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El Supremo concluye: Cogerse una excedencia para cuidar a tus hijos computa como servicio activo

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coste de criar a un hijo

El Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local de Valencia (COSITAL Valencia), ha recibido la respuesta del Tribunal Supremo al recurso de casación que, la Abogacía del Estado había planteado contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana que reconocía los méritos a una Habilitada Nacional en excedencia por el cuidado de los hijos, por considerar que ese periodo se debe computar como situación de “servicio activo”. Una resolución pionera, que ahora ha sido ratificada por el más alto tribunal -el Tribunal Supremo- tras desestimar este el recurso de casación interpuesto por la Abogacía del Estado.

Desde COSITAL Valencia celebran esta sentencia, pues hasta el momento, los Habilitados Nacionales -así como el resto de empleados de la función pública- habían vivido un agravio comparativo respecto de otros colectivos. “La postura de la Justicia -con la resolución del TSJCV y ahora la del TS- pone de manifiesto la igualdad para hombres y mujeres, ya que las estadísticas reconocen que son éstas, por mayoría, las que más solicitan este tipo de excedencias y que por lo tanto más perjuicio sufrían a causa de esta situación”, afirman desde COSITAL Valencia.

Una valenciana ha sido la primera mujer en conseguirlo. Ahora se crea jurisprudencia

En la sentencia emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, el pasado 17 de diciembre, se recoge la observancia por parte de juzgador de que “debe valorarse, el tiempo de permanencia en la situación de excedencia voluntaria por cuidado de familiares, atendiendo a una variada denominación de la carrera profesional (promoción profesional, carrera, provisión de puestos de trabajo)”. Y, añade que, se trata por tanto, “de que la carrera profesional de las personas que hayan optado por hacer uso de uno de los permisos de protección a la maternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral a que se refiere el art. 56 de la L.O. de Igualdad que incluye el régimen de excedencia, no se vea afectada negativamente por el ejercicio de tal derecho”, reconociendo por tanto el cómputo de los méritos en este periodo como “servicio activo”.

La resolución “viene a dar la razón una vez más a la idea de COSITAL Valencia de que la normativa hay que interpretarla a la luz de las circunstancias sociales”, afirma la presidenta de Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la A.L., Vanesa Felip. “Somos habilitadas nacionales pero también somos mujeres y la realidad es que seguimos siendo mayormente nosotras las que pedimos la excedencia para el cuidado de hijos. A esto hay que añadir el perjuicio que suponía para nuestro colectivo que no se nos aplicara la Ley de igualdad como al resto. Esto, sin duda no tenía ningún sentido”, afirma Felip.

Ahora, la sentencia del Alto Tribunal crea jurisprudencia al fijar como doctrina que “las previsiones del art. 57 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, tienen efecto directo, sin mediación de las correspondientes bases de la convocatoria, e imponiendo una valoración de la situación administrativa de excedencia voluntaria por cuidado de familiares idéntica a la que se otorga a la situación de servicio activo”.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) dio la razón a COSITAL Valencia al entender como asimilada a la situación de activo el tiempo en excedencia por el cuidado de los hijos de la habilitada nacional, y que se habían de desplegar los efectos oportunos en la valoración de los méritos generales, siendo esta interpretación la que debió efectuar la Administración al tiempo de dictar la resolución recurrida por COSITAL, al ser la que resultaba acorde a la LO 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

El hecho de que no se aplicara a este colectivo la Ley de Igualdad de Hombres y Mujeres resulta “llamativo” y por eso la sentencia se considera un logro muy importante para el colectivo, para COSITAL y para la sociedad en general.

Se trata de la primera sentencia que se dicta en nuestro país en este sentido, con tal profundidad y precisión en cuanto a la fundamentación jurídica que se desarrolla en la misma. Ahora ratificada por la resolución emitida por el Tribunal Supremo.

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Fallece repentinamente Paige Greco, campeona paralímpica de ciclismo en Tokio, a los 28 años

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La comunidad deportiva internacional llora la muerte de Paige Greco, una de las figuras más destacadas del ciclismo paralímpico australiano. La atleta, oro en los Juegos Paralímpicos de Tokio 2020, falleció este domingo a los 28 años tras sufrir un “episodio médico repentino” en su domicilio de Adelaida (Australia del Sur), según confirmó su familia a través de la Federación Australiana de Ciclismo (AusCycling).

Un fallecimiento inesperado que conmociona al deporte paralímpico

La noticia ha causado un profundo impacto en Australia y en el deporte mundial. En un comunicado, los padres de Greco expresaron su dolor y recordaron a la ciclista como una joven “llena de amabilidad, determinación y calidez”, agradeciendo además las innumerables muestras de apoyo recibidas desde que se conoció la tragedia.

Greco, que había desarrollado toda su carrera entre el atletismo adaptado y el ciclismo paralímpico, era considerada uno de los grandes talentos de la disciplina.

Una trayectoria marcada por el éxito y los récords

Paige Greco escribió su nombre en la historia del deporte paralímpico durante los Juegos de Tokio 2020, donde logró el primer oro para Australia tras imponerse en la prueba individual de 3.000 metros (categoría C1-C3) con récord mundial. A este triunfo se sumaron dos medallas de bronce en prueba de ruta y contrarreloj, consolidando su estatus como una de las deportistas más prometedoras del país.

Su brillante rendimiento le valió, en 2022, la Medalla de la Orden de Australia, uno de los reconocimientos civiles más importantes del país.

Durante los últimos años, Greco continuó compitiendo al máximo nivel. En 2025 había sumado dos bronces en la Copa del Mundo y en los Mundiales de carretera celebrados en Bélgica.

Reacciones: “Una atleta extraordinaria y una persona excepcional”

Las principales instituciones deportivas del país han lamentado su fallecimiento.

  • Cameron Murray, director ejecutivo de Paralympics Australia, la definió como “una atleta extraordinaria y, sobre todo, una persona excepcional”.

  • Marne Fechner, responsable de AusCycling, aseguró que “su espíritu positivo, su valentía y su mirada siempre optimista dejaron una huella imposible de borrar”.

Ambas organizaciones han confirmado que ofrecerán apoyo a la familia y que rendirán homenaje al legado deportivo y humano de Greco.

De los inicios en el para-atletismo al éxito mundial en ciclismo

Antes de convertirse en una estrella del ciclismo paralímpico, Paige Greco competía en para-atletismo, intentando incluso clasificarse para los Juegos de Río 2016. Tras no lograr la plaza, decidió centrarse en el ciclismo adaptado, trasladándose a Adelaida para entrenar en el Instituto del Deporte de Australia del Sur mientras cursaba un grado en Ciencias del Deporte.

Desde su debut internacional en 2019, acumuló títulos mundiales, récords y una progresión imparable que la situó entre las referentes globales de su categoría.

Un legado imborrable en el deporte australiano

La muerte de Paige Greco deja un vacío enorme en el ciclismo paralímpico y en el deporte australiano. Su trayectoria, su espíritu de superación y su capacidad para inspirar a nuevas generaciones garantizan que su legado continuará vivo durante muchos años.

 

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