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ESTUDIO| Estas son las claves para evitar el fracaso escolar

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epidemia salud mental infantil

MADRID/VALÈNCIA, 1 Abr.- Diferenciar entre trastorno del espectro autista y trastorno específico del lenguaje es clave para evitar el fracaso escolar, es fundamental un diagnóstico preciso por parte de un profesional y el trabajo diario con el niño, la familia y su entorno, explica la doctora Carolina Colomer, directora clínica del Servicio de Neurorrehabilitación Pediátrica del Hospital Vithas Nisa Virgen del Consuelo de València.

La confusión entre los diagnósticos de ambas patologías se genera porque en los dos casos el niño se puede relacionar con el entorno a través del lenguaje. En los bebés, balbucear, llorar o emitir sonidos ya implica una forma de llamar la atención e intentar transmitir algún deseo o sentimiento. Esta primera etapa de desarrollo del lenguaje es fundamental y constituye una base para un correcto progreso del lenguaje en el futuro, pero en ocasiones no lo garantiza.

La doctora Colomer explica que «existen dos trastornos del neurodesarrollo que resultan muy complicados de distinguir durante la infancia con respecto a cómo se desarrolla la comunicación. Estamos hablando del trastorno del espectro autista (TEA) y el trastorno específico del lenguaje (TEL). Aunque la comunicación es un factor fundamental a considerar para averiguar ante qué trastorno nos encontramos, también habría que valorar otras muchas habilidades cognitivas».

El trastorno específico del lenguaje (TEL) se manifiesta en un retraso en su adquisición en niños que no tienen discapacidad auditiva ni sufren ningún otro problema en su desarrollo.

Por su parte, el trastorno del espectro autista (TEA) es un grupo de afecciones caracterizadas por la alteración del comportamiento social, la comunicación y el lenguaje con diferentes grados de afectación, así como un repertorio de intereses y actividades restringidos, estereotipados y repetitivos.

Según la Dra. Colomer, «la confusión entre los diagnósticos de ambas patologías se genera porque en los dos casos el niño no se puede relacionar con el entorno a través del lenguaje, ya sea porque se encuentra alterado, sea escaso o por su ausencia total. Además, puede presentar problemas para comprender lo que otras personas le dicen. Como consecuencia, el niño suele aislarse y evadirse, evitando así relacionarse con el medio social».

Fuente: Europa Press

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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