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Consumo

Fin a la larga espera en la atención telefónica al cliente: esta es la limitación

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espera en la atención telefónica al cliente

La espera en la atención telefónica al cliente estará limitida. Tres minutos será el tiempo máximo de espera para ser atendido telefónicamente en servicios de información, reclamación y posventa. Así lo contempla el anteproyecto de ley del Ministerio de Consumo que ha sido aprobado este martes por el Consejo de Ministros para regular los servicios de atención al cliente y que será remitido ahora al Congreso para su tramitación parlamentaria como proyecto de ley.

Esta medida beneficiará también a las personas afectadas por incidencias en servicios básicos de continuidad como la luz, el agua o el gas que, además, podrán solicitar a través de estos servicios las indemnizaciones o descuentos en factura que resulten de aplicación, como ocurre en el sector de las telecomunicaciones o el eléctrico.

15 días para las reclamaciones

Esta ley también recorta de 30 a 15 días hábiles el tiempo máximo para resolver las reclamaciones generales, y permitirá a las comunidades rebajar este plazo si su normativa particular lo contempla, según ha explicado el ministro de Consumo, Alberto Garzón, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Según han adelantado, la interposición de una reclamación impedirá la suspensión del servicio cuando la causa de la reclamación y de la suspensión coincidan.

Los usuarios podrán asimismo solicitar ser atendidos por una persona con formación especializada, independientemente de que la comunicación se haya iniciado a través de contestadores automáticos o sistemas robotizados. Y, en caso de insatisfacción con la atención, se podrá pedir hablar con una persona responsable superior o a un departamento específico de calidad.

En el caso de las personas con discapacidad auditiva, el canal telefónico será accesible y deberá complementarse, a elección de la persona, con un sistema alternativo de mensajería escrita instantánea a través del móvil o con un sistema de vídeo interpretación en lengua de signos.

Espera en la atención telefónica al cliente

Las empresas que ofrecen servicios de carácter básico e interés general tendrán que ofrecer un canal de atención gratuito a la clientela las 24 horas, todos los días del año, cuando se trate de incidencias relacionadas con el suministro del servicio, y no podrán derivar las llamadas a teléfonos que impliquen un coste. Los operadores de energía, además, deberán informar sobre medidas de ahorro y eficiencia energética, así como de las posibilidades de contratar energía procedente de fuentes renovables.

Por su parte, los servicios financieros asegurarán a su clientela la disponibilidad de canales presenciales, ya sean permanentes o intermitentes, telefónicos o telemáticos, atendiendo al principio de prestación personalizada.

Esta norma afectará a todas las empresas públicas y privadas que, independientemente de su tamaño, presten servicios de suministro y distribución de agua y energía; transporte de pasajeros en avión, ferrocarril, mar o vías navegables, autobús o autocar; servicios postales; servicios de comunicación audiovisual de acceso condicional mediante pago; comunicaciones electrónicas y telefónicas, así como servicios financieros. Igualmente, será de aplicación a las grandes empresas (más de 250 trabajadores) independientemente del sector. En caso de incumplimiento, las empresas se enfrentan a multas de hasta 100.000 euros.

“Quebraderos de cabeza para las familias españolas”

La propuesta busca que las empresas garanticen una atención eficaz, accesible e inclusiva. «Los servicios de atención a clientes son indispensables en las relaciones de consumo que, desgraciadamente y habitualmente, suelen implicar una serie de quebraderos de cabeza para las familias españolas, pues no pocas empresas construyen una suerte de laberintos administrativos que impiden el pleno ejercicio del derecho de atención al cliente», ha explicado el titular de la cartera de Consumo.

Asimismo, según recoge Europa Press, Garzón ha indicado que «son muchos los españoles y las españolas que desesperan cuando están ante una llamada de atención al cliente esperando a ser atendidos o son muchos los españoles y las españolas que encuentran serias dificultades para darse de baja de un servicio»

«Se trata de dificultades que, desgraciadamente, implican un gasto enorme de energía, de tiempo y de dinero para las familias españolas y que muchas veces acaban significando la renuncia al derecho efectivo de la atención al cliente», ha manifestado.

