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Valencia

La Comunitat, pionera en sancionar la exhibición de banderas franquistas

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Mural Benimaclet

València, 10 jun (EFE).- La Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática ha impuesto a dos personas sendas multas de 4.000 euros por exhibir banderas franquistas en la vía pública durante la marcha convocada por España 2000 el pasado 12 de octubre en el barrio valenciano de Benimaclet.

Se trata de las primeras sanciones que se imponen por actos de enaltecimiento del fascismo, tipificados como infracción muy grave en la ley valenciana de Memoria Democrática y con una multa prevista de entre 2.001 y 10.000 euros, y según han señalado a EFE fuentes de la Conselleria son pioneras en España.

El procedimiento sancionador se inició a partir de la denuncia de la Coordinadora de Asociaciones por la Memoria Democrática del País Valencià por la exhibición pública de banderas con escudo franquista durante la citada manifestación.

Las resoluciones de sanción declaran a ambas personas autoras de la exhibición de banderas franquistas en la vía pública y «por tanto, de la exhibición de elementos contrarios a la memoria democrática y a la dignidad de las victimas», de conformidad con el artículo 39.1 de la Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de memoria democrática y para la conveniencia de la Comunitat Valenciana.

Según el citado texto, los denunciados presentaron alegaciones, que fueron desestimadas, en las cuales «no niegan los hechos ni su participación en los mismos, sino que solicitan el archivo del expediente al entender que dichos textos no son constitutivos de la infracción imputada y que no existe dato alguno que acredite su asistencia a la manifestación».

Alegaban que en el reportaje fotográfico aportado «solo aparecen banderas de España con el lema ‘Gobierno dimisión’ y que la bandera con el águila de San Juan no es ni preconstitucional (vigente desde 1977-1981), ni anticonstitucional (ya que el escudo aparece en la CE)».

Las resoluciones detallan que «la exhibición de elementos contrarios a la memoria democrática y a la dignidad de las victimas en la manifestación del barrio de Benimaclet, junto a la exhibición de simbología nazi, la bandera de la falange, los saludos fascistas y las antorchas, convierte dicha manifestación en un acto de promoción y exaltación en público de la dictadura franquista».

«Por tanto -añade-, de quienes ocasionaron un grave quebranto al régimen de libertades y al sistema democrático del Estado español, cuya repetición de futuro debe ser prevenido y evitado por los poderes públicos».

Asegura que «conlleva un perjuicio agravado del orden constitucional y de la convivencia democrática, por cuanto se trata de una conducta que ha tenido lugar al socaire del ejercicio de derechos constitucionales, como son el derecho de libertad de expresión, reunión y manifestación, con evidente extralimitación en su ejercicio al celebrarse la manifestación con una finalidad distinta a la comunicada a la Delegación del Gobierno y en contra de la Constitución y las leyes».

La exhibición comporta además «una inaceptable difusión pública del desprecio y humillación de las víctimas que a causa de la defensa de los valores democráticos fueron objeto de un largo historial de terror, persecución y eliminación por parte de la dictadura franquista, lo cual añade un perjuicio a la dignidad de las víctimas y a la de sus familiares en forma de ofensa pública».

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Valencia

La Audiencia ordena abrir juicio oral a Mónica Oltra por el supuesto encubrimiento de los abusos de su exmarido

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El juez archiva la causa contra Mónica Oltra al no ver delito
La exvicepresidenta del Gobierno valenciano y exconsellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra. EFE/ Manuel Bruque/Archivo

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha ordenado la apertura de juicio oral contra la exvicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, y parte de su equipo en la Conselleria de Igualdad por el presunto encubrimiento de los abusos sexuales cometidos por su exmarido contra una menor tutelada.

La resolución estima los recursos presentados por Vox y Gobierna-te y revoca el archivo acordado previamente por el juez instructor.

Revocación del archivo y reapertura de la causa

El Juzgado de Instrucción número 15 de València archivó en 2024 las actuaciones al no apreciar delito, en línea con el criterio de la Fiscalía. Sin embargo, la Audiencia ordenó reabrir el procedimiento tras estimar los recursos de las acusaciones.

Posteriormente, en 2025, el instructor volvió a rechazar la apertura de juicio oral y decretó el sobreseimiento provisional, decisión que ratificó en diciembre al desestimar nuevos recursos. Las acusaciones recurrieron de nuevo ante la Audiencia, que ahora ha acordado la apertura de juicio.

Argumentos del tribunal

El tribunal provincial señala en su resolución que el juez instructor “no puede negar a las acusaciones” la apertura de juicio oral si existe una probabilidad de que los hechos puedan ser considerados delictivos según una valoración razonable de las partes acusadoras.

La causa se centra en la gestión realizada desde la Conselleria de Igualdad ante los abusos sexuales cometidos por el exmarido de Oltra a una menor bajo tutela de la administración autonómica durante la etapa del Gobierno del Botànic.

Con esta decisión, el procedimiento entra en fase de juicio oral, donde se determinarán las posibles responsabilidades penales.

 

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