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El TSJCV anula el presupuesto de À Punt de 2017

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VALÈNCIA, 25 Abr. (EUROPA PRESS) –

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha declarado nulo de pleno derecho el acuerdo del Consell que en febrero de 2017 aprobó el presupuesto para ese año de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació al haber sido dictado por un órgano carente de competencia para ello, de acuerdo con el artículo 41.1.b de la Ley 39/2015, que establece que deben ser Les Corts las que lo hagan.

Así consta en una sentencia de la sala de este miércoles, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el TSJCV estima íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por los diputados del PP Rubén Ibáñez y Jorge Bellver, contra el acuerdo de 24 de febrero de 2017 del Consell de aprobación del presupuesto de ese año para la CVMC, que se publicó en el DOCV el 22 de marzo. La sentencia, contra la que cabe recurso, impone las costas a la Generalitat, con un límite de 1.200 euros.

Los parlamentarios ‘populares’ habían alegado que el acuerdo era nulo de pleno derecho al haberlo aprobado el Consell y no Les Corts, mientras que la Generalitat se opuso con un doble argumento: falta de legitimación activa de los diputados para recurrir y que una disposición de la Ley 14/2016 habilitaba al Consell para dar luz verde a esas cuentas.

Así, argumentaba que al haber entrado en vigor en julio de 2016 la ley 6/2016 del Servicio Público de Radiodifusión y Televisión de Ámbito Autonómico, de Titularidad de la Generalitat, y constituido el Consejo Rector en octubre de ese año, no fue posible la aprobación por este órgano del anteproyecto de presupuestos de la CVMC de 2017 según las previsiones legislativas, por lo que se hizo uso de la autorización contemplada en esa disposición transitoria cuarta de la Ley 14/2016 de Presupuestos para 2017.

En su resolución, en primer lugar, la sala inadmite el primero de los recursos y señala que los recurrentes son dos diputados de la cámara autonómica y miembros de un grupo político que presentan un recurso dirigido a impugnar un acto cuya aprobación por el órgano colegiado de Gobierno de la Generalitat y no por Les Corts «se ha podido traducir en la privación del derecho de los recurrentes como diputados y miembros de un grupo político a intervenir en el indicado procedimiento legislativo autonómico en lo tocante a la Corporación» y la naturaleza de la controversia planteada puede afectar al núcleo de atribuciones de los diputados.

En segundo, la sala pasa a examinar si cabría esa autorización alegada por la Generalitat y a analizar si realmente la CVMC inició su actividad en el año 2017, que sería el primero de los presupuestos previstos en esa habilitación en la que se fundamentaría la competencia del Consell. Al respecto, sostiene que no se puede asumir la interpretación de esta parte que identifica el inicio de la actividad del ente a lo largo de 2017 con la prestación efectiva del servicio público audiovisual, y alude a la prueba documental para apuntar que en octubre de 2016 ya se publicó el nombramiento del presidente del Consejo Rector.

26,5 MILLONES EN 2016
Desde esa fecha, hace un repaso a la actividad desarrollada, incluyendo adjudicación de contratos y que el 16 de diciembre de 2016 se aprobó el presupuesto de la corporación para ese mismo ejercicio, por importe de 26,5 millones de euros. «En definitiva, la Corporación se crea e inicia su actividad durante 2016, como lo demuestra que tuvo a su disposición 26.500.000 euros para su desarrollo efectivo», añade.

Por este motivo, por no concurrir el presupuesto previsto en la habilitación legislativa examinado, la sala considera que el acuerdo «adolece del vicio de nulidad absoluta» recogido en el artículo 47.1.b de la ley 39/2015 «al ser dictado por un órgano que carece de competencia para ello, una falta de competencia que como exige el precepto, debe reputarse ostensible, manifiesta, comportando una gravedad relevante para el interés público, por lo que debe proceder la declaración de nulidad absoluta pretendida».

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Cambio de hora en España: ¿Cuándo se adelanta el reloj en marzo de 2026?

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cambio de hora en marzo

Cambio de hora 2026 en España: fecha oficial y cuándo empieza el horario de verano

El cambio de hora 2026 en España ya tiene fecha confirmada. Como cada año, el ajuste al horario de verano se realizará el último domingo de marzo, siguiendo el calendario oficial fijado a nivel europeo para garantizar la uniformidad en todos los Estados miembros.

Este cambio afecta a millones de ciudadanos y modifica la rutina diaria, desde los horarios laborales hasta el descanso nocturno.


📅 ¿Cuándo es el cambio de hora en marzo de 2026?

En 2026, España adelantará el reloj durante la madrugada del domingo 29 de marzo.

A las 2:00 de la madrugada serán las 3:00, lo que implica perder una hora de sueño esa noche.

La medida sigue la norma establecida por la Unión Europea: el horario de verano comienza siempre el último domingo de marzo.


¿Cuándo vuelve el horario de invierno en 2026?

El regreso al horario estándar se producirá el domingo 25 de octubre de 2026, cuando:

A las 3:00 de la madrugada volverán a ser las 2:00.

En este caso, se recupera una hora de sueño.


¿Por qué se cambia la hora en España?

El cambio horario tiene como objetivo principal aprovechar mejor la luz natural durante los meses de primavera y verano. La idea es reducir el uso de iluminación artificial y fomentar una mayor eficiencia energética.

Aunque el ahorro energético real ha sido objeto de debate en los últimos años, la medida forma parte de las políticas europeas de sostenibilidad y coordinación horaria entre países.

¿Qué efectos tiene en la vida diaria?

  • Las tardes tienen más horas de luz.

  • El amanecer se retrasa ligeramente.

  • Puede haber alteraciones temporales del sueño.

  • Afecta a horarios laborales, escolares y transporte.

La mayoría de dispositivos electrónicos actualizan la hora automáticamente, aunque los relojes analógicos deben ajustarse manualmente.


¿Será 2026 el último cambio de hora en España?

El Gobierno de Pedro Sánchez ha propuesto formalmente a la Unión Europea que 2026 sea el último año con cambio estacional.

España considera que la medida está “obsoleta”, cuestiona su ahorro energético real y advierte sobre el posible impacto en la salud y productividad de los ciudadanos.

El calendario de cambios horarios lo fija la Comisión Europea cada cinco años y su aplicación es obligatoria y simultánea en todos los Estados miembros. La planificación actual concluye precisamente en 2026, lo que abre la puerta a una posible reforma definitiva.


Cómo prepararse para el cambio de hora

Para minimizar el impacto:

  • Adelanta los relojes antes de dormir el sábado.

  • Ajusta progresivamente tus horarios de sueño en días previos.

  • Aprovecha la luz natural durante la tarde.

  • Mantén rutinas regulares para facilitar la adaptación.


📌 Resumen rápido del cambio de hora 2026

  • Inicio horario de verano: 29 de marzo de 2026

  • Se adelanta el reloj una hora

  • Fin horario de verano: 25 de octubre de 2026

  • Posible último cambio si prospera la propuesta del Gobierno

El debate sobre la continuidad del cambio de hora sigue abierto, pero por ahora los españoles deberán volver a ajustar sus relojes esta primavera.

 

¿Cómo nos afecta el cambio de hora en verano?

 

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