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El Supremo concluye: Cogerse una excedencia para cuidar a tus hijos computa como servicio activo

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coste de criar a un hijo

El Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local de Valencia (COSITAL Valencia), ha recibido la respuesta del Tribunal Supremo al recurso de casación que, la Abogacía del Estado había planteado contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana que reconocía los méritos a una Habilitada Nacional en excedencia por el cuidado de los hijos, por considerar que ese periodo se debe computar como situación de “servicio activo”. Una resolución pionera, que ahora ha sido ratificada por el más alto tribunal -el Tribunal Supremo- tras desestimar este el recurso de casación interpuesto por la Abogacía del Estado.

Desde COSITAL Valencia celebran esta sentencia, pues hasta el momento, los Habilitados Nacionales -así como el resto de empleados de la función pública- habían vivido un agravio comparativo respecto de otros colectivos. “La postura de la Justicia -con la resolución del TSJCV y ahora la del TS- pone de manifiesto la igualdad para hombres y mujeres, ya que las estadísticas reconocen que son éstas, por mayoría, las que más solicitan este tipo de excedencias y que por lo tanto más perjuicio sufrían a causa de esta situación”, afirman desde COSITAL Valencia.

Una valenciana ha sido la primera mujer en conseguirlo. Ahora se crea jurisprudencia

En la sentencia emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, el pasado 17 de diciembre, se recoge la observancia por parte de juzgador de que “debe valorarse, el tiempo de permanencia en la situación de excedencia voluntaria por cuidado de familiares, atendiendo a una variada denominación de la carrera profesional (promoción profesional, carrera, provisión de puestos de trabajo)”. Y, añade que, se trata por tanto, “de que la carrera profesional de las personas que hayan optado por hacer uso de uno de los permisos de protección a la maternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral a que se refiere el art. 56 de la L.O. de Igualdad que incluye el régimen de excedencia, no se vea afectada negativamente por el ejercicio de tal derecho”, reconociendo por tanto el cómputo de los méritos en este periodo como “servicio activo”.

La resolución “viene a dar la razón una vez más a la idea de COSITAL Valencia de que la normativa hay que interpretarla a la luz de las circunstancias sociales”, afirma la presidenta de Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la A.L., Vanesa Felip. “Somos habilitadas nacionales pero también somos mujeres y la realidad es que seguimos siendo mayormente nosotras las que pedimos la excedencia para el cuidado de hijos. A esto hay que añadir el perjuicio que suponía para nuestro colectivo que no se nos aplicara la Ley de igualdad como al resto. Esto, sin duda no tenía ningún sentido”, afirma Felip.

Ahora, la sentencia del Alto Tribunal crea jurisprudencia al fijar como doctrina que “las previsiones del art. 57 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, tienen efecto directo, sin mediación de las correspondientes bases de la convocatoria, e imponiendo una valoración de la situación administrativa de excedencia voluntaria por cuidado de familiares idéntica a la que se otorga a la situación de servicio activo”.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) dio la razón a COSITAL Valencia al entender como asimilada a la situación de activo el tiempo en excedencia por el cuidado de los hijos de la habilitada nacional, y que se habían de desplegar los efectos oportunos en la valoración de los méritos generales, siendo esta interpretación la que debió efectuar la Administración al tiempo de dictar la resolución recurrida por COSITAL, al ser la que resultaba acorde a la LO 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

El hecho de que no se aplicara a este colectivo la Ley de Igualdad de Hombres y Mujeres resulta “llamativo” y por eso la sentencia se considera un logro muy importante para el colectivo, para COSITAL y para la sociedad en general.

Se trata de la primera sentencia que se dicta en nuestro país en este sentido, con tal profundidad y precisión en cuanto a la fundamentación jurídica que se desarrolla en la misma. Ahora ratificada por la resolución emitida por el Tribunal Supremo.

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Así es ‘Stratus’: la nueva variante del COVID-19 más contagiosa

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La variante XFG, apodada ‘Stratus’, se propaga rápidamente en Europa y preocupa a los expertos por su alta transmisibilidad y síntomas particulares

Publicado: 7 de julio de 2025 | Redacción: Elena Basanta

Una nueva variante del coronavirus SARS-CoV-2, identificada con el nombre técnico XFG y conocida popularmente como ‘Stratus’, ha comenzado a propagarse con rapidez en varios países, especialmente en Europa. Según los últimos datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), esta cepa ya representa un 22% de los casos de COVID-19 a nivel mundial.

Aunque no se ha asociado por el momento con formas más graves de la enfermedad, su rápido ritmo de transmisión y ciertas mutaciones preocupantes han llevado a su inclusión en la lista de variantes bajo vigilancia.


¿Qué es la variante ‘Stratus’ del COVID-19?

‘Stratus’ es una variante recombinante, lo que significa que surge de la combinación de dos linajes diferentes del virus dentro de un mismo huésped. Pertenece a la familia de Ómicron, y ha sido bautizada en algunos círculos científicos como una “variante Frankenstein” debido a su naturaleza híbrida.

Según el doctor Kaywaan Khan, fundador de la Clínica Hannah London, esta variante presenta mutaciones en la proteína de pico (spike) que podrían reducir la eficacia de los anticuerpos generados por infecciones anteriores o por la vacunación. Este hecho explicaría en parte su capacidad para evadir el sistema inmunitario y expandirse con mayor velocidad.


¿Cuáles son los síntomas más comunes de la variante ‘Stratus’?

Entre los síntomas más característicos de la variante ‘Stratus’, los médicos están detectando:

  • Ronquera

  • Voz áspera o rasposa

  • Tos leve o seca

  • Cansancio

  • Dolor de garganta

Aunque estos síntomas no parecen más graves que los de otras variantes anteriores, el doctor Khan recomienda a las personas con test positivo permanecer en casa y aislarse para evitar contagiar a otros, especialmente a personas vulnerables.


Expansión rápida en Europa y Asia

En el Reino Unido, los casos vinculados a esta variante han pasado del 10% al 40% en menos de un mes, según datos oficiales. A nivel global, ‘Stratus’ representa ya el 22% de los nuevos casos, una cifra que crece semana a semana.

La OMS, aunque ha calificado el riesgo general como “bajo”, advierte que la variante tiene una “ventaja de crecimiento significativa” respecto a otras cepas en circulación, lo que obliga a mantener una vigilancia activa.


¿Qué dice la OMS sobre el origen del COVID-19?

En paralelo al seguimiento de nuevas variantes, el director general de la OMS, Tedros Adhanom Ghebreyesus, ha vuelto a declarar que todas las hipótesis sobre el origen del COVID-19 siguen abiertas, incluyendo la posibilidad de una fuga de laboratorio.

“Todas las hipótesis se mantienen sobre la mesa, incluida una transmisión zoonótica o una fuga de laboratorio”, afirmó Tedros, lamentando que China y otros países no han proporcionado toda la información necesaria para completar las investigaciones.


¿Qué medidas recomiendan las autoridades sanitarias?

Las autoridades de salud pública insisten en las siguientes recomendaciones ante el aumento de casos de la variante ‘Stratus’:

  • Usar mascarilla en lugares cerrados o con poca ventilación

  • Evitar aglomeraciones

  • Mantener una adecuada ventilación en interiores

  • Reforzar la higiene de manos

  • Estar al día con las vacunas de refuerzo recomendadas


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