Valencia
El Supremo obliga a repetir el juicio por el crimen de la viuda de la CAM
Publicado
hace 4 añosen
Madrid, 24 may (OFFICIAL PRESS- EFE).- El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia que absolvió a Miguel López del asesinato de María del Carmen Martínez, viuda del expresidente de la extinta Caja del Mediterráneo (CAM) Vicente Sala, y ha ordenado que se celebre un nuevo juicio con distinto jurado y un nuevo magistrado presidente.
La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia en la que estima el recurso de la acusación particular, representada por el hijo de la víctima, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que confirmó la absolución de Miguel López dictada por la Audiencia de Alicante, por el asesinato de su suegra en un concesionario de coches de Alicante en diciembre de 2016.
La Audiencia de Alicante absolvió a López de un supuesto delito de asesinato y otro de tenencia ilícita de armas, por el que se le pedían 24 años de cárcel tras el veredicto del jurado popular que le declaró «no culpable» del crimen, porque nadie le vio y por falta de pruebas de que fuera la persona que efectuase los disparos.
La resolución del TSJ confirmó su absolución al rechazar la indefensión alegada por la Fiscalía y la acusación particular en relación con la audiencia celebrada por la magistrada-presidenta en la que comunicó la devolución de un primer veredicto a los miembros del jurado porque no habían valorado las pruebas de la defensa, así como la posterior destrucción del acta del mismo.
Pero la sentencia del Supremo considera que el derecho de defensa del recurrente quedó irremediablemente dañado por la forma en la que se desarrolló la devolución del acta por la magistrada.
La Sala explica que en virtud de la Ley del Jurado, el magistrado-presidente una vez advertido del defecto que justifica la devolución del acta debe celebrar una primera audiencia con el fiscal y las partes para que pongan de manifiesto su acuerdo o desacuerdo con el criterio que lleva al rechazo del acta y una segunda audiencia con los miembros del jurado para explicarles los motivos de la devolución del veredicto.
Dice el Supremo que «aunar la funcionalidad de las dos audiencias (…) hasta el punto de avalar la corrección de una fórmula en la que se prescinde de una de ellas- criterio del recurrente- o se unifican ambas en un mismo acto que se desarrolla en presencia de los miembros del jurado -criterio del Tribunal Superior de Justicia y de la defensa del acusado- implica abrir una grieta generadora de indeseables efectos que se proyectan sobre el derecho de defensa”.
El tribunal tacha de «anómala» la forma en que se desarrolló la devolución del acta y argumenta que las partes tenían indudablemente derecho a conocer si la valoración probatoria inicialmente suscrita por los miembros del jurado era o no suficiente para justificar la autoría del delito por el que se formulaba acusación, si ese hubiera sido el desenlace de la deliberación.
«Y ese conocimiento -continúa- sólo podía obtenerse a partir de la lectura del acta original, no a raíz de las explicaciones de la magistrada que estaban dirigidas, por cierto, a los miembros del Jurado».
La sentencia señala que todo lo que acontece en el plenario está sometido al principio de publicidad de manera que «ninguno de los documentos que reflejan la crisis decisoria puede convertirse en un documento clandestino, solo al alcance del magistrado-presidente y de vedado acceso para las partes».
Por tanto, «la destrucción del acta, con la consiguiente imposibilidad de conocer cuáles eran los déficits de motivación o si estos se referían a un veredicto de condena que no había valorado suficientemente la prueba de descargo, arrojan una duda sobre el desenlace inicial del procedimiento».
El tribunal añade que la decisión de destruir el acta «ha conducido a un escenario en el que solo los miembros del Jurado, la magistrada y la letrada de la administración de Justicia son conocedores del sentido condenatorio o absolutorio del primer veredicto».
«Y lo que es más importante, sólo ellos saben si el segundo veredicto que ha puesto término al procedimiento fue expresivo de la claudicación respecto de lo que el Jurado creía y la asunción de lo que interpretaron como una decisión guiada por la magistrada-presidenta llamada a corregir sus errores», añade.
