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Valencia

El Supremo confirma que la Generalitat debe pagar la multa de 19 millones de la UE por manipular el déficit

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La Sala III del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de la Generalitat Valenciana contra el acuerdo del Consejo de Ministros, de 4 de marzo de 2016, de repercutir a dicha comunidad la responsabilidad exclusiva del pago de la multa de 18,93 millones de euros impuesta a España por el Consejo de la UE el 13 de julio de 2015 por manipulación de los datos del déficit en la Comunidad Valenciana.

El Supremo considera ajustado a derecho el Acuerdo del Consejo de Ministros impugnado, que determinó la responsabilidad exclusiva de la Comunidad Valenciana por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea y estableció la repercusión a dicha Comunidad del pago de la multa de 18.93 millones de euros, que España abonó en la cuenta habilitada por la Comisión Europea en fecha 28 de enero de 2016, añadiendo a dicho importe la cantidad de 57.567 euros en concepto de intereses compensatorios de los costes financieros que se han devengado desde el pago efectuado por España hasta el Acuerdo del Consejo de Ministros.

La Sala hace suyas las conclusiones del Informe de la Comisión Europea sobre el asunto, que pusieron de manifiesto el papel clave de la Intervención General de la Generalitat Valenciana en las graves irregularidades en la contabilidad, registro y notificación de los gastos de sanidad de la Comunidad Valenciana y en el consiguiente incumplimiento de la obligación de notificar a Eurostat los datos anuales de déficit y de deuda con observancia de las normas y procedimientos estadísticos europeos (Sistema Europeo de Cuentas, SEC), “sin que la actuación de otras entidades e instituciones haya sido relevante en la manipulación de las cuentas de la sanidad de la Generalitat Valenciana”.

Los resultados de la investigación se recogieron en ese minucioso y exhaustivo Informe de la Comisión, de fecha 7 de mayo de 2015, en el que se hacía una descripción detallada de las circunstancias en las que, en 2012, se hizo una corrección del déficit público en España de 1.900 millones de euros, en relación con el gasto público en la Comunidad Valenciana.

La Generalitat Valenciana, en su recurso, sostenía que el Gobierno de la nación era directamente responsable porque el problema del gasto sanitario en la Comunidad Valenciana era vox populi en España desde mucho tiempo atrás, y se hallaba documentado en informes y en datos públicos, pero pese a ello, las autoridades nacionales no pusieron remedio a esta situación, sin que la Administración del Estado, que remitió los datos a Eurostat, pudiera razonablemente desconocer la existencia del problema e ignorar que los datos comunicados en abril de 2012 eran incorrectos.

El informe de la Comisión, ahora asumido por el Supremo, llegó a la conclusión, sin embargo, de que la Intervención General de la Generalitat Valenciana “se mostró gravemente negligente en lo que concierte a la ausencia de registro de gastos en las cuentas nacionales”. La sentencia indica que dicha Intervención General está integrada en la Administración de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con el artículo 2 del Reglamento aprobado por el Decreto 72/2005, de 8 de abril, del Consell de la Generalitat Valenciana, que señala que la Intervención General “está adscrita orgánicamente a la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo”, y ejerce las funciones establecidas en la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat, y, en concreto, “el control de todos los actos de la administración de la Generalitat, sus entidades autónomas y empresas públicas, que den lugar al reconocimiento de derechos y obligaciones de contenido económico, así como de los ingresos y pagos que de ellos se deriven, y de la recaudación, inversión o aplicación en general de sus caudales, con el fin de asegurar que la administración de su hacienda se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso.”

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Consumo

Horarios especiales de supermercados y centros comerciales en Navidad 2025: aperturas y cierres en Nochebuena, Navidad, Nochevieja y Reyes

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Horarios supermercados y centros comerciales Navidad Valencia
OFFICIAL PRESS ARCHIVO

Las compras navideñas llegan este año marcadas por horarios especiales en supermercados y grandes centros comerciales de Valencia. Las principales cadenas adaptan sus aperturas y cierres durante Nochebuena, Navidad, Nochevieja, Año Nuevo y el día de Reyes para facilitar las compras de última hora, aunque con importantes restricciones en los días festivos.

