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Grezzi dice que los cambios en Reino de Valencia mejoran la circulación de autobuses, peatones y ciclistas

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VALÈNCIA, 23 Ago. (EUROPA PRESS) –

El concejal de Movilidad Sostenible en el Ayuntamiento de València, Giuseppe Grezzi, ha asegurado este viernes que los cambios programados en la circulación de vehículos en el entorno de la avenida Reino de Valencia y de la Gran Vía Marques del Turia tienen como objetivo mejorar el paso de autobuses municipales y tanto el tránsito como la seguridad de peatones y ciclistas por la zona.

«Esta nueva reordenación hace que haya un paso directo de ciclistas, de peatones y la mejora evidente del autobús», ha afirmado el edil, que ha señalado que esta actuación «se había estudiado hace tiempo» para lograr esos objetivos y ha indicado que se ha incluido «en toda la reordenación» hecha en los últimos días en el entorno del cruce con Gran Vía Germanías.

Grezzi, que ha asistido a la concentración ‘Sos Amazonas. Convocatoria Mundial Justicia Climática Ya’ celebrada en València, se ha pronunciado de este modo preguntado por la eliminación en el entorno de la Gran Vía Marqués del Turia del giro a la derecha en Reino de Valencia

«Es una cosa que ya se había estudiado hace tiempo. Ese giro estaba perjudicando mucho al transporte público porque había una acumulación de vehículos en ese carril que hacía que el autobús se quedara más atrás», ha afirmado el responsable municipal.

Asimismo, el titular de Movilidad Sostenible ha agregado que «además, hacía que los peatones y los ciclistas tuvieran que hacer en dos o tres fases ese paso con cierta peligrosidad a ese cruce» y ha apuntado que ese giro «ya se puede hacer dos islas de casas más atrás» para «acceder así tranquilamente a la Gran Vía».

Giuseppe Grezzi ha expuesto que, en consecuencia, «en toda la reordenación que se hizo este domingo por la noche en todo el cruce Gran Vía Germanías, se ha incluido esta nueva reordenación –en Reino de Valencia– que hace que haya un paso directo de ciclistas, de peatones y la mejora evidente del autobús».

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El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión de voto a la ‘ley de nietos’

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Elecciones Europeas Valencia voto correo

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por una amplia mayoría el recurso presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la suspensión cautelar del derecho al voto de los españoles nacionalizados mediante la conocida como ley de nietos que no acrediten ser descendientes de exiliados.

El Pleno ha decidido no admitir a trámite el recurso de amparo, al considerar que la cuestión todavía puede resolverse en el Tribunal Supremo, donde el procedimiento continúa abierto. La decisión mantiene, por el momento, la suspensión del voto para los afectados que residen en el extranjero.

¿Por qué el Constitucional rechaza el recurso?

El Defensor del Pueblo había solicitado que se anularan de forma urgente las resoluciones del Tribunal Supremo y que se permitiera votar en las próximas elecciones generales a los ciudadanos afectados.

Ángel Gabilondo argumentó que la suspensión podía vulnerar derechos fundamentales, entre ellos la igualdad, la participación en los asuntos públicos y la tutela judicial efectiva. También advirtió de que los plazos electorales hacían urgente una respuesta para evitar que los ciudadanos afectados se quedaran sin poder ejercer su derecho al sufragio.

Sin embargo, el Constitucional considera que el recurso es prematuro porque el procedimiento sigue abierto en el Supremo. Los afectados todavía pueden personarse en esa causa y presentar alegaciones para solicitar que se revise la medida cautelar.

¿A quién afecta la suspensión del voto de la ley de nietos?

La medida afecta a ciudadanos españoles residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como ley de nietos, y cuyo acceso a la nacionalidad se habría apoyado en una instrucción administrativa que presumía la condición de exiliados de determinados emigrantes.

El Tribunal Supremo suspendió cautelarmente el ejercicio del voto de este grupo al considerar que debía garantizarse la legalidad del censo electoral. La controversia gira en torno a la acreditación de los requisitos exigidos para acogerse a la normativa.

La decisión del Constitucional no resuelve definitivamente el fondo del conflicto. El Tribunal Supremo deberá continuar con el procedimiento y podrá revisar la medida cautelar después de estudiar las alegaciones de los afectados.

Las elecciones generales del 29 de noviembre

La resolución llega a poco más de un mes de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre. El Defensor del Pueblo había alertado de que la proximidad de la cita electoral podía dificultar que los ciudadanos afectados recuperasen a tiempo su derecho al voto.

Por ahora, el rechazo del recurso deja vigente la suspensión cautelar para los españoles residentes en el extranjero incluidos en la medida. La situación definitiva dependerá de los próximos pasos judiciales y de la resolución que adopte el Tribunal Supremo.

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