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Estas son las restricciones que continuarán después del final del estado de alarma

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Madrid, 5 may (EFE).- Las restricciones que imperaban antes de la declaración del último estado de alarma, como acotar horarios a la hostelería y establecimientos comerciales, el cierre del ocio nocturno o la prohibición de fumar en la calle sin distancia de seguridad, volverán a estar vigentes a partir del 9 de mayo.

Así lo ha explicado la ministra de Sanidad, Carolina Darias, al término del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, en la que insistido en que el estado de alarma, conforme aparece regulado en la Constitución Española, está previsto «para situaciones excepcionales, no para que permanezca sine die en el tiempo».

Así, la ministra ha explicado que en el Consejo Interterritorial se han repasado actuaciones coordinadas adoptadas por este órgano que siguen vigentes una vez que decaiga el estado de alarma, en concreto las aprobadas entre agosto y octubre, ha recordado, y que se refieren a restricciones que pueden adoptar las comunidades como acotar horarios comerciales o de ocio nocturno.

El Gobierno entiende que las comunidades disponen de herramientas que les proporciona la legislación ordinaria para contener el virus, a las que se suma el real decreto aprobado ayer por el Consejo de Ministros, que les permite recurrir en casación al Tribunal Supremo las resoluciones de los tribunales superiores de justicia.

«Son suficientes para mantener el virus a raya», ha enfatizado la ministra, quien ha recordado que las autonomías no han estado siempre bajo el paraguas del estado de alarma y han ido tomando decisiones que en su mayoría han ido ratificando los TSJ.

Y ahora, con el real decreto, y ante la posibilidad de que se abra una nueva disparidad de criterios por parte de los jueces, será el Supremo el que tenga la última palabra y unifique doctrina al respecto.

Sanidad: las comunidades tienen instrumentos para mantener el virus a raya

El Gobierno mantiene que la legislación ordinaria, las actuaciones coordinados aprobadas con anterioridad por el Consejo Interterritorial y la unificación de doctrina que acabará haciendo el Tribunal Supremo sobre las restricciones que impongan las comunidades tras el estado de alarma son «suficientes para mantener el virus a raya».

Así lo ha subrayado la ministra de Sanidad, Carolina Darias, al término del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, en el que varios consejeros han trasladado de nuevo su inquietud por el fin del estado de alarma el próximo domingo.

Darias ha insistido en que el estado de alarma, conforme aparece regulado en la Constitución Española, está previsto «para situaciones excepcionales, no para que permanezca sine die en el tiempo».

Y ha explicado que en la reunión se han repasado actuaciones coordinadas «aún vigentes» adoptadas por este órgano entre agosto y octubre de 2020; en esas fechas, Gobierno y comunidades acordaron distintas medidas como acotar horarios comerciales y aforos, el cierre del ocio nocturno o la prohibición de fumar en la calle cuando no se pudiera respetar la distancia de seguridad.

El Gobierno entiende que las comunidades disponen de herramientas que les proporciona la legislación ordinaria para contener el virus, a las que se suma desde ayer el real decreto que les permite recurrir en casación al Tribunal Supremo las resoluciones desfavorables de los tribunales superiores de justicia.

La reforma contenida en el citado decreto permitirá así que el Supremo unifique doctrina, con lo que se evitarán disparidades entre territorios tal y como ocurrió el pasado verano.

De esta forma, con las leyes ordinarias, las actuaciones coordinadas y el reciente real decreto, las comunidades tienen herramientas «suficientes para mantener el virus a raya», ha enfatizado la ministra, quien ha recordado que las autonomías no han estado siempre bajo el paraguas del estado de alarma y han ido tomando decisiones que en su mayoría han ido ratificando los jueces.

«El escenario que se sitúa tras el 9 de mayo es completamente diferente a cuando tuvimos que declararlo a petición de las comunidades» en octubre, ha respondido la ministra al ser preguntada por qué ahora y no antes se ha aprobado este real decreto.

