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GÜRTEL| Correa asegura que el PP le ordenó facturar gastos electorales a determinados empresarios si «quería cobrar»

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(EUROPA PRESS)-El líder de la trama Gürtel Francisco Correa ha afirmado durante su declaración en el juicio por la presunta financiación ilegal del PP valenciano que esta formación política le indicaba a Orange Market, empresa vinculada a la trama, que si «querían cobrar» debían facturar a una serie de empresarios los actos de las campañas de las elecciones municipales y autonómicas de 2007 y de las generales de 2008. En concreto, ha aclarado que esta petición la hacía el ex secretario general del partido regional, Ricardo Costa.

«Sabía que para cobrar teníamos que facturar a los empresarios que se han sentado aquí», ha dicho en referencia a los nueve acusados que han confesado que sufragaron de forma irregular parte de los actos electorales de los ‘populares’ valencianos.

Ante esto, la fiscal Myriam Segura ha pedido que concrete de quién era esta «iniciativa». «El Partido Popular», ha contestado y relatado que les decían: «¿Queréis cobrar? Tenéis que facturar a esas empresas».

Esta confesión por parte de Correa se enmarca en su actitud de colaboración con la Justicia que anunció ya en el anterior juicio de la trama Gürtel, relativo a sus primeros años de actividad (1999-2005).

Hace unos días mandó un escrito al juez de la Audiencia Nacional José María Vázquez Honrubia en el que ya reconoció que el PP liderado entonces por el expresidente de la Generalitat valenciana Francisco Camps, pagó a Orange Market en negro y con facturas falsas los servicios prestados para la organización de las campañas electorales de 2007 y 2008.

Correa busca que Anticorrupción rebaje su petición inicial de pena, de 22 años de prisión por tres delitos electorales correspondientes a las elecciones autonómicas y municipales de 2007 y las generales de 2008, un delito de falsedad documental y seis delitos contra la Hacienda Pública.

La fiscal Myriam Segura anunció durante la fase de cuestiones previas que si se corrobora que el líder de la Gürtel colabora con la justicia durante el juicio, estaría dispuesta a disminuir su solicitud de condena.

Por otra parte, el líder de la Gürtel ha asegurado que no conoce «absolutamente a nadie del PP de Valencia» y que eran los acusados Pablo Crespo y Álvaro Pérez ‘El Bigotes’ los que llevaban el «día a día». No obstante, con un tono un poco elevado, ha añadido que todos sus trabajadores y sus empresas «han hecho un trabajo honrado» y si emitieron facturas falsas «para poder cobrar por trabajos realizados» era por que el PP «no les pagaban.

Empresarios ratifican ante el juez que financiaron de forma ilegal al PP de Camps

Los nueve empresarios que han alcanzado un acuerdo de conformidad con la Fiscalía Anticorrupción en el juicio de Gürtel han ratificado este martes ante el juez de la Audiencia Nacional José María Vazquez Honrubia que financiaron de forma irregular al PPCV presidido por Francisco Camps.

Los industriales arrepentidos han sido los primeros en declarar, aceptando así la petición de la fiscal Myriam Segura, de comenzar el interrogatorio con ellos. Estos nueve acusados han ratificado ante el juez el reconocimiento de los hechos que ya hicieron hace casi un año ante el Ministerio Público.

Según el escrito de acusación de Anticorrupción, los empresarios sufragaron con 1,2 millones de euros los gastos electorales de los ‘populares’ valencianos en las campañas de las elecciones municipales y autonómicas de 2007 y de las generales de 2008. Esta cantidad supone parte de los 2,03 millones de euros, que según la Fiscalía, pagó el PP en negro a Orange Market en relación a estos actos.

La fiscal Myriam Segura ha planteado una pequeña batería de preguntas a cada uno de los acusados para dar claridad y confirmar los hechos que sustentan la acusación contra los líderes de la trama Gürtel, Francisco Correa, Pablo Crespo y Álvaro Pérez ‘El Bigotes’, así como contra la excúpula del PP valenciano.

