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La Audiencia Nacional absuelve a todos los exdirectivos del Banco de Valencia

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El expresidente de Banco de Valencia José Luis Olivas, y que fue también president de la Generalitat con el PP entre 2002 y 2003. EFE/Manuel Bruque/Archivo

El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto a los doce antiguos directivos del Banco de Valencia, entre ellos su expresidente José Luis Olivas, quienes estaban acusados de falsedad en las cuentas anuales de los ejercicios 2009 y 2010. La sentencia señala que no se pudieron determinar de manera precisa las supuestas falsedades contables que les imputaban, lo que generó indefensión durante el proceso.

Un juicio marcado por la falta de concreción en la acusación

La Fiscalía Anticorrupción había solicitado penas de hasta dos años y medio de prisión para los principales acusados, como el consejero delegado Domingo Parra, mientras que para Olivas y el auditor Miguel Monferrer se pedían dos años. Sin embargo, durante el juicio, las defensas de los exdirectivos argumentaron que no se les había indicado de forma clara qué apuntes contables eran presuntamente falsos, lo que violaba el principio de acusación concreta establecido por la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La sentencia del tribunal subraya que en el auto de transformación de la causa en procedimiento abreviado, dictado en diciembre de 2019, no se especificaban los estados financieros intermedios de 2009 y 2010 que supuestamente contenían las irregularidades. Tampoco se detallaron los apartados concretos que se consideraban falsos, lo que impedía a los acusados preparar una defensa adecuada.

La doctrina del Tribunal Supremo y la presunción de inocencia

El fallo se apoya en la doctrina del Tribunal Supremo, que exige que las acusaciones estén claramente delimitadas y descritas para evitar situaciones de indefensión. En este caso, la falta de concreción en los escritos de acusación llevó al juez a concluir que no se podía dictar una sentencia condenatoria.

El magistrado hizo hincapié en que los informes de la Inspección del Banco de España, que se mencionaron como pruebas durante el proceso, no pueden sustituir a un escrito de acusación formal. Estos informes, aunque relevantes, no especificaban qué datos contables eran falsos ni si se trataba de todos los apuntes o solo algunos. Por tanto, no podían ser utilizados como base para fundamentar una condena.

La importancia del principio acusatorio en el proceso penal

La sentencia resalta que el artículo 650 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que las conclusiones de la acusación deben ser precisas y numeradas, algo que no se cumplió en este caso. Según el juez, la falta de precisión obligó tanto a la defensa como al tribunal a buscar entre los documentos del caso para tratar de identificar los supuestos delitos, lo que no es admisible en un proceso penal.

El fallo también critica que se intentara subsanar esta falta de concreción en el último momento, a través de los escritos de conclusiones definitivas, cuando la indefensión ya se había generado. Según el magistrado, los acusados no tuvieron oportunidad de proponer pruebas en su defensa para contradecir las acusaciones debido a esta falta de claridad.

La actuación del Banco de España y la supervisión continua

El tribunal también tuvo en cuenta que el Banco de Valencia estaba sometido a una supervisión continua por parte del Banco de España desde 2008. Esta circunstancia hace difícil acreditar que los exdirectivos del banco actuaran con dolo al falsear las cuentas, ya que cualquier irregularidad podría haber sido detectada por los inspectores.

El magistrado argumentó que la alta probabilidad de que cualquier dato inexacto fuera descubierto por la Inspección del Banco de España reduce la posibilidad de que los acusados cometieran un delito de falsedad contable de forma intencionada.

Conclusión: absolución por falta de pruebas concluyentes

En base a todo lo expuesto, el juez del Juzgado Central de lo Penal dictó una sentencia absolutoria para los doce exdirectivos del Banco de Valencia. La sentencia concluye que no se aportaron pruebas suficientes para demostrar la existencia de un delito de falsedad contable ni que los acusados tuvieran intención de ocultar información.

La absolución refuerza el principio de presunción de inocencia, recordando que la carga de la prueba recae en la acusación y que no se puede condenar a nadie sin evidencias claras y contundentes de su culpabilidad. Por tanto, el tribunal consideró que, ante la falta de pruebas concluyentes y la indefensión generada durante el proceso, lo único procedente era la absolución de todos los acusados.

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Valencia

Las claves de la declaración de Jorge Suárez sobre la DANA: por qué se retrasó la alerta para salvar vidas

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La exconsellera de Justicia y Emergencias de la Generalitat valenciana Salomé Pradas ofrece declaraciones a los medios a su llegada a declarar, en calidad de investigada ante la Ciudad de la Justicia de Valencia, a 11 de abril de 2025 - Rober Solsona - Europa Press - Archivo

Sigue la última hora de la investigación de la justicia en la gestión de la DANA:

El subdirector general de Emergencias de la Generalitat Valenciana, Jorge Suárez, ha ofrecido una de las declaraciones más esperadas en la investigación sobre la gestión de la DANA del 29 de octubre de 2024. Su testimonio ante el juzgado de Catarroja ha destapado detalles inéditos sobre cómo se tomaron las decisiones críticas aquella tarde y por qué la alerta a la población —que podría haber evitado víctimas— se retrasó más de dos horas.

La jueza investiga ya a la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, y a su número dos, Emilio Argüeso, pero el relato de Suárez añade nuevos elementos que pueden resultar determinantes para esclarecer responsabilidades.


