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La Audiencia Nacional da la razón a Gran Turia para la apertura de festivos

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centros comerciales abiertos

VALÈNCIA, 31 May. (EUROPA PRESS) –

La sección sexta de la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dado la razón al Centro Comercial Gran Turia de Xirivella para la apertura de festivos al considerar que la Generalitat Valenciana no valoró en 2014 adecuadamente que la ley de Comercio permitía la concesión de horarios excepcionales al régimen general, teniendo en cuenta circunstancias como la ubicación del establecimiento y hábitos de compra, supuestos que podían permitir la autorización de abrir los mismos festivos que la ciudad de València.

La Audiencia Nacional, que no entra en la competencia ni regulación de la autonomía en materia de horarios comerciales, sostiene que, de haberse interpretado la petición con los principios de «necesidad y proporcionalidad», se hubiera evitado «barreras anticompetitivas» que han perjudicado al Gran Turia porque no se le reconoció la misma situación de horarios comerciales que al resto de superficies en la misma trama urbana de València, pese a formar parte del ‘área de València’, en el Barrio de La Luz.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, en la decisión de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo de rechazar en 2014 esa autorización, la administración autonómica se apoyó «exclusivamente» en las limitaciones propias de la legislación de la comunidad autónoma, como son el hecho de que el centro comercial no estaba ubicado en una Zona de Gran Afluencia Turística, pero no se apoyó en razones de «interés general» para poder denegar la libertad de horarios comerciales pedida, cuando la ley estatal permite que esa declaración de ZGAT pueda extenderse a todo o a parte del territorio municipal o núcleo urbano.

Por ello, la sala estima el recurso de Gran Turia, promovido por el Abogado del Estado en representación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, contra la resolución de 15 de octubre de 2014 del jefe del servicio territorial de Comercio de la Consellera, que rechazó la apertura comercial del centro, una decisión que se confirmó un mes después por la misma administración.

Para la sala, en su decisión, la Conselleria no tuvo en cuenta los principios de «necesidad y proporcionalidad», lo que creó «barreras anticompetitivas» que podrían «haberse evitado», ya que no se acreditó la concurrencia de razones de orden público, seguridad pública, salud pública o protección de medio ambiente que aconsejaran no conceder esa libertad horaria.

NO ENTRA EN INDEMNIZACIÓN
La sala considera que las actuaciones administrativas no son conformes a derecho y le reconoce que puede abrir los festivos en los términos solicitados. No obstante, la sala no ve procedente examinar la alegación de indemnización de daños y perjuicios porque se ha presentado en el escrito de conclusiones y no se permite fijar las pretensiones.

La Generalitat acordó en 2014 denegar la apertura comercial a Gran Turia, mediante un horario excepcional, para poder competir en igualdad de condiciones con el resto de superficies de la ciudad de València. El Ayuntamiento de Xirivella también pidió a la Conselleria la autorización, alegando que el centro estaba integrado en la trama urbana de la capital del Túria y atravesaba dificultades económicas agravadas por la proliferación de otros establecimientos y por la libertad de horarios que disfrutaba el resto.

Ante la negativa, Gran Turia presentó a la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia la solicitud para interponer un recurso especial en defensa de las libertades establecido en la Ley 20/2013 de Garantía de la Unidad de Mercado. La CNMC consideraba que la Generalitat infringía los principios de necesidad, de proporcionalidad y de no discriminación previstos en esa normativa e interpuso el recurso.

ALEGACIONES DE LA ABOGACÍA DEL ESTADO
En defensa de este organismo, el Abogado del Estado consideró que la restricción a la libertad de horarios para este centro suponía una «limitación al ejercicio de una actividad económica» en los términos previstos en la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado que, en este caso, derivó de la propia regulación autonómica recogida en la ley 3/2011 de Comercio.

Esta normativa recogía dos excepciones a las restricciones generales: los establecimientos con libertad horario y los horarios excepcionales que, según la sala, no se han tenido en cuenta por la administración autonómica para reconocer esa autorización de la apertura mediante horario excepcional. Y esa negativa, según alegaba la CNMC, suponía una barrera y un obstáculo al desarrollo de una actividad económica y calificaba de «innecesario y desproporcionado» ese rechazo.

