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Valencia

El Supremo confirma que la Generalitat debe pagar la multa de 19 millones de la UE por manipular el déficit

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La Sala III del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de la Generalitat Valenciana contra el acuerdo del Consejo de Ministros, de 4 de marzo de 2016, de repercutir a dicha comunidad la responsabilidad exclusiva del pago de la multa de 18,93 millones de euros impuesta a España por el Consejo de la UE el 13 de julio de 2015 por manipulación de los datos del déficit en la Comunidad Valenciana.

El Supremo considera ajustado a derecho el Acuerdo del Consejo de Ministros impugnado, que determinó la responsabilidad exclusiva de la Comunidad Valenciana por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea y estableció la repercusión a dicha Comunidad del pago de la multa de 18.93 millones de euros, que España abonó en la cuenta habilitada por la Comisión Europea en fecha 28 de enero de 2016, añadiendo a dicho importe la cantidad de 57.567 euros en concepto de intereses compensatorios de los costes financieros que se han devengado desde el pago efectuado por España hasta el Acuerdo del Consejo de Ministros.

La Sala hace suyas las conclusiones del Informe de la Comisión Europea sobre el asunto, que pusieron de manifiesto el papel clave de la Intervención General de la Generalitat Valenciana en las graves irregularidades en la contabilidad, registro y notificación de los gastos de sanidad de la Comunidad Valenciana y en el consiguiente incumplimiento de la obligación de notificar a Eurostat los datos anuales de déficit y de deuda con observancia de las normas y procedimientos estadísticos europeos (Sistema Europeo de Cuentas, SEC), “sin que la actuación de otras entidades e instituciones haya sido relevante en la manipulación de las cuentas de la sanidad de la Generalitat Valenciana”.

Los resultados de la investigación se recogieron en ese minucioso y exhaustivo Informe de la Comisión, de fecha 7 de mayo de 2015, en el que se hacía una descripción detallada de las circunstancias en las que, en 2012, se hizo una corrección del déficit público en España de 1.900 millones de euros, en relación con el gasto público en la Comunidad Valenciana.

La Generalitat Valenciana, en su recurso, sostenía que el Gobierno de la nación era directamente responsable porque el problema del gasto sanitario en la Comunidad Valenciana era vox populi en España desde mucho tiempo atrás, y se hallaba documentado en informes y en datos públicos, pero pese a ello, las autoridades nacionales no pusieron remedio a esta situación, sin que la Administración del Estado, que remitió los datos a Eurostat, pudiera razonablemente desconocer la existencia del problema e ignorar que los datos comunicados en abril de 2012 eran incorrectos.

El informe de la Comisión, ahora asumido por el Supremo, llegó a la conclusión, sin embargo, de que la Intervención General de la Generalitat Valenciana “se mostró gravemente negligente en lo que concierte a la ausencia de registro de gastos en las cuentas nacionales”. La sentencia indica que dicha Intervención General está integrada en la Administración de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con el artículo 2 del Reglamento aprobado por el Decreto 72/2005, de 8 de abril, del Consell de la Generalitat Valenciana, que señala que la Intervención General “está adscrita orgánicamente a la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo”, y ejerce las funciones establecidas en la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat, y, en concreto, “el control de todos los actos de la administración de la Generalitat, sus entidades autónomas y empresas públicas, que den lugar al reconocimiento de derechos y obligaciones de contenido económico, así como de los ingresos y pagos que de ellos se deriven, y de la recaudación, inversión o aplicación en general de sus caudales, con el fin de asegurar que la administración de su hacienda se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso.”

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Valencia

Así queda el calendario escolar en València: sin clase el 16 de marzo y curso hasta el 22 de junio

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16 de marzo clase valencia
Foto: JUNTA CENTRAL FALLERA

El Consejo Escolar Municipal de València ha acordado solicitar a la Conselleria de Educación un cuarto día festivo dentro del calendario académico 2025-2026 en la ciudad. La propuesta contempla que el lunes 16 de marzo de 2026, en plena celebración de las Fallas, sea declarado festivo no lectivo, así como alargar un día más el curso escolar hasta el 22 de junio.

Si esta iniciativa sale adelante y cuenta con el visto bueno de la Dirección General de Centros Docentes, la comunidad educativa de València podría disfrutar de la semana completa de Fallas, al enlazar el festivo escolar del día 16 con el Día de San José (19 de marzo), que ya es festivo en la ciudad.

Apoyo unánime del Consejo Escolar Municipal

Según informa el Ayuntamiento de València, la propuesta planteada por el consistorio fue aprobada con el apoyo unánime de los representantes de las distintas entidades de padres y madres, docentes, entidades vecinales y directores de centros educativos que forman parte del Consejo Escolar Municipal.

La decisión se adoptó en una sesión extraordinaria celebrada en la tarde de este viernes, convocada de manera específica para abordar esta cuestión ante la creciente polémica generada por el carácter lectivo del 16 de marzo.

Participación del mundo fallero en la reunión

A la reunión asistieron, con voz pero sin voto, representantes de la Interagrupación de Fallas de Valencia y del Foro Cultural La Roqueta – San Vicente Mártir, tal y como establece el artículo 5.2 del Reglamento de Régimen Interno del Consejo Escolar Municipal.

Ambas entidades, como colectivos directamente afectados, trasladaron a los miembros del Consejo la importancia de garantizar que el 16 de marzo sea declarado festivo escolar, permitiendo así que los escolares de la ciudad puedan participar en los actos falleros más relevantes.

El trámite ante la Conselleria de Educación

A partir de ahora, el Ayuntamiento dará traslado del acuerdo alcanzado a la Dirección General de Centros Docentes, en aplicación del artículo 9 de la Orden de 11 de junio de 1998 de la Conselleria de Educación, que regula los criterios generales del calendario escolar en la Comunitat Valenciana.

La normativa contempla que, “cuando concurran circunstancias excepcionales”, la Dirección General pueda autorizar un calendario diferente para un centro o una localidad concreta, siempre que no se reduzca el número total de días lectivos del curso académico.

Por este motivo, la propuesta incluye alargar el curso hasta el 22 de junio, compensando así el día festivo extraordinario solicitado.

El origen de la polémica del 16 de marzo

La convocatoria extraordinaria del Consejo Escolar se produjo tras la polémica generada por haberse declarado lectiva la jornada del 16 de marzo. Esta semana, la asamblea de presidentes de falla llegó incluso a tumbar el programa de festejos de las Fallas del próximo año propuesto por la Junta Central Fallera, como medida de presión.

Desde distintos colectivos del mundo fallero, partidos de la oposición en el Ayuntamiento —Compromís y PSPV— y entidades como la Federación de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos (FAMPA-València), se defendió que ese día no hubiera clase para facilitar la participación del alumnado en los actos falleros.

Reacciones políticas y previsión para 2027

El concejal de Fallas y presidente de la Junta Central Fallera, Santiago Ballester, aseguró que se estaba trabajando para compatibilizar la asistencia de los niños a la recogida de premios, uno de los actos más tradicionales del 16 de marzo.

Desde la oposición, tanto Compromís como el PSPV celebraron la decisión del Consejo Escolar, aunque criticaron que la solución haya llegado tras meses de debate. Ambas formaciones advirtieron, además, de que el problema podría repetirse en 2027, cuando la semana fallera vuelva a coincidir plenamente con días lectivos.

Con este acuerdo, València da un paso más para adaptar el calendario escolar a la realidad de las Fallas, a la espera ahora de la decisión final de la Conselleria de Educación.

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