Madrid, 24 may (OFFICIAL PRESS- EFE).- El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia que absolvió a Miguel López del asesinato de María del Carmen Martínez, viuda del expresidente de la extinta Caja del Mediterráneo (CAM) Vicente Sala, y ha ordenado que se celebre un nuevo juicio con distinto jurado y un nuevo magistrado presidente.
La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia en la que estima el recurso de la acusación particular, representada por el hijo de la víctima, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que confirmó la absolución de Miguel López dictada por la Audiencia de Alicante, por el asesinato de su suegra en un concesionario de coches de Alicante en diciembre de 2016.
La Audiencia de Alicante absolvió a López de un supuesto delito de asesinato y otro de tenencia ilícita de armas, por el que se le pedían 24 años de cárcel tras el veredicto del jurado popular que le declaró «no culpable» del crimen, porque nadie le vio y por falta de pruebas de que fuera la persona que efectuase los disparos.
La resolución del TSJ confirmó su absolución al rechazar la indefensión alegada por la Fiscalía y la acusación particular en relación con la audiencia celebrada por la magistrada-presidenta en la que comunicó la devolución de un primer veredicto a los miembros del jurado porque no habían valorado las pruebas de la defensa, así como la posterior destrucción del acta del mismo.
Pero la sentencia del Supremo considera que el derecho de defensa del recurrente quedó irremediablemente dañado por la forma en la que se desarrolló la devolución del acta por la magistrada.
La Sala explica que en virtud de la Ley del Jurado, el magistrado-presidente una vez advertido del defecto que justifica la devolución del acta debe celebrar una primera audiencia con el fiscal y las partes para que pongan de manifiesto su acuerdo o desacuerdo con el criterio que lleva al rechazo del acta y una segunda audiencia con los miembros del jurado para explicarles los motivos de la devolución del veredicto.
Dice el Supremo que «aunar la funcionalidad de las dos audiencias (…) hasta el punto de avalar la corrección de una fórmula en la que se prescinde de una de ellas- criterio del recurrente- o se unifican ambas en un mismo acto que se desarrolla en presencia de los miembros del jurado -criterio del Tribunal Superior de Justicia y de la defensa del acusado- implica abrir una grieta generadora de indeseables efectos que se proyectan sobre el derecho de defensa”.
El tribunal tacha de «anómala» la forma en que se desarrolló la devolución del acta y argumenta que las partes tenían indudablemente derecho a conocer si la valoración probatoria inicialmente suscrita por los miembros del jurado era o no suficiente para justificar la autoría del delito por el que se formulaba acusación, si ese hubiera sido el desenlace de la deliberación.
«Y ese conocimiento -continúa- sólo podía obtenerse a partir de la lectura del acta original, no a raíz de las explicaciones de la magistrada que estaban dirigidas, por cierto, a los miembros del Jurado».
La sentencia señala que todo lo que acontece en el plenario está sometido al principio de publicidad de manera que «ninguno de los documentos que reflejan la crisis decisoria puede convertirse en un documento clandestino, solo al alcance del magistrado-presidente y de vedado acceso para las partes».
Por tanto, «la destrucción del acta, con la consiguiente imposibilidad de conocer cuáles eran los déficits de motivación o si estos se referían a un veredicto de condena que no había valorado suficientemente la prueba de descargo, arrojan una duda sobre el desenlace inicial del procedimiento».
El tribunal añade que la decisión de destruir el acta «ha conducido a un escenario en el que solo los miembros del Jurado, la magistrada y la letrada de la administración de Justicia son conocedores del sentido condenatorio o absolutorio del primer veredicto».
«Y lo que es más importante, sólo ellos saben si el segundo veredicto que ha puesto término al procedimiento fue expresivo de la claudicación respecto de lo que el Jurado creía y la asunción de lo que interpretaron como una decisión guiada por la magistrada-presidenta llamada a corregir sus errores», añade.
El Tribunal concluye que «la destrucción posterior del acta hace legítima la duda acerca de si fueron las indicaciones de la magistrada-presidenta al justificar la devolución del desconocido veredicto, las que determinaron un cambio de criterio convirtiendo un desenlace inicialmente condenatorio en un pronunciamiento absolutorio».
La sentencia incluye el voto particular del ponente inicial, Andrés Palomo, contrario a la estimación del recurso, que considera que las infracciones procesales por la devolución del acta al jurado no han quebrantado el derecho a la tutela judicial efectiva de la acusación particular y por tanto no se le ha causado indefensión.
