloqueó determinadas actuaciones.
-
Por qué se retrasó el Es Alert.
Contrastar las versiones políticas
Las declaraciones de Pradas, Argüeso y otros responsables se apoyan en que confiaban en los técnicos y carecían de experiencia suficiente en emergencias.
Reconstruir minuto a minuto la gestión de la DANA
La jueza pretende aclarar la cadena de mando, la diligencia de las actuaciones y si existieron omisiones o errores graves.
Lo que puede venir ahora
Tras el testimonio de Suárez, la instructora podría:
Abrir nuevas líneas de investigación
Si de su declaración surgen decisiones no documentadas o discrepancias relevantes.
Citar a más responsables técnicos
Incluyendo mandos intermedios presentes en el Cecopi.
Requerir informes adicionales
Sobre protocolos de avisos, cronología operativa y comunicaciones internas.
Pradas entregará los mensajes de WhatsApp del 29 de octubre de 2024
La exconsellera de Justicia e Interior de la Generalitat e investigada en la causa de la dana, Salomé Pradas, ha comunicado al Juzgado de Catarroja, encargado de instruir la gestión de las riadas que dejaron 230 muertos en la provincia de Valencia, que aportará voluntariamente las conversaciones de WhatsApp que mantuvo el 29 de octubre de 2024 con el expresidente de la Generalitat Carlos Mazón y con su jefe de Gabinete, José Manuel Cuenca.
Según el escrito al que ha tenido acceso Europa Press, Pradas responde así al requerimiento de la magistrada, que le había solicitado este martes que, en el plazo de un día, comunicara su voluntad de entregar los mensajes intercambiados con Mazón y Cuenca el día de la devastadora dana. La jueza aludía a lo declarado por la propia Pradas en el programa Salvados de LaSexta, donde aseguró que esas conversaciones aún no se habían aportado a la causa.
La defensa asegura “máxima colaboración” con el Juzgado
A través de su defensa, Pradas expone en el escrito que esta parte “en todo momento” ha mantenido una actitud “de máxima colaboración” con el Juzgado, incluso pese a ostentar la posición procesal de persona investigada, con el objetivo firme de “facilitar el esclarecimiento de los hechos objeto de las presentes actuaciones”.
En esta línea, la exconsellera ha comunicado que aportará voluntariamente los WhatsApps, aunque aclara que, debido a la “limitación de tiempo”, ha sido “materialmente imposible” elaborar el documento que permita dar fe de la autenticidad de dichas comunicaciones. Aun así, garantiza que en cuanto esté preparado, lo entregará “de forma inmediata”.
La jueza de la DANA incorpora a la causa dos vídeos sobre la llegada de Carlos Mazón al Cecopi el 29 de octubre
La investigación judicial sobre la gestión de la DANA en la Comunitat Valenciana continúa avanzando. La magistrada del Juzgado de Catarroja que instruye el caso ha decidido añadir al procedimiento dos vídeos que registran la llegada del entonces presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, al Centro de Coordinación de Emergencias (CCE) de l’Eliana y al edificio donde estaba operativo el Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi) durante la jornada del 29 de octubre de 2024.
Los archivos audiovisuales han sido remitidos por la Conselleria de Emergencias en respuesta a un oficio de la jueza fechado el 21 de noviembre de 2025. Tras su recepción, los vídeos han quedado formalmente incorporados a la causa mediante diligencia de ordenación.
Qué muestran los vídeos incorporados por la jueza
Los dos archivos aportados recogen distintos momentos de la llegada del expresidente:
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Primer vídeo, de algo más de un minuto, donde se observa el exterior del CCE, el acceso al recinto y la entrada de los vehículos de Presidencia que trasladaban a Mazón y a su equipo.
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Segundo vídeo, de unos veinte segundos, centrado en el acceso de Mazón al edificio del Cecopi acompañado por varios asesores y el saludo al personal que lo recibe.
Ambas grabaciones permiten reconstruir con precisión la secuencia de movimientos del expresidente en torno a las 20:26 y 20:28 horas, momento en el que accede al área del Cecopi tras recorrer el tramo interno del recinto.
La declaración del responsable de seguridad: por qué se conservaron las imágenes
En la misma jornada en que se incorporaron los vídeos, la jueza tomó declaración a un coordinador de prevención y responsable de seguridad física e infraestructuras del CCE, quien compareció como testigo.
El funcionario explicó que fue él mismo quien extrajo las imágenes correspondientes a la llegada del expresidente y que decidió conservarlas más allá del plazo legal de 30 días que marca la normativa de videovigilancia. Según su testimonio, lo hizo “por precaución” y “por su relevancia”, dado que aquel día acudieron al recinto diversas autoridades, entre ellas los Reyes de España.
El testigo detalló que:
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La decisión de guardar las imágenes se tomó junto al subdirector general de Emergencias, Jorge Suárez.
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No existió ninguna instrucción externa ni orden de la Generalitat para preservarlas.
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La selección de las grabaciones que se conservarían se realizó durante la semana siguiente, antes de que venciera el plazo legal de borrado.
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El resto de los vídeos que no se consideraron necesarios fueron eliminados automáticamente una vez transcurridos los 30 días.
Carta abierta de Maribel Vilaplana sobre su comida con Mazón
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