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Valencia

TSJ ratifica condena a Sanidad por vulnerar derecho a la vida a médicos de la privada

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TSJ ratifica condena a Sanidad por vulnerar derecho a la vida a médicos de la privada
Archivo: president de la Generalitat, Ximo Puig (d) y la consellera de Sanidad, Ana Barceló (i), durante la reunión de la Comisión Interdepartamental de la Generalitat de la evolución de la covid-19 . EFE/Biel Aliño

Alicante, 13 sep (OFFICIAL PRESS/EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) ha desestimado el recurso interpuesto por la Conselleria de Sanidad contra el fallo que le condenó en enero por vulnerar el derecho fundamental a la igualdad, a la salud y a la vida de los médicos de ejercicio privado, que no fueron vacunados contra la COVID-19 de igual forma y en las mismas condiciones que sus compañeros de la sanidad pública.

El TSJ ratifica «íntegramente» la condena del juzgado lo Contencioso-Administrativo y rechaza el recurso de la Conselleria, destacando que «hubo un retraso, cuanto menos negligente, en la atención a los sanitarios de centros privados, retrasándoles la vacunación a pesar de la exposición a los mismos riesgos», ha explicado en una rueda de prensa el presidente del Colegio de Médicos de Alicante, Hermann Schwarz.

Schwarz ha mostrado este martes su satisfacción «por cuanto la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ vuelve a dar la razón al Colegio al estimar que ha existido una vulneración y una discriminación clara en la vacunación de los médicos de ejercicio privado rechazando todos los argumentos de Sanidad».

Así, el Colegio iniciará, una vez sea firme, «un procedimiento de responsabilidad patrimonial por daños morales, personales y materiales para que la Conselleria indemnice a los médicos colegiados afectados, a través de demandas individuales, cuyo proceso judicial asumirá la institución colegial» y al que podrán acogerse cerca de 400 médicos de la provincia.

La desestimación del recurso expone que la escasez de vacunas «no es justificable» y los magistrados de la Sala inciden en que «en modo alguno estaba justificado», teniendo en cuenta que existían normas y estrategias establecidas por las propias autoridades sanitarias para la atención de los sanitarios «‘de primera línea’ por igual y sin diferencias de ninguna clase».

Añade, asimismo, que «los riesgos para la vida y la salud eran igual tanto para unos como para otros, no entendiéndose de ninguna forma posible que a unos se les proporcionase la vacuna antes y a otros más tarde», por lo que «cabe aceptar la vulneración de los derechos fundamentales esgrimidos».

La sentencia también destaca que los médicos de ejercicio privado no empezaron a ser vacunados hasta 15 al 21 de febrero de 2021, con casi dos meses de retraso frente a los médicos del sistema público y a pesar del auto de medidas cautelarísimas del 21 de enero de 2021 que dictó el juzgado a petición del Colegio.

Del mismo modo, rechaza que la insuficiencia de vacunas argumentado por la Conselleria pueda «servir de coartada para desatender a los sanitarios privados sometidos a los mismos riesgos que los sanitarios públicos».

Para la Sala, «no tiene ninguna justificación ni admite paliativos ni excusas la prioridad que se estableció en este caso en el tratamiento inmunizatorio en favor de los sanitarios públicos con perjuicio y detrimento de los privados» y considera que «está más que justificada la invocación de la vulneración del derecho a la salud, e incluso la vida, por cuanto la exposición de los sanitarios a la infección de una enfermedad tan contagiosa y peligrosa para su integridad física».

 

 

 

 

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Sucesos

Indemnizan con 225.000 € a la familia de una paciente fallecida tras 36 horas en Urgencias del Hospital General de València

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indemnización hospital general pancreatitis

La Conselleria de Sanidad y el Consorcio Hospital General Universitario de València indemnizarán con 225.000 euros a la familia de una paciente de 69 años fallecida por pancreatitis aguda después de pasar 36 horas en Urgencias sin recibir atención médica adecuada.

El acuerdo se ha alcanzado tras la reclamación de la asociación El Defensor del Paciente, cuyos abogados Ica Aznar y Juan Carlos Montealegre presentaron la reclamación patrimonial contra la sanidad pública por negligencia médica.

Cronología de los hechos

Los hechos ocurrieron el 7 de mayo de 2025, cuando la paciente acudió a Urgencias del Hospital General de València por dolor abdominal intenso, vómitos y sensación de hinchazón. Tras una primera exploración y ecografía abdominal, se diagnosticó pancreatitis aguda biliar y se solicitó su ingreso en hospitalización.

Sin embargo, no había camas disponibles, por lo que la paciente permaneció en un box de Urgencias durante 36 horas, esperando atención médica. Durante ese tiempo, no se registraron constantes vitales ni se realizaron controles ni analíticas. Finalmente, la mujer falleció sin recibir tratamiento, según señalan los informes.

Pancreatitis aguda: un riesgo grave

La pancreatitis puede presentarse de forma leve, con evolución favorable, o grave, con inflamación extensa, necrosis pancreática y fallo orgánico múltiple, cuya mortalidad puede superar el 30%.

Los expertos subrayan que en los casos graves se requiere vigilancia intensiva y tratamiento inmediato. La ausencia de monitoreo y atención en Urgencias del Hospital General de València contribuyó directamente a la muerte de la paciente, según la asociación.

Declaraciones de la asociación

La asociación El Defensor del Paciente critica la inacción del personal sanitario, calificándola de «evitable» y de un incumplimiento del mínimo de atención esperado en cualquier hospital. La paciente quedó «privada de la posibilidad de un tratamiento que podría haber salvado su vida», añaden.

Indemnización y acuerdo

El seguro de la Conselleria de Sanidad y el Consorcio Hospital General Universitario cubrirán 225.000 euros en concepto de indemnización por negligencia médica, poniendo fin al procedimiento administrativo iniciado por los familiares de la fallecida.

 

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