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Consumo

Estos son los 9 servicios de atención al cliente por los que Vodafone cobrará 2’5 euros

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Vodafone, la compañía de telecomunicaciones, ha aumentado los servicios por los que cobrará 2’5 euros. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha denunciado a la empresa por cobrar a sus clientes por algunos servicios prestados vía telefónica al considerarlo contrario a la normativa de protección de consumidores.

A pesar de todas las críticas recibidas, Vodafone sigue adelante en su empeño de hacer aún más caja y aumenta el número de servicios por los que exigirá el pago 2,5 euros. Estos son los 9 servicios:

  1. Consulta de PIN o PUK
  2. Consulta de permanencia
  3. Solicitud de duplicados de factura
  4. Cambio en la dirección de facturación
  5. Cambio del número de cuenta bancaria

Y a partir de este 21 de junio se añaden:

  1. Información de consumo, tanto voz como datos
  2. Restricción de llamadas en el móvil. Esto puede ser por robo, pérdida, para evitar llamadas internacionales o para bloquear números 900
  3. Restricción SMS Premium
  4. Gestión contestador

En OCU recuerdan que el pasado mes de febrero ya denunciaron a Vodafone ante la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid por entender que el cobro por las gestiones señaladas que forman parte del servicio de atención al cliente vulnera la normativa de protección de los consumidores.

Esta situación «nos sigue pareciendo inaceptable y resulta un claro perjuicio para los clientes, sobre todo para aquellos menos familiarizados con el uso de internet, especialmente las personas mayores. Y aunque hoy día no hemos recibido ninguna respuesta por parte de las autoridades, seguimos considerando injustificable este sobrecoste que la compañía cobra a sus clientes haciéndonos creer que es por mejorar el servicio de atención al cliente mediante el fomento de la utilización del área de cliente (web) y la App Mi Vodafone», señala OCU.

La organización detalla que «aunque la utilización del área de clientes o la App pueda resultar útil para algunos clientes, su uso debería ser opcional, y no venir condicionado por la existencia de una tasa claramente ilegal. Además, en el caso del PUK, al usuario que no cuente previamente con la App o registro en área de clientes, le hará pasar por el aro sí o sí, ya que para el alta en estos servicios suele ser necesario recibir algún SMS».

En OCU recuerdan que el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios en su artículo 21 indica expresamente que, existiendo una línea telefónica habilitada para comunicarse con el cliente en relación con el contrato celebrado, el coste de la llamada no podrá ser superior a la tarifa básica. El Abogado general de la UE recuerda que un coste superior a la tarifa básica, lo equiparable a lo que pagaríamos por estas consultas, resulta disuasoria para el consumidor a la hora de contactar con el comerciante, y además considera que el servicio de atención al cliente está incluido en el precio.

Desde OCU perciben que el cerco de gestiones incluido por Vodafone es tan cerrado que abarca un número importante de consultas habituales, con lo que «entendemos que esta es una manera indirecta de cobrar al usuario una cantidad muy elevada por la llamada. Consideramos este movimiento como una estratagema de Vodafone para cobrar por un servicio de atención al cliente, que la ley establece que no debe tener ningún coste adicional por su prestación».

En el mismo sentido, la ley establece que las oficinas y servicios de información y atención al cliente serán diseñados utilizando medios y soportes que sigan los principios de accesibilidad universal y, en su caso, medios alternativos para garantizar el acceso a los mismos a personas con discapacidad o personas de edad avanzada.

«Si tenemos en cuenta que la consulta telefónica será la única opción viable para personas de edad avanzada o con visibilidad reducida, entendemos que tampoco se está respetando la accesibilidad universal», defiende OCU en un comunicado.

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Consumo

Comunicado de Airbnb

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Airbnb rechaza el listado de Consumo y critica el auto del TSJM

Airbnb ha manifestado su «firme oposición» al procedimiento llevado a cabo por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, tras conocerse este lunes un auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que insta a la plataforma a eliminar 5.800 anuncios de pisos turísticos.

La compañía denuncia el uso de una «metodología indiscriminada» en la elaboración del listado de anuncios presuntamente ilegales, que formaría parte de una serie de resoluciones remitidas por Consumo, y ha confirmado que continuará recurriendo las decisiones judiciales por considerar que «están en desacuerdo con las normativas españolas y europeas».


Airbnb defiende la legalidad de su plataforma

Un portavoz de Airbnb ha explicado que el Ministerio de Consumo «no es competente para hacer cumplir regulaciones turísticas» y que ha enviado un listado que incluye anuncios con licencia y otros que, según la plataforma, «podrían no necesitarla, como los arrendamientos de temporada».

