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Valencia

El Supremo obliga a repetir el juicio por el crimen de la viuda de la CAM

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El Supremo obliga a repetir el  juicio por el crimen de la viuda de la CAM
El yerno de María del Carmen Martínez, Miguel Angel López (d), sale de los juzgados tras prestar declaración. EFE/MORELL/Archivo

Madrid, 24 may (OFFICIAL PRESS- EFE).- El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia que absolvió a Miguel López del asesinato de María del Carmen Martínez, viuda del expresidente de la extinta Caja del Mediterráneo (CAM) Vicente Sala, y ha ordenado que se celebre un nuevo juicio con distinto jurado y un nuevo magistrado presidente.

La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia en la que estima el recurso de la acusación particular, representada por el hijo de la víctima, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que confirmó la absolución de Miguel López dictada por la Audiencia de Alicante, por el asesinato de su suegra en un concesionario de coches de Alicante en diciembre de 2016.

La Audiencia de Alicante absolvió a López de un supuesto delito de asesinato y otro de tenencia ilícita de armas, por el que se le pedían 24 años de cárcel tras el veredicto del jurado popular que le declaró «no culpable» del crimen, porque nadie le vio y por falta de pruebas de que fuera la persona que efectuase los disparos.

La resolución del TSJ confirmó su absolución al rechazar la indefensión alegada por la Fiscalía y la acusación particular en relación con la audiencia celebrada por la magistrada-presidenta en la que comunicó la devolución de un primer veredicto a los miembros del jurado porque no habían valorado las pruebas de la defensa, así como la posterior destrucción del acta del mismo.

Pero la sentencia del Supremo considera que el derecho de defensa del recurrente quedó irremediablemente dañado por la forma en la que se desarrolló la devolución del acta por la magistrada.

La Sala explica que en virtud de la Ley del Jurado, el magistrado-presidente una vez advertido del defecto que justifica la devolución del acta debe celebrar una primera audiencia con el fiscal y las partes para que pongan de manifiesto su acuerdo o desacuerdo con el criterio que lleva al rechazo del acta y una segunda audiencia con los miembros del jurado para explicarles los motivos de la devolución del veredicto.

Dice el Supremo que «aunar la funcionalidad de las dos audiencias (…) hasta el punto de avalar la corrección de una fórmula en la que se prescinde de una de ellas- criterio del recurrente- o se unifican ambas en un mismo acto que se desarrolla en presencia de los miembros del jurado -criterio del Tribunal Superior de Justicia y de la defensa del acusado- implica abrir una grieta generadora de indeseables efectos que se proyectan sobre el derecho de defensa”.

El tribunal tacha de «anómala» la forma en que se desarrolló la devolución del acta y argumenta que las partes tenían indudablemente derecho a conocer si la valoración probatoria inicialmente suscrita por los miembros del jurado era o no suficiente para justificar la autoría del delito por el que se formulaba acusación, si ese hubiera sido el desenlace de la deliberación.

«Y ese conocimiento -continúa- sólo podía obtenerse a partir de la lectura del acta original, no a raíz de las explicaciones de la magistrada que estaban dirigidas, por cierto, a los miembros del Jurado».

La sentencia señala que todo lo que acontece en el plenario está sometido al principio de publicidad de manera que «ninguno de los documentos que reflejan la crisis decisoria puede convertirse en un documento clandestino, solo al alcance del magistrado-presidente y de vedado acceso para las partes».

Por tanto, «la destrucción del acta, con la consiguiente imposibilidad de conocer cuáles eran los déficits de motivación o si estos se referían a un veredicto de condena que no había valorado suficientemente la prueba de descargo, arrojan una duda sobre el desenlace inicial del procedimiento».

El tribunal añade que la decisión de destruir el acta «ha conducido a un escenario en el que solo los miembros del Jurado, la magistrada y la letrada de la administración de Justicia son conocedores del sentido condenatorio o absolutorio del primer veredicto».

«Y lo que es más importante, sólo ellos saben si el segundo veredicto que ha puesto término al procedimiento fue expresivo de la claudicación respecto de lo que el Jurado creía y la asunción de lo que interpretaron como una decisión guiada por la magistrada-presidenta llamada a corregir sus errores», añade.

El Tribunal concluye que «la destrucción posterior del acta hace legítima la duda acerca de si fueron las indicaciones de la magistrada-presidenta al justificar la devolución del desconocido veredicto, las que determinaron un cambio de criterio convirtiendo un desenlace inicialmente condenatorio en un pronunciamiento absolutorio».

