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#GÜRTEL| Éstas son las condenas de todos los acusados por amañar contratos de #Fitur

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha condenado a penas de entre 3 y 13 años de prisión a 11 de los 13 acusados de amañar contratos entre la Generalitat Valenciana y la trama Gürtel para el montaje del expositor de la Comunidad en la Feria Internacional de Turismo (Fitur) en las ediciones de 2005 a 2009.

El Alto Tribunal Valenciano condena a la exconsellera de Turismo, Milagrosa Martínez, a los considerados “cabecillas” de la trama Gürtel, Francisco Correa, Álvaro Pérez, Pablo Crespo y Cándido Herrero, a varios exaltos cargos de la Administración Autonómica y a trabajadores de las empresas de Correa por asociación ilícita, prevaricación administrativa, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, falsedad documental y cohecho.

La Sala absuelve a la exconsellera de Turismo Angélica Such y a Juan Bover, exjefe de servicio de infraestructuras turísticas de la Conselleria, de prevaricación administrativa, único delito por el que estaban acusados.

En la sentencia, notificada hoy a las partes, el Tribunal, considera probado que los acusados crearon una trama empresarial para obtener distintos contratos de la Generalitat Valenciana en diversas ferias de turismo (fundamentalmente en las edificios de FITUR entre 2005 y 2009) tras realizar distintas actuaciones encaminadas a manipular, alterar e influir a su favor en la tramitación de los procedimientos administrativos de adjudicación de tales trabajos.

El grupo de empresas de Correa era una organización empresarial creada ex profeso para manipular concursos públicos y participar activamente en el cambio de las condiciones exigidas a los adjudicatarios.

Las mercantiles de Correa carecían de medios personales y materiales para ejecutar esos trabajos, motivo por el que los subcontrataban con terceros. De esta forma obtenían un enriquecimiento irregular al lucrarse aplicando unos márgenes desproporcionados, duplicando partidas o facturando gastos inexistentes.

Tales importes eran admitidos por la Administración Autonómica (Agencia Valenciana de Turismo, Conselleria de Turismo, Conselleria de Territorio y vivienda y Conselleria de Infraestructuras y Transporte), que no solo no llevó un control efectivo de los pagos sino que alteró los criterios de adjudicación de los contratos y benefició irregularmente a las empresas del Grupo Correa.

Estas mercantiles, según recoge la sentencia de 558 páginas, cuyo ponente ha sido el magistrado Juan Climent, tenían información privilegiada: conocían por anticipado las condiciones de los contratos públicos, contratos que, en algunos casos, se modificaban a su conveniencia.

La sentencia, notificada hoy a las partes, recoge las siguientes penas para los condenados:

-FRANCISCO CORREA: 13 años de prisión

Asociación ilícita

3 años de prisión
13.500 euros de multa
9 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

Tráfico de influencias (delito continuado cometido por particular como medio para cometer un delito continuado de prevaricación)

1 año de prisión
Multa de 3,9 millones de euros

Malversación de caudales públicos (delito continuado)

6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

Cohecho activo

3 años de prisión
Multa de 5.000 euros
8 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

-PABLO CRESPO SABARIS: 13 años y 3 meses

Asociación ilícita

2 años y 6 meses de cárcel
Multa de 11.250 euros
7 años y seis meses de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

Tráfico de influencias (delito continuado cometido por particular como medio para cometer un delito continuado de prevaricación)

1 año de prisión
Multa de 3,9 millones de euros

Malversación de caudales públicos (delito continuado)

6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

Falsedad documental

1 año y 9 meses de prisión
Multa de 6.750 euros

Cohecho activo

2 años de prisión
Multa de 2.400 euros
7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

-ÁLVARO PÉREZ ALONSO: 12 años y 3 meses de cárcel

Asociación ilícita.