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Consumo

Consumo prohibirá la venta de bebidas energéticas a menores de 16 años y limitará las más cafeinadas hasta los 18

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adicción a las bebidas energéticas

El Ministerio de Derechos Sociales y Consumo prepara una normativa para restringir las bebidas energéticas ante el aumento de su consumo entre adolescentes en España.

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 prohibirá la venta de bebidas energéticas a menores de 16 años y ampliará la restricción hasta los 18 años en aquellas que superen los 32 miligramos de cafeína por cada 100 mililitros.

Así lo ha anunciado el ministro Pablo Bustinduy, quien ha advertido de los riesgos que estos productos suponen para la salud juvenil y ha defendido que existe “evidencia científica” suficiente para actuar.

📊 El consumo entre adolescentes, en cifras

Según la Encuesta ESTUDES 2025 del Ministerio de Sanidad:

  • El 38,4% de los estudiantes de 14 a 18 años consumió bebidas energéticas en el último mes.

  • El consumo es mayor en chicos (45,7%) que en chicas (31%).

  • El grupo con mayor prevalencia son varones de 16, 17 y 18 años, superando el 48%.

  • Un 15,2% mezcla bebidas energéticas con alcohol, una combinación especialmente peligrosa.

Además, datos de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan) indican que el 25% de la población española consume estas bebidas, con una media de 2,1 veces por semana. Casi la mitad de los consumidores toma al menos una al día.

En 2025 se vendieron 105 millones de litros, un 13,7% más que el año anterior y un 38,7% más que hace cuatro años.

⚠️ Riesgos para la salud: cafeína, azúcar y mezcla con alcohol

Diversos informes científicos y la propia Aesan advierten que el consumo excesivo de cafeína puede provocar:

  • Insomnio y alteraciones del sueño

  • Ansiedad e irritabilidad

  • Taquicardias y arritmias

  • Hipertensión

  • Deshidratación

  • En casos graves, convulsiones o infartos

Además, su alto contenido en azúcar se asocia con obesidad y diabetes tipo 2. La mezcla con alcohol incrementa el riesgo de intoxicación etílica, ya que la cafeína enmascara los efectos depresores del alcohol.

🏫 Medidas ya adoptadas y regulación en Europa

El departamento de Bustinduy ya prohibió en 2025 la venta de bebidas energéticas en centros escolares mediante el Real Decreto de Comedores Escolares Saludables y Sostenibles.

La futura normativa estatal se alineará con medidas similares adoptadas en países europeos como Alemania, Noruega, Polonia o Lituania. En España, comunidades como Galicia ya han aprobado restricciones autonómicas.

El ministro también ha señalado que el 90% de la población apoya limitar su venta a menores, según el último barómetro de la Aesan.

📢 Publicidad de alimentos no saludables, en el punto de mira

En paralelo, el Ministerio de Consumo trabaja en restringir la publicidad de alimentos no saludables dirigida a menores, una medida respaldada por organismos como la Organización Mundial de la Salud.

Según datos oficiales, cada menor en España recibe más de 4.000 anuncios anuales de comida no saludable en televisión, una exposición que las autoridades consideran preocupante en la lucha contra la obesidad infantil.


🔎 Claves de la nueva regulación

  • ❌ Prohibición de venta de bebidas energéticas a menores de 16 años

  • 🚫 Restricción hasta los 18 años para bebidas con más de 32 mg de cafeína por 100 ml

  • 📈 Consumo creciente entre adolescentes

  • ⚕️ Riesgos asociados a cafeína, azúcar y mezcla con alcohol

  • 🇪🇺 Medida alineada con otros países europeos

La normativa deberá concretar ahora su desarrollo legal y calendario de aplicación, pero el objetivo del Gobierno es reforzar la protección de la salud infantil y adolescente frente a productos con alto contenido estimulante.

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