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La Audiencia Nacional da la razón a Gran Turia para la apertura de festivos
Publicado
hace 8 añosen
VALÈNCIA, 31 May. (EUROPA PRESS) –
La sección sexta de la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dado la razón al Centro Comercial Gran Turia de Xirivella para la apertura de festivos al considerar que la Generalitat Valenciana no valoró en 2014 adecuadamente que la ley de Comercio permitía la concesión de horarios excepcionales al régimen general, teniendo en cuenta circunstancias como la ubicación del establecimiento y hábitos de compra, supuestos que podían permitir la autorización de abrir los mismos festivos que la ciudad de València.
La Audiencia Nacional, que no entra en la competencia ni regulación de la autonomía en materia de horarios comerciales, sostiene que, de haberse interpretado la petición con los principios de «necesidad y proporcionalidad», se hubiera evitado «barreras anticompetitivas» que han perjudicado al Gran Turia porque no se le reconoció la misma situación de horarios comerciales que al resto de superficies en la misma trama urbana de València, pese a formar parte del ‘área de València’, en el Barrio de La Luz.
Según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, en la decisión de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo de rechazar en 2014 esa autorización, la administración autonómica se apoyó «exclusivamente» en las limitaciones propias de la legislación de la comunidad autónoma, como son el hecho de que el centro comercial no estaba ubicado en una Zona de Gran Afluencia Turística, pero no se apoyó en razones de «interés general» para poder denegar la libertad de horarios comerciales pedida, cuando la ley estatal permite que esa declaración de ZGAT pueda extenderse a todo o a parte del territorio municipal o núcleo urbano.
Por ello, la sala estima el recurso de Gran Turia, promovido por el Abogado del Estado en representación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, contra la resolución de 15 de octubre de 2014 del jefe del servicio territorial de Comercio de la Consellera, que rechazó la apertura comercial del centro, una decisión que se confirmó un mes después por la misma administración.
Para la sala, en su decisión, la Conselleria no tuvo en cuenta los principios de «necesidad y proporcionalidad», lo que creó «barreras anticompetitivas» que podrían «haberse evitado», ya que no se acreditó la concurrencia de razones de orden público, seguridad pública, salud pública o protección de medio ambiente que aconsejaran no conceder esa libertad horaria.
NO ENTRA EN INDEMNIZACIÓN
La sala considera que las actuaciones administrativas no son conformes a derecho y le reconoce que puede abrir los festivos en los términos solicitados. No obstante, la sala no ve procedente examinar la alegación de indemnización de daños y perjuicios porque se ha presentado en el escrito de conclusiones y no se permite fijar las pretensiones.
La Generalitat acordó en 2014 denegar la apertura comercial a Gran Turia, mediante un horario excepcional, para poder competir en igualdad de condiciones con el resto de superficies de la ciudad de València. El Ayuntamiento de Xirivella también pidió a la Conselleria la autorización, alegando que el centro estaba integrado en la trama urbana de la capital del Túria y atravesaba dificultades económicas agravadas por la proliferación de otros establecimientos y por la libertad de horarios que disfrutaba el resto.
Ante la negativa, Gran Turia presentó a la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia la solicitud para interponer un recurso especial en defensa de las libertades establecido en la Ley 20/2013 de Garantía de la Unidad de Mercado. La CNMC consideraba que la Generalitat infringía los principios de necesidad, de proporcionalidad y de no discriminación previstos en esa normativa e interpuso el recurso.
ALEGACIONES DE LA ABOGACÍA DEL ESTADO
En defensa de este organismo, el Abogado del Estado consideró que la restricción a la libertad de horarios para este centro suponía una «limitación al ejercicio de una actividad económica» en los términos previstos en la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado que, en este caso, derivó de la propia regulación autonómica recogida en la ley 3/2011 de Comercio.
Esta normativa recogía dos excepciones a las restricciones generales: los establecimientos con libertad horario y los horarios excepcionales que, según la sala, no se han tenido en cuenta por la administración autonómica para reconocer esa autorización de la apertura mediante horario excepcional. Y esa negativa, según alegaba la CNMC, suponía una barrera y un obstáculo al desarrollo de una actividad económica y calificaba de «innecesario y desproporcionado» ese rechazo.