La sentencia incluye el voto particular del ponente inicial, Andrés Palomo, contrario a la estimación del recurso, que considera que las infracciones procesales por la devolución del acta al jurado no han quebrantado el derecho a la tutela judicial efectiva de la acusación particular y por tanto no se le ha causado indefensión.

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Cultura

Hallan en València un manuscrito del siglo XVII del Colegio de la Seda que estuvo desaparecido más de un siglo

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manuscrito siglo XVII Colegio Seda
El documento es una copia del pergamino original de las ordenanzas del Gremi de Velluters de València, firmadas en 1479 por Fernando el Católico - GVA

La Policía de la Generalitat localiza un libro histórico vinculado al Gremi de Velluters, firmado en 1479 por Fernando el Católico, que se vendía por casi 72.000 euros en internet

VALÈNCIA, 5 Abr. – Un manuscrito del siglo XVII procedente del Archivo del Colegio del Arte Mayor de la Seda de València, desaparecido desde hace más de un siglo, ha sido localizado por la Policía de la Generalitat tras detectarse su venta en internet por 71.900 euros.

El documento, de gran valor histórico, es una copia de las ordenanzas del Gremi de Velluters de València, firmadas en 1479 por Fernando el Católico, y constituye una pieza clave del patrimonio documental valenciano.


🔎 Detectado en internet y recuperado por la Policía

La investigación se inició cuando el Grupo de Patrimonio de Alicante, perteneciente a la Unidad de la Policía Nacional adscrita a la Comunitat Valenciana, detectó la oferta online de un “importante manuscrito del Gremio de la Seda”.

Tras las comprobaciones, los agentes confirmaron el valor patrimonial del documento y lograron localizarlo. Según la investigación, el actual propietario aseguró desconocer su origen y explicó que había sido adquirido por su padre en los años 70.

Además, se constató que el manuscrito fue microfilmado en 1992 por el Servicio Nacional de Conservación de Microfilmación Documental y Bibliográfica, aunque nunca llegó a incluirse en inventarios oficiales de protección.


🏛️ Un documento clave del patrimonio valenciano

El manuscrito ha sido identificado por los responsables del archivo del Colegio de la Seda como parte de sus fondos históricos. En concreto, figuraba en el inventario de 1907, pero ya no aparecía en el de 1909.

Este dato apunta a que el libro fue sustraído entre esos años, ya que no consta ninguna venta oficial por parte de la institución.

Tras su localización, el documento será incluido en el Censo de Patrimonio Documental Valenciano y en el Inventario General de Patrimonio Cultural Valenciano, lo que garantiza su protección legal.


⚖️ Situación legal: propiedad y protección

Pese a su origen, la investigación concluye que se aplica la prescripción adquisitiva, por lo que el actual propietario mantiene la titularidad del manuscrito.

No obstante, deberá cumplir estrictas medidas de conservación y protección, tal y como establece la legislación sobre patrimonio histórico. Además:

  • Se deberán declarar posibles operaciones de compraventa
  • Se aplicarán restricciones a su exportación
  • El documento quedará sujeto a control administrativo

El propietario ha aceptado su depósito temporal en el Archivo del Reino de Valencia, donde será analizado por técnicos de la Conselleria de Cultura.


📖 Cómo es el manuscrito hallado

El libro presenta características únicas que refuerzan su valor histórico:

  • Elaborado en vitela verde
  • Encuadernado en terciopelo del mismo color
  • Con clavazón de bronce
  • Incluye las ordenanzas de 1479 y textos posteriores

También recoge los estatutos de la Cofradía de San Jerónimo, fundada en 1483.


🧵 El legado del Gremi de Velluters

Las ordenanzas del Gremi de Velluters fueron aprobadas el 16 de febrero de 1479 y ratificadas ese mismo año por Fernando el Católico, quien otorgó el privilegio de arte a esta actividad, elevándola de oficio a reconocimiento institucional.

Este gremio, vinculado a la producción de terciopelo, fue uno de los más importantes de València y pieza clave en su desarrollo económico durante siglos.


🏛️ El archivo gremial más antiguo de Europa

El Colegio del Arte Mayor de la Seda conserva uno de los archivos gremiales más antiguos de Europa, con documentación desde el siglo XV.

Entre sus fondos destacan:

  • Libros de actas
  • Registros de maestros, oficiales y aprendices
  • Documentación sobre fábricas y comercio
  • Archivos de otros gremios textiles

Este hallazgo supone un nuevo impulso a la recuperación y protección del patrimonio histórico valenciano.

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