Los empresarios sólo han contestado a las preguntas de la Fiscalía y de sus propios abogados, por lo que las defensas de otros abogados han querido consignar sus preguntas a sabiendas de que no iban a recibir respuesta.

Primero fueron Enrique Ortiz, Alejandro Pons y José Francisco Beviá los que confesaron haber financiado de forma ilegal a la formación política en las elecciones municipales y autonómicas de 2007 y en las generales de 2008. En febrero de 2017 admitieron las irregularidades el sobrino del expresidente de las Cortes valencianas Juan Cotino, Vicente Cotino, Enrique Gimeno Escrig, Tomás Martínez Berna, Rafael Martínez Berna, Antonio Pons Dols y Gabriel Alberto Batalla Reigada.

PENAS SUSTITUIBLES POR MULTAS
De este modo, la Fiscalía, que inicialmente solicitaba para los nueve acusados penas de entre cuatro y seis años de prisión por delitos en las cuentas electorales y falsedad en documento mercantil, ha rebajado su petición a condenas que oscilan entre 15 y 21 meses de prisión por delitos electorales y falsificación en documento mercantil, pero que finalmente serán sustituidas por multas.

El escrito de acusación precisa que Antonio y Alejandro Dols (Piaf S.L.) elaboraron facturas con «conceptos inveraces» con valor de 31.312 euros; Rafael y Tomás Martínez (Grupo Villalba SL) abonaron los gastos en publicidad, asesoramiento de Relaciones Públicas o estudios corporativos para el PP en los años 2007 y 2008 con la cuantía de 199.520 euros.

Por otro lado, Gabriel Alberto Batalla (Lubasa Desarrollos Inmobiliarios SL) pagó 110.200 euros; mientras que Enrique Ortiz y su ‘número dos’, José Francisco Bevía (Grupo Ortiz) aportaron 348.115 euros para financiar los gastos relativos a los comicios de 2008.

Los empresarios Enrique Gimeno (Facsa y Aguas de Castellón) y Vicente Cotino (Sedesa Obras y Servicios SA) pagaron facturas a Orange Market por prestación de supuestos servicios no prestados. El primero de los empresarios abonó un total de 405.668 euros, mientras que el sobrino de Cotino pagó 150.658 euros.

Tras concluir sus declaraciones, el juez del Juzgado Central de lo Penal ha autorizado a estos nueve acusados a que no asistan a las siguientes sesiones del juicio, tal y como solicitaron sus abogados, aunque le ha advertido de que tienen que estar localizables en cualquier momento.
El juez del Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional José María Vázquez Honrubia ha reprochado a los abogados de los principales acusados de la pieza del caso Gürtel relativa a la presunta financiación irregular del PP valenciano que presenten «una y otra vez» las mismas cuestiones previas con el objetivo de anular la causa.

Este lunes ha comenzado en la sede de la Audiencia Nacional de San Fernando de Henares (Madrid) el juicio contra los líderes la Gürtel, Francisco Correa, Pablo Crespo y Álvaro Pérez ‘El Bigotes’; una decena de empresarios y varios exdirigentes del PP liderado por Francisco Camps por las presuntas irregularidades en la organización de los actos de campaña de las elecciones municipales y autonómicas de 2007 y de las generales de 2008.

La primera sesión de esta vista oral ha sido dedicada a la exposición de cuestiones previas, en las que las defensas han solicitado la nulidad de la causa por la falta de concreción de los hechos que sostienen la acusación, la prescripción de delitos electorales o la vulneración de derechos fundamentales.

«Son ustedes extraordinariamente pertinaces y es la tercera vez que proponen una y otra vez las cuestiones ya resueltas», ha censurado, asumiendo, a su vez, el argumento del abogado del Estado. Estas mismas cuestiones previas ya han sido estudiadas en los juicios dedicados a la primera época de la trama corrupta (1999-2005) o a las irregularidades en la Feria Internacional de Turismo (Fitur).