🕒 Cronología del día de la DANA: qué ocurrió y cuándo

Jorge Suárez ha presentado una cronología detallada de la tarde de la DANA, explicando paso a paso por qué el aviso masivo a la población no se envió cuando él lo propuso:

  • 17:15 h: Suárez plantea por primera vez enviar un aviso masivo al detectar imágenes de personas atrapadas en los tejados en Utiel y Requena. Lo hace incluso antes de la primera reunión operativa del Cecopi.

  • 17:38 h: Vuelve a insistir en activar el sistema ES-Alert, tras recibir información del Plan de Emergencia de la presa de Forata y del riesgo de una posible rotura.

  • 20:11 h: Finalmente se envía la primera alerta a los móviles. Para entonces, la situación ya se había desbordado en varios municipios.

  • 20:57 h: Se lanza un segundo mensaje, más específico, instando a subir a zonas altas.

Entre la primera propuesta y el envío efectivo pasaron casi tres horas, un lapso que podría haber resultado decisivo para muchas de las víctimas.


🔧 ¿Por qué se retrasó el ES-Alert? Las razones que expone Suárez

El testimonio del subdirector general de Emergencias revela tres causas principales que explican la demora:

1. Cambios lingüísticos exigidos por responsables políticos

Según Suárez, la consellera Salomé Pradas y el presidente de la Diputación de València, Vicent Mompó, solicitaron modificar el mensaje en valenciano. Entre los cambios ordenados figuraban:

  • Quitar la tilde a la palabra “València”.

  • Sustituir “tipus” por “tipo”.

  • Cambiar “aquest” por “este”.

Estas correcciones —de carácter puramente formal— alargaron la redacción del mensaje y retrasaron el envío del aviso.

2. Dudas jurídicas por la expresión “permanezcan en sus casas”

Los responsables políticos debatieron si esa frase podía interpretarse como un confinamiento similar al de la pandemia. El equipo jurídico debía valorarlo, lo que supuso más tiempo de espera.

3. Intento de contactar con alcaldes afectados

A petición de varios cargos políticos, se trató de avisar directamente a alcaldes de municipios ribereños del río Magro, especialmente ante el riesgo elevado en torno a la presa de Forata.

Este proceso también retrasó el envío de la alerta masiva.


⚠️ El riesgo de la presa de Forata: un punto crítico en la declaración

Suárez ha explicado que uno de los “impactos más fuertes de la tarde” fue el aviso del presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar sobre la posibilidad de pasar a un escenario 3 de rotura de la presa de Forata.

Según el testigo:

  • El plan de emergencia contemplaba alturas de agua de hasta seis o siete metros en varias poblaciones.

  • La prioridad era alertar a la población vulnerable cuanto antes.

Pese a ello, la alerta masiva siguió sin enviarse hasta horas después.


📺 Las imágenes del Cecopi: por qué se conservaron

Otro detalle relevante aportado por Suárez es que se decidió conservar las grabaciones de las cámaras del Cecopi durante la entrada de autoridades.

El motivo, según su testimonio:

  • El Cecopi es una “estructura crítica”.

  • Se entendió que había interés social en conservar las imágenes ante un episodio tan delicado.

Estas grabaciones fueron clave para reconstruir la llegada de altos cargos, incluido el presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, cuyo horario de entrada no coincidía con las declaraciones públicas previas.


👥 Señalamientos cruzados y responsabilidades

La declaración de Suárez cobra especial relevancia porque:

  • Es el técnico de mayor rango presente aquella tarde.

  • Los responsables políticos habían derivado parte de la responsabilidad hacia él y otros técnicos.

  • Su testimonio contradice esas versiones y devuelve el foco a la cadena de decisiones políticas.

Suárez también ha explicado que su principal preocupación eran las personas atrapadas en tejados y el riesgo de hipotermia, lo que refuerza su insistencia en activar cuanto antes el Es-Alert.


🧑‍⚖️ Impacto judicial y político de estas revelaciones

El relato de Jorge Suárez puede marcar un antes y un después en la investigación. Sus palabras apuntan a que:

  1. Las decisiones críticas no fallaron por motivos técnicos, sino por debates y correcciones impuestos desde la esfera política.

  2. La alerta se habría podido emitir más de dos horas antes, lo que abre la puerta a responsabilidades penales.

  3. Varias muertes podrían haber sido evitadas con una reacción más rápida.

La jueza ya elevó la cifra oficial de víctimas mortales a 230, y la magnitud de esa tragedia convierte cada detalle del retraso en un elemento clave para determinar responsabilidades.


📝 Conclusión: una declaración que cambia la perspectiva del caso

La comparecencia de Jorge Suárez ofrece una visión interna precisa y detallada del caos, las dudas y los retrasos que marcaron la gestión de la DANA. Su versión presenta una imagen clara:

  • Hubo avisos internos tempranos.

  • Hubo capacidad de enviar alertas a tiempo.

  • Hubo obstáculos ajenos a la urgencia de la situación.

Ahora, la investigación judicial deberá determinar si esos retrasos fueron simples errores de coordinación o decisiones negligentes que agravaron la tragedia.

 

 

Carta abierta de Maribel Vilaplana sobre su comida con Mazón

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