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La víctima de los abusos pide al juez que el ex de Oltra entre ya en prisión

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exmarido Mónica Oltra prisión
El exmarido de la exvicepresidenta del Gobierno valenciano Mónica Oltra, Luis Ramírez (c), a su llegada a la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia que le ha citado este martes, para tramitar su ingreso en prisión, tras haber sido confirmada por el Supremo su condena por abuso sexual a una menor tutelada. EFE/Biel Aliño

València, 14 feb (OFFICIAL PRESS-EFE).- La víctima de los abusos sexuales cometidos por el educador social Luis Eduardo Ramírez -que estuvo casado con la exvicepresidenta del Consell Mónica Oltra- ha pedido al juez que su agresor entre ya en prisión y que no acceda a la petición de suspender la pena hasta que se resuelva su recurso ante el Tribunal Constitucional.

En un escrito, la abogada de la víctima, que era menor de edad cuando se cometieron los hechos, lamenta «la actitud torticera del condenado, quien ha esperado al último momento para solicitar la suspensión de la ejecución de la pena».

«Desde el mes de diciembre era conocedor de la sentencia del Tribunal Supremo que confirmaba la condena, y cuando ha sido requerido para el ingreso voluntario en prisión lo ha retrasado alegando que tenía cita con el médico -añade-. Todo ello sin manifestar nada del recurso de amparo que pretendía interponer».

Además, continúa el escrito de esta letrada, al que ha tenido acceso EFE, «cuando quedaban pocos días para su ingreso, ha solicitado la suspensión de la condena hasta que se resuelva su recurso de amparo, por lo que con dicha actitud se aprecia claramente la intención de dilatar indebidamente la ejecución, con el riesgo que ello conlleva de eludir la acción de la Justicia».

La defensa de la menor señala que «la facultad de suspender la ejecución de las resoluciones recurridas en amparo corresponde al Tribunal Constitucional, siendo la misma de aplicación restrictiva e inusual», y considera que «en el presente supuesto nos encontramos con que se cumplen todos los criterios relevantes para denegar la suspensión».

Cita, entre otros motivos, «la gravedad y naturaleza de los hechos enjuiciados», que se trata de «una condena por delito continuado de abuso sexual a una menor de 16 años por parte de un educador» y la «trascendencia social» de este proceso.

Este escrito responde a la pregunta que planteó la Audiencia a las partes el pasado lunes, tras recibir la petición de Luis Eduardo Ramírez de que se suspendiese su entrada en prisión mientras no se resuelva su recurso al Constitucional.

Ramírez fue condenado a cinco años de prisión por haber abusado sexualmente de forma continuada de una menor de edad cuando era monitor en un centro de menores de la Generalitat.

El Tribunal Supremo confirmó recientemente la condena y se tramitó su ingreso en la cárcel de Picassent (Valencia), inicialmente previsto para el día 6 de febrero aunque su letrada solicitó posponerlo diez días porque tenía una cita médica el día 15, de modo que se acordó finalmente el viernes 16 como fecha límite.

 

València, 9 febrero (OFFICIAL PRESS-EFE).- La defensa de Luis Eduardo Ramírez, el educador condenado por abusar sexualmente de una menor de edad y que estuvo casado con la exvicepresidenta del Gobierno valenciano Mónica Oltra, ha solicitado la suspensión o paralización de su ingreso voluntario en prisión, previsto para el día 16 de febrero.

El Tribunal Supremo confirmó la condena de 5 años de prisión a Ramírez y se tramitó su ingreso en la cárcel de Picassent inicialmente para el día 6 de febrero aunque su letrada solicitó posponerlo diez días porque tenía una cita médica el día 15 que por error se dijo que era el día 5.

En un escrito a la Sala al que ha tenido acceso EFE, se argumenta la petición «a la vista de que ha sido presentado Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional».

La petición del exmarido de Oltra

Expone que «el condenado, ahora demandante de amparo, siempre ha permanecido, desde el ya lejano año 2018, a disposición de la justicia, compareciendo siempre que ha sido llamado y habiendo estado localizable en todo momento, pese a no tener ninguna medida cautelar» desde el año 2018″.

Igualmente, señala que una de las variables a tener en cuenta a la hora de resolver la suspensión de penas de prisión es «el eventual riesgo de eludir la acción de la justicia que pueda existir» y recuerda que se «satisfizo íntegramente la responsabilidad civil solicitada por el Ministerio Fiscal, concretamente 6.000 euros».

Además, considera que «cumple el requisito» por los años a los que ha sido condenado, ya que para la suspensión «cobra especial relevancia la gravedad de la pena impuesta» y el Tribunal Constitucional sigue «como directriz inicial que la pena se sitúe por encima o debajo de la frontera de los 5 años de prisión, que es la que sirve al legislador para distinguir entre las penas graves y las menos graves».

