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La Audiencia Nacional da la razón a Gran Turia para la apertura de festivos

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centros comerciales abiertos

VALÈNCIA, 31 May. (EUROPA PRESS) –

La sección sexta de la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dado la razón al Centro Comercial Gran Turia de Xirivella para la apertura de festivos al considerar que la Generalitat Valenciana no valoró en 2014 adecuadamente que la ley de Comercio permitía la concesión de horarios excepcionales al régimen general, teniendo en cuenta circunstancias como la ubicación del establecimiento y hábitos de compra, supuestos que podían permitir la autorización de abrir los mismos festivos que la ciudad de València.

La Audiencia Nacional, que no entra en la competencia ni regulación de la autonomía en materia de horarios comerciales, sostiene que, de haberse interpretado la petición con los principios de «necesidad y proporcionalidad», se hubiera evitado «barreras anticompetitivas» que han perjudicado al Gran Turia porque no se le reconoció la misma situación de horarios comerciales que al resto de superficies en la misma trama urbana de València, pese a formar parte del ‘área de València’, en el Barrio de La Luz.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, en la decisión de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo de rechazar en 2014 esa autorización, la administración autonómica se apoyó «exclusivamente» en las limitaciones propias de la legislación de la comunidad autónoma, como son el hecho de que el centro comercial no estaba ubicado en una Zona de Gran Afluencia Turística, pero no se apoyó en razones de «interés general» para poder denegar la libertad de horarios comerciales pedida, cuando la ley estatal permite que esa declaración de ZGAT pueda extenderse a todo o a parte del territorio municipal o núcleo urbano.

Por ello, la sala estima el recurso de Gran Turia, promovido por el Abogado del Estado en representación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, contra la resolución de 15 de octubre de 2014 del jefe del servicio territorial de Comercio de la Consellera, que rechazó la apertura comercial del centro, una decisión que se confirmó un mes después por la misma administración.

Para la sala, en su decisión, la Conselleria no tuvo en cuenta los principios de «necesidad y proporcionalidad», lo que creó «barreras anticompetitivas» que podrían «haberse evitado», ya que no se acreditó la concurrencia de razones de orden público, seguridad pública, salud pública o protección de medio ambiente que aconsejaran no conceder esa libertad horaria.

NO ENTRA EN INDEMNIZACIÓN
La sala considera que las actuaciones administrativas no son conformes a derecho y le reconoce que puede abrir los festivos en los términos solicitados. No obstante, la sala no ve procedente examinar la alegación de indemnización de daños y perjuicios porque se ha presentado en el escrito de conclusiones y no se permite fijar las pretensiones.

La Generalitat acordó en 2014 denegar la apertura comercial a Gran Turia, mediante un horario excepcional, para poder competir en igualdad de condiciones con el resto de superficies de la ciudad de València. El Ayuntamiento de Xirivella también pidió a la Conselleria la autorización, alegando que el centro estaba integrado en la trama urbana de la capital del Túria y atravesaba dificultades económicas agravadas por la proliferación de otros establecimientos y por la libertad de horarios que disfrutaba el resto.

Ante la negativa, Gran Turia presentó a la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia la solicitud para interponer un recurso especial en defensa de las libertades establecido en la Ley 20/2013 de Garantía de la Unidad de Mercado. La CNMC consideraba que la Generalitat infringía los principios de necesidad, de proporcionalidad y de no discriminación previstos en esa normativa e interpuso el recurso.

ALEGACIONES DE LA ABOGACÍA DEL ESTADO
En defensa de este organismo, el Abogado del Estado consideró que la restricción a la libertad de horarios para este centro suponía una «limitación al ejercicio de una actividad económica» en los términos previstos en la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado que, en este caso, derivó de la propia regulación autonómica recogida en la ley 3/2011 de Comercio.

Esta normativa recogía dos excepciones a las restricciones generales: los establecimientos con libertad horario y los horarios excepcionales que, según la sala, no se han tenido en cuenta por la administración autonómica para reconocer esa autorización de la apertura mediante horario excepcional. Y esa negativa, según alegaba la CNMC, suponía una barrera y un obstáculo al desarrollo de una actividad económica y calificaba de «innecesario y desproporcionado» ese rechazo.

La sala considera que, pese a que la administración valenciana aplicó de forma correcta la legislación autonómica, los principios de «necesidad, proporcionalidad y no discriminación» previstos en la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado aconsejaban un análisis «más abierto a la libertad de empresa».

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Explosión durante un experimento en una escuela de Porqueres deja tres menores heridos, dos graves

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Crimen en Sentmenat

Tres niños de nueve años han resultado heridos por quemaduras de diversa consideración tras una explosión ocurrida durante un experimento de química en una escuela de Porqueres. Dos de los menores se encuentran en estado grave y han sido trasladados al Hospital Vall d’Hebron, mientras que un tercero ha ingresado con heridas leves en el Hospital Universitari de Girona Doctor Josep Trueta.

El accidente se produjo este miércoles por la mañana durante una actividad escolar en el centro Escola L’Entorn, donde los alumnos de 4º de Primaria participaban en un experimento científico.


Una botella explotó durante el experimento escolar

Según han informado los servicios de emergencias, el aviso se recibió sobre las 10:45 horas tras registrarse una explosión en una botella utilizada durante el experimento.

Hasta el lugar se desplazaron efectivos de los Bombers de la Generalitat de Catalunya y del Sistema d’Emergències Mèdiques, que activaron cinco ambulancias y dos helicópteros medicalizados para atender a los menores.

Uno de los niños fue evacuado en helicóptero medicalizado al Hospital Vall d’Hebron de Barcelona, mientras que otro fue trasladado en ambulancia al mismo centro hospitalario. El tercer menor fue derivado al hospital Josep Trueta de Girona.

Además, un equipo de psicólogos del SEM se desplazó a la escuela para asistir a los compañeros de clase y al profesorado tras el suceso.


¿Qué experimento estaban realizando?

Aunque los detalles exactos todavía se investigan, responsables del departamento de Educación han explicado que el experimento consistía en una mezcla de sustancias químicas sencillas, entre ellas alcohol y algún elemento inflamable.

La actividad se estaba realizando en una zona exterior y ventilada del centro, precisamente para garantizar la seguridad de los alumnos durante la demostración.

Según las primeras informaciones, el experimento es una práctica educativa habitual en clases de ciencia y ya se había realizado en otras ocasiones sin incidentes. Sin embargo, por causas aún desconocidas, una de las botellas utilizadas en la mezcla explotó, provocando las quemaduras en los menores que se encontraban más cerca.


El resto de alumnos y profesores están ilesos

El Ayuntamiento de Porqueres ha confirmado que el resto de estudiantes y docentes que participaban en la actividad se encuentran en buen estado.

El alcalde de la localidad ha calificado el incidente como “un accidente puntual”, mientras las autoridades continúan analizando las circunstancias exactas de la explosión para esclarecer qué ocurrió durante el experimento.

La prioridad ahora es la evolución de los menores ingresados, especialmente de los dos alumnos trasladados en estado grave a Barcelona.

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