El Tribunal concluye que «la destrucción posterior del acta hace legítima la duda acerca de si fueron las indicaciones de la magistrada-presidenta al justificar la devolución del desconocido veredicto, las que determinaron un cambio de criterio convirtiendo un desenlace inicialmente condenatorio en un pronunciamiento absolutorio».
La sentencia incluye el voto particular del ponente inicial, Andrés Palomo, contrario a la estimación del recurso, que considera que las infracciones procesales por la devolución del acta al jurado no han quebrantado el derecho a la tutela judicial efectiva de la acusación particular y por tanto no se le ha causado indefensión.
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¿Quién fue San Vicente Ferrer?
Vicente Ferrer nació en València en 1350 y fue un dominico que destacó como teólogo, predicador y figura clave en la Europa del siglo XIV. Canonizado en 1455, es patrón de la Comunidad Valenciana desde el siglo XVII. Su figura se asocia con la predicación, el diálogo interreligioso y los milagros que, según la tradición, realizó durante su vida.
San Vicente Ferrer
Fue un destacado predicador y misionero del siglo XIV, nacido el 23 de enero de 1350 en Valencia, España. Reconocido por su elocuencia, carisma y fervor religioso, es considerado uno de los santos más influyentes de la historia de España y un importante líder espiritual durante la Edad Media.
Perfil:
Nombre: San Vicente Ferrer Fecha de nacimiento: 23 de enero de 1350 Lugar de nacimiento: Valencia, Reino de Valencia (actual España) Fecha de fallecimiento: 5 de abril de 1419 Lugar de fallecimiento: Vannes, Ducado de Bretaña (actual Francia)
Logros y Contribuciones:
- Predicador Incansable: San Vicente Ferrer dedicó su vida a predicar el mensaje del Evangelio por toda Europa, desde España hasta Italia, Francia, Suiza e incluso Inglaterra. Su elocuencia y persuasión atrajeron multitudes, y se le atribuye la conversión de miles de personas.
- Renovador Espiritual: Fue un líder espiritual en un período de agitación y división en la Iglesia Católica. San Vicente Ferrer promovió la reforma eclesiástica y la renovación espiritual a través de su predicación centrada en la penitencia, la virtud y el amor a Dios.
- Milagros y Leyendas: Se le atribuyen numerosos milagros durante su vida y después de su muerte, lo que contribuyó a su reputación de santidad. Entre los milagros más conocidos se incluyen curaciones milagrosas, resurrecciones y eventos sobrenaturales.
- Canonización y Legado: San Vicente Ferrer fue canonizado por el papa Calixto III en 1455. Su legado perdura hasta hoy, siendo venerado como el patrón de los predicadores y protector de la ciudad de Valencia. Su influencia es visible en la iconografía religiosa, la literatura y el arte.
Características Personales:
- Carisma y Elocuencia: Dotado de un don para la oratoria, San Vicente Ferrer cautivaba a su audiencia con su elocuencia y fervor. Su habilidad para comunicar la palabra de Dios lo convirtió en un predicador excepcionalmente influyente.
- Devoción y Humildad: A pesar de su fama y reconocimiento, San Vicente Ferrer mantuvo una vida de humildad y devoción a Dios. Se entregó por completo al servicio de los demás y vivió una vida de austeridad y sacrificio personal.
- Compasión y Compromiso Social: Demostró una profunda compasión por los necesitados y los enfermos, dedicando tiempo y recursos a ayudar a los menos afortunados. Su compromiso social reflejaba su convicción de que la fe cristiana debía manifestarse en acciones concretas de amor y servicio.
San Vicente Ferrer es recordado como un gigante espiritual cuyo impacto trascendió su tiempo y lugar de vida. Su legado continúa inspirando a millones de personas en su búsqueda de una vida de fe, amor y servicio a Dios y a los demás.
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