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Iñaki Urdangarin tiene de plazo hasta el lunes para entrar en prisión

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El exduque de Palma, Iñaki Urdangarin, tiene cinco días de plazo para ingresar voluntariamente en una prisión para cumplir la condena de cinco años y diez meses fijada por el Tribunal Supremo por el ‘caso Nóos’. Según informan fuentes del tribunal, se le ha comunicado e el plazo asignado cuando se ha personado en la Audiencia Provincial de Palma junto a su abogado Mario Pascual Vives.

Al ser un ingreso voluntario, durante este tiempo el ex duque no tendrá la movilidad limitada y podría volver a Suiza hasta la fecha en que se materialice su ingreso.

Cinco días es lo que también se le ha dado a su exsocio en el Instituto Nóos, Diego Torres, condenado a cinco años y 8 meses de prisión, lo que significa que tiene de plazo hasta el lunes para acudir voluntariamente a la cárcel elegida para pasar su condena.

Urdangarin tuvo que volar ayer mismo desde Ginebra, donde reside con su mujer, la infanta Cristina de Borbón, y sus hijos. A partir de ahora, Urdangarin comenzará a cumplir la condena desde cero dado que no ha pasado ningún tiempo en prisión preventiva durante toda la instrucción desde que fue imputado en diciembre de 2011.

A partir de ahora, comenzará a solicitar a Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior, permisos para ir saliendo en momentos puntuales del centro hasta conseguir el tercer grado.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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