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#GÜRTEL| Éstas son las condenas de todos los acusados por amañar contratos de #Fitur
Publicado
hace 9 añosen
De
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha condenado a penas de entre 3 y 13 años de prisión a 11 de los 13 acusados de amañar contratos entre la Generalitat Valenciana y la trama Gürtel para el montaje del expositor de la Comunidad en la Feria Internacional de Turismo (Fitur) en las ediciones de 2005 a 2009.
El Alto Tribunal Valenciano condena a la exconsellera de Turismo, Milagrosa Martínez, a los considerados “cabecillas” de la trama Gürtel, Francisco Correa, Álvaro Pérez, Pablo Crespo y Cándido Herrero, a varios exaltos cargos de la Administración Autonómica y a trabajadores de las empresas de Correa por asociación ilícita, prevaricación administrativa, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, falsedad documental y cohecho.
La Sala absuelve a la exconsellera de Turismo Angélica Such y a Juan Bover, exjefe de servicio de infraestructuras turísticas de la Conselleria, de prevaricación administrativa, único delito por el que estaban acusados.
En la sentencia, notificada hoy a las partes, el Tribunal, considera probado que los acusados crearon una trama empresarial para obtener distintos contratos de la Generalitat Valenciana en diversas ferias de turismo (fundamentalmente en las edificios de FITUR entre 2005 y 2009) tras realizar distintas actuaciones encaminadas a manipular, alterar e influir a su favor en la tramitación de los procedimientos administrativos de adjudicación de tales trabajos.
El grupo de empresas de Correa era una organización empresarial creada ex profeso para manipular concursos públicos y participar activamente en el cambio de las condiciones exigidas a los adjudicatarios.
Las mercantiles de Correa carecían de medios personales y materiales para ejecutar esos trabajos, motivo por el que los subcontrataban con terceros. De esta forma obtenían un enriquecimiento irregular al lucrarse aplicando unos márgenes desproporcionados, duplicando partidas o facturando gastos inexistentes.
Tales importes eran admitidos por la Administración Autonómica (Agencia Valenciana de Turismo, Conselleria de Turismo, Conselleria de Territorio y vivienda y Conselleria de Infraestructuras y Transporte), que no solo no llevó un control efectivo de los pagos sino que alteró los criterios de adjudicación de los contratos y benefició irregularmente a las empresas del Grupo Correa.
Estas mercantiles, según recoge la sentencia de 558 páginas, cuyo ponente ha sido el magistrado Juan Climent, tenían información privilegiada: conocían por anticipado las condiciones de los contratos públicos, contratos que, en algunos casos, se modificaban a su conveniencia.
La sentencia, notificada hoy a las partes, recoge las siguientes penas para los condenados:
-FRANCISCO CORREA: 13 años de prisión
Asociación ilícita
3 años de prisión
13.500 euros de multa
9 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
Tráfico de influencias (delito continuado cometido por particular como medio para cometer un delito continuado de prevaricación)
1 año de prisión
Multa de 3,9 millones de euros
Malversación de caudales públicos (delito continuado)
6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta
Cohecho activo
3 años de prisión
Multa de 5.000 euros
8 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
-PABLO CRESPO SABARIS: 13 años y 3 meses
Asociación ilícita
2 años y 6 meses de cárcel
Multa de 11.250 euros
7 años y seis meses de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
Tráfico de influencias (delito continuado cometido por particular como medio para cometer un delito continuado de prevaricación)
1 año de prisión
Multa de 3,9 millones de euros
Malversación de caudales públicos (delito continuado)
6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta
Falsedad documental
1 año y 9 meses de prisión
Multa de 6.750 euros
Cohecho activo
2 años de prisión
Multa de 2.400 euros
7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
-ÁLVARO PÉREZ ALONSO: 12 años y 3 meses de cárcel
Asociación ilícita.
18 meses de prisión.
