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La Comunitat Valenciana líder en separaciones y divorcios a nivel nacional

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Cómo afrontar un divorcio en verano

VALÈNCIA, Jun. (EUROPA PRESS) – La Comunitat Valenciana lidera la tasa de separaciones y divorcios en España, con 7,3 por 10.000 habitantes, por encima de la media nacional, situada en el 6,2, según los datos del Servicio de Estadística del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

A nivel nacional, en el primer trimestre de 2018 el número de demandas de disoluciones matrimoniales, separaciones y divorcios se redujo un 8,2 por ciento respecto a igual trimestre de 2017.

En el primer trimestre de este año todas las formas de disolución experimentaron descensos. Así, las 16.226 demandas de divorcio consensuado representan un 7,2% menos que en el mismo trimestre del año anterior; las 11.594 de divorcio no consensuado, un 8,6% menos; las 864 de separación de mutuo acuerdo, un 17% menos; y las 424 separaciones contenciosas un 13,6% menos que las presentadas en el primer trimestre de 2017. El número de demandas de nulidad, 41, coincide con las presentadas en el primer trimestre de 2017.

Por detrás de la tasa de la Comunitat se sitúan las Baleares, Cataluña, y Navarra, con 6,7; Canarias, con 6,6; Andalucía y Asturias, con 6,5; y Castilla la Mancha y Murcia, con 6,3. Por el contrario, las más bajas, se han dado en Galicia, con 4,4; Castilla y León, con 4,9; y País Vasco, con 5,2.

Todas las demandas de modificación de medidas, tanto matrimoniales como no matrimoniales, especialmente las no consensuadas, han registrado descensos. Se han presentado 2.846 modificaciones de medidas matrimoniales consensuadas, un 0,5% menos que en el primer trimestre de 2017; 8.734 de modificación de medidas no consensuadas, con una disminución del 4,9%; 4.998 de guardia, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales consensuadas, un 0,6% y 7.050 no consensuadas, un 9,3% menos que en el primer trimestre de 2017.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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