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El TSJCV anula el presupuesto de À Punt de 2017

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VALÈNCIA, 25 Abr. (EUROPA PRESS) –

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha declarado nulo de pleno derecho el acuerdo del Consell que en febrero de 2017 aprobó el presupuesto para ese año de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació al haber sido dictado por un órgano carente de competencia para ello, de acuerdo con el artículo 41.1.b de la Ley 39/2015, que establece que deben ser Les Corts las que lo hagan.

Así consta en una sentencia de la sala de este miércoles, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el TSJCV estima íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por los diputados del PP Rubén Ibáñez y Jorge Bellver, contra el acuerdo de 24 de febrero de 2017 del Consell de aprobación del presupuesto de ese año para la CVMC, que se publicó en el DOCV el 22 de marzo. La sentencia, contra la que cabe recurso, impone las costas a la Generalitat, con un límite de 1.200 euros.

Los parlamentarios ‘populares’ habían alegado que el acuerdo era nulo de pleno derecho al haberlo aprobado el Consell y no Les Corts, mientras que la Generalitat se opuso con un doble argumento: falta de legitimación activa de los diputados para recurrir y que una disposición de la Ley 14/2016 habilitaba al Consell para dar luz verde a esas cuentas.

Así, argumentaba que al haber entrado en vigor en julio de 2016 la ley 6/2016 del Servicio Público de Radiodifusión y Televisión de Ámbito Autonómico, de Titularidad de la Generalitat, y constituido el Consejo Rector en octubre de ese año, no fue posible la aprobación por este órgano del anteproyecto de presupuestos de la CVMC de 2017 según las previsiones legislativas, por lo que se hizo uso de la autorización contemplada en esa disposición transitoria cuarta de la Ley 14/2016 de Presupuestos para 2017.

En su resolución, en primer lugar, la sala inadmite el primero de los recursos y señala que los recurrentes son dos diputados de la cámara autonómica y miembros de un grupo político que presentan un recurso dirigido a impugnar un acto cuya aprobación por el órgano colegiado de Gobierno de la Generalitat y no por Les Corts «se ha podido traducir en la privación del derecho de los recurrentes como diputados y miembros de un grupo político a intervenir en el indicado procedimiento legislativo autonómico en lo tocante a la Corporación» y la naturaleza de la controversia planteada puede afectar al núcleo de atribuciones de los diputados.

En segundo, la sala pasa a examinar si cabría esa autorización alegada por la Generalitat y a analizar si realmente la CVMC inició su actividad en el año 2017, que sería el primero de los presupuestos previstos en esa habilitación en la que se fundamentaría la competencia del Consell. Al respecto, sostiene que no se puede asumir la interpretación de esta parte que identifica el inicio de la actividad del ente a lo largo de 2017 con la prestación efectiva del servicio público audiovisual, y alude a la prueba documental para apuntar que en octubre de 2016 ya se publicó el nombramiento del presidente del Consejo Rector.

26,5 MILLONES EN 2016
Desde esa fecha, hace un repaso a la actividad desarrollada, incluyendo adjudicación de contratos y que el 16 de diciembre de 2016 se aprobó el presupuesto de la corporación para ese mismo ejercicio, por importe de 26,5 millones de euros. «En definitiva, la Corporación se crea e inicia su actividad durante 2016, como lo demuestra que tuvo a su disposición 26.500.000 euros para su desarrollo efectivo», añade.

Por este motivo, por no concurrir el presupuesto previsto en la habilitación legislativa examinado, la sala considera que el acuerdo «adolece del vicio de nulidad absoluta» recogido en el artículo 47.1.b de la ley 39/2015 «al ser dictado por un órgano que carece de competencia para ello, una falta de competencia que como exige el precepto, debe reputarse ostensible, manifiesta, comportando una gravedad relevante para el interés público, por lo que debe proceder la declaración de nulidad absoluta pretendida».

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2025 fue uno de los años más cálidos jamás registrados en España, según AEMET

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El año 2025 fue extremadamente cálido en España, con una temperatura media de 15 ºC, lo que supone 1,1 ºC por encima de los valores normales, según el balance climático anual publicado por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET). Se trata del tercer año más cálido desde que existen registros, empatado con 2024 y solo por detrás de 2023 y 2022.

Este nuevo informe confirma una tendencia clara: los once años más cálidos de la serie histórica se han registrado en el siglo XXI, evidenciando el impacto del cambio climático en el territorio español.

Temperaturas muy por encima de lo habitual en casi todo el país

Las anomalías térmicas se situaron alrededor de +1 ºC en la mayor parte de la Península, Baleares, Ceuta y Melilla, mientras que en Canarias oscilaron entre 0 y +1 ºC. El año fue extremadamente cálido en amplias zonas del norte, este y sur peninsular, así como en Baleares y las ciudades autónomas.

En el resto del territorio peninsular el carácter fue muy cálido, salvo una pequeña franja del norte de Galicia donde se catalogó como cálido. En Canarias, el año también se calificó como muy cálido.

Tres olas de calor y temperaturas récord

Durante 2025 se registraron tres olas de calor en la Península y Baleares y dos en Canarias. La primera se prolongó del 18 de junio al 4 de julio, con máximas que superaron los 43 ºC en el sur. La segunda tuvo lugar entre el 15 y el 18 de julio, afectando a todo el país, incluida Canarias, con temperaturas hasta 6 ºC por encima de lo normal.

La tercera y más intensa se extendió del 3 al 18 de agosto, cuando se alcanzaron los valores más altos del verano, con registros superiores a 45 ºC en varios puntos del sur peninsular. Destacan los 45,8 ºC en Jerez de la Frontera, los 45,2 ºC en Morón de la Frontera y los 45,1 ºC en Murcia.

Sin olas de frío, pero con episodios puntuales de bajas temperaturas

AEMET señala que en 2025 no se produjeron olas de frío, aunque sí episodios con temperaturas inferiores a lo habitual. El más relevante ocurrió entre el 13 y el 19 de enero, con heladas generalizadas. En Molina de Aragón se alcanzaron los -11,2 ºC, mientras que Salamanca y Teruel bajaron de los -9 ºC.

Un año húmedo: más lluvias de lo normal

En cuanto a precipitaciones, 2025 fue un año húmedo, con una media de 696,1 litros por metro cuadrado, lo que representa el 109 % del valor normal. Se sitúa como el vigésimo quinto año más húmedo desde 1961 y el octavo del siglo XXI.

La distribución fue muy irregular: las zonas del oeste, sur y parte del litoral mediterráneo registraron un carácter húmedo o muy húmedo, mientras que en el norte peninsular y la franja cantábrica oriental hubo áreas secas o muy secas. Canarias presentó un comportamiento normal a húmedo y Baleares, mayoritariamente normal.

Episodios de lluvias intensas y acumulados históricos

El informe destaca episodios de lluvias torrenciales, como los 174,8 l/m² en Tortosa, los 127,3 l/m² en Ibiza o los 96,8 l/m² en València en un solo día. En acumulados anuales, sobresalieron estaciones del noroeste y zonas de montaña, confirmando un año especialmente lluvioso en estas áreas.

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