La sala considera que, pese a que la administración valenciana aplicó de forma correcta la legislación autonómica, los principios de «necesidad, proporcionalidad y no discriminación» previstos en la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado aconsejaban un análisis «más abierto a la libertad de empresa».

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Baliza V16 obligatoria en 2026: todo lo que debes saber para evitar sanciones

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Desde el 1 de enero de 2026, la baliza luminosa V16 conectada es obligatoria en todos los vehículos que circulan por España y sustituye definitivamente a los tradicionales triángulos de emergencia. Sin embargo, el Ministerio del Interior ha confirmado que habrá un periodo “razonable” de gracia en el que no se multará a quienes todavía no la lleven.

Así lo ha anunciado el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, quien ha pedido tranquilidad a los conductores y ha defendido el nuevo sistema como una medida clave para reducir atropellos y mejorar la seguridad vial.

¿Habrá multas por no llevar la baliza V16?

Sí, pero no de forma inmediata. Aunque la normativa ya está en vigor, Interior ha dado instrucciones para que durante un periodo inicial de adaptación los agentes de la Guardia Civil de Tráfico prioricen la información y la concienciación frente a la sanción.

  • Multa prevista: 80 euros

  • Periodo de gracia: sí, sin plazo cerrado

  • Quién decide el fin del periodo: DGT y Guardia Civil

El ministro ha subrayado que este margen de tiempo no será automático ni fijo (no necesariamente un mes o dos), sino que dependerá del grado de implantación real del dispositivo.

¿Por qué se elimina el triángulo de emergencia?

El cambio responde a un dato alarmante:
👉 unas 25 personas mueren cada año en España atropelladas mientras bajan del coche para colocar los triángulos.

La baliza V16 permite señalizar una avería o accidente sin salir del vehículo, lo que reduce de forma drástica el riesgo, especialmente en autopistas, carreteras rápidas o con mala visibilidad.

España se convierte así en el primer país de Europa en imponer este sistema, una decisión que otros Estados observan de cerca para replicarla.

¿Qué es exactamente la baliza V16 conectada?

La V16 es un dispositivo luminoso que se coloca sobre el techo del vehículo y que:

  • Es visible hasta 1 kilómetro de distancia

  • Emite una luz intermitente de alta intensidad

  • Envía la geolocalización del vehículo averiado

  • Conecta automáticamente con la plataforma de Tráfico

  • Informa a navegadores, paneles de carretera y patrullas cercanas

Todo ello sin necesidad de abandonar el coche.

¿La V16 invade la privacidad del conductor?

No. Según Interior y la Agencia Española de Protección de Datos:

  • Solo se transmite la ubicación del vehículo

  • No se envían datos personales

  • No identifica al conductor ni al propietario

Además, la información llega también a las unidades de Tráfico, lo que reduce el riesgo de delitos en zonas aisladas.

¿Quién debe llevar la baliza V16?

La obligación afecta a todos los vehículos:

  • Turismos

  • Furgonetas

  • Camiones

  • Autobuses

  • Vehículos de empresas y autónomos

El dispositivo debe estar homologado y conectado, no vale cualquier baliza antigua sin conectividad.

¿Cuánto cuesta y dónde se puede comprar?

  • Precio medio: entre 35 y 45 euros

  • Se comercializa bajo distintas marcas

  • Debe indicar claramente que es V16 conectada homologada por la DGT

Desde el 1 de enero, unos 3.000 vehículos al día ya la están utilizando para señalizar incidencias, según datos de Interior.

Especialmente importante para personas con movilidad reducida

Uno de los argumentos más destacados por el Gobierno es que la V16 protege especialmente a personas mayores, con discapacidad o movilidad reducida, que antes estaban obligadas a caminar por el arcén para colocar los triángulos.

¿Cuándo empezarán a multar de verdad?

No hay fecha exacta. Interior insiste en que:

  • Se actuará con sentido común

  • El objetivo no es recaudar

  • La prioridad es salvar vidas

Cuando la implantación sea generalizada, las sanciones se aplicarán con normalidad.

En resumen: lo que debes saber para evitar multas

✔️ La baliza V16 es obligatoria desde el 1 de enero de 2026
✔️ Habrá un periodo de gracia sin multas
✔️ La sanción será de 80 euros cuando termine
✔️ Debe ser conectada y homologada
✔️ Sustituye definitivamente a los triángulos
✔️ Mejora la seguridad y reduce atropellos

 

 

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