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Valencia

La Audiencia de València confirma la prisión preventiva para Alfonso Grau

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(EFE).- La Audiencia de València ha confirmado la prisión preventiva para el ex-vicealcalde de València, Alfonso Grau, al igual que para los empresarios Mónica M.G. y Joaquín P.R., una medida cautelar que acordó la juez que investiga el Caso Azud sobre corrupción urbanística.

La Sección Tercera de la Audiencia de Valencia ha notificado ya los autos por los que desestima los recursos de apelación interpuestos por estos tres investigados y confirma la situación de prisión provisional, comunicada y sin fianza de todos ellos, acordada por la titular del Juzgado de Instrucción 13 de Valencia el pasado 15 de mayo, según el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana..

La defensa del exvicealcalde de València Alfonso Grau recurrió su ingreso en prisión alegando la avanzada edad de su defendido, 80 años, y su delicado estado de salud.

Grau, junto al entonces subdelegado del Gobierno en Valencia, Rafael Rubio, ya destituido, y tres empresarios vinculados al sector de la construcción ingresaron en prisión tras ser detenidos.

En esta causa, que se encuentra bajo secreto de sumario, se investiga el posible cobro de comisiones ilegales relacionadas con operaciones urbanísticas y adjudicaciones de contratos en el Ayuntamiento de València, otros consistorios de la Comunitat Valenciana y diversas entidades públicas locales y estatales., aunque el grueso de las pesquisas se centra en el periodo comprendido entre los años 2004 y 2011.

Las diligencias judiciales suman ya cerca de medio centenar de investigados por delitos de prevaricación, cohecho, falsedad documental, blanqueo de capitales, tráfico de influencias y asociación ilícita, «sin perjuicio de ulterior de calificación», según el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

Las fuentes del caso consultadas por EFE han explicado que en el recurso, la defensa de Grau no alega ningún problema de salud concreto por el cual se deba considerar su estancia en el centro penitenciario de forma preventiva, e insisten en que tampoco se ha comunicado nada al respecto al centro penitenciario, ni se ha recibido desde allí informe alguno.

Aseguran, asimismo, que esta petición no se ha acompañado de documentación médica alguna.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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