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La Audiencia Nacional da la razón a Gran Turia para la apertura de festivos

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centros comerciales abiertos

VALÈNCIA, 31 May. (EUROPA PRESS) –

La sección sexta de la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dado la razón al Centro Comercial Gran Turia de Xirivella para la apertura de festivos al considerar que la Generalitat Valenciana no valoró en 2014 adecuadamente que la ley de Comercio permitía la concesión de horarios excepcionales al régimen general, teniendo en cuenta circunstancias como la ubicación del establecimiento y hábitos de compra, supuestos que podían permitir la autorización de abrir los mismos festivos que la ciudad de València.

La Audiencia Nacional, que no entra en la competencia ni regulación de la autonomía en materia de horarios comerciales, sostiene que, de haberse interpretado la petición con los principios de «necesidad y proporcionalidad», se hubiera evitado «barreras anticompetitivas» que han perjudicado al Gran Turia porque no se le reconoció la misma situación de horarios comerciales que al resto de superficies en la misma trama urbana de València, pese a formar parte del ‘área de València’, en el Barrio de La Luz.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, en la decisión de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo de rechazar en 2014 esa autorización, la administración autonómica se apoyó «exclusivamente» en las limitaciones propias de la legislación de la comunidad autónoma, como son el hecho de que el centro comercial no estaba ubicado en una Zona de Gran Afluencia Turística, pero no se apoyó en razones de «interés general» para poder denegar la libertad de horarios comerciales pedida, cuando la ley estatal permite que esa declaración de ZGAT pueda extenderse a todo o a parte del territorio municipal o núcleo urbano.

Por ello, la sala estima el recurso de Gran Turia, promovido por el Abogado del Estado en representación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, contra la resolución de 15 de octubre de 2014 del jefe del servicio territorial de Comercio de la Consellera, que rechazó la apertura comercial del centro, una decisión que se confirmó un mes después por la misma administración.

Para la sala, en su decisión, la Conselleria no tuvo en cuenta los principios de «necesidad y proporcionalidad», lo que creó «barreras anticompetitivas» que podrían «haberse evitado», ya que no se acreditó la concurrencia de razones de orden público, seguridad pública, salud pública o protección de medio ambiente que aconsejaran no conceder esa libertad horaria.

NO ENTRA EN INDEMNIZACIÓN
La sala considera que las actuaciones administrativas no son conformes a derecho y le reconoce que puede abrir los festivos en los términos solicitados. No obstante, la sala no ve procedente examinar la alegación de indemnización de daños y perjuicios porque se ha presentado en el escrito de conclusiones y no se permite fijar las pretensiones.

La Generalitat acordó en 2014 denegar la apertura comercial a Gran Turia, mediante un horario excepcional, para poder competir en igualdad de condiciones con el resto de superficies de la ciudad de València. El Ayuntamiento de Xirivella también pidió a la Conselleria la autorización, alegando que el centro estaba integrado en la trama urbana de la capital del Túria y atravesaba dificultades económicas agravadas por la proliferación de otros establecimientos y por la libertad de horarios que disfrutaba el resto.

Ante la negativa, Gran Turia presentó a la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia la solicitud para interponer un recurso especial en defensa de las libertades establecido en la Ley 20/2013 de Garantía de la Unidad de Mercado. La CNMC consideraba que la Generalitat infringía los principios de necesidad, de proporcionalidad y de no discriminación previstos en esa normativa e interpuso el recurso.

ALEGACIONES DE LA ABOGACÍA DEL ESTADO
En defensa de este organismo, el Abogado del Estado consideró que la restricción a la libertad de horarios para este centro suponía una «limitación al ejercicio de una actividad económica» en los términos previstos en la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado que, en este caso, derivó de la propia regulación autonómica recogida en la ley 3/2011 de Comercio.

