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La Audiencia Nacional da la razón a Gran Turia para la apertura de festivos

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centros comerciales abiertos

VALÈNCIA, 31 May. (EUROPA PRESS) –

La sección sexta de la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dado la razón al Centro Comercial Gran Turia de Xirivella para la apertura de festivos al considerar que la Generalitat Valenciana no valoró en 2014 adecuadamente que la ley de Comercio permitía la concesión de horarios excepcionales al régimen general, teniendo en cuenta circunstancias como la ubicación del establecimiento y hábitos de compra, supuestos que podían permitir la autorización de abrir los mismos festivos que la ciudad de València.

La Audiencia Nacional, que no entra en la competencia ni regulación de la autonomía en materia de horarios comerciales, sostiene que, de haberse interpretado la petición con los principios de «necesidad y proporcionalidad», se hubiera evitado «barreras anticompetitivas» que han perjudicado al Gran Turia porque no se le reconoció la misma situación de horarios comerciales que al resto de superficies en la misma trama urbana de València, pese a formar parte del ‘área de València’, en el Barrio de La Luz.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, en la decisión de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo de rechazar en 2014 esa autorización, la administración autonómica se apoyó «exclusivamente» en las limitaciones propias de la legislación de la comunidad autónoma, como son el hecho de que el centro comercial no estaba ubicado en una Zona de Gran Afluencia Turística, pero no se apoyó en razones de «interés general» para poder denegar la libertad de horarios comerciales pedida, cuando la ley estatal permite que esa declaración de ZGAT pueda extenderse a todo o a parte del territorio municipal o núcleo urbano.

Por ello, la sala estima el recurso de Gran Turia, promovido por el Abogado del Estado en representación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, contra la resolución de 15 de octubre de 2014 del jefe del servicio territorial de Comercio de la Consellera, que rechazó la apertura comercial del centro, una decisión que se confirmó un mes después por la misma administración.

Para la sala, en su decisión, la Conselleria no tuvo en cuenta los principios de «necesidad y proporcionalidad», lo que creó «barreras anticompetitivas» que podrían «haberse evitado», ya que no se acreditó la concurrencia de razones de orden público, seguridad pública, salud pública o protección de medio ambiente que aconsejaran no conceder esa libertad horaria.

NO ENTRA EN INDEMNIZACIÓN
La sala considera que las actuaciones administrativas no son conformes a derecho y le reconoce que puede abrir los festivos en los términos solicitados. No obstante, la sala no ve procedente examinar la alegación de indemnización de daños y perjuicios porque se ha presentado en el escrito de conclusiones y no se permite fijar las pretensiones.

La Generalitat acordó en 2014 denegar la apertura comercial a Gran Turia, mediante un horario excepcional, para poder competir en igualdad de condiciones con el resto de superficies de la ciudad de València. El Ayuntamiento de Xirivella también pidió a la Conselleria la autorización, alegando que el centro estaba integrado en la trama urbana de la capital del Túria y atravesaba dificultades económicas agravadas por la proliferación de otros establecimientos y por la libertad de horarios que disfrutaba el resto.

Ante la negativa, Gran Turia presentó a la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia la solicitud para interponer un recurso especial en defensa de las libertades establecido en la Ley 20/2013 de Garantía de la Unidad de Mercado. La CNMC consideraba que la Generalitat infringía los principios de necesidad, de proporcionalidad y de no discriminación previstos en esa normativa e interpuso el recurso.

ALEGACIONES DE LA ABOGACÍA DEL ESTADO
En defensa de este organismo, el Abogado del Estado consideró que la restricción a la libertad de horarios para este centro suponía una «limitación al ejercicio de una actividad económica» en los términos previstos en la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado que, en este caso, derivó de la propia regulación autonómica recogida en la ley 3/2011 de Comercio.

Esta normativa recogía dos excepciones a las restricciones generales: los establecimientos con libertad horario y los horarios excepcionales que, según la sala, no se han tenido en cuenta por la administración autonómica para reconocer esa autorización de la apertura mediante horario excepcional. Y esa negativa, según alegaba la CNMC, suponía una barrera y un obstáculo al desarrollo de una actividad económica y calificaba de «innecesario y desproporcionado» ese rechazo.

La sala considera que, pese a que la administración valenciana aplicó de forma correcta la legislación autonómica, los principios de «necesidad, proporcionalidad y no discriminación» previstos en la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado aconsejaban un análisis «más abierto a la libertad de empresa».

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El nuevo DNI digital: qué cambia a partir del 2 de abril y cómo te afecta

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DNI en el móvil
POLICÍA NACIONAL - Archivo

El DNI en el móvil ya es una realidad en España

A partir del 2 de abril, los ciudadanos españoles podrán llevar su Documento Nacional de Identidad (DNI) en el teléfono móvil gracias a la aplicación oficial MiDNI, impulsada por la Policía Nacional.

Este cambio supone un avance clave en la digitalización de la administración y permitirá identificarse de forma segura, rápida y legal en múltiples situaciones cotidianas sin necesidad de portar el documento físico.

Bajo el lema “El momento ha llegado”, las autoridades destacan que este nuevo sistema facilitará gestiones habituales como:

  • Registrarse en hoteles
  • Alquilar vehículos
  • Recoger paquetes
  • Retirar medicamentos en farmacias
  • Realizar trámites presenciales

🔐 Cómo funciona el DNI digital en el móvil

El DNI digital no es una copia del documento físico, sino un sistema seguro basado en códigos QR temporales que permiten verificar la identidad en tiempo real.