Varios agentes de la Policía Nacional tras el crimen - Rober Solsona - Europa Press - Archivo
El conserje del edificio, único testigo en la primera sesión, describe con detalle la vida privada de Alfonso López Benito
Este lunes ha comenzado en la Ciudad de la Justicia de València el juicio por el crimen del canónigo emérito de la Catedral de València, Alfonso López Benito, asesinado en enero de 2024 en el piso que le había cedido el Arzobispado en la calle Avellanas, en pleno centro histórico de la ciudad.
En el banquillo de los acusados se sienta Miguel Tomás V. N., un hombre sin hogar, único detenido y procesado por estos hechos. El caso será juzgado por un jurado popular compuesto por nueve titulares y dos suplentes, ya constituido tras una compleja selección marcada por numerosas excusas de los candidatos.
La Fiscalía sostiene que el acusado tuvo una “participación directa y decisiva”
Tras la constitución del jurado, el fiscal Antonio Gastaldi ha explicado su tesis acusatoria, manteniendo que el procesado estuvo en la vivienda el día de los hechos, facilitó la entrada al autor material del crimen y se aprovechó económicamente de la víctima. Aunque la Fiscalía ha rebajado su calificación inicial —de autor material a cooperador o cómplice—, insiste en que su implicación fue “directa, eficaz y decisiva”.
Por su parte, la defensa, ejercida por el letrado Jorge Carbó, ha reclamado el respeto a la presunción de inocencia y ha denunciado una investigación policial “incompleta y sesgada”. Según Carbó, se señaló a un culpable desde el inicio y después se intentó ajustar la investigación a esa hipótesis, sin hallar pruebas concluyentes de la presencia del acusado en la vivienda.
El portero, único testigo: “Era muy frecuente que subieran chicos necesitados”
La primera sesión del juicio ha contado con un único testigo: el conserje del edificio de la calle Avellanas, quien ha ofrecido un relato minucioso de las costumbres sexuales del canónigo y del ambiente que rodeaba la vivienda.
Según su testimonio, Alfonso López Benito vivía solo desde finales de 2017, aunque ocasionalmente convivía con un hombre rumano que ejercía labores de protección frente a los jóvenes que acudían al piso. “Había etapas en las que subían muchos chicos, casi siempre personas muy necesitadas, con adicciones y en una situación muy vulnerable”, ha señalado.
El portero ha explicado que, en una etapa posterior, el sacerdote intentaba que los encuentros se produjeran fuera de su horario laboral para evitar conflictos con los vecinos, que estaban “hartos” de la situación.
“Le prometió 60 euros por sexo oral, pero solo le pagó 40”
Uno de los momentos más impactantes de la declaración ha sido el relato de un joven que bajó del piso llorando y visiblemente afectado. Según el testigo, el chico le confesó que el canónigo le había ofrecido 60 euros a cambio de una felación, pero que finalmente solo le pagó 40.
“Me dijo que aceptó por pura necesidad y que se sintió humillado”, ha recordado el conserje, quien también ha relatado amenazas y episodios de tensión protagonizados por algunos de los hombres que acudían a la vivienda.
El día del crimen: mensajes enviados desde el móvil del canónigo ya fallecido
El conserje también ha reconstruido el día en que se descubrió el cadáver, el 23 de enero de 2024. Esa mañana recibió un mensaje desde el teléfono del canónigo que no le resultó extraño, ya que mantenían cierta confianza. Sin embargo, horas después, un amigo íntimo del sacerdote acudió preocupado al edificio al no lograr contactar con él.
Ambos subieron al piso y, tras abrir con la llave, encontraron a Alfonso López Benito muerto en la cama, con signos evidentes de violencia. Poco después, el portero recibió un segundo mensaje desde el mismo teléfono: “Miguel, está todo bien”. “Fue aterrador: acababa de ver a una persona muerta y me estaba escribiendo”, ha declarado.
Un carácter difícil y una vida cada vez más aislada
El testigo ha descrito al canónigo como una persona de carácter complicado, con escasa relación con el Arzobispado y frecuentes críticas hacia la jerarquía eclesiástica. “Tenía un carácter jodido”, ha afirmado, recordando también conflictos con vecinos durante la pandemia por su negativa a usar mascarilla.
A pesar de mantener una relación cordial con él, el conserje ha reconocido que le producía “asco” la situación que vivía el sacerdote y que se prolongó durante años sin que nadie pusiera freno.
El juicio continuará hasta el 3 de febrero
Tras esta primera sesión, el magistrado ha dado por concluida la jornada y ha citado al jurado para continuar este martes. El acusado, que se ha mostrado tranquilo durante la vista, ha sido trasladado a la prisión de Picassent, desde donde será conducido diariamente mientras dure este juicio, uno de los más mediáticos y controvertidos de los últimos años en València.
Alfonso López Benito-AVAN / A. Sáiz
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