Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

La Comunitat Valenciana pasa por completo a la Fase 1

Publicado

en

Ya es oficial. La Comunidad Valenciana pasa por completo a la fase 1 de la desescalada, tal y como ha confirmado el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias Fernando Simón junto al ministro de Sanidad Salvador Illa, es decir los 14 departamentos de salud, que se quedaron en la fase 0, a partir del lunes 18 también disfrutarán de las medidas de alivio que conlleva la Fase 1.  Simón ha afirmado que «a partir de ahora la Comunitat Valenciana será valorada por sus provincias ya que están todas en la misma fase».

Fernando Simón ha detallado que en el caso de la Comunitat Valenciana pasan a fase 1 los 14 departamentos que esta semana habían permanecido en fase 0 y «a partir de ahora va a ser valorada por cada una de sus tres provincias en su conjunto», ha apuntado.

El pasado viernes, la decisión del Ministerio fue la de que únicamente avanzaran de la Fase 0 a la 1 un total de diez departamentos de salud de los 24 en los que se divide la Comunitat: uno en la provincia de Castellón, Vinaròs; tres en la de Valencia (Requena, Xàtiva-Ontinyent, Gandia); y seis en Alicante –Alcoi, Dénia, Marina Baixa, Elda, Orihuela y Torrevieja. Al día siguiente, se supo también que se sumaba el Rincón de Ademuz.

Ahora, han pasado los otros 14 restantes, por lo que la Comunitat Valenciana en conjunto ya se encuentra en la nueva fase.

¿Qué se puede hacer en la Fase 1?

Se permiten reuniones de hasta un máximo de diez personas. Durante estas reuniones, las personas deberán guardar siempre una distancia interpersonal de dos metros y mantener siempre las medidas de higiene establecidas.

No tendrán que ser convivientes en el mismo domicilio, sino que pueden ser familiares, vecinos o amigos.

Se permitirá la apertura del comercio bajo condiciones estrictas de seguridad, excepto los centros comerciales, donde son más probables las aglomeraciones.

También en la fase 1 de desescalada por el coronavirus en España las terrazas podrán abrir con un 50% del aforo, no del 30% como estaba previsto inicialmente.

Hoteles y alojamientos turísticos, excluyendo las zonas comunes.

El sector agroalimentario y pesquero reanudará las actividades que mantenía con restricciones.

Los lugares de culto podrán abrir limitando su aforo a un tercio de su capacidad.

En el ámbito deportivo: la apertura de centros de alto rendimiento con medidas de higiene y protección reforzadas y el permiso para el entrenamiento medio en ligas profesionales.

Cultura: Actos y espectáculos culturales de menos de 30 personas en lugares cerrados (con 1/3 de aforo). Actos y espectáculos culturales al aire libre de menos de 200 personas (sentados y manteniendo la distancia necesaria).

Museos (solo visitas, no actividades culturales) 1/3 aforo con control de aglomeraciones en salas. Bibliotecas (préstamo y lectura con limitación de aforo).

Turismo activo y de naturaleza para grupos limitados de personas.

Producción audiovisual y rodaje de cine y series.

Coches: Limitación de ocupación de los vehículos privados, salvo en personas que residan en el mismo domicilio que podrían ir juntos.

Los centros educativos abrirán para su desinfección, acondicionamiento y el trabajo administrativo y preparatorio de los docentes y personal auxiliar.

Apertura de Universidades para su desinfección, acondicionamiento y para gestiones administrativas y de investigación. Apertura de laboratorios universitarios.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

Publicado

en

Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

Continuar leyendo