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La Audiencia Nacional da la razón a Gran Turia para la apertura de festivos

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centros comerciales abiertos

VALÈNCIA, 31 May. (EUROPA PRESS) –

La sección sexta de la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dado la razón al Centro Comercial Gran Turia de Xirivella para la apertura de festivos al considerar que la Generalitat Valenciana no valoró en 2014 adecuadamente que la ley de Comercio permitía la concesión de horarios excepcionales al régimen general, teniendo en cuenta circunstancias como la ubicación del establecimiento y hábitos de compra, supuestos que podían permitir la autorización de abrir los mismos festivos que la ciudad de València.

La Audiencia Nacional, que no entra en la competencia ni regulación de la autonomía en materia de horarios comerciales, sostiene que, de haberse interpretado la petición con los principios de «necesidad y proporcionalidad», se hubiera evitado «barreras anticompetitivas» que han perjudicado al Gran Turia porque no se le reconoció la misma situación de horarios comerciales que al resto de superficies en la misma trama urbana de València, pese a formar parte del ‘área de València’, en el Barrio de La Luz.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, en la decisión de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo de rechazar en 2014 esa autorización, la administración autonómica se apoyó «exclusivamente» en las limitaciones propias de la legislación de la comunidad autónoma, como son el hecho de que el centro comercial no estaba ubicado en una Zona de Gran Afluencia Turística, pero no se apoyó en razones de «interés general» para poder denegar la libertad de horarios comerciales pedida, cuando la ley estatal permite que esa declaración de ZGAT pueda extenderse a todo o a parte del territorio municipal o núcleo urbano.

Por ello, la sala estima el recurso de Gran Turia, promovido por el Abogado del Estado en representación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, contra la resolución de 15 de octubre de 2014 del jefe del servicio territorial de Comercio de la Consellera, que rechazó la apertura comercial del centro, una decisión que se confirmó un mes después por la misma administración.

Para la sala, en su decisión, la Conselleria no tuvo en cuenta los principios de «necesidad y proporcionalidad», lo que creó «barreras anticompetitivas» que podrían «haberse evitado», ya que no se acreditó la concurrencia de razones de orden público, seguridad pública, salud pública o protección de medio ambiente que aconsejaran no conceder esa libertad horaria.

NO ENTRA EN INDEMNIZACIÓN
La sala considera que las actuaciones administrativas no son conformes a derecho y le reconoce que puede abrir los festivos en los términos solicitados. No obstante, la sala no ve procedente examinar la alegación de indemnización de daños y perjuicios porque se ha presentado en el escrito de conclusiones y no se permite fijar las pretensiones.

La Generalitat acordó en 2014 denegar la apertura comercial a Gran Turia, mediante un horario excepcional, para poder competir en igualdad de condiciones con el resto de superficies de la ciudad de València. El Ayuntamiento de Xirivella también pidió a la Conselleria la autorización, alegando que el centro estaba integrado en la trama urbana de la capital del Túria y atravesaba dificultades económicas agravadas por la proliferación de otros establecimientos y por la libertad de horarios que disfrutaba el resto.

Ante la negativa, Gran Turia presentó a la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia la solicitud para interponer un recurso especial en defensa de las libertades establecido en la Ley 20/2013 de Garantía de la Unidad de Mercado. La CNMC consideraba que la Generalitat infringía los principios de necesidad, de proporcionalidad y de no discriminación previstos en esa normativa e interpuso el recurso.

ALEGACIONES DE LA ABOGACÍA DEL ESTADO
En defensa de este organismo, el Abogado del Estado consideró que la restricción a la libertad de horarios para este centro suponía una «limitación al ejercicio de una actividad económica» en los términos previstos en la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado que, en este caso, derivó de la propia regulación autonómica recogida en la ley 3/2011 de Comercio.

Esta normativa recogía dos excepciones a las restricciones generales: los establecimientos con libertad horario y los horarios excepcionales que, según la sala, no se han tenido en cuenta por la administración autonómica para reconocer esa autorización de la apertura mediante horario excepcional. Y esa negativa, según alegaba la CNMC, suponía una barrera y un obstáculo al desarrollo de una actividad económica y calificaba de «innecesario y desproporcionado» ese rechazo.

La sala considera que, pese a que la administración valenciana aplicó de forma correcta la legislación autonómica, los principios de «necesidad, proporcionalidad y no discriminación» previstos en la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado aconsejaban un análisis «más abierto a la libertad de empresa».

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Pedro Sánchez y su obsesión por la salud: de la dolencia cardiovascular a la hipocondría

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Pedro Sánchez apagón suministro eléctrico España

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha sido tratado en los últimos meses por problemas cardiovasculares, mientras su preocupación por la salud se ha convertido en un patrón constante en sus desplazamientos y actividades oficiales.

Desde su llegada a la Moncloa, Pedro Sánchez requiere la presencia permanente de sanitarios en todos sus viajes y actos oficiales, según ha informado Libertad Digital. La dolencia cardiovascular, tratada en el Hospital Ramón y Cajal, no sería la única preocupación médica del presidente, aunque otros problemas registrados no habrían tenido repercusión significativa.


🫀 Dolencia cardiovascular y seguimiento médico constante

El seguimiento continuo de Sánchez incluye revisiones periódicas y la presencia de personal médico durante desplazamientos nacionales e internacionales. Según fuentes citadas por el medio, su esposa Begoña Gómez habría solicitado que el jefe del Gabinete médico acompañase siempre al presidente, lo que refleja la atención extrema a su estado de salud.

Esta vigilancia responde, según los informes, a un patrón de hipocondría o trastorno de ansiedad por enfermedad, caracterizado por preocupación excesiva y persistente sobre la salud personal.


🧠 La hipocondría y sus efectos en la vida diaria

La hipocondría implica:

  • Miedo constante a enfermar o morir por patologías graves.

  • Necesidad de consultas médicas frecuentes y pruebas diagnósticas continuas.

  • Ansiedad sostenida que afecta el bienestar emocional y físico.

Aunque algunas personas presentan preocupaciones ocasionales sobre su salud, la hipocondría clínica requiere diagnóstico profesional debido a su intensidad y consecuencias.

Un estudio publicado en JAMA Psychiatry en 2023, dirigido por David Mataix-Cols del Instituto Karolinska, reveló que quienes sufren ansiedad por enfermedad tienen mayor riesgo de mortalidad por causas naturales y no naturales, incluyendo suicidio, debido al estrés crónico y la hipervigilancia constante.


⚠️ Estrés crónico y consecuencias físicas

El desgaste emocional y la ansiedad mantenida pueden traducirse en efectos medibles sobre la salud, demostrando que la hipocondría no solo afecta la mente, sino también el cuerpo. En el caso de Pedro Sánchez, los especialistas señalan que la combinación de dolencia cardiovascular y ansiedad por enfermedad exige una atención médica permanente para prevenir complicaciones.


🔍 Conclusión: la obsesión por la salud como desafío público

Desde 2018 hasta 2026, el deterioro físico y la preocupación constante por su estado de salud han sido objeto de seguimiento mediático y científico. La situación de Pedro Sánchez refleja cómo un trastorno de ansiedad por enfermedad, incluso en personas con acceso a cuidados médicos avanzados, puede generar un impacto sostenido en la vida personal y profesional.

La atención médica continua, la presencia de sanitarios en todos los desplazamientos y la vigilancia constante subrayan la importancia de la gestión de la salud física y mental en líderes políticos con agendas intensas y de alto estrés.

 

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