Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

El Supremo concluye: Cogerse una excedencia para cuidar a tus hijos computa como servicio activo

Publicado

en

coste de criar a un hijo

El Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local de Valencia (COSITAL Valencia), ha recibido la respuesta del Tribunal Supremo al recurso de casación que, la Abogacía del Estado había planteado contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana que reconocía los méritos a una Habilitada Nacional en excedencia por el cuidado de los hijos, por considerar que ese periodo se debe computar como situación de “servicio activo”. Una resolución pionera, que ahora ha sido ratificada por el más alto tribunal -el Tribunal Supremo- tras desestimar este el recurso de casación interpuesto por la Abogacía del Estado.

Desde COSITAL Valencia celebran esta sentencia, pues hasta el momento, los Habilitados Nacionales -así como el resto de empleados de la función pública- habían vivido un agravio comparativo respecto de otros colectivos. “La postura de la Justicia -con la resolución del TSJCV y ahora la del TS- pone de manifiesto la igualdad para hombres y mujeres, ya que las estadísticas reconocen que son éstas, por mayoría, las que más solicitan este tipo de excedencias y que por lo tanto más perjuicio sufrían a causa de esta situación”, afirman desde COSITAL Valencia.

Una valenciana ha sido la primera mujer en conseguirlo. Ahora se crea jurisprudencia

En la sentencia emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, el pasado 17 de diciembre, se recoge la observancia por parte de juzgador de que “debe valorarse, el tiempo de permanencia en la situación de excedencia voluntaria por cuidado de familiares, atendiendo a una variada denominación de la carrera profesional (promoción profesional, carrera, provisión de puestos de trabajo)”. Y, añade que, se trata por tanto, “de que la carrera profesional de las personas que hayan optado por hacer uso de uno de los permisos de protección a la maternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral a que se refiere el art. 56 de la L.O. de Igualdad que incluye el régimen de excedencia, no se vea afectada negativamente por el ejercicio de tal derecho”, reconociendo por tanto el cómputo de los méritos en este periodo como “servicio activo”.

La resolución “viene a dar la razón una vez más a la idea de COSITAL Valencia de que la normativa hay que interpretarla a la luz de las circunstancias sociales”, afirma la presidenta de Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la A.L., Vanesa Felip. “Somos habilitadas nacionales pero también somos mujeres y la realidad es que seguimos siendo mayormente nosotras las que pedimos la excedencia para el cuidado de hijos. A esto hay que añadir el perjuicio que suponía para nuestro colectivo que no se nos aplicara la Ley de igualdad como al resto. Esto, sin duda no tenía ningún sentido”, afirma Felip.

Ahora, la sentencia del Alto Tribunal crea jurisprudencia al fijar como doctrina que “las previsiones del art. 57 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, tienen efecto directo, sin mediación de las correspondientes bases de la convocatoria, e imponiendo una valoración de la situación administrativa de excedencia voluntaria por cuidado de familiares idéntica a la que se otorga a la situación de servicio activo”.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) dio la razón a COSITAL Valencia al entender como asimilada a la situación de activo el tiempo en excedencia por el cuidado de los hijos de la habilitada nacional, y que se habían de desplegar los efectos oportunos en la valoración de los méritos generales, siendo esta interpretación la que debió efectuar la Administración al tiempo de dictar la resolución recurrida por COSITAL, al ser la que resultaba acorde a la LO 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

El hecho de que no se aplicara a este colectivo la Ley de Igualdad de Hombres y Mujeres resulta “llamativo” y por eso la sentencia se considera un logro muy importante para el colectivo, para COSITAL y para la sociedad en general.

Se trata de la primera sentencia que se dicta en nuestro país en este sentido, con tal profundidad y precisión en cuanto a la fundamentación jurídica que se desarrolla en la misma. Ahora ratificada por la resolución emitida por el Tribunal Supremo.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Fernando Simón pide anticiparse a lo peor: “Habrá catástrofes más graves que la DANA”

Publicado

en

Fernando Simón dana
Fernando Simón- EFE/JuanJo Martín

Hacia una nueva etapa en la salud pública española

La ministra de Sanidad, Mónica García, ha anunciado este jueves la reactivación del Proyecto de Ley para la creación de la Agencia Estatal de Salud Pública (AESAP). Una iniciativa que no solo busca reforzar la vigilancia y respuesta ante emergencias sanitarias, sino que también podría marcar el regreso de Fernando Simón a un cargo de máxima responsabilidad en la gestión sanitaria nacional.

Simón alerta sobre nuevas amenazas: “Habrá fenómenos más graves que la DANA”

Durante su intervención en la XI Jornada sobre Vigilancia en Salud Pública organizada por la Sociedad Española de Epidemiología (SEE), el actual director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias ha advertido que fenómenos climáticos extremos como las DANA “serán cada vez más frecuentes y destructivos”, y ha instado a las instituciones a “prepararse para lo peor”.

Simón también se ha referido al Tratado de Pandemias de la OMS, al que considera “una herramienta útil, pero no milagrosa”, y ha subrayado que “los estados deben trabajar con previsión para no repetir errores del pasado”.

Posible nuevo liderazgo en la Agencia Estatal de Salud Pública

Aunque aún no hay confirmación oficial, diversas fuentes apuntan a que Fernando Simón podría ser el principal candidato para dirigir la futura Agencia Estatal de Salud Pública, una entidad que busca dar un giro técnico e independiente a la gestión de las crisis sanitarias.

Desde el Ministerio se insiste en que el objetivo es reforzar la estructura pública, mejorar la coordinación con las comunidades autónomas y recuperar la confianza de la ciudadanía tras los altibajos de la pandemia.

Funciones clave de la AESAP

Entre los principales objetivos de la nueva agencia destacan:

  • Coordinación nacional: Unificar las políticas de salud pública y mejorar la respuesta ante pandemias y emergencias sanitarias.

  • Prevención y anticipación: Reforzar la vigilancia epidemiológica con base en datos científicos.

  • Respuesta eficaz: Evitar errores del pasado y actuar con rapidez ante futuras amenazas.

  • Autonomía técnica: Minimizar la influencia política en la toma de decisiones sanitarias.

  • Confianza pública: Reforzar la credibilidad institucional tras la crisis de la covid-19.

Críticas y recelos ante el nuevo organismo

Sectores críticos, tanto políticos como mediáticos, alertan de posibles riesgos:

  • Se teme que la AESAP pueda convertirse en un órgano centralizado que reste competencias a las comunidades autónomas.

  • Se cuestiona la posibilidad de nombramientos por afinidad ideológica más que por criterios técnicos.

  • Persiste la duda sobre si el nuevo organismo logrará marcar una diferencia real o será percibido como una estructura burocrática sin impacto.

 

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo