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Valencia

La Audiencia Nacional absuelve a todos los exdirectivos del Banco de Valencia

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El expresidente de Banco de Valencia José Luis Olivas, y que fue también president de la Generalitat con el PP entre 2002 y 2003. EFE/Manuel Bruque/Archivo

El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto a los doce antiguos directivos del Banco de Valencia, entre ellos su expresidente José Luis Olivas, quienes estaban acusados de falsedad en las cuentas anuales de los ejercicios 2009 y 2010. La sentencia señala que no se pudieron determinar de manera precisa las supuestas falsedades contables que les imputaban, lo que generó indefensión durante el proceso.

Un juicio marcado por la falta de concreción en la acusación

La Fiscalía Anticorrupción había solicitado penas de hasta dos años y medio de prisión para los principales acusados, como el consejero delegado Domingo Parra, mientras que para Olivas y el auditor Miguel Monferrer se pedían dos años. Sin embargo, durante el juicio, las defensas de los exdirectivos argumentaron que no se les había indicado de forma clara qué apuntes contables eran presuntamente falsos, lo que violaba el principio de acusación concreta establecido por la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La sentencia del tribunal subraya que en el auto de transformación de la causa en procedimiento abreviado, dictado en diciembre de 2019, no se especificaban los estados financieros intermedios de 2009 y 2010 que supuestamente contenían las irregularidades. Tampoco se detallaron los apartados concretos que se consideraban falsos, lo que impedía a los acusados preparar una defensa adecuada.

La doctrina del Tribunal Supremo y la presunción de inocencia

El fallo se apoya en la doctrina del Tribunal Supremo, que exige que las acusaciones estén claramente delimitadas y descritas para evitar situaciones de indefensión. En este caso, la falta de concreción en los escritos de acusación llevó al juez a concluir que no se podía dictar una sentencia condenatoria.

El magistrado hizo hincapié en que los informes de la Inspección del Banco de España, que se mencionaron como pruebas durante el proceso, no pueden sustituir a un escrito de acusación formal. Estos informes, aunque relevantes, no especificaban qué datos contables eran falsos ni si se trataba de todos los apuntes o solo algunos. Por tanto, no podían ser utilizados como base para fundamentar una condena.

La importancia del principio acusatorio en el proceso penal

La sentencia resalta que el artículo 650 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que las conclusiones de la acusación deben ser precisas y numeradas, algo que no se cumplió en este caso. Según el juez, la falta de precisión obligó tanto a la defensa como al tribunal a buscar entre los documentos del caso para tratar de identificar los supuestos delitos, lo que no es admisible en un proceso penal.

El fallo también critica que se intentara subsanar esta falta de concreción en el último momento, a través de los escritos de conclusiones definitivas, cuando la indefensión ya se había generado. Según el magistrado, los acusados no tuvieron oportunidad de proponer pruebas en su defensa para contradecir las acusaciones debido a esta falta de claridad.

La actuación del Banco de España y la supervisión continua

El tribunal también tuvo en cuenta que el Banco de Valencia estaba sometido a una supervisión continua por parte del Banco de España desde 2008. Esta circunstancia hace difícil acreditar que los exdirectivos del banco actuaran con dolo al falsear las cuentas, ya que cualquier irregularidad podría haber sido detectada por los inspectores.

El magistrado argumentó que la alta probabilidad de que cualquier dato inexacto fuera descubierto por la Inspección del Banco de España reduce la posibilidad de que los acusados cometieran un delito de falsedad contable de forma intencionada.

Conclusión: absolución por falta de pruebas concluyentes

En base a todo lo expuesto, el juez del Juzgado Central de lo Penal dictó una sentencia absolutoria para los doce exdirectivos del Banco de Valencia. La sentencia concluye que no se aportaron pruebas suficientes para demostrar la existencia de un delito de falsedad contable ni que los acusados tuvieran intención de ocultar información.

La absolución refuerza el principio de presunción de inocencia, recordando que la carga de la prueba recae en la acusación y que no se puede condenar a nadie sin evidencias claras y contundentes de su culpabilidad. Por tanto, el tribunal consideró que, ante la falta de pruebas concluyentes y la indefensión generada durante el proceso, lo único procedente era la absolución de todos los acusados.

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Fallas

Valencia y las Fallas protagonizan el cupón de la ONCE del 19 de marzo

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Las Fallas de Valencia 2026 serán protagonistas del cupón de la ONCE en uno de los sorteos más especiales del año. La organización dedicará cinco millones de cupones a esta fiesta internacional, que se venderán por toda España con motivo del sorteo del 19 de marzo, día de San José y de la cremà fallera, la jornada más importante de las celebraciones.

Esta iniciativa tiene como objetivo promocionar las Fallas y su valor cultural a nivel nacional, utilizando uno de los productos más populares del Grupo Social ONCE.


Cinco millones de cupones para promocionar las Fallas

El cupón especial permitirá que millones de personas en todo el país vean la imagen dedicada a las Fallas, llevando esta fiesta declarada Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad por la UNESCO a todos los rincones de España.

La ONCE pone en circulación unos cinco millones de boletos para este sorteo especial, que coincide con el día grande de las Fallas, cuando se celebra la cremà de los monumentos falleros y Valencia despide su fiesta más internacional.


Un homenaje a la cultura y tradición valenciana

Con este cupón, la ONCE rinde homenaje a una de las tradiciones más emblemáticas de la Comunitat Valenciana. Las Fallas destacan por su combinación de arte, sátira, pólvora y cultura popular, con actos tan conocidos como:

  • La plantà de los monumentos falleros

  • Las mascletàs en la Plaza del Ayuntamiento

  • La ofrenda a la Virgen de los Desamparados

  • La cremà, que pone fin a la fiesta

Gracias a este cupón, la ONCE también contribuye a dar visibilidad a la cultura valenciana, al tiempo que mantiene su labor social de apoyo a las personas con discapacidad.


Cómo funciona el cupón diario de la ONCE

El cupón diario de la ONCE es uno de los sorteos más populares en España. Cada boleto permite optar a varios premios, entre ellos:

  • 500.000 euros al número y serie

  • 49 premios de 35.000 euros a las cinco cifras

  • Premios menores por coincidencias de cifras

Además de ofrecer premios económicos, la venta de cupones permite financiar programas sociales, laborales y educativos para personas con discapacidad visual en España.


Fallas 2026: promoción nacional de la fiesta

La presencia de las Fallas en el cupón de la ONCE refuerza la promoción de la fiesta en un año en el que Valencia vuelve a recibir miles de visitantes nacionales e internacionales.

La iniciativa demuestra cómo tradición, cultura y acción social pueden ir de la mano, utilizando un producto tan reconocido como el cupón de la ONCE para difundir la esencia de las Fallas más allá de la Comunitat Valenciana.

 

Toda la información de Fallas Valencia 2026 en Official Press

Consulta en nuestra web toda la información de las Fallas 2026 como el programa completo de actos de las Fallas, las novedades, horarios, indumentaria, peinados, el tiempo que hará y los horarios de la Ofrenda de Fallas, el directo de mascletaes y castillos.

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