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Valencia

El Supremo confirma que la Generalitat debe pagar la multa de 19 millones de la UE por manipular el déficit

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La Sala III del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de la Generalitat Valenciana contra el acuerdo del Consejo de Ministros, de 4 de marzo de 2016, de repercutir a dicha comunidad la responsabilidad exclusiva del pago de la multa de 18,93 millones de euros impuesta a España por el Consejo de la UE el 13 de julio de 2015 por manipulación de los datos del déficit en la Comunidad Valenciana.

El Supremo considera ajustado a derecho el Acuerdo del Consejo de Ministros impugnado, que determinó la responsabilidad exclusiva de la Comunidad Valenciana por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea y estableció la repercusión a dicha Comunidad del pago de la multa de 18.93 millones de euros, que España abonó en la cuenta habilitada por la Comisión Europea en fecha 28 de enero de 2016, añadiendo a dicho importe la cantidad de 57.567 euros en concepto de intereses compensatorios de los costes financieros que se han devengado desde el pago efectuado por España hasta el Acuerdo del Consejo de Ministros.

La Sala hace suyas las conclusiones del Informe de la Comisión Europea sobre el asunto, que pusieron de manifiesto el papel clave de la Intervención General de la Generalitat Valenciana en las graves irregularidades en la contabilidad, registro y notificación de los gastos de sanidad de la Comunidad Valenciana y en el consiguiente incumplimiento de la obligación de notificar a Eurostat los datos anuales de déficit y de deuda con observancia de las normas y procedimientos estadísticos europeos (Sistema Europeo de Cuentas, SEC), “sin que la actuación de otras entidades e instituciones haya sido relevante en la manipulación de las cuentas de la sanidad de la Generalitat Valenciana”.

Los resultados de la investigación se recogieron en ese minucioso y exhaustivo Informe de la Comisión, de fecha 7 de mayo de 2015, en el que se hacía una descripción detallada de las circunstancias en las que, en 2012, se hizo una corrección del déficit público en España de 1.900 millones de euros, en relación con el gasto público en la Comunidad Valenciana.

La Generalitat Valenciana, en su recurso, sostenía que el Gobierno de la nación era directamente responsable porque el problema del gasto sanitario en la Comunidad Valenciana era vox populi en España desde mucho tiempo atrás, y se hallaba documentado en informes y en datos públicos, pero pese a ello, las autoridades nacionales no pusieron remedio a esta situación, sin que la Administración del Estado, que remitió los datos a Eurostat, pudiera razonablemente desconocer la existencia del problema e ignorar que los datos comunicados en abril de 2012 eran incorrectos.

El informe de la Comisión, ahora asumido por el Supremo, llegó a la conclusión, sin embargo, de que la Intervención General de la Generalitat Valenciana “se mostró gravemente negligente en lo que concierte a la ausencia de registro de gastos en las cuentas nacionales”. La sentencia indica que dicha Intervención General está integrada en la Administración de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con el artículo 2 del Reglamento aprobado por el Decreto 72/2005, de 8 de abril, del Consell de la Generalitat Valenciana, que señala que la Intervención General “está adscrita orgánicamente a la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo”, y ejerce las funciones establecidas en la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat, y, en concreto, “el control de todos los actos de la administración de la Generalitat, sus entidades autónomas y empresas públicas, que den lugar al reconocimiento de derechos y obligaciones de contenido económico, así como de los ingresos y pagos que de ellos se deriven, y de la recaudación, inversión o aplicación en general de sus caudales, con el fin de asegurar que la administración de su hacienda se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso.”

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Sucesos

Muere un trabajador tras caer por el tragaluz de una nave industrial en Albal

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Muere trabajador tragaluz Albal

Un nuevo accidente laboral mortal vuelve a sacudir el área industrial de l’Horta Sud. Un trabajador de 52 años ha fallecido este lunes 22 de diciembre tras precipitarse desde la cubierta de una nave situada en Albal, después de que cediera un tragaluz por el que cayó desde una altura aproximada de diez metros.

El suceso se produjo durante la mañana, cuando el operario realizaba labores de mantenimiento en el tejado de una empresa dedicada a estructuras metálicas para la instalación de paneles solares. Según las primeras informaciones, el trabajador estaba revisando el sistema de aire acondicionado de la nave cuando el tragaluz se rompió, provocando la caída al interior de las instalaciones.

Quinta muerte laboral en poco más de un año en la zona industrial

Este nuevo fallecimiento eleva a cinco las muertes por siniestralidad laboral registradas en poco más de un año en el entorno industrial de Albal y Beniparrell, en un radio inferior a un kilómetro, lo que vuelve a poner el foco en la seguridad en los trabajos en altura y en las condiciones laborales en este tipo de instalaciones.

El trabajador no llevaba arnés de seguridad

Fuentes consultadas han señalado que el operario no portaba arnés de seguridad en el momento del accidente. Como consecuencia de la caída, sufrió graves traumatismos, especialmente un fuerte golpe en la cabeza, que resultó determinante.

Hasta el lugar del siniestro se desplazaron rápidamente efectivos sanitarios del SAMU, que intentaron reanimar al trabajador durante varios minutos. Sin embargo, los esfuerzos resultaron inútiles y su fallecimiento fue confirmado pasadas las once de la mañana.

Un compañero sufre una crisis de ansiedad

En el momento del accidente, otro trabajador se encontraba junto a la víctima en la cubierta de la nave. Tras presenciar la caída y no poder hacer nada por evitarla, sufrió una crisis de ansiedad y tuvo que ser atendido en el lugar.

También acudieron efectivos de la Policía Local de Albal y de la Guardia Civil, concretamente de la demarcación de Alfafar, además de la ambulancia medicalizada.

Investigación judicial y de Inspección de Trabajo

Agentes de la Policía Judicial de la Guardia Civil se han hecho cargo de la investigación de este nuevo accidente laboral mortal para esclarecer las circunstancias exactas de lo ocurrido. Asimismo, un inspector de Trabajo se ha desplazado hasta la nave para comprobar si se cumplía la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales.

El Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja ha autorizado el levantamiento del cadáver, que ha sido trasladado al Instituto de Medicina Legal de Valencia, donde este martes se le practicará la autopsia.

De forma provisional, la causa de la muerte apunta a un traumatismo craneoencefálico severo provocado por el impacto contra el suelo tras la caída desde gran altura.

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