18 meses de prisión.
Multa de 11.250 euros

Tráfico de influencias (delito continuado cometido por particular como medio para cometer un delito continuado de prevaricación)

1 año de prisión
Multa de 3,9 millones de euros

Malversación de caudales públicos (delito continuado)

6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

Falsedad documental

1 año y 9 meses de prisión
Multa de 6.750 euros

Cohecho activo

2 años de prisión
Multa de 2.400 euros
7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

-ISABEL JORDÁN: 6 años de prisión

Asociación ilícita

18 meses de prisión
Multa de 11.250 euros

Prevaricación administrativa

7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Tráfico de influencias

ABSUELTA

Malversación de caudales públicos (delito continuado)

3 años de prisión
7 años de inhabilitación absoluta

Falsedad documental

1 año y 6 meses de prisión
Multa de 6.000 euros

-CÁNDIDO HERRERO MARTÍNEZ: 4 años y cuatro meses de cárcel

Asociación ilícita

16 meses de prisión
5.850 euros de multa.

Prevaricación administrativa

5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Tráfico de influencias

ABSUELTO

Malversación de caudales públicos

1 año y 6 meses de prisión
3 años de inhabilitación absoluta

Falsedad documental

1 año y 6 meses de prisión
Multa de 3.600 euros

-MÓNICA MAGARIÑOS PÉREZ: 3 años de prisión

Asociación ilícita

12 meses de prisión
1.800 euros de multa

Prevaricación administrativa

5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Tráfico de influencias

ABSUELTA

Malversación de caudales públicos

2 años de prisión
5 años de inhabilitación absoluta

-MILAGROSA MARTÍNEZ 9 años de prisión

Prevaricación administrativa

9 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Malversación de caudales públicos

6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

Cohecho pasivo

3 años de prisión
5.000 euros de multa
8 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

-RAFAEL BETORET: 6 años de prisión

Prevaricación administrativa

7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Malversación de caudales públicos y falsedad documental

6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

-ISAAC VIDAL:
7 años de prisión

Prevaricación administrativa

5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Malversación de caudales públicos

4 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

falsedad documental

3 años de prisión
2.700 euros de multa
2 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

-JORGE GUARRO: 4 años de prisión

Prevaricación administrativa

5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleo o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Malversación de caudales públicos

4 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

-ANA GRAU: 3 años de prisión

Prevaricación administrativa

4 años, tres meses y un día de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Falsedad documental

3 años de prisión
900 euros de multa
2 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

Malversación de caudales públicos

ABSUELTA

– ANGÉLICA SUCH:

Prevaricación administrativa

ABSUELTA

-JUAN BOVER:

Prevaricación administrativa

ABSUELTO

La Sala condena además, a Francisco Correa, Pablo Crespo, Álvaro Pérez, Cándido Herrero, Isabel Jordán, Mónica Magariños, Milagrosa Martínez, Rafael Betoret, Isaac Vidal y Jorge Guarro a indemnizar solidariamente a la Generalitat Valenciana con 272.000 euros.

La sentencia establece la responsabilidad subsidiaria de las mercantiles Orange Market, Easy Concept Comunicación, Boomerangdrive y Servimadrid Integral, que deberán hacer frente al pago de dicha indemnización si los condenados anteriormente citados no abonan la parte que les corresponde.

La Sala de lo Civil y Penal prohíbe contratar con el sector público a Francisco Correa, Pablo Crespo, Álvaro Pérez, Cándido Herrero, Isabel Jordán, Mónica Magariños, Milagrosa Martínez, Rafael Betoret, Isaac Vidal, Jorge Guarro y Ana Grau por lo que se acuerda comunicar la sentencia a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado y al órgano equivalente en la Comunidad Valenciana.

El Tribunal ordena, por otro lado, el comiso de bienes de la sociedad Orange Market S.L., por importe de casi dos millones de euros 1.938.000 y el comiso del reloj, valorado en 2.400 euros, con el que fue obsequiada la exconsellera de Turismo condenada.

El juicio por esta pieza separada del “caso Gürtel” comenzó en marzo de 2015 y quedó visto para sentencia un año después tras 65 sesiones.

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‘Lookmaxxing’: la conflictiva tendencia de belleza para parecer «más hombre»

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De foros vinculados a la cultura incel a TikTok y X: qué es el lookmaxxing, qué significa ser un “chad” y por qué genera preocupación entre expertos en salud mental.

El término lookmaxxing ha dejado de ser un concepto marginal de internet para convertirse en una tendencia visible en redes sociales como TikTok y X. La palabra combina los términos ingleses look (apariencia) y maximizing (maximizar), y alude a estrategias destinadas a potenciar al máximo el atractivo físico, especialmente masculino.

