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Valencia

La Audiencia Nacional absuelve a todos los exdirectivos del Banco de Valencia

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El expresidente de Banco de Valencia José Luis Olivas, y que fue también president de la Generalitat con el PP entre 2002 y 2003. EFE/Manuel Bruque/Archivo

El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto a los doce antiguos directivos del Banco de Valencia, entre ellos su expresidente José Luis Olivas, quienes estaban acusados de falsedad en las cuentas anuales de los ejercicios 2009 y 2010. La sentencia señala que no se pudieron determinar de manera precisa las supuestas falsedades contables que les imputaban, lo que generó indefensión durante el proceso.

Un juicio marcado por la falta de concreción en la acusación

La Fiscalía Anticorrupción había solicitado penas de hasta dos años y medio de prisión para los principales acusados, como el consejero delegado Domingo Parra, mientras que para Olivas y el auditor Miguel Monferrer se pedían dos años. Sin embargo, durante el juicio, las defensas de los exdirectivos argumentaron que no se les había indicado de forma clara qué apuntes contables eran presuntamente falsos, lo que violaba el principio de acusación concreta establecido por la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La sentencia del tribunal subraya que en el auto de transformación de la causa en procedimiento abreviado, dictado en diciembre de 2019, no se especificaban los estados financieros intermedios de 2009 y 2010 que supuestamente contenían las irregularidades. Tampoco se detallaron los apartados concretos que se consideraban falsos, lo que impedía a los acusados preparar una defensa adecuada.

La doctrina del Tribunal Supremo y la presunción de inocencia

El fallo se apoya en la doctrina del Tribunal Supremo, que exige que las acusaciones estén claramente delimitadas y descritas para evitar situaciones de indefensión. En este caso, la falta de concreción en los escritos de acusación llevó al juez a concluir que no se podía dictar una sentencia condenatoria.

El magistrado hizo hincapié en que los informes de la Inspección del Banco de España, que se mencionaron como pruebas durante el proceso, no pueden sustituir a un escrito de acusación formal. Estos informes, aunque relevantes, no especificaban qué datos contables eran falsos ni si se trataba de todos los apuntes o solo algunos. Por tanto, no podían ser utilizados como base para fundamentar una condena.

La importancia del principio acusatorio en el proceso penal

La sentencia resalta que el artículo 650 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que las conclusiones de la acusación deben ser precisas y numeradas, algo que no se cumplió en este caso. Según el juez, la falta de precisión obligó tanto a la defensa como al tribunal a buscar entre los documentos del caso para tratar de identificar los supuestos delitos, lo que no es admisible en un proceso penal.

El fallo también critica que se intentara subsanar esta falta de concreción en el último momento, a través de los escritos de conclusiones definitivas, cuando la indefensión ya se había generado. Según el magistrado, los acusados no tuvieron oportunidad de proponer pruebas en su defensa para contradecir las acusaciones debido a esta falta de claridad.

La actuación del Banco de España y la supervisión continua

El tribunal también tuvo en cuenta que el Banco de Valencia estaba sometido a una supervisión continua por parte del Banco de España desde 2008. Esta circunstancia hace difícil acreditar que los exdirectivos del banco actuaran con dolo al falsear las cuentas, ya que cualquier irregularidad podría haber sido detectada por los inspectores.

El magistrado argumentó que la alta probabilidad de que cualquier dato inexacto fuera descubierto por la Inspección del Banco de España reduce la posibilidad de que los acusados cometieran un delito de falsedad contable de forma intencionada.

Conclusión: absolución por falta de pruebas concluyentes

En base a todo lo expuesto, el juez del Juzgado Central de lo Penal dictó una sentencia absolutoria para los doce exdirectivos del Banco de Valencia. La sentencia concluye que no se aportaron pruebas suficientes para demostrar la existencia de un delito de falsedad contable ni que los acusados tuvieran intención de ocultar información.

La absolución refuerza el principio de presunción de inocencia, recordando que la carga de la prueba recae en la acusación y que no se puede condenar a nadie sin evidencias claras y contundentes de su culpabilidad. Por tanto, el tribunal consideró que, ante la falta de pruebas concluyentes y la indefensión generada durante el proceso, lo único procedente era la absolución de todos los acusados.

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Sucesos

Detenido por asesinar a su expareja, enfermera del centro de salud de Benicàssim

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asesina expareja enfermera Benicàssim
Centro de salud Benicàssim-GOOGLE MAPS

La Guardia Civil ha detenido este lunes a un hombre por el presunto asesinato de su expareja, una enfermera que trabajaba en el centro de salud de Benicàssim (Castellón). El suceso, que ha conmocionado a la localidad, se investiga como un posible caso de violencia de género tras el ataque con arma blanca ocurrido en el propio centro sanitario.

Los hechos: ataque con arma blanca en el centro sanitario

Según han confirmado fuentes del instituto armado y de la Subdelegación del Gobierno, los hechos se han producido en la mañana de este lunes 16 de febrero en el centro de salud de Benicàssim, donde la víctima ejercía su labor profesional.

El presunto agresor, que mantenía o había mantenido una relación sentimental con la mujer, habría accedido al recinto y le habría propinado varias puñaladas. La enfermera fue atendida en un primer momento por los propios servicios médicos del centro y, posteriormente, trasladada de urgencia en una ambulancia del Servicio de Ayuda Médica Urgente (SAMU) al Hospital General de Castellón.

El Centro de Información y Coordinación de Urgencias (CICU) informó de que la mujer llegó al hospital con pronóstico reservado. Sin embargo, pese a los esfuerzos del personal sanitario, la víctima ha fallecido horas después a causa de la gravedad de las heridas, según han confirmado fuentes de la Guardia Civil.

Investigación abierta y detención del presunto autor

El presunto autor del ataque fue detenido poco después de los hechos por la Guardia Civil. La investigación permanece abierta para esclarecer todos los detalles del suceso, así como para determinar el contexto exacto de la agresión y si existían antecedentes de violencia entre la pareja.

Las autoridades han activado el protocolo correspondiente en casos de violencia de género y no se descarta que el crimen sea finalmente confirmado como asesinato machista, a la espera de la investigación judicial y policial.

Conmoción en Benicàssim y en el ámbito sanitario

El asesinato ha causado una profunda conmoción tanto en Benicàssim como en el ámbito sanitario de la provincia de Castellón. Compañeros de la víctima y vecinos de la localidad han mostrado su consternación por lo ocurrido en un espacio que debería ser seguro como es un centro de salud.

Se espera que en las próximas horas se convoquen concentraciones de repulsa y minutos de silencio en recuerdo de la enfermera fallecida, mientras las instituciones trasladan su apoyo a la familia y al entorno profesional de la víctima.

Violencia de género: recursos de ayuda

Este suceso vuelve a poner el foco en la violencia de género. El teléfono 016 atiende a las víctimas las 24 horas del día y no deja rastro en la factura, aunque puede quedar registrado en el historial de llamadas del dispositivo. También se puede contactar por correo electrónico en 016-online@igualdad.gob.es o a través del número de WhatsApp 600 000 016. En caso de emergencia, se recomienda llamar al 112.

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