En este sentido, ha rechazado todas las peticiones solicitadas por las defensas y ha subrayado que no se aprecia la prescripción de los delitos. Los abogados de Crespo, ‘El Bigotes’ y de los empresarios que han reconocido hechos, y que han alcanzado un pacto con la Fiscalía Anticorrupción, han solicitado también que una vez que declaren sean dispensados de asistir a la vista oral, algo que será resuelto después de este trámite, según ha anunciado Vázquez Honrubia.

El líder de la Gürtel, que ha sido la única parte que no ha expuesto ninguna cuestión previa, presentó un escrito ante el juez buscando que Anticorrupción rebaje su petición inicial de pena, de 24 años y medio de prisión, al confesar que la formación política regional pagó en negro los actos de campaña que organizó la empresa filial de la Gürtel, Orange Market.

La fiscal Myriam Segura ha anunciado durante su exposición de cuestiones previas que si efectivamente Correa colabora con la Justicia, el Ministerio Público atenderá a su intención. A esto se ha adherido el abogado del Estado, Edmundo Bal, en relación a los delitos fiscales que es de los únicos que él, como representante de la Agencia Tributaria, acusa.

Han sido los exdirigentes del PP valenciano, precisamente el exvicepresidente de la Comunitat Valenciana Vicente Rambla; el abogado del exsecretario general de la formación política regional Ricardo Costa; la exgerente Cristina Ibáñez y el exvicesecretario de Organización David Serra, los que han pedido su absolución alegando que los delitos electorales de 2007 y 2008 han prescrito.

De hecho, el defensor de Costa ha afirmado que es «absolutamente incomprensible» que el exdiputado regional esté acusado de un delito presuntamente cometido en 2008 cuando los «supuestos actores principales del delito» no se encuentran sentados en el banquillo. Ha continuado diciendo que no tiene sentido esta acusación si el propio PP «no está llamado como partícipe a título lucrativo porque no ha habido delito electoral» y ni siquiera se pide «ninguna cantidad de responsabilidad civil» a su cliente.

La excúpula del PP de la Comunitat Valenciana se enfrenta a siete años y nueve meses de prisión, salvo Rambla, para quien el Ministerio Público pide seis años y medio al suprimir de la acusación uno de los delitos electorales.

Por otra parte, la defensa del ‘número dos’ de la Gürtel y exsecretario de Organización del PP de Galicia, Pablo Crespo, ha hecho una extensa exposición para intentar anular el procedimiento muy similar a la que ya hizo durante el juicio por los primeros años de la red corrupta (1999-2005), que concluyó el pasado 17 de noviembre tras un año de duración.

El abogado de Crespo, Miguel Durán, ha insistido en que no se puede acreditar la autenticidad de las grabaciones que el denunciante de la trama, José Luis Peñas, aportó a la Policía Nacional y por las que estalló el denominado caso ‘Gürtel’. Según ha enfatizado, éstas fueron manipuladas y el entonces juez instructor Baltasar Garzón era consciente de ello y no hizo nada para que se incluyeran en la causa las originales.

«Fueron realizadas de forma subrepticia, sin conocimiento de los que fueron objeto de grabación, atentando a su derecho a la intimidad amparado por la Constitución española», ha enfatizado Durán sobre las grabaciones. Ha recordado que Garzón fue apartado de la carrera judicial por prevaricación en las grabaciones, ordenadas por él, de las conversaciones que mantuvieron los acusados durante su estancia en prisión con sus abogados.

El letrado ha aprovechado su intervención para acusar a Anticorrupción de haber cometido «corruptelas» ya que, a su juicio, se vulneraron las normas de reparto de la investigación para que recayera en manos del entonces titular del Juzgado Central de Instrucción 5.

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¿Qué son los festivos recuperables?

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¿Qué son los festivos recuperables?
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Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

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