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Valencia

Decretan prisión permanente revisable para el asesino de Marta Calvo y otras dos mujeres

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Jorge Ignacio Palma, en la vista de apelación contra su sentencia. EFE/ Juan Carlos Cárdenas /Archivo

Jorge Ignacio Palma condenado a prisión permanente revisable por el asesinato de Marta Calvo

Detalles de la Sentencia y Compensación a la Familia

La Sala de lo Penal ha dictado una condena de prisión permanente revisable a Jorge Ignacio Palma, culpable de la muerte de Marta Calvo. Además, se ha establecido una indemnización de 140.000 euros a sus padres por responsabilidad civil relacionada con el asesinato. El tribunal también ha confirmado una pena acumulada de 137 años de prisión por el homicidio de dos mujeres más y el intento de asesinato de otras seis, todos los casos vinculados a encuentros sexuales en los que se consumía cocaína entre junio de 2018 y noviembre de 2019.

El tribunal ha atendido parcialmente el recurso de las acusaciones particulares, revisando la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia que había unificado las penas por los tres asesinatos sin aplicar la prisión permanente revisable, solicitada específicamente para el caso de Marta Calvo, el último asesinato cometido.

Contexto de los Crímenes y Requisitos Legales

Los hechos demostrados indican que Palma contactaba con mujeres para mantener relaciones sexuales a cambio de dinero, administrando cocaína en grandes cantidades sin su consentimiento. Esta acción resultó en la muerte de tres víctimas y estuvo a punto de causar la muerte de otras seis, quienes lograron recibir atención médica a tiempo.

El Tribunal Supremo subraya que no es necesario que las condenas previas por asesinato sean firmes para aplicar la pena de prisión permanente revisable, reconociendo la existencia de «asesinos en serie» en este caso. La Sala destaca que se cumplen los requisitos establecidos en el artículo 140.2 del Código Penal, permitiendo la imposición de esta pena tras el asesinato de Marta Calvo, el tercer crimen del acusado.

Consideraciones Adicionales del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo argumenta que la aplicación de la pena de prisión permanente revisable puede realizarse en el mismo juicio donde se evalúan todos los crímenes cometidos, lo que resulta esencial en casos de asesinato en serie. Además, se hace hincapié en la brutalidad de los crímenes y el desprecio mostrado hacia las vidas de las víctimas, resaltando la vulnerabilidad de las mujeres involucradas. La agravante de género también ha sido confirmada, dado que el acusado seleccionaba a mujeres en situaciones de vulnerabilidad.

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Valencia

Nueva bronca entre Grezzi y Catalá en el pleno tras mostrar un cártel de Mazón dando un beso a la alcaldesa 

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Polémica pleno
Imagen del edil de Compromís en el Ayuntamiento de València Giuseppe Grezzi con el cartel alusivo a la dana que Catalá le ha exigido retirar del atril colgado de su camisa. - COMPROMÍS

VALÈNCIA, 18 Nov. (EUROPA PRESS) – El pleno del Ayuntamiento de València celebrado este martes, el ordinario de noviembre, ha vuelto a registrar un momento de tensión entre la alcaldesa, María José Catalá (PP), y el concejal de Compromís Giuseppe Grezzi por la exhibición del mismo cartel alusivo a la dana y con una imagen de la primera edil recibiendo un beso del presidente de la Generalitat en funciones, Carlos Mazón, que les llevó a tener un enfrentamiento en la sesión plenaria de octubre.

El contexto de la polémica y el cartel de la dana

Grezzi, que el pasado mes colgó ese póster del atril del hemiciclo cuando comenzó su intervención en un punto referido a las tarifas de la EMT, ha vuelto a mostrarlo este martes al tomar la palabra durante el debate de una moción sobre la Zona de Bajas Emisiones (ZBE). Junto a la fotografía de Catalá y Mazón, en este cartel se observa la hora en la que se recibió el mensaje de alerta el 29O y la frase: “Ni oblit ni perdó”.

Catalá, como hizo en el pleno de octubre, ha pedido a Grezzi que retirara del atril esa imagen y el concejal, como hizo hace un mes, se ha negado y ha vuelto a decir a la alcaldesa que el reglamento del pleno no le impedía mostrarlo y que lo amparaba.

El informe del secretario: la clave del giro en el debate

En ese momento, la alcaldesa, que ha llamado dos veces al orden al representante de Compromís para que quitara su póster, ha intervenido para indicarle que tenía el informe que solicitó al secretario del consistorio tras lo ocurrido en el pasado pleno con el fin de saber si se podían mostrar desde la tribuna carteles como el que mostró entonces y ha exhibido ahora este concejal.

María José Catalá ha destacado que ese documento precisa que no es posible colocar cartelería. “Dadas las dudas que se generaron en el anterior pleno, esta presidencia solicitó a la secretaría general un informe correspondiente al uso de cartelería en la tribuna, que es de todos, no del que habla”, ha expuesto la primera edil, que ha subrayado que tenía ese documento y que lo podía mostrar.

La alcaldesa insiste: la tribuna “no es suya”

“Dice claramente que usted no puede poner cartelería en esa tribuna porque no es suya. Tanto la tribuna desde la que habla, como la bancada –de cada grupo–, es de la corporación y del salón de plenos del Ayuntamiento. No se utiliza para cada uno de ustedes. Si a los vecinos que acuden de público a este pleno del Ayuntamiento no se les permite poner catelería, ¿por qué ustedes se creen con el derecho de hacerlo?”, ha dicho a Grezzi.

Asimismo, María José Catalá ha mostrado su voluntad de ponerlo a disposición de “todos los portavoces” de los grupos municipales. La portavoz de Compromís, Papi Robles, se ha levantado de su escaño y se ha situado junto a su compañero de partido en el atril para defender su postura y pedir a Catalá que “de manera inmediata” facilitara ese informe. La alcaldesa ha accedido a esa petición y ha ordenado un receso de unos minutos para hacer llegar el documento a los portavoces de cada grupo.

Grezzi retira el póster del atril, pero no deja de mostrarlo

Tras ese receso, se ha reanudado la sesión y Giuseppe Grezzi ha seguido interviniendo pero sin el cartel en el atril. El concejal lo ha quitado de la tribuna y se lo ha colgado en la camisa, para seguir exhibiéndolo mientras hablaba. “Su amistad con Mazón no se acaba si yo quito el cartel. Usted lo único que ha demostrado es su autoritarismo, porque quiere gestionar este pleno en función de sus intereses”, ha señalado a la responsable municipal.

El informe del secretario: la cartelería debe ser autorizada

En su informe, el secretario general de la corporación y del pleno indica que “la instalación o colocación de banderas, de cualquier tipo, no puede hacerse por la vía de hecho, sino que debe ser autorizada por el órgano competente, en el caso del hemiciclo la presidencia del pleno, y en el caso de los edificios, la Alcaldía o el órgano delegado por ella”.

Así, sostiene que este “deberá tener en cuenta los pronunciamientos judiciales y el lugar donde se pretende colocar” la cartelería o cualquier otro elemento.

“En conclusión, el derecho a la libertad de expresión, ni el ius in officium, no incluye el derecho a colgar estos elementos en el atril institucional del orador que esté en uso de la palabra, ni en los espacios o elementos comunes del hemiciclo”, precisa el secretario en el documento.

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