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El BOE publica todo lo que se podrá hacer en la Fase 3

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En el mismo se recoge que podrán abrirse los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales con independencia de su superficie útil de exposición y venta, siempre y cuando se limite su aforo al 50%. Además, se indica que se establecerá un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.

La misma Orden especifica que en esta fase se permite también la apertura al público de las zonas comunes y recreativas de los centros y parques comerciales aunque se limita su aforo al 40%. Además, el aforo de los locales y establecimientos comerciales ubicados en ellos se fija en un 50%.

En el caso de los mercadillos se garantizará la limitación a la mitad de los puestos habituales o autorizados. Los ayuntamientos podrán en este caso aumentar la superficie habilitada o establecer nuevos días para el ejercicio de esta actividad.

En el ámbito de la hostelería las terrazas al aire libre pueden abrir al 75% de su capacidad y se permite el consumo en barra siempre que se garantice la distancia de seguridad: «Se permite el consumo en barra siempre que se garantice el mantenimiento de la distancia de seguridad entre clientes o, en su caso, grupos de clientes, de dos metros. De este modo, se establece un régimen equivalente al permitido para el consumo en mesa, para el que se mantiene una distancia de dos metros entre mesas o agrupaciones de mesas. Asimismo, se permite que las terrazas al aire libre abran al setenta y cinco por ciento de su capacidad permitida».

En los hoteles y alojamientos turísticos se permite la apertura al público de las zonas comunes siempre que no superen el 50% de su aforo. Por lo que se refiere a las actividades turísticas se flexibilizan las condiciones para la práctica de actividades de turismo activo y de naturaleza con grupos de hasta 30 personas.

Actividades culturales

En el ámbito de la cultura, destaca la posibilidad de realizar actividades culturales en las bibliotecas y museos siempre que no se supere el 50% del aforo autorizado. Y, en materia de deportes se permiten los entrenamientos de carácter medio en ligas no profesionales federadas, así como la celebración de espectáculos y actividades deportivas.

La actividad de los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares de espectáculos podrán desarrollar su actividad siempre que cuenten con butacas pre-asignadas y no superen la mitad del aforo autorizado en cada sala.

Se podrán abrir los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios con un aforo máximo del 50%. Y, también se permite la reapertura de los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas y locales específicos de apuestas, siempre que no se supere el 50% del aforo permitido y se cumplan las medidas de higiene y prevención previstas en la Orden.

Otro de los capítulos de la Orden indica las condiciones para la realización de actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil. Cuando éstas se lleven a cabo al aire libre, se deberá limitar el número de participantes al 50% de la capacidad máxima habitual, con un máximo de 200 participantes, incluyendo los monitores. Y cuanto tengan lugar en espacios cerrados, se deberá limitar el número de participantes a un tercio de la capacidad máxima habitual con un máximo de 80 participantes.

Medidas de carácter social

En esta fase se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia y no quedará reservada ninguna franja horaria a ningún colectivo aunque se deberán extremar las medidas de seguridad e higiene con los grupos considerados vulnerables al COVID-19. No obstante, los grupos deberían ser de un máximo de 20 personas, excepto en el caso de personas convivientes.

Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo de 50 personas en espacios al aire libre o de 25 en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 50 personas, entre familiares y allegados.

Las ceremonias nupciales podrán realizarse ya sea en espacios al aire libre o cerrados, siempre que no se supere el 75% de su aforo, y en todo caso un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 75 en espacios cerrados.

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Terremoto de magnitud 3,1 en Granada: el seísmo se deja sentir en la capital y el área metropolitana

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Imagen del Instituto Geográfico Nacional que muestra el epicentro del terremoto.

Un terremoto de magnitud 3,1 mbLg se ha registrado este miércoles por la mañana en la provincia de Granada y se ha dejado sentir entre la población de la capital y varios municipios de su área metropolitana.

El Instituto Geográfico Nacional (IGN) ha situado el epicentro del seísmo en el término municipal de Churriana de la Vega, en el área metropolitana de Granada. El terremoto se ha producido a las 9:54 horas de este miércoles, 16 de septiembre.

El terremoto se siente en Granada y municipios del área metropolitana

El movimiento sísmico ha sido percibido por vecinos tanto de Granada capital como de diferentes localidades próximas al epicentro. La magnitud registrada ha sido de 3,1 mbLg, una intensidad que puede ser percibida por la población, especialmente en las zonas más próximas al punto donde se ha producido el seísmo.

El epicentro se ha localizado en Churriana de la Vega, uno de los municipios situados al sur de la capital granadina, dentro de una de las zonas con mayor concentración de población del área metropolitana.

Por el momento, el terremoto no ha dejado constancia de daños personales ni materiales de consideración.

¿Dónde ha sido el epicentro del terremoto?

El epicentro se ha situado en Churriana de la Vega (Granada), mientras que el movimiento se ha sentido en distintos puntos próximos, incluida la capital.

Los terremotos de pequeña magnitud son relativamente habituales en Andalucía, aunque algunos de ellos pueden ser percibidos por la población cuando se producen a poca profundidad o cerca de zonas habitadas.

Datos del terremoto de Granada

  • Magnitud: 3,1 mbLg
  • Hora: 9:54 horas
  • Día: miércoles 16 de septiembre de 2026
  • Epicentro: Churriana de la Vega (Granada)
  • Zona afectada: Granada capital y municipios del área metropolitana

Las autoridades y los organismos de seguimiento sísmico mantienen el registro de la actividad para determinar posibles réplicas o nuevos movimientos en la zona.

 

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