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El Supremo obliga a repetir el juicio por el crimen de la viuda de la CAM

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El Supremo obliga a repetir el  juicio por el crimen de la viuda de la CAM
El yerno de María del Carmen Martínez, Miguel Angel López (d), sale de los juzgados tras prestar declaración. EFE/MORELL/Archivo

Madrid, 24 may (OFFICIAL PRESS- EFE).- El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia que absolvió a Miguel López del asesinato de María del Carmen Martínez, viuda del expresidente de la extinta Caja del Mediterráneo (CAM) Vicente Sala, y ha ordenado que se celebre un nuevo juicio con distinto jurado y un nuevo magistrado presidente.

La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia en la que estima el recurso de la acusación particular, representada por el hijo de la víctima, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que confirmó la absolución de Miguel López dictada por la Audiencia de Alicante, por el asesinato de su suegra en un concesionario de coches de Alicante en diciembre de 2016.

La Audiencia de Alicante absolvió a López de un supuesto delito de asesinato y otro de tenencia ilícita de armas, por el que se le pedían 24 años de cárcel tras el veredicto del jurado popular que le declaró «no culpable» del crimen, porque nadie le vio y por falta de pruebas de que fuera la persona que efectuase los disparos.

La resolución del TSJ confirmó su absolución al rechazar la indefensión alegada por la Fiscalía y la acusación particular en relación con la audiencia celebrada por la magistrada-presidenta en la que comunicó la devolución de un primer veredicto a los miembros del jurado porque no habían valorado las pruebas de la defensa, así como la posterior destrucción del acta del mismo.

Pero la sentencia del Supremo considera que el derecho de defensa del recurrente quedó irremediablemente dañado por la forma en la que se desarrolló la devolución del acta por la magistrada.

La Sala explica que en virtud de la Ley del Jurado, el magistrado-presidente una vez advertido del defecto que justifica la devolución del acta debe celebrar una primera audiencia con el fiscal y las partes para que pongan de manifiesto su acuerdo o desacuerdo con el criterio que lleva al rechazo del acta y una segunda audiencia con los miembros del jurado para explicarles los motivos de la devolución del veredicto.

Dice el Supremo que «aunar la funcionalidad de las dos audiencias (…) hasta el punto de avalar la corrección de una fórmula en la que se prescinde de una de ellas- criterio del recurrente- o se unifican ambas en un mismo acto que se desarrolla en presencia de los miembros del jurado -criterio del Tribunal Superior de Justicia y de la defensa del acusado- implica abrir una grieta generadora de indeseables efectos que se proyectan sobre el derecho de defensa”.

El tribunal tacha de «anómala» la forma en que se desarrolló la devolución del acta y argumenta que las partes tenían indudablemente derecho a conocer si la valoración probatoria inicialmente suscrita por los miembros del jurado era o no suficiente para justificar la autoría del delito por el que se formulaba acusación, si ese hubiera sido el desenlace de la deliberación.

«Y ese conocimiento -continúa- sólo podía obtenerse a partir de la lectura del acta original, no a raíz de las explicaciones de la magistrada que estaban dirigidas, por cierto, a los miembros del Jurado».

La sentencia señala que todo lo que acontece en el plenario está sometido al principio de publicidad de manera que «ninguno de los documentos que reflejan la crisis decisoria puede convertirse en un documento clandestino, solo al alcance del magistrado-presidente y de vedado acceso para las partes».

Por tanto, «la destrucción del acta, con la consiguiente imposibilidad de conocer cuáles eran los déficits de motivación o si estos se referían a un veredicto de condena que no había valorado suficientemente la prueba de descargo, arrojan una duda sobre el desenlace inicial del procedimiento».

El tribunal añade que la decisión de destruir el acta «ha conducido a un escenario en el que solo los miembros del Jurado, la magistrada y la letrada de la administración de Justicia son conocedores del sentido condenatorio o absolutorio del primer veredicto».

«Y lo que es más importante, sólo ellos saben si el segundo veredicto que ha puesto término al procedimiento fue expresivo de la claudicación respecto de lo que el Jurado creía y la asunción de lo que interpretaron como una decisión guiada por la magistrada-presidenta llamada a corregir sus errores», añade.

El Tribunal concluye que «la destrucción posterior del acta hace legítima la duda acerca de si fueron las indicaciones de la magistrada-presidenta al justificar la devolución del desconocido veredicto, las que determinaron un cambio de criterio convirtiendo un desenlace inicialmente condenatorio en un pronunciamiento absolutorio».

La sentencia incluye el voto particular del ponente inicial, Andrés Palomo, contrario a la estimación del recurso, que considera que las infracciones procesales por la devolución del acta al jurado no han quebrantado el derecho a la tutela judicial efectiva de la acusación particular y por tanto no se le ha causado indefensión.