Multa de 11.250 euros
Tráfico de influencias (delito continuado cometido por particular como medio para cometer un delito continuado de prevaricación)
1 año de prisión
Multa de 3,9 millones de euros
Malversación de caudales públicos (delito continuado)
6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta
Falsedad documental
1 año y 9 meses de prisión
Multa de 6.750 euros
Cohecho activo
2 años de prisión
Multa de 2.400 euros
7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
-ISABEL JORDÁN: 6 años de prisión
Asociación ilícita
18 meses de prisión
Multa de 11.250 euros
Prevaricación administrativa
7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Tráfico de influencias
ABSUELTA
Malversación de caudales públicos (delito continuado)
3 años de prisión
7 años de inhabilitación absoluta
Falsedad documental
1 año y 6 meses de prisión
Multa de 6.000 euros
-CÁNDIDO HERRERO MARTÍNEZ: 4 años y cuatro meses de cárcel
Asociación ilícita
16 meses de prisión
5.850 euros de multa.
Prevaricación administrativa
5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Tráfico de influencias
ABSUELTO
Malversación de caudales públicos
1 año y 6 meses de prisión
3 años de inhabilitación absoluta
Falsedad documental
1 año y 6 meses de prisión
Multa de 3.600 euros
-MÓNICA MAGARIÑOS PÉREZ: 3 años de prisión
Asociación ilícita
12 meses de prisión
1.800 euros de multa
Prevaricación administrativa
5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Tráfico de influencias
ABSUELTA
Malversación de caudales públicos
2 años de prisión
5 años de inhabilitación absoluta
-MILAGROSA MARTÍNEZ 9 años de prisión
Prevaricación administrativa
9 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Malversación de caudales públicos
6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta
Cohecho pasivo
3 años de prisión
5.000 euros de multa
8 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
-RAFAEL BETORET: 6 años de prisión
Prevaricación administrativa
7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Malversación de caudales públicos y falsedad documental
6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta
-ISAAC VIDAL: 7 años de prisión
Prevaricación administrativa
5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Malversación de caudales públicos
4 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta
falsedad documental
3 años de prisión
2.700 euros de multa
2 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
-JORGE GUARRO: 4 años de prisión
Prevaricación administrativa
5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleo o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Malversación de caudales públicos
4 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta
-ANA GRAU: 3 años de prisión
Prevaricación administrativa
4 años, tres meses y un día de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Falsedad documental
3 años de prisión
900 euros de multa
2 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
Malversación de caudales públicos
ABSUELTA
– ANGÉLICA SUCH:
Prevaricación administrativa
ABSUELTA
-JUAN BOVER:
Prevaricación administrativa
ABSUELTO
La Sala condena además, a Francisco Correa, Pablo Crespo, Álvaro Pérez, Cándido Herrero, Isabel Jordán, Mónica Magariños, Milagrosa Martínez, Rafael Betoret, Isaac Vidal y Jorge Guarro a indemnizar solidariamente a la Generalitat Valenciana con 272.000 euros.
La sentencia establece la responsabilidad subsidiaria de las mercantiles Orange Market, Easy Concept Comunicación, Boomerangdrive y Servimadrid Integral, que deberán hacer frente al pago de dicha indemnización si los condenados anteriormente citados no abonan la parte que les corresponde.
La Sala de lo Civil y Penal prohíbe contratar con el sector público a Francisco Correa, Pablo Crespo, Álvaro Pérez, Cándido Herrero, Isabel Jordán, Mónica Magariños, Milagrosa Martínez, Rafael Betoret, Isaac Vidal, Jorge Guarro y Ana Grau por lo que se acuerda comunicar la sentencia a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado y al órgano equivalente en la Comunidad Valenciana.
El Tribunal ordena, por otro lado, el comiso de bienes de la sociedad Orange Market S.L., por importe de casi dos millones de euros 1.938.000 y el comiso del reloj, valorado en 2.400 euros, con el que fue obsequiada la exconsellera de Turismo condenada.
El juicio por esta pieza separada del “caso Gürtel” comenzó en marzo de 2015 y quedó visto para sentencia un año después tras 65 sesiones.
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ESTUDIO| Esta es la diferencia de edad ideal en una pareja para una relación duradera
Publicado
hace 1 díaen
10 enero, 2026
En el mundo de las relaciones sentimentales, uno de los debates más comunes es sobre la diferencia de edad entre las parejas. Mientras algunas logran superar las barreras generacionales, otras se enfrentan a dificultades que podrían poner en riesgo la estabilidad de su vínculo. Sin embargo, un estudio reciente de la Universidad Emory en Atlanta, Estados Unidos, ofrece nuevas perspectivas sobre cuál es la diferencia de edad óptima para que una relación perdure a largo plazo.
¿Qué diferencia de edad favorece la durabilidad de una relación?
