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Este es el calendario de admisión de alumnos de FP para el curso 2017-2018

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La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte ha publicado en el DOGV el calendario de admisión del alumnado en las enseñanzas de Formación Profesional Básica, de grado medio y de grado superior, en los Programas Formativos de Cualificación Básica, y en los ciclos de Formación Profesional Básica de segunda oportunidad, es decir, la dirigida a los beneficiarios del Plan de Empleo Juvenil.

En concreto, el plazo para presentar solicitudes en los centros sostenidos con fondos públicos permanecerá abierto entre el 25 de mayo y el 6 de junio para aquellos alumnos que quieran realizar FP Básica, o enseñanzas de ciclos de grado medio y superior.

El plazo para solicitar el acceso a los Programas Formativos de Cualificación Básica se abrirá del 11 al 18 de julio, y el de FP Básica de segunda oportunidad entre el 1 y el 7 de septiembre.

La solicitud se cumplimentará previamente vía telemática a través del espacio online habilitado a tal efecto, que estará disponible a partir de hoy mismo para la admisión de FPB cuyo plazo de presentación de solicitudes comenzará el lunes. El enlace para acceder a la solicitud telemática es http://www.ceice.gva.es/web/admision-alumnado. No obstante, la presentación de la solicitud deberá realizarse en el centro elegido por el alumno como primera opción.

En el curso 2017-2018 habrá un sólo proceso de admisión en las enseñanzas de Formación Profesional, a excepción de la FP Básica, que tendrá un proceso ordinario y uno extraordinario, que será el comprendido entre el 12 y el 17 de julio.

Como principal novedad cabe destacar la división en fases del proceso extraordinario de admisión a las enseñanzas de FP Básica, así como en el proceso de asignación de vacantes sobrantes de los ciclos formativos de grado medio y superior. Se trata de este modo de realizar una mejor gestión de las vacantes sobrantes, que no han sido adjudicadas en el proceso ordinario, con el fin de realizar un reparto más eficiente.

Plazos del procedimiento

En cuanto a las listas provisionales de admitidos serán publicadas el 20 de junio las de los alumnos que accedan a FPB, en convocatoria ordinaria, y el 19 de julio en la extraordinaria; el 11 de julio las referentes a los ciclos de grado medio y superior; el 20 de julio las listas provisionales de alumnos que accedan a Programas de Cualificación Básica; y el 8 de septiembre las de los alumnos que acceden a FP de segunda oportunidad.

Tras el plazo de presentación de reclamaciones, se publicarán las listas definitivas de alumnado admitido. En el caso de la FPB, este listado se publicará el 26 de junio para el proceso ordinario y el 24 de julio para el extraordinario; en el caso de los ciclos formativos de grado medio y superior, las listas definitivas de admitidos se publicarán el 18 de julio. En cuanto a las enseñanzas de Programas Formativos de Cualificación Básica, el listado definitivo saldrá publicado el día 25 de julio; y por último, en el caso de las enseñanzas de FPB de segunda oportunidad, el día 12 de septiembre.

En cuanto a la matrícula del alumnado de FP Básica se realizará entre el 28 de junio y el 4 de julio en convocatoria ordinaria y del 25 al 28 de julio en extraordinaria; por lo que respecta a la matrícula de quienes accedan a ciclos de grado medio y superior entre el 20 y el 28 de julio, y el alumnado de Programas de Cualificación Básica, del 26 al 31 de julio. Por último, el alumnado que se matricule en FPB de segunda oportunidad podrá hacerlo del 13 al 18 de septiembre.

FP Básica de segunda oportunidad

A través de la resolución publicada en el DOGV, la Conselleria también establece el procedimiento para darse de alta en el Sistema Nacional de Empleo Juvenil, para lo cual se especifican tanto los requisitos establecidos en el ámbito estatal como los requeridos en wl territorio valenciano. En concreto, se exigirá tener al menos 18 años de edad en el año natural en el que se solicita la FP Básica, acreditar que no se posee ningún título de FP o cualquier otro título que acredite la finalización de estudios secundarios completos, así como encontrarse actualmente desescolarizado y sin empleo.

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Cambios en el sistema de pensiones en España: qué debes saber si te jubilas a partir de 2026

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Forbes elige Valencia jubilación

El sistema público de pensiones en España sigue adaptándose a los retos del envejecimiento poblacional y la sostenibilidad financiera. Los trabajadores que planeen su jubilación a partir del 1 de enero de 2026 deben tener en cuenta que entran en vigor varios ajustes clave en la edad de retiro, los requisitos de cotización y el cálculo de la pensión.

Estos cambios forman parte de la reforma de las pensiones aprobada en la Ley 27/2011 y ratificada posteriormente por el Real Decreto-ley 2/2023.


Edad legal de jubilación en 2026

Desde 2026, la edad de jubilación en España se estructura en un sistema dual en función de los años cotizados:

  • 65 años → para quienes acrediten al menos 38 años y 3 meses de cotización.

  • 66 años y 10 meses → para quienes no lleguen a esa cifra mínima.

Este cambio supone un incremento respecto a 2025, cuando la jubilación estaba fijada en 66 años y 8 meses para los trabajadores sin cotización suficiente.

El calendario progresivo culminará en 2027, cuando la edad legal de jubilación será de 67 años, salvo para quienes tengan carreras de cotización largas que les permitan retirarse antes.


Requisito mínimo de cotización para cobrar la pensión

Para acceder a una pensión contributiva de jubilación, se requiere:

  • Haber cotizado al menos 15 años.

  • Que dos de esos años estén dentro de los 15 previos a la jubilación.

🔹 Si no se cumple este mínimo, la persona no pierde del todo el derecho a prestaciones, pero no podrá acceder a una pensión contributiva. En su lugar, puede solicitar el subsidio para mayores de 65 años, siempre que cumpla los requisitos de residencia y nivel de renta.


Nuevo sistema de cálculo de la pensión desde 2026

Uno de los cambios más destacados es la introducción de un sistema dual de cómputo de la base reguladora, que se aplicará de forma progresiva:

  • Opción 1: se mantiene la fórmula actual → últimos 25 años cotizados.

  • Opción 2: se podrán elegir los mejores 27 años dentro de un periodo de 29, descartando los dos peores.

La Seguridad Social aplicará automáticamente el cálculo más favorable para el trabajador, lo que beneficia especialmente a quienes hayan tenido periodos de desempleo o salarios bajos en los últimos años.


Impacto para trabajadores y empresas

  • Para los trabajadores, se recomienda revisar con antelación la vida laboral y las bases de cotización, usando los simuladores de pensión de la Seguridad Social.

  • Para las empresas y autónomos societarios, será clave llevar un control exhaustivo de cotizaciones, ya que lagunas laborales pueden reducir la futura pensión.


Por qué se aplican estos cambios

El objetivo de esta reforma es garantizar la viabilidad del sistema de pensiones en un contexto de envejecimiento demográfico. Según el INE, en 2050 casi un 30% de la población española tendrá edad de jubilación, mientras que Eurostat sitúa la esperanza de vida en más de 83 años, una de las más altas de Europa.

Con estas medidas, la Seguridad Social busca equilibrar la solidaridad entre generaciones y asegurar que los futuros jubilados cuenten con pensiones dignas y sostenibles.

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