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GÜRTEL| Abren juicio oral a Camps por el «arsenal de indicios» en las irregularidades de Fitur 2009

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MADRID, 19 Sep. – El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha dictado este jueves auto de apertura de juicio oral al expresidente de la Generalitat Valenciana Francisco Camps por las presuntas irregularidades en la adjudicación de un contrato a la trama Gürtel en la edición de Fitur del año 2009. Además de procesarle por los delitos de prevaricación y fraude a la administración, el magistrado incluye también tráfico de influencias. Fuentes jurídicas calculan que el juicio se señalará para la próxima primavera.

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 considera que ha quedado acreditado que «con el fin de favorecer los intereses económicos de Orange Market, tal y como había ocurrido en las ediciones anteriores de Fitur, y para contentar a sus gestores ante la elevada deuda acumulada hasta el año 2008 en favor de dicha mercantil por la celebración de actos del PP en dicha comunidad».

Según el juez, el que fuera responsable de Orange Market y ‘mano derecha’ de Francisco Correa en la Comunitat Valenciana, Álvaro Pérez Alonso ‘el Bigotes’, y el gerente de dicha empresa Cándido Herrero, «bajo la superior dirección» del líder de la Gürtel y de su ‘número dos’, Pablo Crespo, «se concertaron con Camps para que éste,como máxima autoridad autonómica, dispusiera lo necesario para que el contrato del montaje del ‘stand de Grandes Proyectos’ de Fitur fuera directamente adjudicado a Orange Market al margen de la tramitación de procedimiento de contratación alguno».

Además, según el auto de apertura de juicio oral, «actuaron para que dicha adjudicación ilícita no la asumiera la Agencia Valenciana de Turismo como hasta entonces, sino directamente Presidencia de la Generalitat a través de la Dirección General de Promoción Institucional como centro directivo bajo la autoridad del presidente».

De la Mata detalla a lo largo de la resolución los indicios acumulados contra el expresidente y señala que otros investigados que han apuntado hacia él, como Pérez Alonso, no han hecho una «declaración aislada o inconexa», como invoca la defensa de Camps, sino que existe un «arsenal de indicios, muy consistentes, cada uno de ellos suficientemente acreditado, que permite afirmar» que el exdirigente ‘popular’ participó directamente en el direccionamiento del contrato.

«Lo hizo para favorecer a Orange Market, como venía haciendo desde 2005, a cambio de su paciencia y resignación ante el impago de la multimillonaria deuda que el Partido Popular de la Comunitat Valenciana tenía y su colaboración al aceptar las ilegales fórmulas de pago que el Partido Popular utilizaba para ir cancelando la indicada deuda», asevera el magistrado.

Así pues, el instructor concluye que la entonces directora general de Promoción Institucional, Dora Ibars, «sí recibió indicaciones de sus superiores en la Generalitat, y más concretamente de Camps, para que actuara en la forma que lo hizo en relación con la adjudicación del stand de Grandes Eventos en Fitur 2009».

EVITAR LA PUBLICIDAD Y TRANSPARENCIA
Para el juez, los hechos encajan dentro del delito de prevaricación en tanto que la adjudicación a Orange Market se basó en «actos verbales, que aprobaron lisa y llanamente una contratación directa, sin más trámites».

«Fueron por tanto actos decisorios de la Administración que ampararon una situación en la que se prescindió total y absolutamente del procedimiento establecido en la ley y, de hecho, de cualquier clase de procedimiento, vulnerando con ello de manera evidente los principios de legalidad, igualdad, concurrencia y publicidad que han de estar presentes en la actuación de la Administración», afirma.

«Se trató de una actuación injusta llevada a cabo para evitar la transparencia, publicidad y libre concurrencia de otras empresas que pudieran estar interesadas en concursar y que hubieran podido realizar la oferta más ventajosa para los intereses públicos, explica el magistrado», añade el magistrado.

Respecto al delito de fraude a la administración, que incluye la Fiscalía Anticorrupción en su escrito de acusación, De la Mata cree que no se puede descartar que Camps e Ibars acordaran un «plan criminal» siguiendo esta última las indicaciones del primero y pusieran en marcha «ciertos artificios con la finalidad de llevarlo a cabo», organizando los procesos de contratación de modo que se aseguraran que Orange Market fuera finalmente la adjudicataria de las construcción de los stands de Grandes Eventos.

En cuanto al delito de tráfico de influencias que incluye la acusación popular en su escrito de acusación, el juez entiende también razonable sostener que el expresidente valenciano ejerció influencia sobre Ibars para conseguir que ésta «diera las órdenes inapelables para que se le adjudicasen a Orange Market (que obtuvo un beneficio económico directo por ello) los trabajos relativos al montaje del referido stand de Grandes Proyectos».

Así pues, Anticorrupción acusa a Camps de prevaricación y fraude y pide 2 años y medio de prisión. La acusación popular que ejerce el PSOE eleva su petición a 9 años al añadir a estos delitos el de tráfico de influencias, además de 15 años de inhabilitación absoluta y 16 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público.

Fuente: (EUROPA PRESS)

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València prohíbe festivales en la Ciudad de las Artes y las Ciencias tras la sentencia por ruido

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

El Ayuntamiento de València ha instado a la Generalitat Valenciana a prohibir la celebración de festivales y grandes conciertos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias que incumplan la normativa acústica, tras una sentencia favorable a los vecinos de la avenida Profesor López Piñero.

La decisión llega después de que la justicia haya dado la razón a los residentes afectados por el ruido generado durante eventos musicales celebrados en este emblemático recinto cultural, uno de los principales espacios para grandes citas en la ciudad.

Fin a los festivales que incumplen la normativa acústica

En un escrito oficial, el consistorio solicita a los gestores del complejo que reubiquen los eventos que no puedan garantizar el cumplimiento de los límites sonoros establecidos por la legislación vigente.

El objetivo es proteger el descanso vecinal y evitar nuevas vulneraciones de la normativa, especialmente en una zona residencial que en los últimos años ha denunciado reiteradamente molestias por la celebración de festivales multitudinarios.

La sentencia que cambia el escenario

El fallo judicial supone un punto de inflexión en la organización de grandes eventos en València, al obligar a las administraciones a priorizar el cumplimiento de los niveles de ruido frente a la actividad cultural o de ocio.

Los vecinos de la avenida Profesor López Piñero llevaban tiempo reclamando medidas ante el impacto acústico de estos eventos, especialmente en épocas de alta concentración de conciertos.

Reubicación de conciertos y eventos

A partir de ahora, los promotores deberán buscar ubicaciones alternativas para sus festivales si no pueden adaptarse a los límites acústicos exigidos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

Esta medida podría afectar a la programación musical de la ciudad, obligando a replantear el uso de uno de sus espacios más icónicos para eventos de gran formato.

Equilibrio entre ocio y convivencia

Desde el Ayuntamiento subrayan que la intención no es eliminar la oferta cultural, sino garantizar un equilibrio entre el ocio, la actividad económica y el derecho al descanso de los vecinos.

Este movimiento abre el debate sobre el modelo de grandes eventos en València y la necesidad de encontrar espacios adecuados que compatibilicen la música en directo con la calidad de vida en la ciudad.

 

 

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