Síguenos

Consumo

Estos son los 9 servicios de atención al cliente por los que Vodafone cobrará 2’5 euros

Publicado

en

Vodafone, la compañía de telecomunicaciones, ha aumentado los servicios por los que cobrará 2’5 euros. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha denunciado a la empresa por cobrar a sus clientes por algunos servicios prestados vía telefónica al considerarlo contrario a la normativa de protección de consumidores.

A pesar de todas las críticas recibidas, Vodafone sigue adelante en su empeño de hacer aún más caja y aumenta el número de servicios por los que exigirá el pago 2,5 euros. Estos son los 9 servicios:

  1. Consulta de PIN o PUK
  2. Consulta de permanencia
  3. Solicitud de duplicados de factura
  4. Cambio en la dirección de facturación
  5. Cambio del número de cuenta bancaria

Y a partir de este 21 de junio se añaden:

  1. Información de consumo, tanto voz como datos
  2. Restricción de llamadas en el móvil. Esto puede ser por robo, pérdida, para evitar llamadas internacionales o para bloquear números 900
  3. Restricción SMS Premium
  4. Gestión contestador

En OCU recuerdan que el pasado mes de febrero ya denunciaron a Vodafone ante la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid por entender que el cobro por las gestiones señaladas que forman parte del servicio de atención al cliente vulnera la normativa de protección de los consumidores.

Esta situación «nos sigue pareciendo inaceptable y resulta un claro perjuicio para los clientes, sobre todo para aquellos menos familiarizados con el uso de internet, especialmente las personas mayores. Y aunque hoy día no hemos recibido ninguna respuesta por parte de las autoridades, seguimos considerando injustificable este sobrecoste que la compañía cobra a sus clientes haciéndonos creer que es por mejorar el servicio de atención al cliente mediante el fomento de la utilización del área de cliente (web) y la App Mi Vodafone», señala OCU.

La organización detalla que «aunque la utilización del área de clientes o la App pueda resultar útil para algunos clientes, su uso debería ser opcional, y no venir condicionado por la existencia de una tasa claramente ilegal. Además, en el caso del PUK, al usuario que no cuente previamente con la App o registro en área de clientes, le hará pasar por el aro sí o sí, ya que para el alta en estos servicios suele ser necesario recibir algún SMS».

En OCU recuerdan que el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios en su artículo 21 indica expresamente que, existiendo una línea telefónica habilitada para comunicarse con el cliente en relación con el contrato celebrado, el coste de la llamada no podrá ser superior a la tarifa básica. El Abogado general de la UE recuerda que un coste superior a la tarifa básica, lo equiparable a lo que pagaríamos por estas consultas, resulta disuasoria para el consumidor a la hora de contactar con el comerciante, y además considera que el servicio de atención al cliente está incluido en el precio.

Desde OCU perciben que el cerco de gestiones incluido por Vodafone es tan cerrado que abarca un número importante de consultas habituales, con lo que «entendemos que esta es una manera indirecta de cobrar al usuario una cantidad muy elevada por la llamada. Consideramos este movimiento como una estratagema de Vodafone para cobrar por un servicio de atención al cliente, que la ley establece que no debe tener ningún coste adicional por su prestación».

En el mismo sentido, la ley establece que las oficinas y servicios de información y atención al cliente serán diseñados utilizando medios y soportes que sigan los principios de accesibilidad universal y, en su caso, medios alternativos para garantizar el acceso a los mismos a personas con discapacidad o personas de edad avanzada.

«Si tenemos en cuenta que la consulta telefónica será la única opción viable para personas de edad avanzada o con visibilidad reducida, entendemos que tampoco se está respetando la accesibilidad universal», defiende OCU en un comunicado.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Consumo

Alerta sanitaria: Ordenan retirar este cosmético por riesgo microbiológico

Publicado

en

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha emitido una alerta sanitaria dirigida a la ciudadanía y al sector cosmético tras detectar un problema microbiológico en un producto de la marca Yepoda. La autoridad reguladora ha comunicado el cese de comercialización, la retirada del mercado y la recuperación del lote SR335 del cosmético “The Cocoa Cloud”, una manteca corporal incluida en el calendario de adviento de la compañía, concretamente en el compartimento correspondiente al día 8.

¿Qué problema se ha detectado en el producto?

De acuerdo con la información facilitada por la propia empresa, en el lote SR335 se ha confirmado el crecimiento del microorganismo Pseudomonas aeruginosa.
Este hallazgo está relacionado con una pérdida de eficacia del conservante del producto, lo que permite la proliferación bacteriana.

La presencia de Pseudomonas aeruginosa en un cosmético supone un riesgo sanitario, especialmente para personas con piel dañada, defensas bajas o patologías previas, ya que este microorganismo puede causar infecciones cutáneas u otros problemas si entra en contacto con zonas comprometidas.

¿Dónde se ha distribuido el lote afectado?

La compañía ha confirmado que el lote afectado se comercializó únicamente a través de la página web oficial de Yepoda en España.
Para garantizar una comunicación directa con el público afectado:

  • La marca ha publicado un aviso en su web explicando los pasos a seguir.

  • Las personas que adquirieron el producto han recibido un correo electrónico personalizado con instrucciones.

🧴 Medidas adoptadas por la AEMPS y recomendaciones

La AEMPS ha comunicado esta alerta a las autoridades sanitarias de todas las comunidades autónomas, con el fin de asegurar una retirada coordinada del producto y minimizar posibles riesgos.

La agencia recomienda a cualquier persona que tenga el cosmético del lote SR335:

  1. Suspender su uso de inmediato.

  2. No aplicar el producto bajo ninguna circunstancia, incluso si no parece deteriorado.

  3. Ponerse en contacto con la empresa para gestionar su devolución o reemplazo.

Estas medidas buscan proteger la salud de las personas consumidoras y garantizar que ningún envase del lote afectado permanezca en uso.

📌 Importancia de las alertas de la AEMPS en el sector cosmético

Las alertas emitidas por la AEMPS cumplen un papel esencial en la seguridad cosmética en España, ya que permiten detectar de forma temprana fallos en la fabricación, problemas de conservación o riesgos microbiológicos.
Este tipo de comunicaciones evita que productos potencialmente dañinos se sigan utilizando y fomenta una mayor trazabilidad y control de calidad en las empresas del sector.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.


Continuar leyendo