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Valencia

ERC suspende a Josep Barberà, presidente de ERPV, tras la apertura de juicio por acoso sexual

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Josep Barberá juicio acoso sexual

La dirección de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) ha suspendido cautelarmente a Josep Barberà, presidente de Esquerra Republicana del País Valencià (ERPV), después de que se haya abierto juicio oral en su contra por presunto acoso sexual a la exsecretaria general del partido, Maria Pérez.

Reapertura de la investigación interna

Según ha adelantado el diario Ara, el responsable de Cumplimiento de ERC, Lluís Mombiela, ha reabierto la investigación interna sobre Barberà tras recibir «nueva información» sobre el caso. Como consecuencia, ha recomendado su suspensión de militancia y su apartamiento de los cargos dentro de la formación.

Futuro de ERPV y del expediente disciplinario

La federación de ERPV celebrará un congreso en el que se decidirá la nueva dirección del partido en la Comunitat Valenciana. Mientras tanto, el expediente disciplinario de Barberà quedará en pausa hasta que se resuelva su proceso judicial.

Desde ERC han insistido en su compromiso con la transparencia y el cumplimiento de los protocolos internos ante casos de este tipo.

Para más información sobre este caso y la evolución del juicio, se recomienda seguir las actualizaciones en los canales oficiales del partido y los medios de comunicación.

La suspensión cautelar de Josep Barberà por parte de ERC podría tener varias consecuencias a nivel político y judicial. En el ámbito interno, su apartamiento puede generar inestabilidad dentro de ERPV, obligando a la federación a reorganizar su dirección y definir su postura ante el caso. A nivel electoral, el escándalo podría afectar la imagen del partido en la Comunitat Valenciana, debilitando su apoyo entre votantes y militantes. En el plano judicial, si Barberà es condenado, ERC podría expulsarlo definitivamente, mientras que una absolución podría reabrir el debate sobre su posible reincorporación.

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Valencia

Ayuda por nacimiento y adopción en València 2026: 400 euros y cómo solicitarla

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Cheque bebé Valencia 2025
PIXABAY

València aumenta hasta 400 euros la ayuda por nacimiento o adopción para 2026

El Ayuntamiento de València ha aprobado la convocatoria de ayudas municipales al fomento de la natalidad y la conciliación familiar para el año 2026, aumentando la cuantía a 400 euros por cada nacimiento, adopción o acogimiento, frente a los 300 euros del año anterior. La convocatoria cuenta con un presupuesto de 1,5 millones de euros y se dirige a familias que acrediten residencia continuada en València de al menos cuatro años en el momento del nacimiento o inicio de la convivencia por adopción o acogimiento.

Estas ayudas, concedidas mediante procedimiento de concurrencia no competitiva, buscan garantizar la igualdad de trato entre todas las personas solicitantes que cumplan los requisitos y forman parte de la política municipal de apoyo a la familia, la conciliación laboral y la cohesión social. Según la Junta de Gobierno Local, “la falta de natalidad es uno de los problemas acuciantes de la sociedad valenciana y la conciliación, una de las asignaturas pendientes”.

Requisitos para acceder a la ayuda

Podrán beneficiarse de la ayuda las personas progenitoras, adoptantes, acogedoras o tutoras de la persona menor que cumplan los siguientes criterios:

  • Residencia continuada en València de al menos cuatro años en el momento del nacimiento, adopción o acogimiento.

  • Empadronamiento del menor en el municipio de València.

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no estar incursas en causas de prohibición legal.

  • En casos de separación, divorcio o familias monoparentales, podrá ser beneficiaria la persona que conviva con el menor en la fecha de la solicitud.

Plazos y presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes será de dos meses a partir de la fecha del nacimiento, adopción o acogimiento. Las solicitudes se podrán presentar:

  • De forma presencial, en las juntas de distrito y oficinas de registro y atención a la ciudadanía.

  • De manera electrónica, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de València.

Documentación requerida

  • Solicitud normalizada debidamente cumplimentada y firmada.

  • Documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte).

  • Libro de familia o certificado de nacimiento, adopción o acogimiento.

  • Certificado de empadronamiento del solicitante y del menor.

  • Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (comprobado de oficio por el Ayuntamiento).

  • Certificado de titularidad bancaria.

  • Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos exigidos.

Resolución y abono de la ayuda

El Ayuntamiento resolverá las solicitudes en un plazo máximo de tres meses desde su presentación. La ayuda se abonará en un único pago de 400 euros mediante transferencia bancaria y será compatible con otras subvenciones o prestaciones similares otorgadas por otras administraciones o entidades.


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