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Guía rápida de las elecciones del 28 de mayo: qué se vota y a quién

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Guía elecciones 28 de mayo
Los candidatos a la Presidencia de la Generalitat en las elecciones del domingo, Ximo Puig del PSPV-PSOE (3º i), Carlos Mazón del PP (3º), Mamen Peris de Ciudadanos, Joan Baldoví de Compromís (2º d), Carlos Flores de Vox (i) y Héctor Illueca de Unides Podem Esquerra Unida, momentos antes del debate final que acoge À Punt a 24 horas del cierre de la campaña electoral. EFE/Manuel Bruque
València, 27 may (OFFICIAL PRESS- EFE).- La guía rápida para saber qué se vota en las elecciones del domingo 28 de mayo en la Comunitat Valenciana, a quién, cómo y dónde, es la siguiente:

QUÉ SE VOTA EN LAS ELECCIONES DEL 28 DE MAYO

El 28M se celebran dos tipos elecciones: las autonómicas y las municipales, en la que, simplificando mucho, se elige en el primer caso al president de la Generalitat y en el segundo al alcalde o alcaldesa de nuestro municipio.

En concreto, en las elecciones autonómicas votamos a las y los 99 diputados de Les Corts Valencianes (de las que saldrá el president de la Generalitat). La provincia de Valencia elige 40 parlamentarios, entre 16 candidaturas presentadas; la de Alicante 35, entre 16 listas; y la de Castellón 24, para los que hay 14 opciones.

En las municipales, votamos a los 5.764 concejales de los 542 municipios de la Comunitat y de siete entidades locales (que elegirán a los alcaldes o alcaldesas y con los que se configurarán posteriormente las Diputaciones, compuestas por 31 diputados provinciales en Valencia y en Alicante y por 24 en Castellón).

QUIÉN VOTA

En las elecciones autonómicas pueden votar un total de 3.731.958 personas, entre las que se incluyen 125.708 valencianos que viven en el extranjero. Los nuevos electores, por haber alcanzado la mayoría de edad desde los comicios de 2019, son 166.230.

En las elecciones municipales, el censo electoral lo componen pueden votar 3.680.268 personas, incluidos 73.992 extranjeros con derecho a voto. Y los nuevos electores ascienden a 186.871 desde las elecciones municipales de hace cuatro años.

DÓNDE SE VOTA

Un total de 6.169 mesas electorales se van a instalar en los 2.178 colegios electorales que se abrirán este domingo de 9 de la mañana a 8 de la tarde en los 542 municipios de la Comunitat Valenciana, y donde habrá 16.256 urnas, 6.169 cabinas de votación y millones de papeletas: 66,4 millones para las elecciones autonómicas y por ejemplo para las municipales de València 9,5 millones.

CÓMO SE VOTA

Las personas que acudan a votar encontrarán dos urnas: una para depositar la papeleta con la candidatura elegida para las elecciones a Les Corts (color sepia) y otra con la lista para las elecciones al Ayuntamiento de su municipio (color blanco).

Antes de votar hay que identificarse con el DNI, el pasaporte, el carné de conducir o la tarjeta de residencia en caso de ciudadanos de la UE que la tengan. ¿Pueden estar caducados? Sí. ¿Vale una fotocopia? No.

EL RECUENTO

A partir de las 20 horas comenzará el recuento de votos en la mesas electorales, que es público y puede ser presenciado por cualquier persona, en este orden: primero el de las elecciones locales y después el de las autonómicas.

El escrutinio general, en el que se recuentan los votos de los residentes ausentes, se hará por las Juntas Electorales Provinciales entre el 2 y el 5 de junio, que una vez resueltos los recursos que se puedan presentar proclamará a los electos el 14 de junio.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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