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Estas son las medidas de prevención de la fase 3 avanzada en la Comunitat Valenciana

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El Consell ha acordado la adopción de medidas de prevención ante la COVID-19, una vez se levante el estado de alarma, con el objetivo de asegurar que las actividades en las que se pueda producir una mayor posibilidad de transmisión de la enfermedad se desarrollen en condiciones que permitan controlar el riesgo.

La vicepresidenta y portavoz del Consell, Mónica Oltra, que ha comparecido en rueda de prensa tras la reunión semanal del Gobierno valenciano, ha insistido en que, con estas medidas, «se pretende dar apoyo a la reactivación económica y social, minimizando el riesgo para la salud pública».

A este respecto, la vicepresidenta ha hecho hincapié en que las medidas adoptadas por el Consell «han de venir necesariamente acompañadas por la prudencia y la responsabilidad individual, de manera que la autoprotección se convierta también en medida eficaz para proteger a los otros».

Las medidas adoptadas por el Consell, por tanto, producirán efectos en todo el territorio de la Comunitat Valenciana a partir del 21 de junio, cuando concluya el estado de alarma, y hasta la finalización de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Oltra ha señalado que «los servicios de inspección municipales y autonómicos, en el ámbito de sus respectivas competencias, serán los encargados de vigilar el cumplimiento de las medidas».

Medidas previstas

Entre las medidas previstas en el anexo del acuerdo, hay que destacar la obligación general relativa a la distancia mínima de seguridad de 1,5 metros o, en su defecto, medidas alternativas de protección física con el uso de mascarillas de higiene adecuadas.

Se establecen también medidas de higiene en todas las actividades, como limpieza de locales y ropa de trabajo; ventilación de instalaciones; disponibilidad de materiales de prevención; pago preferente con tarjeta; o señalización de distancia de seguridad para clientes, entre otras.

Asimismo, se concretan otras adicionales para centros comerciales, establecimientos de hostelería y restauración, para celebración de actos de culto religioso, en piscinas de uso deportivo o en instalaciones deportivas.

También se establecen limitaciones de aforo y medidas específicas por sectores, como actos religiosos; actividades educativas, de tiempo libre y parques infantiles; bibliotecas, archivos, museos, cines o teatros, entre otros; instituciones feriales; transportes, etc.

Iniciativas ante la COVID-19

Por otra parte, el Consell también ha aprobado una serie de iniciativas de las distintas conselleries para hacer frente a la COVID-19 en diferentes sectores, por un importe superior a 10,4 millones de euros.

De este modo, el Consell ha aprobado el decreto de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas urgentes, por valor de 3 millones de euros, para las empresas que prestan transporte público regular de viajeros de uso general competencia de la Generalitat «y que se hayan visto afectadas como consecuencia de la COVID-19, con la finalidad de mantener la prestación de estos servicios», ha explicado la vicepresidenta.

Además, el Gobierno valenciano ha autorizado la contratación de emergencia de 15.000 tabletas con conectividad, por un importe de 3,8 millones de euros, para ponerlas a disposición de los centros educativos y distribuirlas en el alumnado con mayores necesidades.

Estos aparatos se suman a una remesa anterior adquirida por la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico «con el fin de garantizar que todo el alumnado pueda acceder a la educación a distancia mientras haya alteraciones de la actividad lectiva presencial», ha indicado Oltra.

Asimismo, la Conselleria de Hacienda ha gestionado la adquisición der 1.500 ordenadores portátiles y 600 monitores con elementos de videoconferencia, por un importe de 1,5 millones de euros, para garantizar el teletrabajo del personal de la Administración del Consell.

Por su parte, Turisme Comunitat Valenciana ha contratado la instalación de pasarelas desmontables, rígidas y con un ancho especial, por un presupuesto de 1,2 millones de euros, para garantizar el distanciamiento mínimo de dos metros en los accesos a las playas valencianas, dentro de las recomendaciones surgidas por la evolución de la pandemia del coronavirus.

Finalmente, en lo que respecta a las medidas de higiene y protección, el Consell ha autorizado la contratación de emergencia del suministro de mascarillas, gel hidroalcohólico, equipos de protección y refuerzo de servicios de limpieza en las instalaciones del Instituto Valenciano de Atención Social y Sanitaria (IVASS); centros escolares dependientes de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte; centros Labora, Servicio Valenciano de Empleo y Formación; y oficinas PROP. El importe global asciende a 908.000 euros.

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El Supremo rechaza la demanda de Julio Iglesias contra Yolanda Díaz por falta de competencia

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julio iglesias estado salud
Julio Iglesias-ARCHIVO

El Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite la demanda de Julio Iglesias contra Yolanda Díaz por una supuesta vulneración de su derecho al honor, al considerar que no es el órgano competente para resolverla.

La Sala de lo Civil del Supremo ha acordado este martes la inadmisión de la demanda presentada por el cantante contra la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo. La decisión se basa en una cuestión de competencia, por lo que el tribunal no entra a valorar el fondo del conflicto.

La demanda de Julio Iglesias contra Yolanda Díaz

Julio Iglesias había acudido a los tribunales en relación con unas declaraciones realizadas por Yolanda Díaz. El cantante reclamaba 50.000 euros en concepto de indemnización por una presunta vulneración de su derecho al honor.

La Sala Civil entiende que la reclamación debe plantearse ante los juzgados de Madrid, ya que considera que las declaraciones de Díaz no se realizaron en conexión con el ejercicio de su cargo como miembro del Gobierno.

De este modo, el Supremo inadmite la demanda por falta de competencia y deja abierta la posibilidad de que la cuestión pueda ser planteada ante el órgano judicial que corresponda.

La resolución se produce después de que Julio Iglesias dirigiera su demanda contra la vicepresidenta segunda por las declaraciones que consideraba lesivas para su honor.

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