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Nueva huelga de Renfe para marzo: estos son los días de paros

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huelga Renfe marzo
AVE, Estación Joaquín Sorolla. EUROPA PRESS - Archivo

Nueva huelga de Renfe para marzo de 2024. Los maquinistas de Renfe han convocado una huelga para varios días de este mes de marzo. Así lo anunció el Sindicato de Maquinistas de la compañía (SEMAF), que detalla que no se han cumplido determinados acuerdos sobre el plan de empleo.

En concreto, dos cláusulas del convenio colectivo que tienen que ver con la jornada y el plan de empleo del III Convenio, lo que ha provocado que se paralice la entrada de nuevo personal.

Esta nueva convocatoria se produce apenas dos semanas después de la última huelga, cuando se vieron afectados más de 300 trenes comerciales de Larga y Media Distancia, incluidos AVE.

Días de la huelga en Renfe en marzo

Por el momento, SEMAF ha anunciado que estos son los días de marzo afectados por los paros:

  • Viernes 1 de marzo: paros de 24 horas.
  • Lunes 4 de marzo: paros de 24 horas.
  • Miércoles 6 de marzo: de 07:00 a 10:00, de 13:00 a 16:00 y de 19:00 a 22:00h.
  • Martes 12 de marzo: paros de 24 horas.

Los servicios mínimos todavía no han sido acordados y se conocerán en los días previos a la convocatoria de los paros.

Denuncian la «vulneración» de los derechos de los trabajadores

En Semaf dicen que la actual situación provoca una «vulneración» de los derechos de los trabajadores y de los usuarios del ferrocarril. La «falta de planificación e interrupción de» los procesos de recursos humanos están «traduciéndose «en plantillas de maquinistas infradimensionadas en determinadas residencias, que conlleva a la supresión de trenes». Advierten que no haber solución lo antes posible, la situación «irá a peor y el servicio decaerá drásticamente para los usuarios».

«Desde SEMAF seguiremos trabajando y luchando para que los procesos de personal sean ágiles y ordenados y el servicio de transporte público ferroviario sea digno, eficiente y eficaz», puntualiza el sindicato que añade que su posición es «absolutamente clara» y que corresponde con el documento firmado por el Ministerio.

Esta convocatoria llega después de la convocada el pasado día 9 de febrero por CCOO en protesta por el bloqueo del acuerdo sobre la eliminación de las categorías de ingreso.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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