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Valencia

El Supremo confirma que la Generalitat debe pagar la multa de 19 millones de la UE por manipular el déficit

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La Sala III del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de la Generalitat Valenciana contra el acuerdo del Consejo de Ministros, de 4 de marzo de 2016, de repercutir a dicha comunidad la responsabilidad exclusiva del pago de la multa de 18,93 millones de euros impuesta a España por el Consejo de la UE el 13 de julio de 2015 por manipulación de los datos del déficit en la Comunidad Valenciana.

El Supremo considera ajustado a derecho el Acuerdo del Consejo de Ministros impugnado, que determinó la responsabilidad exclusiva de la Comunidad Valenciana por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea y estableció la repercusión a dicha Comunidad del pago de la multa de 18.93 millones de euros, que España abonó en la cuenta habilitada por la Comisión Europea en fecha 28 de enero de 2016, añadiendo a dicho importe la cantidad de 57.567 euros en concepto de intereses compensatorios de los costes financieros que se han devengado desde el pago efectuado por España hasta el Acuerdo del Consejo de Ministros.

La Sala hace suyas las conclusiones del Informe de la Comisión Europea sobre el asunto, que pusieron de manifiesto el papel clave de la Intervención General de la Generalitat Valenciana en las graves irregularidades en la contabilidad, registro y notificación de los gastos de sanidad de la Comunidad Valenciana y en el consiguiente incumplimiento de la obligación de notificar a Eurostat los datos anuales de déficit y de deuda con observancia de las normas y procedimientos estadísticos europeos (Sistema Europeo de Cuentas, SEC), “sin que la actuación de otras entidades e instituciones haya sido relevante en la manipulación de las cuentas de la sanidad de la Generalitat Valenciana”.

Los resultados de la investigación se recogieron en ese minucioso y exhaustivo Informe de la Comisión, de fecha 7 de mayo de 2015, en el que se hacía una descripción detallada de las circunstancias en las que, en 2012, se hizo una corrección del déficit público en España de 1.900 millones de euros, en relación con el gasto público en la Comunidad Valenciana.

La Generalitat Valenciana, en su recurso, sostenía que el Gobierno de la nación era directamente responsable porque el problema del gasto sanitario en la Comunidad Valenciana era vox populi en España desde mucho tiempo atrás, y se hallaba documentado en informes y en datos públicos, pero pese a ello, las autoridades nacionales no pusieron remedio a esta situación, sin que la Administración del Estado, que remitió los datos a Eurostat, pudiera razonablemente desconocer la existencia del problema e ignorar que los datos comunicados en abril de 2012 eran incorrectos.

El informe de la Comisión, ahora asumido por el Supremo, llegó a la conclusión, sin embargo, de que la Intervención General de la Generalitat Valenciana “se mostró gravemente negligente en lo que concierte a la ausencia de registro de gastos en las cuentas nacionales”. La sentencia indica que dicha Intervención General está integrada en la Administración de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con el artículo 2 del Reglamento aprobado por el Decreto 72/2005, de 8 de abril, del Consell de la Generalitat Valenciana, que señala que la Intervención General “está adscrita orgánicamente a la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo”, y ejerce las funciones establecidas en la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat, y, en concreto, “el control de todos los actos de la administración de la Generalitat, sus entidades autónomas y empresas públicas, que den lugar al reconocimiento de derechos y obligaciones de contenido económico, así como de los ingresos y pagos que de ellos se deriven, y de la recaudación, inversión o aplicación en general de sus caudales, con el fin de asegurar que la administración de su hacienda se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso.”

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Salud y Bienestar

La muerte de la niña de Alzira reabre el debate sobre los riesgos de la anestesia: ¿cuáles son los peligros reales?

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riesgos anestesia
PEXELS

La Sociedad Española de Anestesiología, Reanimación y Terapéutica del Dolor (SEDAR) ha trasladado sus condolencias a la familia de la niña de 6 años fallecida tras haber sido atendida previamente esa misma mañana en una clínica dental privada en Alzira. Además, ha insistido en la importancia de que las sedaciones sean “realizadas exclusivamente por médicos especialistas en Anestesiología y Reanimación”. Estos son los riesgos reales de la anestesia.

Llamamiento a la prudencia y advertencia sobre la falta de información clínica

La SEDAR, en un comunicado, ha hecho un llamamiento a la “prudencia, respeto y responsabilidad institucional”, subrayando que actualmente “se desconocen los datos clínicos y las circunstancias exactas” del suceso. Por ello, remarcan que no pueden valorar causas ni responsabilidades hasta que avance la investigación.

La sedación con fármacos anestésicos generales: un procedimiento de alto riesgo

El organismo científico ha insistido en que las sedaciones que emplean fármacos anestésicos generales son “procedimientos con riesgos potencialmente graves, incluso vitales”. Por ello, recalcan que deben realizarse únicamente por especialistas en Anestesiología y Reanimación, los únicos con formación avanzada en farmacología, fisiología, manejo de la vía aérea, ventilación mecánica y reanimación avanzada.

La SEDAR recuerda que, en los últimos años, ha advertido reiteradamente de un “problema muy serio”: la autorización de sedaciones profundas para ser administradas por profesionales que no son anestesistas. Esto incluye médicos de otras especialidades como neumología, cardiología, digestivo o urgencias, e incluso enfermería, mediante cursos que no equivalen a una especialidad médica completa.

Normativas que permiten sedaciones sin anestesistas: un riesgo para el paciente

Según la SEDAR, estas normativas autonómicas generan un riesgo añadido porque los anestésicos generales pueden provocar “apnea, depresión respiratoria y colapso cardiovascular en cuestión de segundos”. Para la entidad, la administración de estos fármacos “exige la formación avanzada específica” de los anestesiólogos.

“El anestesista es el único profesional con la capacitación completa para realizar sedaciones de forma segura y responder de manera inmediata ante cualquier complicación”, remarcan.

Recomendaciones a los pacientes y mensaje del presidente de SEDAR

La SEDAR recomienda a la ciudadanía que, antes de someterse a una sedación, “pregunten siempre quién la va a realizar y verifiquen que se trata de un médico especialista en Anestesiología y Reanimación”.

El presidente de la sociedad, el doctor Javier García Fernández, ha destacado que “la seguridad del paciente es el compromiso central e irrenunciable de la SEDAR”. Ha subrayado también que “la sedación profunda no es un procedimiento menor” y que toda la comunidad sanitaria debe reflexionar tras un suceso tan grave.

La anestesia siempre conlleva riesgo, incluso en manos expertas

SEDAR recuerda que la anestesiología es una disciplina compleja que requiere vigilancia constante y experiencia. “Incluso realizada por profesionales plenamente cualificados, nunca está completamente exenta de riesgo”, advierten.

Por ello, insisten en que estos procedimientos deben realizarse “bajo los estándares máximos de seguridad” y con equipamiento adecuado.

Compromiso de la SEDAR con la seguridad y la evidencia científica

La entidad afirma que seguirá defendiendo que la seguridad del paciente esté “por encima de cualquier otro factor” y trabajará con evidencia científica para evitar que normativas o decisiones organizativas permitan prácticas que puedan comprometer la salud de los ciudadanos.

 

 

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