La sala considera que, pese a que la administración valenciana aplicó de forma correcta la legislación autonómica, los principios de «necesidad, proporcionalidad y no discriminación» previstos en la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado aconsejaban un análisis «más abierto a la libertad de empresa».
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La Guardia Civil confirma la rotura de la vía 22 horas antes del accidente de Adamuz, pero no saltó la alerta en Adif
Publicado
hace 8 horasen
8 abril, 2026
Apunta que Adif «no exigió» que el sistema alertara de una rotura de la vía pese a que en sus especificaciones lo recoge
Un informe de la Guardia Civil presentado al Tribunal de Instancia de Montoro (Córdoba), plaza número 2, confirma la rotura de la vía 22 horas antes del descarrilamiento del tren Iryo, que en segundos colisionó con el Alvia, a su paso por Adamuz, causando la tarde del domingo 18 de enero el fallecimiento de 46 personas y más de 120 heridos.
A la vista de este informe, queda como «línea principal de investigación la rotura de raíl o soldadura, quedando descartadas las acciones de sabotaje, terrorismo, negligencia o imprudencia de los maquinistas y a expensas de los informes periciales y otra documentación o manifestaciones que puedan ser recabados, y como muy altamente improbable la causa de una pieza en la vía que diera lugar al accidente».
En dicho informe del día 28 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press, se recoge que «el sistema sólo alerta de una rotura si la tensión cae por debajo del umbral de ‘ocupación'», de modo que «en el caso de Adamuz, el Sistema de Apoyo al Mantenimiento (SAM) registró una caída brusca de tensión la noche del 17 de enero, pero al mantenerse por encima del umbral no generó ninguna alarma al enclavamiento ni al personal de mantenimiento» de Adif.
En conclusión, se apunta que «el sistema SAM llegó a registrar de forma pasiva una alteración eléctrica compatible con una rotura horas antes del accidente, pero el sistema de señalización no estaba configurado para alertar de ello de forma automática por la falta de fiabilidad del método en esta infraestructura ferroviaria», a lo que se añade que «Adif a pesar de contener en sus especificaciones que debe estar diseñado para detectar la fractura, no lo exigió».
Al respecto, un informe técnico recogido en la documentación, en fase de borrador, de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF) sobre el siniestro de Adamuz ya apuntó hace semanas a una caída de tensión compatible con la rotura de la vía 22 horas antes del descarrilamiento, todo ello «a partir de los registros de las señales eléctricas de los circuitos de vía de la zona, que mantiene Hitachi», que se encarga del sistema de señalización.
En este sentido, el informe de la Benemérita indica que de la documentación aportada del sistema operado por Hitachi «se observan una serie de diagramas» en los que «se refleja que la tensión del circuito de vía se mantiene en el entorno de los dos voltios de tensión» del día 12 al 18 de enero. Sin embargo, desde las 21,46 horas del sábado 17 «se produce un descenso hasta el entorno de 1,5 voltios, no recuperándose dicha tensión hasta el accidente, sobre las 19,43 horas del día 18, en el que la tensión ya queda en cero».
Así, «se confirma que la rotura de vía se produjo en el tramo contemplado entre los kilómetros 319,412 y 318,665, por lo que esta indagatoria corroboraría la existencia de una rotura en ese tramo en el que se encuentra el kilómetro 318,681 y que se produjo a las 21,46 horas del día 17 de enero».
Además, se señala que «según la documentación, puede que fuera técnicamente posible detectar una rotura franca de carril» mediante los sistemas de señalización instalados, «aunque la fiabilidad de dicha detección depende de la configuración eléctrica de la vía».
En base a la manifestación de la responsable del sistema –empresa Hitachi Rail GTS Spain SAU proveedora de servicios contratada por Adif, «era posible detectar una rotura franca de carril en la vía 1 entre el kilómetro 317 y el 319, pero la fiabilidad de esta detección mediante los sistemas de señalización en esta línea específica era muy baja debido a la configuración eléctrica de la infraestructura».
