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Valencia

Decretan prisión permanente revisable para el asesino de Marta Calvo y otras dos mujeres

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Jorge Ignacio Palma, en la vista de apelación contra su sentencia. EFE/ Juan Carlos Cárdenas /Archivo

Jorge Ignacio Palma condenado a prisión permanente revisable por el asesinato de Marta Calvo

Detalles de la Sentencia y Compensación a la Familia

La Sala de lo Penal ha dictado una condena de prisión permanente revisable a Jorge Ignacio Palma, culpable de la muerte de Marta Calvo. Además, se ha establecido una indemnización de 140.000 euros a sus padres por responsabilidad civil relacionada con el asesinato. El tribunal también ha confirmado una pena acumulada de 137 años de prisión por el homicidio de dos mujeres más y el intento de asesinato de otras seis, todos los casos vinculados a encuentros sexuales en los que se consumía cocaína entre junio de 2018 y noviembre de 2019.

El tribunal ha atendido parcialmente el recurso de las acusaciones particulares, revisando la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia que había unificado las penas por los tres asesinatos sin aplicar la prisión permanente revisable, solicitada específicamente para el caso de Marta Calvo, el último asesinato cometido.

Contexto de los Crímenes y Requisitos Legales

Los hechos demostrados indican que Palma contactaba con mujeres para mantener relaciones sexuales a cambio de dinero, administrando cocaína en grandes cantidades sin su consentimiento. Esta acción resultó en la muerte de tres víctimas y estuvo a punto de causar la muerte de otras seis, quienes lograron recibir atención médica a tiempo.

El Tribunal Supremo subraya que no es necesario que las condenas previas por asesinato sean firmes para aplicar la pena de prisión permanente revisable, reconociendo la existencia de «asesinos en serie» en este caso. La Sala destaca que se cumplen los requisitos establecidos en el artículo 140.2 del Código Penal, permitiendo la imposición de esta pena tras el asesinato de Marta Calvo, el tercer crimen del acusado.

Consideraciones Adicionales del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo argumenta que la aplicación de la pena de prisión permanente revisable puede realizarse en el mismo juicio donde se evalúan todos los crímenes cometidos, lo que resulta esencial en casos de asesinato en serie. Además, se hace hincapié en la brutalidad de los crímenes y el desprecio mostrado hacia las vidas de las víctimas, resaltando la vulnerabilidad de las mujeres involucradas. La agravante de género también ha sido confirmada, dado que el acusado seleccionaba a mujeres en situaciones de vulnerabilidad.

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Valencia

Fiscalía propone investigar la filtración del audio entre Aemet y el 112 durante la DANA en Valencia

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efectos DANA Valencia
Archivo - Sala 112 GVA en imagen de archivo - GVA - Archivo

Sigue la última hora de la investigación de la justicia en la gestión de la DANA:

VALÈNCIA, 16 mayo (EUROPA PRESS) – La Fiscalía Provincial de Valencia ha propuesto abrir una investigación sobre la filtración del audio incompleto de una conversación mantenida entre una meteoróloga de Aemet y una técnica del servicio de emergencias 112 Comunitat Valenciana, grabada durante la gestión de la DANA que afectó gravemente a la provincia de Valencia el pasado octubre.

Investigación por una posible revelación de información reservada

Según ha informado el Ministerio Público, el fiscal responsable del caso ha solicitado la incoación de diligencias de investigación, tras estudiar la denuncia presentada en marzo por la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet). El objetivo es determinar si se ha cometido algún tipo de delito relacionado con la difusión de información confidencial en un contexto de emergencia.

La propuesta de la Fiscalía está pendiente de aprobación por parte de la Jefatura del Ministerio Público, y podría derivar en un proceso judicial formal.

🛑 El contenido del audio y su carácter reservado

El audio en cuestión se difundió el 12 de febrero en varios medios y redes sociales. En él, se escucha una conversación entre una trabajadora de Aemet y una técnica del 112, realizada el mismo día de la DANA, el 29 de octubre de 2023. La presidenta de Aemet, María José Rallo, señaló en su denuncia que la conversación fue parte de la gestión de una emergencia, por lo que la grabación tenía carácter reservado según el artículo 53.3 de la Ley de Transparencia.

La difusión del audio, al haber sido incompleta y sacada de contexto, podría haber afectado a los derechos de la trabajadora y a la interpretación pública de la actuación de Aemet durante la crisis meteorológica.

Controversia política por el uso del audio

El caso tomó un tinte político cuando el president de la Generalitat, Carlos Mazón, publicó en su cuenta de X un extracto del audio acompañado de la frase: “No vamos a marearos con más avisos”. En respuesta, el secretario de Estado de Medio Ambiente, Hugo Morán, acusó a Mazón de “manipular” el contenido, advirtiendo que su conducta podría estar “al borde del delito”.

Aemet defendió públicamente a su trabajadora con un comunicado en el que explicaba que la meteoróloga había reafirmado los avisos rojos ya emitidos desde primera hora de la mañana, y que el objetivo de su llamada era actualizar sin generar confusión entre las instituciones.

Próximos pasos: protección al personal y claridad en la investigación

La Agencia Estatal de Meteorología ha expresado su apoyo al equipo implicado, recordando que los trabajadores públicos deben ser protegidos de presiones y ataques externos, especialmente en redes sociales.

Si finalmente se abre una causa judicial, se evaluará también si la filtración ha vulnerado datos personales y la imagen profesional de la empleada pública afectada.


 

 

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