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Valencia

Nueva estructura del Gobierno Municipal de València

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Catalá remodela gobierno
La alcaldesa de València, María José Catalá, y el exedil de Vox y exsegundo teniente de alcalde, Juanma Badenas, en una imagen de archivo. - Rober Solsona - Europa Press - Archivo

La alcaldesa de València, María José Catalá, ha firmado esta mañana la nueva estructura del gobierno municipal, que incluye cuatro Tenencias de Alcaldía, una Junta de Gobierno Local renovada y una nueva distribución de áreas y delegaciones municipales.

Miembros de la Junta de Gobierno Local

Conforme al artículo 126.2 de la Ley 7/85 y el artículo 20 del Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración del Ayuntamiento de València, los nuevos miembros de la Junta de Gobierno Local son:

  • María José Ferrer San Segundo
  • María Julia Climent Monzó
  • Juan Manuel Giner Corell
  • Juan Carlos Caballero Montañés
  • José Marí Olano
  • José Luis Moreno Maicas
  • Paula María Llobet Vilarrasa
  • Santiago Ballester Casabuena
  • Jesús Carbonell Aguilar
  • José Vicente Gosálbez Payá
  • Mónica Gil Cano

Tenientes de Alcalde

Siguiendo los artículos 124.4.e) y 125 de la Ley 7/1985, y el artículo 34 del Reglamento Orgánico, la alcaldesa ha designado:

  1. Primera teniente de alcalde: María José Ferrer San Segundo
  2. Segundo teniente de alcalde: José Vicente Gosálbez Payá
  3. Tercera teniente de alcalde: María Julia Climent Monzó
  4. Cuarto teniente de alcalde: Juan Manuel Giner Corell

Distribución de Áreas y Delegaciones

El gobierno municipal se organiza en 11 áreas principales:

1. Área de Alcaldía

Titular: Alcaldesa

  • Relaciones Institucionales y Portavocía del Gobierno: Juan Carlos Caballero Montañés
  • Comunicación y Relaciones con Medios: Juan Carlos Caballero Montañés
  • Grandes Proyectos: José Marí Olano
  • Turismo: Paula María Llobet Vilarrasa
  • Innovación y Tecnología: Paula María Llobet Vilarrasa

2. Área de Hacienda y Transparencia

Titular: María José Ferrer San Segundo

  • Hacienda y Presupuestos: María José Ferrer San Segundo
  • Transparencia e Información: Juan Carlos Caballero Montañés

3. Área de Empleo, Formación y Emprendimiento

Titular: José Vicente Gosálbez Payá

  • Empleo, Formación y Emprendimiento: José Vicente Gosálbez Payá

4. Área de Recursos Humanos y Participación

Titular: María Julia Climent Monzó

  • Recursos Humanos: María Julia Climent Monzó
  • Servicios Centrales Técnicos: María Julia Climent Monzó
  • Contratación y Control Administrativo: José Marí Olano
  • Patrimonio y Responsabilidad Patrimonial: Juan Manuel Badenas Carpio y Cecilia Carmen Herrero Camilleri
  • Participación Ciudadana y Pedanías: María Julia Climent Monzó

5. Área de Urbanismo y Vivienda

Titular: Juan Manuel Giner Corell

  • Vivienda y Licencias Urbanísticas: Juan Manuel Giner Corell
  • Obras y Mantenimiento: Juan Manuel Giner Corell

6. Área de Seguridad y Movilidad

Titular: Jesús Carbonell Aguilar

  • Policía Local y Movilidad: Jesús Carbonell Aguilar
  • Extinción de Incendios y Protección Civil: Juan Carlos Caballero Montañés
  • Comercio y Mercados: Santiago Ballester Casabuena

7. Área de Parques y Espacios Naturales

Titular: Mónica Gil Cano

  • Parques y Jardines: Mónica Gil Cano
  • Devesa-Albufera y Agricultura: José Vicente Gosálbez Payá
  • Playas: Mónica Gil Cano

8. Área de Residuos y Medio Ambiente

Titular: Carlos Luis Mundina Gómez

  • Residuos y Limpieza: Carlos Luis Mundina Gómez
  • Agua y Eficiencia Energética: Carlos Luis Mundina Gómez
  • Cementerios: Carlos Luis Mundina Gómez

9. Área de Familia y Tradiciones

Titular: Mónica Gil Cano

  • Familia, Juventud e Infancia: Mónica Gil Cano
  • Sanidad y Consumo: José Vicente Gosálbez Payá
  • Fiestas y Tradiciones: Mónica Gil Cano

10. Área de Bienestar Social

Titular: Marta Torrado de Castro

  • Servicios Sociales y Mayores: Marta Torrado de Castro
  • Igualdad: María del Rocío Gil Uncio

11. Área de Cultura, Educación y Deportes

Titular: José Luis Moreno

  • Cultura y Patrimonio: José Luis Moreno Maicas
  • Educación y Deportes: María del Rocío Gil Uncio
  • Fallas: Santiago Ballester Casabuena

Con esta nueva estructura, el Ayuntamiento de València busca mejorar la gestión municipal y optimizar los recursos para ofrecer mejores servicios a la ciudadanía.

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