Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

El TSJCV anula el presupuesto de À Punt de 2017

Publicado

en

VALÈNCIA, 25 Abr. (EUROPA PRESS) –

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha declarado nulo de pleno derecho el acuerdo del Consell que en febrero de 2017 aprobó el presupuesto para ese año de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació al haber sido dictado por un órgano carente de competencia para ello, de acuerdo con el artículo 41.1.b de la Ley 39/2015, que establece que deben ser Les Corts las que lo hagan.

Así consta en una sentencia de la sala de este miércoles, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el TSJCV estima íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por los diputados del PP Rubén Ibáñez y Jorge Bellver, contra el acuerdo de 24 de febrero de 2017 del Consell de aprobación del presupuesto de ese año para la CVMC, que se publicó en el DOCV el 22 de marzo. La sentencia, contra la que cabe recurso, impone las costas a la Generalitat, con un límite de 1.200 euros.

Los parlamentarios ‘populares’ habían alegado que el acuerdo era nulo de pleno derecho al haberlo aprobado el Consell y no Les Corts, mientras que la Generalitat se opuso con un doble argumento: falta de legitimación activa de los diputados para recurrir y que una disposición de la Ley 14/2016 habilitaba al Consell para dar luz verde a esas cuentas.

Así, argumentaba que al haber entrado en vigor en julio de 2016 la ley 6/2016 del Servicio Público de Radiodifusión y Televisión de Ámbito Autonómico, de Titularidad de la Generalitat, y constituido el Consejo Rector en octubre de ese año, no fue posible la aprobación por este órgano del anteproyecto de presupuestos de la CVMC de 2017 según las previsiones legislativas, por lo que se hizo uso de la autorización contemplada en esa disposición transitoria cuarta de la Ley 14/2016 de Presupuestos para 2017.

En su resolución, en primer lugar, la sala inadmite el primero de los recursos y señala que los recurrentes son dos diputados de la cámara autonómica y miembros de un grupo político que presentan un recurso dirigido a impugnar un acto cuya aprobación por el órgano colegiado de Gobierno de la Generalitat y no por Les Corts «se ha podido traducir en la privación del derecho de los recurrentes como diputados y miembros de un grupo político a intervenir en el indicado procedimiento legislativo autonómico en lo tocante a la Corporación» y la naturaleza de la controversia planteada puede afectar al núcleo de atribuciones de los diputados.

En segundo, la sala pasa a examinar si cabría esa autorización alegada por la Generalitat y a analizar si realmente la CVMC inició su actividad en el año 2017, que sería el primero de los presupuestos previstos en esa habilitación en la que se fundamentaría la competencia del Consell. Al respecto, sostiene que no se puede asumir la interpretación de esta parte que identifica el inicio de la actividad del ente a lo largo de 2017 con la prestación efectiva del servicio público audiovisual, y alude a la prueba documental para apuntar que en octubre de 2016 ya se publicó el nombramiento del presidente del Consejo Rector.

26,5 MILLONES EN 2016
Desde esa fecha, hace un repaso a la actividad desarrollada, incluyendo adjudicación de contratos y que el 16 de diciembre de 2016 se aprobó el presupuesto de la corporación para ese mismo ejercicio, por importe de 26,5 millones de euros. «En definitiva, la Corporación se crea e inicia su actividad durante 2016, como lo demuestra que tuvo a su disposición 26.500.000 euros para su desarrollo efectivo», añade.

Por este motivo, por no concurrir el presupuesto previsto en la habilitación legislativa examinado, la sala considera que el acuerdo «adolece del vicio de nulidad absoluta» recogido en el artículo 47.1.b de la ley 39/2015 «al ser dictado por un órgano que carece de competencia para ello, una falta de competencia que como exige el precepto, debe reputarse ostensible, manifiesta, comportando una gravedad relevante para el interés público, por lo que debe proceder la declaración de nulidad absoluta pretendida».

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Hacienda refuerza el control de pagos digitales, influencers y pisos turísticos en 2026

Publicado

en

Hacienda adelanta la declaración de la renta en 2024

La Agencia Tributaria pondrá en marcha este año un plan de control tributario más intenso centrado en el comercio digital, las criptomonedas, la neobanca, los influencers y el sector inmobiliario, incluyendo los alquileres turísticos. La medida busca combatir la economía sumergida, mejorar la recaudación y garantizar el cumplimiento fiscal en todos los ámbitos.

Principales objetivos de Hacienda en 2026

Según el Plan de Control Tributario publicado en el BOE, los focos principales de vigilancia serán:

  1. Pagos digitales y neobancos

    • Se utilizarán nuevas declaraciones informativas mensuales de los bancos sobre cobros con tarjeta y cuentas financieras.

    • Se controlará la neobanca para evitar ocultaciones de rentas o patrimonios en el exterior.

  2. Comercio electrónico y plataformas digitales

    • Se verificará la tributación de entidades establecidas en España o en la UE para evitar elusión de IVA.

    • Se analizarán las ventas de bienes y servicios en plataformas digitales.

  3. Influencers y creadores de contenido

    • Se controlará la correcta tributación y la residencia fiscal de quienes obtienen ingresos por redes sociales.

  4. Criptomonedas

    • Se reforzará el control sobre contribuyentes que operen con monedas virtuales, usando herramientas de trazabilidad blockchain para detectar rentas no declaradas.

  5. Alquileres turísticos e inmuebles

    • Se intensificará la supervisión de arrendamientos gestionados a través de plataformas digitales.

    • Se vigilará la correcta declaración de ingresos y el uso adecuado del régimen de comisiones.

    • Se prestará especial atención a las socimis y a las operaciones de no residentes en España.

  6. Multinacionales, grandes patrimonios y economía sumergida

    • Se controlarán grupos societarios con cifras de negocio inusualmente bajas y signos externos de riqueza no declarados.

    • Se mantendrá la revisión de TPV y pagos con tarjeta para detectar actividad no registrada.

Contexto y novedades

La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha destacado que estas actuaciones permitirán reforzar la lucha contra el fraude fiscal y modernizar la gestión tributaria en un contexto donde el comercio digital, las criptomonedas y los nuevos modelos de negocio se expanden rápidamente.

Entre las novedades, este año se incluyen:

  • Control intensivo de plataformas de alquiler turístico.

  • Fiscalización de transacciones digitales transfronterizas.

  • Supervisión de operaciones con sociedades instrumentales y patrimonios ocultos.

Con estas medidas, Hacienda busca garantizar que todos los contribuyentes cumplan con la normativa, asegurando la transparencia fiscal en sectores de alta complejidad y riesgo de fraude.

Continuar leyendo