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La inflación vuelve a repuntar en julio con los alimentos como protagonistas

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Inflación julio
Vista de un puesto con frutas y hortalizas en un mercado. EFE/ Javier Lizón /Archivo

Madrid/Valencia, 11 ago (OFFICIAL PRESS – EFE).- La inflación repuntó en julio al 2,4 % en la Comunitat Valenciana, medio punto más que en junio, con un encarecimiento de los alimentos y bebidas del 10,5 %.

La inflación repunta en julio al 2,4% con un encarecimiento de los alimentos del 10,5%

En el conjunto de España la inflación se aceleró en julio al 2,3 %, 4 décimas más que en junio, impulsada por el encarecimiento de los carburantes en un mes en el que el precio de los alimentos y bebidas subió un 10,8 %.

El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha confirmado este viernes el dato del índice de precios de consumo (IPC), que muestra una subida de los alimentos cinco décimas superior a la de junio ante el encarecimiento de las frutas (11,6 %) y los aceites y grasas (20,4 %).

Sin embargo, el grupo que más ha influido en el repunte de la inflación general ha sido el transporte, cuyos precios bajaron un 5,3 %, dos puntos menos que en junio, después de que los carburantes se encarecieran cuando hace un año bajaban.

También ha presionado al alza el sector del vestido y el calzado, que registró una tasa del 2,1 %, cuatro décimas superior a la de junio, porque sus precios han bajado menos este año que el pasado.

Además, el ocio y la cultura aumentó sus precios un 7,2 %, dos puntos más que en junio, ante el mayor encarecimiento de los paquetes turísticos.

Baja el grupo de vivienda

En cambio, el precio del grupo de vivienda bajó un 14,9 %, un descenso dos puntos más intenso que el de junio debido al abaratamiento de la electricidad y el gas.

Por grupos, en la Comunitat Valenciana, además del incremento anual del 10,5 % de los alimentos y bebidas, también subieron el alcohol y tabaco un 8,3 %, vestido y calzado un 2 %, menaje un 4,1 %, medicina un 2 %, comunicaciones un 4 %, ocio y cultura un 7,1 %, enseñanza un 1,4 %, hoteles, cafés y restaurantes un 7,4 % y el grup ode Otros un 4,9 %.
Por contra, bajaron vivienda, en un 17 %; y transporte, en un 4,8 %.

Con este repunte, en España la inflación deja atrás dos meses consecutivos de moderación, mayo (3,2 %) y junio (1,9 %), aunque se encuentra lejos de las tasas de dos dígitos registradas en el verano de 2022, en parte por el efecto de comparar con un periodo en el que los precios ya estaban subiendo.

La inflación subyacente -que no tiene en cuenta los precios de la energía ni de los alimentos no elaborados por ser los más volátiles- se situó en julio en el 6,2 %, tres décimas más que en junio, con lo que su diferencia con el IPC es de casi cuatro puntos.

Durante el mes julio los precios aumentaron en todas las comunidades y ciudades autónomas, de manera especialmente intensa en Ceuta (4,3 %), Melilla (4,1 %) y Canarias (3,6 %), mientras que el ascenso más moderado se registró en Aragón y Castilla-La Mancha (1,8 %).

En términos mensuales, los precios subieron en julio un 0,2 % con respecto a junio, cuando habían aumentado un 0,6 %, debido sobre todo al encarecimiento del ocio y la cultura y de la alimentación y las bebidas no alcohólicas. En la Comunitat Valenciana la variación mensual se sitúa igual, en el 0,2 %.
El índice de precios de consumo armonizado (IPCA) se situó en el 2,1 %, cinco décimas por encima del de junio.

 

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Así es la nueva Ley para Influencers: todo lo que cambia y a quién afecta

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Ley para Influencers
Marta Lozano-INSTAGRAM

Este martes, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo real decreto que establece las pautas para la regulación de los ‘influencers’, definiendo criterios específicos para considerar a una persona como tal. Uno de los requisitos fundamentales es la necesidad de facturar al menos 300.000 euros anuales con su actividad audiovisual.

El decreto define a los «usuarios de especial relevancia» (‘influencers’) basándose en tres criterios clave. Además del aspecto económico, se considera relevante la audiencia, con un requisito de al menos un millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones en su actividad global. También se establece un requisito de actividad, que incluye la publicación o compartición de al menos 24 vídeos al año.

Ley para Influencers

Los ‘influencers’ que cumplan con estos criterios deberán inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia en un plazo de dos meses a partir de la entrada en vigor del decreto.

Una vez inscritos, estarán sujetos a cumplir con las normativas de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual. Esto incluye la identificación de espacios publicitarios y la prohibición de publicitar tabaco, medicamentos o alcohol. En resumen, sus obligaciones se equipararán a las de otros agentes audiovisuales.

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, destacó la importancia de homologar a estos creadores de contenido con otros actores del ámbito audiovisual, especialmente en lo relacionado con la protección de menores y la transparencia en la publicidad.

Se establece también la obligación de identificar claramente la publicidad y etiquetar el contenido según las edades a las que va dirigido. Los ‘influencers’ deberán acordar un código de conducta al respecto con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

En cuanto a la publicidad, se prohíbe la promoción de tabaco, alcohol o medicamentos, así como cualquier contenido que pueda causar perjuicio psicológico o físico a menores.

Esta regulación busca garantizar una mayor protección a los consumidores y ofrecer seguridad jurídica a los ‘influencers’, que han adquirido una relevancia económica notable en las plataformas de intercambio de vídeos donde difunden sus contenidos.

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