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Consumo

Fin a la larga espera en la atención telefónica al cliente: esta es la limitación

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espera en la atención telefónica al cliente

La espera en la atención telefónica al cliente estará limitida. Tres minutos será el tiempo máximo de espera para ser atendido telefónicamente en servicios de información, reclamación y posventa. Así lo contempla el anteproyecto de ley del Ministerio de Consumo que ha sido aprobado este martes por el Consejo de Ministros para regular los servicios de atención al cliente y que será remitido ahora al Congreso para su tramitación parlamentaria como proyecto de ley.

Esta medida beneficiará también a las personas afectadas por incidencias en servicios básicos de continuidad como la luz, el agua o el gas que, además, podrán solicitar a través de estos servicios las indemnizaciones o descuentos en factura que resulten de aplicación, como ocurre en el sector de las telecomunicaciones o el eléctrico.

15 días para las reclamaciones

Esta ley también recorta de 30 a 15 días hábiles el tiempo máximo para resolver las reclamaciones generales, y permitirá a las comunidades rebajar este plazo si su normativa particular lo contempla, según ha explicado el ministro de Consumo, Alberto Garzón, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Según han adelantado, la interposición de una reclamación impedirá la suspensión del servicio cuando la causa de la reclamación y de la suspensión coincidan.

Los usuarios podrán asimismo solicitar ser atendidos por una persona con formación especializada, independientemente de que la comunicación se haya iniciado a través de contestadores automáticos o sistemas robotizados. Y, en caso de insatisfacción con la atención, se podrá pedir hablar con una persona responsable superior o a un departamento específico de calidad.

En el caso de las personas con discapacidad auditiva, el canal telefónico será accesible y deberá complementarse, a elección de la persona, con un sistema alternativo de mensajería escrita instantánea a través del móvil o con un sistema de vídeo interpretación en lengua de signos.

Espera en la atención telefónica al cliente

Las empresas que ofrecen servicios de carácter básico e interés general tendrán que ofrecer un canal de atención gratuito a la clientela las 24 horas, todos los días del año, cuando se trate de incidencias relacionadas con el suministro del servicio, y no podrán derivar las llamadas a teléfonos que impliquen un coste. Los operadores de energía, además, deberán informar sobre medidas de ahorro y eficiencia energética, así como de las posibilidades de contratar energía procedente de fuentes renovables.

Por su parte, los servicios financieros asegurarán a su clientela la disponibilidad de canales presenciales, ya sean permanentes o intermitentes, telefónicos o telemáticos, atendiendo al principio de prestación personalizada.

Esta norma afectará a todas las empresas públicas y privadas que, independientemente de su tamaño, presten servicios de suministro y distribución de agua y energía; transporte de pasajeros en avión, ferrocarril, mar o vías navegables, autobús o autocar; servicios postales; servicios de comunicación audiovisual de acceso condicional mediante pago; comunicaciones electrónicas y telefónicas, así como servicios financieros. Igualmente, será de aplicación a las grandes empresas (más de 250 trabajadores) independientemente del sector. En caso de incumplimiento, las empresas se enfrentan a multas de hasta 100.000 euros.

“Quebraderos de cabeza para las familias españolas”

La propuesta busca que las empresas garanticen una atención eficaz, accesible e inclusiva. «Los servicios de atención a clientes son indispensables en las relaciones de consumo que, desgraciadamente y habitualmente, suelen implicar una serie de quebraderos de cabeza para las familias españolas, pues no pocas empresas construyen una suerte de laberintos administrativos que impiden el pleno ejercicio del derecho de atención al cliente», ha explicado el titular de la cartera de Consumo.

Asimismo, según recoge Europa Press, Garzón ha indicado que «son muchos los españoles y las españolas que desesperan cuando están ante una llamada de atención al cliente esperando a ser atendidos o son muchos los españoles y las españolas que encuentran serias dificultades para darse de baja de un servicio»

«Se trata de dificultades que, desgraciadamente, implican un gasto enorme de energía, de tiempo y de dinero para las familias españolas y que muchas veces acaban significando la renuncia al derecho efectivo de la atención al cliente», ha manifestado.

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Consumo

Alerta alimentaria en España: detectan salmonela en longaniza de payés loncheada

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La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición ha emitido una alerta alimentaria urgente tras detectar la presencia de Salmonelosis en un producto cárnico distribuido en varias comunidades autónomas.

 Producto afectado: longaniza de payés loncheada

El alimento implicado es:

  • Producto: Longaniza de payés selección (loncheada)
  • Marca: Boadas 1880
  • Formato: Envases de 80 gramos
  • Conservación: Refrigerado

Lotes afectados

Los lotes contaminados con salmonela son:

  • Lote 329 – caducidad 30/03/2026
  • Lotes 330 y 331 – caducidad 31/03/2026
  • Lotes 345, 346 y 347 – caducidad 11/04/2026

Comunidades donde se ha distribuido

Según la información oficial, la distribución inicial se ha realizado en:

  • Andalucía
  • Cataluña
  • Comunidad Valenciana
  • Región de Murcia

No se descarta que el producto haya llegado a otras zonas debido a redistribuciones.


¿Qué es la salmonelosis y cuáles son los síntomas?

La salmonelosis es una infección alimentaria causada por bacterias del género Salmonella. Los síntomas más habituales son:

  • Diarrea
  • Vómitos
  • Fiebre
  • Dolor abdominal o de cabeza

En algunos casos, especialmente en niños o personas vulnerables, puede requerir atención médica.


Recomendaciones de las autoridades

La AESAN ha activado el protocolo a través del sistema SCIRI para retirar los productos del mercado.

Qué debes hacer si tienes este producto:

  • No consumirlo bajo ningún concepto
  • Revisar lote y fecha de caducidad
  • Desecharlo o devolverlo al punto de compra

 Si ya lo has consumido:

Acude a un centro de salud si presentas síntomas compatibles con salmonelosis.


Retirada del mercado en marcha

Las autoridades sanitarias de las distintas comunidades autónomas ya han sido notificadas para garantizar la retirada rápida de los lotes afectados y evitar nuevos casos.

 

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