«NO ES HABITUAL» LA VARIACIÓN DE TENSIÓN DE FORMA SOSTENIDA
Igualmente, se declara que ante la variación de la tensión de forma sostenida a lo largo del tiempo, desde las 21,46 horas del día 17 de enero hasta el cero de las 19,43 horas del día 18, «se comprueba que no es habitual durante la serie estudiada», en el período que abarca desde el día 12 de enero.
En este caso, se explica que «estas caídas de tensión se recogen en el SAM que se encuentra ubicado en la Base de Mantenimiento de Hornachuelos, que sólo se consulta por averías notificadas o por tareas de mantenimiento».
No obstante, la Guardia Civil afirma que «habrá que dilucidar si existía la posibilidad técnica de recibir algún tipo de alerta por estas caídas de tensión, sobre todo por el tiempo que se mantiene en esos niveles no habituales y por la gravedad de las consecuencias, puesto que una de ellas es la rotura del raíl, tal y como se reconoce en la manifestación, especialmente porque según las propias especificaciones de Adif, en el diseño del sistema debe establecerse la capacidad de poder detectar la rotura del carril y habiendo sido ya advertido en el memorando de la catenaria de 25KV, redactado para el trazado AVE en el año 1992».
En dicho memorando se advierte, refiriéndose al Sistema de Corriente y retorno y de puesta a tierra, que «el equipo de señalización de libre vía requiere que el número de las conexiones entre rieles y sistema de retorno sea mínimo, a fin de poder detectar la rotura de un riel». Y posteriormente se dice que «la puesta a tierra de los postes debe ser coordinada con la técnica de señalización para la detección de posibles roturas en los raíles».
LA CAUSA
En cuanto al hecho de determinar la causa o causas que dieron lugar al accidente de circulación ferroviaria, el Instituto Armado asevera que «esta cuestión sigue aún sin poder resolverse, en tanto en cuanto no se finalicen otras actuaciones de investigación como es la Inspección Técnico Ocular, además de contar con los resultados de los especialistas de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios e informes periciales solicitados».
No obstante, y al objeto de aclarar las distintas líneas de investigación que se siguen por esta instrucción, se explica el estado actual de cada una de ellas y las gestiones pendientes de resolverse para confirmar o descartar cada una de ellas.
De este modo, se expone que «teniendo en cuenta que se produjo la rotura de un riel (hilo) o de la soldadura y con los datos recabados hasta la fecha, no es posible determinar si fue la rotura del riel la que dio lugar a la de la soldadura o viceversa, se investigan distintas causas».
Ante ello, se han tomado 19 manifestaciones a maquinistas de las empresas Ouigo, Iryo y Renfe, que circularon el mismo día del accidente por ese tramo, de forma que «salvo una manifestación que informa de un golpe en lado derecho, el resto no reporta ningún tipo de incidencia o sensación extraña».
Respecto a la causa del accidente, se significa que «la CIAF llevó a cabo inspecciones, con la finalidad de comprobar la rodadura de los trenes que circularon con anterioridad por el tramo en el que se produjo el descarrilamiento, dando como resultado que en varios de los trenes se apreciaron muescas compatibles con una rotura de raíl».
Una de las causas del descarrilamiento del tren Iryo, con la información disponible a la fecha de redacción del informe, «pudo ser la rotura del riel, marcado con la inscripción ‘Ensidesa’ del año 2023, acero de grado R350HT, del carril sentido Madrid y que se corresponde con el lote 4D2062, que son los carriles nuevos instalados en el entorno de Adamuz», a lo que se añade que «la rotura de un riel puede producirse por diversas causas técnicas, operativas y metalúrgicas que van desde el proceso de fabricación hasta el desgaste por el uso continuado».
Entretanto, en el informe se afirma que los agentes actualmente analizan las imágenes de las cámaras de los dos trenes, «por si pudieran aportar más información relativa al momento de la colisión».
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