Liderado por los profesores Andrew Francis, Hugo Mialon y Randal Olsen, el estudio analizó a más de 3.000 parejas estadounidenses con el objetivo de evaluar cómo la diferencia de edad impacta en la estabilidad de una relación. Los resultados, que fueron publicados en 2025, ofrecen conclusiones sorprendentes. Según los datos obtenidos, las parejas que tienen una diferencia de solo un año tienen la mayor probabilidad de mantenerse juntas a largo plazo, con una tasa de divorcio inferior al 3%.
Este dato destaca la importancia de las experiencias compartidas, ya que las parejas cuyas edades son tan cercanas tienden a atravesar las mismas etapas de vida casi simultáneamente. Al compartir una visión común del mundo y pasar por situaciones similares, la relación se fortalece, lo que facilita la comunicación y la resolución de conflictos.
La importancia de compartir etapas de vida
Una de las principales conclusiones del estudio es que compartir experiencias vitales similares puede ser clave para la estabilidad emocional de la pareja. Cuando las personas están en una etapa de vida similar, como la de empezar una carrera, formar una familia o enfrentarse a la jubilación, la empatía y la comprensión mutua se ven favorecidas. Las parejas de edades cercanas tienden a ser más compatibles en cuanto a metas y aspiraciones, lo que reduce las tensiones y mejora la calidad de la relación.
En cambio, las parejas con diferencias de edad significativas suelen experimentar trayectorias vitales muy dispares. Esto puede generar conflictos cuando uno de los miembros de la pareja se encuentra en una fase de vida diferente. Por ejemplo, una pareja con diez años de diferencia podría verse afectada por momentos muy distintos en sus vidas, como el desarrollo de la carrera profesional o la crianza de los hijos, lo que puede generar tensiones que resulten difíciles de gestionar.
¿Cuándo la diferencia de edad comienza a ser un obstáculo?
El estudio también encontró que, a medida que la diferencia de edad crece, el riesgo de separación aumenta considerablemente. En parejas con una diferencia de más de 20 años, el riesgo de divorcio se dispara hasta alcanzar un alarmante 95%. Aunque el amor no conoce de edades, las diferencias generacionales pueden generar desajustes en las expectativas y objetivos de vida. Mientras uno de los miembros podría estar cerca de la jubilación, su pareja más joven puede estar en una etapa de crecimiento profesional o buscando nuevas experiencias, lo que crea una desconexión emocional difícil de superar.
La influencia de otros factores en la estabilidad de una relación
Aunque la diferencia de edad es un factor importante, los investigadores de la Universidad Emory enfatizan que no es el único determinante de la longevidad de una relación. Otros elementos, como la compatibilidad en los valores, la capacidad para comunicar efectivamente las emociones y el apoyo mutuo son igual de cruciales. Una pareja con una gran diferencia de edad podría superar las barreras generacionales si ambos miembros están comprometidos en el desarrollo de su relación y alineados en sus prioridades vitales.
Es posible que, si una pareja con una diferencia de edad considerable comparte intereses y objetivos comunes, pueda contrarrestar las dificultades asociadas a la brecha generacional. La disposición para adaptarse, aprender juntos y enfrentar los desafíos de la vida en pareja será siempre la clave para una relación exitosa.
Conclusión: Menos es más en la diferencia de edad
El estudio realizado por la Universidad Emory arroja un panorama claro: cuanto menor sea la diferencia de edad entre los miembros de una pareja, mayor será la probabilidad de que la relación sea duradera y exitosa. Las parejas cuya diferencia de edad es de solo un año son las que tienen las mejores perspectivas de longevidad, mientras que las diferencias más grandes pueden presentar obstáculos significativos.
Aunque no hay reglas fijas cuando se trata del amor, y cada relación es única, los resultados del estudio sugieren que compartir experiencias de vida y estar alineados en objetivos personales es fundamental para la estabilidad y el crecimiento de una pareja. Si bien las historias románticas sobre relaciones con grandes diferencias de edad siguen siendo populares, este estudio invita a reflexionar sobre la importancia de compartir una visión común de la vida, especialmente cuando se trata de construir una relación sólida y duradera.
Por lo tanto, aunque el amor no tiene límites de edad, las investigaciones sugieren que las parejas con edades cercanas tienen una ventaja considerable cuando se trata de enfrentar juntos los retos que la vida les presenta.
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