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El juez que investiga las agresiones del 9 d’Octubre aparta de la causa al Ayuntamiento de València

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VALÈNCIA, 2 Mar. (EUROPA PRESS) – El Juzgado de Instrucción número 15 de València, que investiga los altercados violentos ocurridos en la capital el pasado 9 d’Octubre, Dia de la Comunitat Valenciana, ha apartado de la causa al Ayuntamiento mientras ha incluido como acusación popular a Movimiento contra la Intolerancia.

Así consta en diferentes resoluciones, facilitadas por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), en las que se indica que el consistorio no puede ejercer de acción particular en este procedimiento porque no hubo daños en el mobiliario urbano. También indica que Movimiento contra la Intolerancia puede personarse si aporta una fianza de 1.500 euros.

Sobre la postura del Ayuntamiento, el juez recuerda que inicialmente se creía que los hechos podían ser constitutivos de un delito de daños causados al mobiliario urbano, con lo que se ofrecieron acciones al consistorio.

El Ayuntamiento se personó y durante la investigación se ha tenido conocimiento por medio del propio consistorio que no consta la existencia de daños en bienes de titularidad municipal, con lo que ha acordado apartarlo de la causa como acusación particular.

Respecto a Movimiento contra la Intolerancia, pidió personarse en la causa y el juez lo acepta porque su legitimación es «incuestionable». En este sentido recuerda que en los procesos por delitos perseguibles de oficio, como sucede en este caso, cualquier ciudadano español puede mostrarse parte actora hasta el momento de la calificación, ejercitando la acción penal e interviniendo durante todo el procedimiento desde la fase de investigación hasta el juicio oral.

Este derecho de acción penal –agrega– se ostenta con total independencia de que la persona haya sido agraviada u ofendida por los hechos que se persiguen o resulte completamente ajena a los mismos.

El ciudadano ejercita así el derecho de acción popular, constitucionalmente reconocido, que deriva de la propia naturaleza pública de los hechos delictivos. Es un derecho reservado a ciudadanos españoles que se integra en el contenido del derecho a la tutela judicial efectiva.

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La historia de Noelia, la joven que ha logrado la eutanasia tras dos años de batalla judicial: “Solo quiero dejar de sufrir”

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Noelia eutanasia
Noelia, la joven parapléjica que recibirá la eutanasia. Antena 3

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos avala su decisión y rechaza el recurso de su familia

El caso de Noelia, una joven de 25 años de Barcelona, ha marcado un precedente en el debate sobre la eutanasia en España y Europa. Tras más de dos años de batalla judicial, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha dado luz verde a su muerte asistida, rechazando el recurso presentado por sus padres para paralizar el proceso.

La decisión llega después de que la justicia española ya respaldara la petición de la joven, al considerar que sufría una situación médica “grave, crónica e imposibilitante”. Noelia quedó parapléjica tras precipitarse desde un quinto piso, un episodio que cambió radicalmente su vida y que, según ella misma ha defendido, la llevó a solicitar el derecho a morir dignamente.

“Me quedan cuatro días”: su última entrevista antes de la eutanasia

En su última entrevista, concedida días antes del procedimiento, Noelia fue clara sobre su decisión: “Me quedan cuatro días porque el 26 ya me hacen la eutanasia”. Un testimonio que ha generado un fuerte impacto social y mediático.

La joven aseguró que nunca dudó de su elección, a pesar de la oposición frontal de su familia. “Ninguno de mi familia está a favor, pero la felicidad de un padre no tiene que estar por encima de la de una hija o de la vida de una hija”, explicó.

Su caso refleja el conflicto emocional y ético que rodea este tipo de decisiones, donde el derecho individual a decidir sobre la propia vida se enfrenta al dolor y la incomprensión del entorno más cercano.

Qué es la eutanasia y cuándo es legal en España

La eutanasia es la intervención médica que provoca la muerte de una persona de forma intencionada para evitar un sufrimiento considerado insoportable. En España, es legal desde 2021, tras la aprobación de la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia.

Para acceder a este derecho, deben cumplirse varios requisitos:

  • Sufrir una enfermedad grave e incurable o una condición crónica con sufrimiento intenso
  • Solicitarlo de forma voluntaria, informada y reiterada
  • Superar un proceso de evaluación médica y legal
  • Contar con el aval de una comisión de garantías

El caso de Noelia cumplía estos criterios, lo que llevó tanto a la justicia española como al TEDH a respaldar su decisión.

Un caso que reabre el debate sobre la muerte digna

La historia de Noelia ha reavivado el debate sobre la eutanasia, los derechos individuales y los límites éticos de la medicina. También pone sobre la mesa el papel de las familias en este tipo de procesos y la dificultad de conciliar posturas cuando hay un profundo conflicto emocional.

Tras más de dos años de lucha, la joven ha conseguido que se respete su voluntad. “Yo simplemente quiero irme en paz y dejar de sufrir”, afirmó.

Su caso ya forma parte de los ejemplos más relevantes en torno al derecho a una muerte digna en España, y seguirá generando reflexión en la sociedad.

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