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Ouigo inaugura mañana su segunda línea de alta velocidad: València-Madrid

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Ya se puede viajar en alta velocidad València-Madrid con billetes a 9 euros

Madrid, 5 oct (EFE).- Ouigo, el operador ferroviario de bajo coste de la compañía francesa SNCF, inaugurará mañana jueves su segunda línea en España, que conectará en 1 hora y 50 minutos València con Madrid.

La línea estará operativa desde el 7 de octubre, contará con cinco frecuencias diarias de ida y vuelta (10 trayectos), y ofrecerá 35.630 plazas semanales, lo que implica 14.252 plazas más que las contempladas inicialmente tras la autorización de Adif para añadir dos frecuencias diarias a las tres incluidas.

La nueva oferta semanal de la ruta València-Madrid se sumará a las 64.134 plazas de la línea Madrid-Barcelona-Madrid, con lo que la oferta total de Ouigo en España será de alrededor de 100.000 plazas semanales (99.764).

Ello supone casi triplicar la capacidad con la que arrancó sus operaciones en la línea Madrid-Zaragoza-Tarragona-Barcelona (35.630) el 10 de mayo del 2021 como parte del proceso de liberalización de la alta velocidad en España.

PRÓXIMOS DESTINOS

La llegada a València es la primera parada de Ouigo en la Comunitat Valenciana, a la que le seguirá la apertura de la línea que unirá Alicante y Madrid, con parada en Albacete, en el primer semestre de 2023.

Esta ruta, que contará con 2 conexiones diarias de ida y vuelta (4 trayectos), está actualmente equipada con el sistema ERTMS2, un mecanismo de seguridad diferente al de las de Madrid-Barcelona y València-Madrid y que requiere una homologación más compleja en sus trenes.

Ouigo también se ha fijado como objetivo llegar a Andalucía «lo antes posible» para conectar Madrid con Sevilla y Málaga, con parada en Córdoba y para ello trabaja en homologar sus trenes al sistema de seguridad de la vía, conocido como LZB.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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