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España prohibirá el español en las comunicaciones aéreas ante la oposición de pilotos y controladores

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Pilotos y controladores aéreos no podrán utilizar el español en ninguno de los principales aeropuertos del territorio nacional. El Gobierno español ha aprobado una norma que impone el uso del inglés en las comunicaciones de radiotelefonía en los aeropuertos con más de 50.000 movimientos internacionales anuales. Esto significa que, a partir del próximo 12 de octubre, un piloto y un controlador españoles no podrán utilizar su lengua materna para hablar entre ellos en el marco de una operación aérea en los aeropuertos españoles con mayor densidad de tráfico.

El Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (Sepla) y la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) han explicado su oposición a este proyecto, «que entrará en vigor sin tener en cuenta el criterio profesional de los dos colectivos implicados por esta medida» ha lamentado Agustín Guzmán, portavoz de Sepla y piloto comercial.

Pilotos y controladores, que ya utilizan el inglés cuando hay aeronaves extranjeras involucradas en una operación, han formado parte de grupos de trabajo auspiciados por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) con el objetivo de realizar estudios sobre el impacto de esta medida. Estos estudios han concluido que es preferible para la seguridad aérea que dos personas recurran a su lengua materna común para facilitar la comunicación entre ellos.

La norma surge de la transposición a la normativa española del Reglamento Europeo «Standardised European Rules of the Air» SERA, que pretende homogeneizar los procedimientos de aviación en Europa. En su Parte C, relativa a los idiomas, el reglamento permite expresamente que los Estados miembro incluyan excepciones a dicha homogeneización, avalando así que los Estados con idiomas OACI puedan mantener su uso en las situaciones que lo permitan. «Hablamos inglés a diario y lo seguiremos haciendo siempre que la situación lo requiera –ha continuado Luis Vidarte, secretario técnico de USCA y controlador aéreo en el TMA de Barcelona-. Pero pedimos flexibilidad a la hora de elegir el idioma a usar, ya que somos nosotros los máximos responsables de la operación aérea».

Sepla y USCA han recordado la inutilidad de aplicar una misma norma a cualquier situación: «el principio de que una norma vale igual para todos los casos no es válido en aviación» ha recordado Guzmán. «Nuestro modelo de seguridad se basa en sistemas de gestión de riesgos, que evalúan la efectividad de las medidas que se van a adoptar en cada uno de los escenarios posibles con el objetivo de mitigar sus consecuencias».

En este sentido se ha pronunciado también Luis Vidarte. «La Administración no ha hecho un análisis de gestión de riesgos sobre la implantación de esta medida, y los que se han hecho han sido ignorados. Además, no existe ningún estudio que demuestre que el uso generalizado del inglés supone en sí mismo una mejora potencial para la seguridad aérea».

Controladores y pilotos han coincidido en señalar que el fin último de cualquier comunicación es la transmisión efectiva de un mensaje. «Y está claro que esto se conseguirá mejor usando una lengua materna común» han rematado los portavoces de Sepla y USCA.

Fuente y Foto: FAcua.org

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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