Esta normativa recogía dos excepciones a las restricciones generales: los establecimientos con libertad horario y los horarios excepcionales que, según la sala, no se han tenido en cuenta por la administración autonómica para reconocer esa autorización de la apertura mediante horario excepcional. Y esa negativa, según alegaba la CNMC, suponía una barrera y un obstáculo al desarrollo de una actividad económica y calificaba de «innecesario y desproporcionado» ese rechazo.

La sala considera que, pese a que la administración valenciana aplicó de forma correcta la legislación autonómica, los principios de «necesidad, proporcionalidad y no discriminación» previstos en la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado aconsejaban un análisis «más abierto a la libertad de empresa».

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La defensa de Begoña Gómez pide archivar el caso y critica el impacto en la Justicia

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Juez Peinado

La defensa de Begoña Gómez ha solicitado al juez el archivo definitivo de la causa judicial que investiga su actividad profesional, al considerar que no existen fundamentos jurídicos suficientes. “Flaco favor se está haciendo a la imagen de la Justicia”, ha afirmado su abogado durante la vista celebrada este miércoles.

El procedimiento está dirigido por el magistrado Juan Carlos Peinado, quien ha reunido a las partes en un nuevo trámite en los juzgados de Madrid en plena Semana Santa.


La defensa insiste en el archivo del caso

El abogado de Gómez, Antonio Camacho, ha reiterado que no existe base para investigar los delitos que se le atribuyen, entre ellos malversación, tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida e intrusismo profesional.

Durante su intervención, el letrado ha criticado la falta de imparcialidad en el proceso y ha calificado la situación como una “pesadilla jurídica”. Además, ha defendido que la investigación responde a intereses ajenos a la Justicia.

En la misma línea, la Fiscalía también ha vuelto a posicionarse a favor del archivo de la causa tras casi dos años de investigación.


Solicitud de nuevas pruebas y testigos

De forma preventiva, la defensa ha pedido al juez que, en caso de continuar el proceso, se practiquen nuevas diligencias. Entre ellas, destaca la declaración como testigo de José Manuel Ruano, vinculado a la actividad de Gómez en la Universidad Complutense de Madrid.

Asimismo, se han solicitado informes periciales para analizar:

  • El papel del cónyuge del presidente del Gobierno
  • El funcionamiento de las cátedras extraordinarias
  • El supuesto perjuicio económico a la universidad

Por su parte, la defensa de Cristina Álvarez, asesora de Gómez, también ha pedido documentación oficial que acredite sus funciones en La Moncloa.


Las acusaciones piden ampliar la investigación

En el lado opuesto, las acusaciones populares, lideradas por Hazte Oír, han solicitado al juez nuevas diligencias para profundizar en la investigación.

Entre sus peticiones se incluyen:

  • La vida laboral completa de Gómez
  • La actualización del salario de su asesora
  • Información sobre reuniones relacionadas con proyectos tecnológicos vinculados a su actividad

Posible juicio con jurado popular

El juez ha reiterado que, en caso de que el procedimiento continúe hasta juicio, este podría celebrarse ante un jurado popular. Esta decisión ya generó controversia y fue objeto de revisión por parte de la Audiencia Provincial de Madrid.

En una resolución reciente, Peinado defendió que existen indicios suficientes para continuar la causa, apuntando a un posible aprovechamiento de la posición institucional de Gómez, algo que la defensa rechaza y califica de “meras conjeturas”.


Origen del caso Begoña Gómez

La investigación se inició en abril de 2024 tras una denuncia del colectivo Manos Limpias y posteriormente se amplió con acciones judiciales impulsadas por Vox y otras entidades.

El caso analiza, por un lado, la relación profesional de Gómez con empresarios y la universidad, y por otro, el uso de recursos públicos en su actividad como esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.


Un caso con impacto político y mediático

La causa judicial contra Begoña Gómez sigue generando un fuerte impacto político y mediático en España, con posiciones enfrentadas entre las partes implicadas.

Mientras la defensa insiste en el archivo inmediato, las acusaciones reclaman seguir investigando, manteniendo abierto un proceso que continúa marcando la actualidad judicial y política del país.

 

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