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El Supremo concluye: Cogerse una excedencia para cuidar a tus hijos computa como servicio activo

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coste de criar a un hijo

El Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local de Valencia (COSITAL Valencia), ha recibido la respuesta del Tribunal Supremo al recurso de casación que, la Abogacía del Estado había planteado contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana que reconocía los méritos a una Habilitada Nacional en excedencia por el cuidado de los hijos, por considerar que ese periodo se debe computar como situación de “servicio activo”. Una resolución pionera, que ahora ha sido ratificada por el más alto tribunal -el Tribunal Supremo- tras desestimar este el recurso de casación interpuesto por la Abogacía del Estado.

Desde COSITAL Valencia celebran esta sentencia, pues hasta el momento, los Habilitados Nacionales -así como el resto de empleados de la función pública- habían vivido un agravio comparativo respecto de otros colectivos. “La postura de la Justicia -con la resolución del TSJCV y ahora la del TS- pone de manifiesto la igualdad para hombres y mujeres, ya que las estadísticas reconocen que son éstas, por mayoría, las que más solicitan este tipo de excedencias y que por lo tanto más perjuicio sufrían a causa de esta situación”, afirman desde COSITAL Valencia.

Una valenciana ha sido la primera mujer en conseguirlo. Ahora se crea jurisprudencia

En la sentencia emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, el pasado 17 de diciembre, se recoge la observancia por parte de juzgador de que “debe valorarse, el tiempo de permanencia en la situación de excedencia voluntaria por cuidado de familiares, atendiendo a una variada denominación de la carrera profesional (promoción profesional, carrera, provisión de puestos de trabajo)”. Y, añade que, se trata por tanto, “de que la carrera profesional de las personas que hayan optado por hacer uso de uno de los permisos de protección a la maternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral a que se refiere el art. 56 de la L.O. de Igualdad que incluye el régimen de excedencia, no se vea afectada negativamente por el ejercicio de tal derecho”, reconociendo por tanto el cómputo de los méritos en este periodo como “servicio activo”.

La resolución “viene a dar la razón una vez más a la idea de COSITAL Valencia de que la normativa hay que interpretarla a la luz de las circunstancias sociales”, afirma la presidenta de Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la A.L., Vanesa Felip. “Somos habilitadas nacionales pero también somos mujeres y la realidad es que seguimos siendo mayormente nosotras las que pedimos la excedencia para el cuidado de hijos. A esto hay que añadir el perjuicio que suponía para nuestro colectivo que no se nos aplicara la Ley de igualdad como al resto. Esto, sin duda no tenía ningún sentido”, afirma Felip.

Ahora, la sentencia del Alto Tribunal crea jurisprudencia al fijar como doctrina que “las previsiones del art. 57 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, tienen efecto directo, sin mediación de las correspondientes bases de la convocatoria, e imponiendo una valoración de la situación administrativa de excedencia voluntaria por cuidado de familiares idéntica a la que se otorga a la situación de servicio activo”.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) dio la razón a COSITAL Valencia al entender como asimilada a la situación de activo el tiempo en excedencia por el cuidado de los hijos de la habilitada nacional, y que se habían de desplegar los efectos oportunos en la valoración de los méritos generales, siendo esta interpretación la que debió efectuar la Administración al tiempo de dictar la resolución recurrida por COSITAL, al ser la que resultaba acorde a la LO 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

El hecho de que no se aplicara a este colectivo la Ley de Igualdad de Hombres y Mujeres resulta “llamativo” y por eso la sentencia se considera un logro muy importante para el colectivo, para COSITAL y para la sociedad en general.

Se trata de la primera sentencia que se dicta en nuestro país en este sentido, con tal profundidad y precisión en cuanto a la fundamentación jurídica que se desarrolla en la misma. Ahora ratificada por la resolución emitida por el Tribunal Supremo.

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Nueva DANA provoca nieve, lluvia y frío en seis comunidades autónomas

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Carreteras cortadas lluvia

Una nueva DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos) llega a la Península y Baleares este lunes, provocando un aumento del tiempo inestable con lluvias, nieve en zonas de montaña y un descenso de las temperaturas, especialmente en el noroeste del país.

Seis comunidades en alerta

Según la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), seis comunidades autónomas están en riesgo por fenómenos adversos. Las alertas amarillas incluyen:

  • Asturias

  • Castilla y León (Ávila, León, Palencia, Salamanca, Segovia y Zamora)

  • Madrid

Se esperan nevadas acumulables de 5 a 10 cm en 24 horas, junto a precipitaciones generalizadas en gran parte del territorio.


Distribución de las lluvias y nieve

El tiempo será más inestable en el cuadrante noroeste peninsular, con lluvias persistentes y localmente fuertes en Galicia y el Cantábrico. En cambio, en los litorales del sudeste, las precipitaciones serán más ocasionales debido a la influencia de una vaguada atlántica y el paso de un frente que se aislará formando la DANA.

También se prevén chubascos localmente fuertes con tormenta en el noreste de Cataluña, mientras que Canarias experimentará nubes y lluvias débiles en el norte de las islas montañosas y cielos despejados en el resto del archipiélago.


Cotas de nieve y temperaturas

  • La nieve afectará a montañas de la mitad norte, con cota entre 1.300 y 1.500 metros, descendiendo hasta 1.000-1.200 metros en la parte occidental.

  • Los mayores espesores se registrarán en la Cantábrica occidental, sin descartar otras zonas montañosas del noroeste.

Las temperaturas también mostrarán variaciones significativas:

  • Descenso notable en el noroeste, especialmente en Galicia.

  • Más frío en Ávila, León y Segovia (mínimas de 10 ºC).

  • Más calor en Murcia, Santa Cruz de Tenerife y Sevilla (máximas de 19 ºC).


Vientos intensos y fenómenos costeros

Se prevén vientos fuertes en litorales y alisios con intervalos intensos en Canarias, pudiendo registrarse rachas muy fuertes en zonas expuestas. Esto podría afectar la navegación y actividades marítimas, así como la seguridad en zonas costeras.


Recomendaciones

La Aemet recomienda:

  • Extremar precaución al conducir en carreteras con nieve o lluvia.

  • Evitar desplazamientos innecesarios en zonas de alerta amarilla.

  • Proteger bienes y vigilar posibles incidencias por viento en litorales y zonas expuestas.

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