A continuación, te detallamos cómo quedan los horarios de El Corte Inglés, Carrefour, Mercadona y Consum en Navidad 2025, con información práctica y unificada para planificar mejor tus compras.

Horarios especiales de El Corte Inglés en Navidad 2025

Los grandes almacenes de El Corte Inglés aplican uno de los calendarios más amplios durante estas fechas, aunque con cierres obligatorios en los festivos nacionales.

Días clave:

  • Miércoles 24 de diciembre (Nochebuena): abierto de 10.00 a 20.00 horas

  • Jueves 25 de diciembre (Navidad): cerrado

  • Miércoles 31 de diciembre (Nochevieja): abierto de 10.00 a 20.00 horas

  • Jueves 1 de enero (Año Nuevo): cerrado

  • Martes 6 de enero (Reyes): cerrado

Entre festivos, la mayoría de centros abrirán de 10.00 a 22.00 horas, incluidos varios domingos. En Cataluña, el 26 de diciembre (San Esteban) también se considera festivo y algunos centros pueden modificar su horario.

Horario de Carrefour en Navidad, Nochevieja y Reyes

Carrefour mantiene una política similar a otros años, con aperturas reducidas en vísperas y cierre total en los festivos más señalados.

Diciembre:

  • Miércoles 24 (Nochebuena): abierto de 09.00 a 19.00 horas

  • Jueves 25 (Navidad): cerrado

  • Domingo 28: abierto de 10.00 a 22.00 horas

  • Miércoles 31 (Nochevieja): abierto de 09.00 a 19.00 horas

Enero:

  • Jueves 1 (Año Nuevo): cerrado

  • Domingo 4: abierto de 10.00 a 22.00 horas

  • Martes 6 (Reyes): cerrado

  • Domingo 11: abierto de 10.00 a 22.00 horas

En Cataluña, el 26 de diciembre también puede afectar al horario de algunos centros.

Horario especial de Mercadona en Navidad 2025

Mercadona mantiene su conocida política de no abrir en festivos, con horarios especiales únicamente en las vísperas.

  • Miércoles 24 de diciembre (Nochebuena): abierto de 09.00 a 19.00 horas

  • Jueves 25 de diciembre (Navidad): cerrado

  • Viernes 26 de diciembre: abierto de 09.00 a 21.30 horas

  • Sábado 27 de diciembre: abierto de 09.00 a 21.30 horas

  • Domingo 28 de diciembre: cerrado

En algunas comunidades, como País Vasco o Cataluña, el cierre puede adelantarse ligeramente. El servicio a domicilio también se ve afectado durante estos días.

Horarios de Consum en Nochebuena, Navidad y Año Nuevo

La cooperativa valenciana Consum adapta sus horarios a los festivos nacionales y locales, especialmente en la Comunitat Valenciana y Cataluña.

Abierto:

  • 24 de diciembre (Nochebuena): 09.00 a 19.00 horas

  • 31 de diciembre (Nochevieja): 09.00 a 19.00 horas

Cerrado:

  • 25 de diciembre (Navidad)

  • 1 de enero (Año Nuevo)

Además, el 26 de diciembre (San Esteban) puede provocar cierres o cambios de horario en Barcelona y en cerca de 60 municipios de la Comunitat Valenciana donde es festivo local. La franquicia Charter puede presentar horarios distintos según la localidad.

Otras cadenas y centros comerciales

Cadenas como Lidl, Alcampo y otros centros comerciales también aplican horarios especiales durante la Navidad, especialmente en vísperas y domingos autorizados. En todos los casos, se recomienda comprobar el horario específico de cada establecimiento, ya que puede variar según la ciudad o la comunidad autónoma.

Planificar las compras, clave en Navidad

Con varios días de cierre total y horarios reducidos, planificar las compras navideñas se vuelve fundamental para evitar imprevistos de última hora. Nochebuena y Nochevieja concentrarán gran parte de la actividad comercial, mientras que Navidad, Año Nuevo y Reyes serán jornadas sin apertura en la mayoría de cadenas.

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