La ministra ha recordado que ya son varias las regiones las que están relajando restricciones; no en vano, la situación epidemiológica es muy distinta y cuenta además con el impulso de la campaña de vacunación, que «va como un tiro».

De cara al fin del estado de alarma, ya son varias las comunidades autónomas que ha anunciado que no mantendrán el toque de queda nocturno, como Cataluña, Castilla y León, Andalucía, mientras que Baleares ya ha anunciado que lo mantendrán hasta el 23 de mayo, y Navarra plantea prorrogarlo aunque levantará el cierre perimetral.

Igualmente, Extremadura dejará sin efecto el cierre perimetral desde las cero horas de este viernes.

Mientras, la Fiscalía Superior del País Vasco ha expresado su rechazo a que se autoricen judicialmente los cierres de Euskadi y de los municipios, así como el toque de queda una vez finalice el estado de alarma.

Por su parte, Cantabria mantendrá otros 14 días cerrado el interior de los establecimientos de hostelería, y baraja la posibilidad de cierres perimetrales de municipios que incluyan toque de queda dependiendo de la situación epidemiológica.

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El rey Juan Carlos I demandará a Revilla en Madrid tras fracasar la conciliación en Santander

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Juan Carlos I y Miguel Ángel Revilla

La demanda del rey emérito sigue adelante tras no llegar a un acuerdo con Miguel Ángel Revilla, quien se negó a rectificar sus declaraciones en televisión

Tras una conciliación sin acuerdo celebrada el pasado viernes 16 de mayo en los juzgados de Santander, el rey emérito Juan Carlos I presentará una demanda formal contra el expresidente de Cantabria y líder del PRC, Miguel Ángel Revilla, en los tribunales de Madrid.

El acto de conciliación fue el paso previo legal antes de una querella civil por injurias y vulneración del derecho al honor, después de que Revilla realizara declaraciones críticas sobre el monarca en diferentes programas televisivos. La abogada del rey emérito, Guadalupe Sánchez, solicitaba una rectificación pública y una indemnización de 50.000 euros.


📝 Sin avenencia en la conciliación: Revilla se negó a rectificar

Durante la vista, celebrada en el Juzgado de Primera Instancia número 13 de Santander, Revilla se mantuvo firme:

«Yo no rectifico en nada. Creo que estoy en lo cierto», aseguró el líder regionalista a su salida del juzgado.

El rey emérito no acudió personalmente al acto, aunque estuvo representado legalmente por su procurador y su abogada. Revilla, por su parte, asistió de forma presencial junto a su defensa. Ante la falta de acuerdo, la letrada de la Administración de Justicia dio por finalizado el acto sin avenencia, permitiendo así al emérito continuar por la vía judicial ordinaria.


💬 ¿Qué motivó la demanda de Juan Carlos I?

El origen del conflicto se remonta a manifestaciones públicas de Miguel Ángel Revilla en las que criticó al rey Juan Carlos en espacios televisivos de gran audiencia. Según la representación legal del emérito, esas declaraciones:

  • «Carecen de base fáctica»

  • Se fundamentan en informaciones periodísticas «que no equivalen a sentencias»

  • Constituyen un ataque a su honor y reputación

Revilla, por su parte, sostiene que sus palabras fueron simples opiniones personales y que se basaron en hechos públicos divulgados por medios de comunicación.


🚨 ¿Qué implica la demanda del rey emérito?

Concluida la fase de conciliación sin resultados, Juan Carlos I formalizará una demanda en los juzgados de Madrid, como permite la legislación civil española. El proceso judicial se iniciará con una reclamación por:

  • 50.000 euros de indemnización

  • Una rectificación pública de las declaraciones consideradas injuriosas

La defensa de Revilla prevé una batalla legal que podría alargarse en el tiempo. “Me veo en el banquillo a punto de cumplir 83 años”, comentó el expresidente cántabro tras conocer la decisión del emérito.

 

 

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