Medios internacionales como BBC y The Guardian han explicado que el concepto surgió a comienzos de la década de 2010 en foros relacionados con la llamada cultura incel (celibato involuntario). Con el tiempo, el fenómeno se ha extendido a públicos mucho más amplios, especialmente jóvenes interesados en estética, fitness y desarrollo personal.


¿Qué es el lookmaxxing?

En la práctica, el lookmaxxing incluye desde consejos básicos de cuidado personal hasta rutinas mucho más específicas orientadas a proyectar una imagen más masculina.

Entre los contenidos más habituales destacan:

  • Ejercicios faciales como el “mewing”, para marcar la línea de la mandíbula.

  • Corrección de postura para parecer más alto y seguro.

  • Cortes de pelo estratégicos según la forma del rostro.

  • Uso de barba para acentuar rasgos.

  • Rutinas detalladas de cuidado facial (skincare).

  • Elección de gafas y accesorios para equilibrar proporciones.

En estas comunidades también es frecuente el uso del término “chad”, empleado para describir a hombres considerados excepcionalmente atractivos, dominantes o líderes dentro de este ideal estético.


Softmaxxing vs. Hardmaxxing

Dentro del movimiento se distinguen dos corrientes principales:

  • Softmaxxing: cambios reversibles como ejercicio, dieta, estilo, cuidado de la piel o peinado.

  • Hardmaxxing: intervenciones más agresivas, como cirugía estética, tratamientos hormonales o el uso de esteroides.

Esta segunda vertiente es la que más preocupación genera entre profesionales de la salud mental y expertos en imagen corporal.


El debate sobre masculinidad e imagen

El psicólogo Tom Hildebrandt, director de investigación en la Icahn School of Medicine at Mount Sinai, ha advertido que este tipo de corrientes pueden erosionar el sentido del yo y fomentar la insatisfacción corporal al promover ideales de belleza difíciles o imposibles de alcanzar.

Según diversos especialistas, la presión constante por optimizar la apariencia puede derivar en:

  • Ansiedad social.

  • Distorsión de la autoimagen.

  • Dependencia de validación externa.

  • Conductas de riesgo vinculadas a intervenciones estéticas o consumo de sustancias.


El caso viral de “Androgenic”

El fenómeno volvió al centro del debate tras la viralización de un vídeo protagonizado por el influencer conocido como Androgenic, vinculado a esta corriente estética. En el clip, difundido en X, un hombre le retira el sombrero y el peluquín en plena grabación callejera, generando millones de visualizaciones y reabriendo el debate sobre masculinidad frágil y obsesión por la imagen.

Tras la polémica, el creador aseguró que nunca ocultó su calvicie y que el uso de prótesis capilares formaba parte de su estrategia estética. El episodio evidenció hasta qué punto la construcción de la identidad visual en internet puede convertirse en objeto de escrutinio masivo.


¿Está llegando el lookmaxxing a España?

En España, el lookmaxxing no ha alcanzado el nivel de organización de comunidades especializadas que existe en Estados Unidos o Reino Unido. Sin embargo, clínicas estéticas y expertos en imagen observan cómo parte de esta cultura se ha filtrado en lo que algunos denominan “Cultura del bienestar 2.0”.

Muchos jóvenes adoptan hábitos como:

  • Entrenamiento físico orientado a rasgos “masculinizados”.

  • Rutinas avanzadas de cuidado facial.

  • Interés por tratamientos de masculinización facial.

  • Optimización de estilo y lenguaje corporal.

No obstante, la mayoría lo hace sin adherirse a los postulados más extremos del movimiento original.


Más allá de la estética: una cuestión cultural

El auge del lookmaxxing no solo habla de belleza, sino también de cómo las redes sociales están redefiniendo los estándares de masculinidad. En un entorno digital donde la imagen es moneda de cambio, maximizar el atractivo puede convertirse en una forma de capital social.

La pregunta que plantean psicólogos y sociólogos no es si cuidar la apariencia es positivo —algo ampliamente aceptado—, sino hasta qué punto la obsesión por optimizar cada rasgo físico puede afectar a la autoestima y la salud mental.

En la era de la hiperexposición digital, el espejo ya no está solo en casa: está en la pantalla.

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