Cuando el usuario necesita identificarse:

  1. Genera un código QR desde la app MiDNI
  2. El receptor lo escanea
  3. Se validan los datos directamente con la Policía Nacional

Este sistema evita falsificaciones y garantiza que la información esté siempre actualizada.


⚙️ Requisitos para activar el DNI en el móvil

Antes de utilizar el DNI digital, es necesario completar un proceso de registro que vincula el número de teléfono con el documento físico.

✔️ Opciones para registrarse:

1. Con certificado electrónico

  • Acceder a la web oficial (midni.gob.es)
  • Introducir datos del DNI
  • Verificar identidad
  • Recibir un SMS con código de activación

2. Sin certificado electrónico

  • Acudir a un Puesto de Actualización de Documentación (PAD) en comisarías
  • Introducir DNI y número de móvil
  • Recibir SMS de verificación

3. En la renovación del DNI

  • Solicitar ayuda a un agente para completar el registro

📥 Cómo descargar y activar la app MiDNI

La aplicación oficial MiDNI está disponible en:

  • Google Play
  • App Store

🔑 Pasos para activarla:

  1. Aceptar términos y condiciones
  2. Introducir número de DNI (con letra)
  3. Añadir número de soporte (en el DNI físico)
  4. Crear contraseña segura
  5. Verificar con código SMS

También permite desbloqueo biométrico mediante huella o reconocimiento facial.


⚠️ Cuidado con apps falsas del DNI digital

El Ministerio del Interior advierte que existen aplicaciones no oficiales como:

  • “mi DNI digital”
  • “DNI Wallet”

Estas no tienen validez legal y funcionan como simples copias o imágenes del documento.

👉 La app oficial:

  • Se llama MiDNI
  • Tiene fondo azul oscuro
  • Incluye referencias a la Policía Nacional
  • Muestra elementos de la bandera española y europea

🧾 Para qué sirve el DNI digital

El DNI en el móvil tendrá validez en múltiples situaciones presenciales, entre ellas:

  • Identificación ante autoridades
  • Trámites administrativos
  • Apertura de cuentas bancarias
  • Registro en hoteles
  • Contratación de seguros
  • Recogida de paquetes
  • Acceso a eventos y edificios
  • Compra de entradas nominativas
  • Acreditación de mayoría de edad

🚫 Limitaciones del DNI digital (importante)

Aunque supone un gran avance, el DNI digital tiene algunas restricciones clave:

✈️ No sirve para viajar

No sustituye al DNI físico ni al pasaporte en:

  • Vuelos nacionales
  • Vuelos internacionales
  • Controles de seguridad

🗳️ No válido para votar

La Junta Electoral ha decidido que no se puede usar para identificarse en elecciones, al considerar que el sistema aún necesita más garantías.


🔒 Privacidad y control de datos

Una de las principales ventajas del sistema es que no muestra todos los datos del usuario, sino que permite elegir qué información compartir.

🧩 Niveles de identificación:

  • DNI EDAD: foto, nombre y mayoría de edad
  • DNI SIMPLE: datos básicos y validez
  • DNI COMPLETO: toda la información

El código QR generado:

  • Es único
  • Dura 60 segundos
  • Se invalida automáticamente

📊 ¿Sustituye el DNI digital al físico?

No. El DNI en el móvil es complementario, no sustitutivo.

El documento físico sigue siendo:

  • Obligatorio
  • Necesario para viajar
  • Imprescindible en ciertos trámites

Además, debe mantenerse en vigor y renovarse según la edad del titular.


🧠 Qué cambia con el DNI digital en España

La llegada del DNI digital marca un paso más hacia la identidad electrónica en España, alineándose con otros servicios digitales como:

  • Certificados electrónicos
  • Firma digital
  • Administración online

Este sistema permitirá a millones de ciudadanos llevar su identificación siempre disponible, simplificando procesos y reduciendo la dependencia del formato físico.


Un avance clave hacia la identidad digital

El DNI en el móvil representa una transformación importante en la forma de identificarse en España. Aunque aún tiene limitaciones, su implementación abre la puerta a un futuro donde la identidad digital será cada vez más habitual, segura y eficiente.

La evolución del DNI en España:

  1. Introducción del DNI electrónico (DNIe): Una de las transformaciones más significativas ocurrió con la introducción del DNIe en 2006. Este documento incorpora un chip electrónico que almacena información biométrica y permite la autenticación digital. Además, posibilita la realización de trámites en línea y la firma digital.
  2. Actualizaciones de seguridad y diseño: A lo largo de los años, se han implementado mejoras en las medidas de seguridad del DNI para prevenir la falsificación y el uso fraudulento. Estas actualizaciones han incluido elementos como hologramas, microtextos y marcas de agua.
  3. Cambios en el formato y la presentación: El formato físico del DNI ha experimentado modificaciones en términos de tamaño y diseño. Estos cambios buscan mejorar la legibilidad y la identificación visual del documento.
  4. Renovación y caducidad: Las autoridades españolas suelen establecer períodos de validez para los DNIs, y los ciudadanos deben renovar su documento al llegar a la fecha de caducidad. Durante este proceso, es posible que se realicen actualizaciones tecnológicas y de seguridad.
  5. Incorporación de datos biométricos: El DNI actual incluye datos biométricos como la fotografía y las huellas dactilares, lo que contribuye a una identificación más precisa y segura.
  6. Digitalización de trámites: Con la introducción del DNIe, se ha fomentado la digitalización de trámites administrativos, permitiendo a los ciudadanos realizar gestiones de manera electrónica, lo que agiliza y simplifica procesos.

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