Además, ha afirmado que Consumo ha ignorado resoluciones del Tribunal Supremo que aclaran que no todos los anuncios de Airbnb están obligados a mostrar un número de registro. Según la sentencia del Supremo de enero de 2022, la obligación recae sobre el prestador del servicio turístico, no sobre la plataforma de intermediación.


Airbnb se acoge a la Ley de Servicios Digitales

La compañía ha insistido en que actúa conforme a la Ley de Servicios Digitales europea, y que no tiene obligaciones de supervisión activa sobre el contenido publicado por los usuarios. En esta línea, recuerda que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó en diciembre de 2019 que Airbnb es un servicio de la sociedad de la información, y no un agente inmobiliario, por lo que su función es la de intermediación.

Este argumento es clave en la defensa de la plataforma, que reitera que los anfitriones son responsables de cumplir con las leyes locales y de que los anuncios incluyan la información necesaria cuando así se requiera.


Consumo ya ha notificado más de 65.000 anuncios

En los últimos meses, el Ministerio de Consumo ha remitido a Airbnb tres resoluciones diferentes en las que notificó un total de 65.935 anuncios supuestamente ilegales. El auto conocido este lunes por parte del TSJM corresponde a la primera de esas resoluciones, que obliga a retirar 5.800 anuncios concretos.

El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ha calificado esta decisión como una «gran victoria» en defensa del derecho a la vivienda y ha afirmado que se trata de un «aval claro a la labor del ministerio» en su objetivo de proteger a los consumidores.

Respecto a las otras dos resoluciones, el Ministerio espera que la justicia se pronuncie en la misma línea, aunque reconoce que la plataforma «habrá recurrido» también estos casos.


Airbnb recuerda sus políticas de cumplimiento

En relación con sus procedimientos, Airbnb ha recordado que siempre informa a los anfitriones de la necesidad de cumplir las leyes locales antes de publicar sus anuncios. La plataforma exige a los usuarios que certifiquen que cuentan con los permisos necesarios y les recuerda de forma periódica que revisen la normativa aplicable.

Esto se deja claro en los Términos de Servicio y los usuarios que no cumplan con las políticas pueden ser eliminados de la plataforma”, ha indicado el portavoz.

Además, aclaran que no todos los alojamientos publicados en la web corresponden a viviendas turísticas. También se incluyen apartamentos turísticos, hoteles, hostales o arrendamientos de temporada, modalidades que no están sujetas a las mismas obligaciones que el alquiler vacacional de corta duración.


Colaboraciones recientes con gobiernos regionales

Para demostrar su voluntad de cooperación, Airbnb ha puesto en valor sus recientes acuerdos con gobiernos autonómicos como los de Islas Canarias, Región de Murcia y el Consejo Insular de Ibiza, con el objetivo de fomentar un modelo de turismo sostenible. Según la plataforma, estas iniciativas son ejemplos de que «Airbnb quiere trabajar junto a las autoridades locales para crear un sistema equilibrado y beneficioso para todas las partes implicadas».


¿Por qué considera Consumo que los anuncios son ilegales?

La Dirección General de Consumo ha detallado tres motivos principales por los que considera que los anuncios detectados en Airbnb incumplen la normativa vigente:

1. Falta de número de licencia

Una gran parte de los anuncios analizados no incluyen el número de licencia o registro obligatorio, exigido por varias normativas autonómicas. Esta omisión constituye, según el Ministerio, la infracción más frecuente en la publicidad alojada en la plataforma.

2. Falta de información sobre el arrendador

Otro incumplimiento recurrente es que no se identifica la naturaleza jurídica del arrendador. Es decir, no se especifica si quien alquila es un particular o un profesional, algo fundamental para determinar si el contratante está protegido por la legislación de consumo.

3. Licencias no válidas o falsificadas

Consumo también denuncia la presencia de anuncios con números de licencia falsos o inválidos, es decir, no expedidos por ninguna autoridad oficial. Esta práctica puede ser considerada engañosa o fraudulenta, ya que puede inducir a error a los usuarios que creen estar alquilando alojamientos legales.


Conclusión: choque entre Airbnb y Consumo por el control del alquiler turístico

El conflicto entre Airbnb y el Ministerio de Consumo refleja un choque de competencias y de interpretaciones legales sobre cómo debe regularse el alquiler turístico en España. Mientras Consumo insiste en la necesidad de más transparencia y legalidad en las plataformas, Airbnb reivindica su papel como intermediario tecnológico, sin responsabilidad directa sobre el contenido que publican los anfitriones.

La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid marca un punto de inflexión en la batalla judicial entre la administración y las plataformas digitales, y podría sentar precedente para el control del mercado de alquiler turístico en España.

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