El exmarido de Mónica Oltra a prisión

A ello suma que además de «la importancia de evitar la ejecución de una condena» que consideran que se ha impuesto «ne vulneración de los derechos fundamentales de Ramírez», en caso de no suspenderse «todo apunta a que una eventual estimación del recurso tendrá lugar cuando se haya cumplido ya una parte muy importante de la prisión».

Por ello, solicita que se «suspenda el ingreso en prisión de Ramírez hasta que el recurso de amparo haya sido resuelto; o subsidiariamente hasta que este haya sido admitido o inadmitido a trámite por el Tribunal Constitucional».

Ramírez fue condenado a 5 años de prisión por haber cometido cuando era monitor en un centro de menores abusos sexuales a una chica de 16 años que estaba bajo la tutela de la Generalitat.

 

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Condenado un menor por matar a su padre para defender a su madre durante una pelea

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Menor mata a su padre para defender a su madre

El Juzgado de Menores número 1 de Murcia ha dictado una sentencia firme contra un menor de 14 años, que ha sido condenado como autor de un delito de homicidio por apuñalar a su padre en defensa de su madre durante una fuerte discusión familiar en Totana, en junio de 2024.

Según ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU), el menor asestó cinco puñaladas a su progenitor, una de ellas mortal, provocándole heridas graves en el hígado, diafragma y pulmón derecho. La víctima fue trasladada con urgencia al hospital, donde falleció posteriormente.

El joven reconoció los hechos en la vista oral celebrada en la Ciudad de la Justicia, aceptando las medidas propuestas por el Ministerio Fiscal. Ante su confesión y la aceptación de todas las partes, el juez dictó sentencia ‘in voce’, imponiendo 24 meses de internamiento en régimen cerrado, sustituibles por una medida de libertad vigilada bajo estrictas condiciones.

⚖️ Medidas impuestas al menor:

La sentencia establece un control integral del menor, incluyendo:

  • Escolarización adaptada a su situación personal

  • Seguimiento psicológico continuo

  • Controles periódicos de consumo de sustancias

  • Asistencia obligatoria a programas de educación en valores

  • Participación en actividades deportivas y de integración social

  • Restricción de movimientos nocturnos

  • Prohibición de contacto con entornos delictivos

  • Supervisión constante del equipo educativo y sanitario

El menor deberá asistir a todas las citas programadas y mostrar una actitud de responsabilidad frente a las normas impuestas. El fallo es firme y no recurrible.

Las consecuencias de este caso, tanto jurídicas como sociales y psicológicas, son amplias y delicadas debido a la gravedad de los hechos, la edad del autor y el contexto de violencia familiar. Aquí te detallo las principales posibles consecuencias:


⚖️ 1. Consecuencias jurídicas para el menor

Aunque se trata de un menor de 14 años —la edad mínima de responsabilidad penal en España— ha sido condenado conforme a la Ley Orgánica 5/2000 reguladora de la responsabilidad penal de los menores (LORPM). Las consecuencias legales incluyen:

  • Libertad vigilada con estrictas condiciones durante 24 meses.

  • Restricción de derechos y movimientos: limitación de horarios, prohibición de contacto con ciertos entornos y obligación de asistencia a programas.

  • Registro de antecedentes (aunque de tipo reservado y con posible cancelación futura).

  • Supervisión judicial constante: si incumple las normas, podría pasar a régimen cerrado.

👉 En caso de reincidencia o incumplimiento, el juez podría revisar la medida y endurecerla, incluso decretar internamiento en un centro cerrado de menores.


🧠 2. Consecuencias psicológicas para el menor

El hecho de haber matado a su propio padre —aunque haya sido en un contexto de defensa de su madre— puede generar en el menor:

  • Trastornos emocionales como estrés postraumático, culpa o ansiedad.

  • Riesgo de estigmatización en su entorno escolar o social.

  • Necesidad de atención psicológica continuada para evitar conductas futuras de riesgo o retraimiento.

  • Impacto en su desarrollo emocional y relaciones futuras.


👪 3. Consecuencias familiares

  • Desestructuración familiar total: pérdida del padre y posible distanciamiento con otros familiares.

  • Carga emocional y legal para la madre: puede verse afectada por la culpa o presión social.

  • Implicaciones en custodia o tutela, si el menor no puede seguir viviendo con su madre.


📰 4. Consecuencias sociales y mediáticas

  • Estigmatización en el entorno: especialmente en un municipio pequeño como Totana.

  • Debate público sobre violencia familiar, defensa propia y justicia juvenil.

  • Revisión del sistema de protección a menores en contextos de violencia doméstica.


🛡️ 5. Implicaciones para el sistema judicial y de protección

Este caso puede tener repercusiones más amplias, como:

  • Mayor atención a los menores que viven en entornos de violencia familiar.

  • Revisión de políticas de intervención temprana y protocolos escolares.

  • Debate sobre la edad penal mínima y el tipo de medidas aplicadas en casos extremos.

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